Las reglas de origen son las normas que permiten atribuir un país de origen a un producto para determinar su «nacionalidad económica». [ 1 ] La necesidad de establecer reglas de origen surge del hecho de que la aplicación de medidas de política comercial, como aranceles, cuotas y medidas correctivas comerciales, depende, en diversos casos, del país de origen del producto en cuestión. Unos requisitos más estrictos en las reglas de origen se asocian con un menor comercio. [ 2 ]
Las reglas de origen se han convertido en un tema complejo en el comercio internacional, no solo porque constituyen un área altamente técnica de elaboración de normas, sino también porque su designación y aplicación no se han armonizado en todo el mundo. La falta de armonía es aún más notable en la era del regionalismo, cuando se concluyen cada vez más acuerdos de libre comercio (ALC), creando el efecto de "plato de espaguetis" . [ 3 ]
Definición de reglas de origen

La definición más completa de reglas de origen se encuentra en el Convenio Internacional sobre la Simplificación y Armonización de los Procedimientos Aduaneros (Convenio de Kioto), que entró en vigor en 1974 y fue revisado en 1999. Según el Anexo K específico de este Convenio: [ 4 ]
Por reglas de origen se entienden las disposiciones específicas, desarrolladas a partir de principios establecidos por la legislación nacional o los acuerdos internacionales ("criterios de origen"), que aplica un país para determinar el origen de las mercancías;
La definición deja claro que las reglas de origen son, básicamente, los criterios para determinar el origen de los productos. Dichos criterios pueden derivarse de principios de la legislación nacional o de tratados internacionales, pero la aplicación de las reglas de origen (es decir, la certificación y la verificación) siempre se realiza a nivel nacional. Es importante destacar que el objetivo de las reglas de origen es definir el país de origen , no una zona geográfica como una región o provincia (lo cual es fundamental en el ámbito de los derechos de propiedad intelectual). El país de origen suele figurar en la etiqueta o el marcado del producto, por ejemplo, «producto de China», «hecho en Italia», etc.
Considerando el modesto número de Miembros de la Organización Mundial de Aduanas (OMA) que se adhieren al Anexo Específico K (la adhesión a los Anexos Específicos es opcional), el Convenio de Kioto tiene un impacto bastante insignificante en la aplicación de las reglas de origen en el comercio internacional. Sin embargo, este Convenio proporciona muchas definiciones y normas importantes que sirven de base armonizada para que las leyes nacionales y los acuerdos comerciales formulen el origen. Además de la definición de las reglas de origen, también proporciona definiciones de "país de origen", "transformación sustancial" y una serie de prácticas recomendadas. [ 5 ]
Clasificación de las reglas de origen
Las reglas de origen se pueden clasificar en reglas de origen no preferenciales y reglas de origen preferenciales. Las reglas de origen no preferenciales son aquellas designadas principalmente para mantener el trato más favorecido (NMF) dentro de la Organización Mundial del Comercio (OMC). Las reglas de origen preferenciales son aquellas asociadas con regímenes comerciales contractuales o autónomos que conllevan la concesión de preferencias arancelarias que van más allá de la aplicación del trato NMF. Esta distinción está estipulada en el artículo 1 del Acuerdo sobre Reglas de Origen de la OMC. [ 6 ]
Artículo 1: Reglas de origen
1. A los efectos de las Partes I a IV del presente Acuerdo, las reglas de origen se definirán como aquellas leyes, reglamentos y determinaciones administrativas de aplicación general aplicadas por cualquier Miembro para determinar el país de origen de las mercancías, siempre que dichas reglas de origen no estén relacionadas con regímenes comerciales contractuales o autónomos que den lugar a la concesión de preferencias arancelarias que excedan la aplicación del párrafo 1 del Artículo I del GATT de 1994.
2. Las reglas de origen a que se refiere el párrafo 1 incluirán todas las reglas de origen utilizadas en los instrumentos de política comercial no preferencial, como en la aplicación del trato de nación más favorecida conforme a los artículos I, II, III, XI y XIII del GATT de 1994; los derechos antidumping y compensatorios conforme al artículo VI del GATT de 1994; las medidas de salvaguardia conforme al artículo XIX del GATT de 1994; los requisitos de marcado de origen conforme al artículo IX del GATT de 1994; y cualquier restricción cuantitativa o contingente arancelario discriminatorio. También incluirán las reglas de origen utilizadas para las compras públicas y las estadísticas comerciales.
Es importante comprender la diferencia entre estas dos categorías de reglas de origen. Las reglas de origen no preferenciales se consideran "no preferenciales" porque se aplican de forma no preferencial para determinar el país de origen a efectos específicos del sistema multilateral de comercio. Por el contrario, las reglas de origen en los TLC y en el Sistema Generalizado de Preferencias (SGP) se consideran preferenciales porque ayudan a determinar el país de origen para otorgar un trato preferencial y especial a los productos originarios de una parte contratante o un país beneficiario. [ 7 ]
En principio, los TLC, así como sus reglas de origen, deben notificarse a la OMC como obligación de los Miembros. [ 8 ] Sin embargo, las reglas de origen en los TLC y los regímenes comerciales autónomos (por ejemplo, los esquemas SGP) no están sujetas a ningún requisito sustantivo de la OMC. Esto se debe a que el Acuerdo sobre las Reglas de Origen no regula cómo deben formularse e implementarse las reglas de origen en un TLC o un esquema SGP. Solo existe una breve Declaración Común sobre las Reglas de Origen Preferenciales , que establece algunas normas y recomendaciones para la formulación de dichas reglas. [ 9 ] El hecho de que las reglas de origen preferenciales no estén dentro del ámbito de la OMC añade más divergencia al complejo entramado de reglas de origen: cada TLC y cada régimen comercial autónomo puede formular sus propias reglas de origen. Como consecuencia del rápido crecimiento del regionalismo, actualmente se aplican cientos de reglas de origen en cientos de TLC. Según la OMC, al 4 de enero de 2019, estaban en vigor 291 acuerdos comerciales regionales (ACR), contando únicamente los notificados a su Secretaría. [ 10 ] Mientras que, según el Centro de Comercio Internacional (CCI), a finales de marzo de 2019 estaban en vigor más de 440 acuerdos de libre comercio (ALC). [ 11 ]
En efecto, dentro de la OMC, las reglas de origen no preferenciales no están más armonizadas que en los TLC. A pesar del enorme esfuerzo realizado, el programa de trabajo para armonizar las reglas de origen no preferenciales no ha logrado avances significativos hasta la fecha, lo que significa que aún no existe un conjunto común de reglas de origen para fines no preferenciales dentro de la OMC. Durante el llamado "período de transición", la formulación e implementación de las reglas no preferenciales quedan literalmente a discreción de los Miembros. [ 12 ] La única diferencia con respecto a las reglas de origen preferenciales es que las reglas de origen no preferenciales están sujetas a requisitos más vinculantes en los acuerdos de la OMC, en particular el Acuerdo sobre Reglas de Origen y el Acuerdo sobre Facilitación del Comercio . [ 13 ]
Hasta la fecha, la iniciativa más exitosa para armonizar este ámbito de la reglamentación a nivel multilateral es la implementación por parte de la OMC de reglas de origen preferenciales a favor de los países menos adelantados (PMA). La Decisión de Nairobi de 2015 sobre reglas de origen preferenciales para los PMA, que se basa en la decisión adoptada anteriormente en la Conferencia Ministerial de Hong Kong, ha establecido por primera vez directrices generales e instrucciones detalladas sobre cuestiones específicas para determinar el estatus de los productos originarios de un país PMA. Además, los Miembros que otorgan preferencias deben notificar a la Secretaría sus criterios de origen vigentes y otros requisitos de origen. Para garantizar la transparencia y la comparabilidad, dichas notificaciones también deben ajustarse a un modelo adoptado por el Comité de Reglas de Origen de la OMC. [ 14 ]
El papel de las reglas de origen en el comercio internacional
Al ser criterios para determinar la nacionalidad económica de las mercancías, el papel de las reglas de origen se deriva intrínsecamente del hecho de que diversas medidas de política comercial se aplican en función del origen de las importaciones. Por ejemplo, si el país A desea imponer derechos antidumping a los productos siderúrgicos originarios del país B, es entonces cuando entran en juego las reglas de origen. Sin reglas de origen, el país A no puede aplicar esta medida correctamente, ya que no puede determinar si el acero de un determinado envío se fabrica o no en el país B. Más allá de esta cuestión fundamental, cuando los productos siderúrgicos originarios del país C solo transitan por el país B, no deberían estar sujetos a esta medida correctiva comercial; pero cuando los productos siderúrgicos del país B transitan por el país C antes de entrar en el país A, esto debería considerarse una elusión de los derechos antidumping. Todas estas cuestiones dan lugar a la necesidad de formular e implementar reglas de origen. Básicamente, las reglas de origen permiten la aplicación de medidas comerciales a los productos adecuados cuando se tiene en cuenta su nacionalidad. Asimismo, las reglas de origen son cruciales para las estadísticas comerciales, ya que un país puede necesitar llevar un registro de su balanza comercial con sus socios.
Las reglas de origen son particularmente importantes en los TLC, que se establecen para otorgar preferencias exclusivamente a productos de origen preferencial. En este contexto, las reglas de origen son indispensables para diferenciar entre los bienes originarios de las partes contratantes y los originarios de terceros países. Dicha diferenciación cumple dos propósitos: (1) permite a la parte importadora determinar si un producto reúne los requisitos para recibir un trato preferencial en virtud del TLC en cuestión; (2) evita la situación en la que las exportaciones de terceros países ingresan al TLC a través del miembro con el arancel externo más bajo (es decir, desviación comercial). [ 15 ] Esto explica por qué en una unión aduanera no es necesario establecer reglas de origen entre sus partes contratantes: los miembros de una unión aduanera están obligados a mantener un arancel externo común aplicado a las importaciones de terceros países. [ 16 ]
Debido a esta función, las reglas de origen también contribuyen a generar comercio entre los miembros de un acuerdo comercial preferencial. Este efecto de creación de comercio puede producirse a través de dos canales. En primer lugar, dado que las preferencias se destinan exclusivamente a bienes originarios de los países socios, se deduce que una parte tiende a aumentar sus importaciones de la otra parte del TLC. Por ejemplo, si el país A firma un TLC con el país B, debido a la reducción de aranceles, el producto X originario del país B se vuelve más barato que un producto similar X' originario del país C; por lo tanto, el país A tiene el incentivo de importar un mayor volumen de X. En segundo lugar, los insumos originarios de un país socio también son preferidos porque normalmente se consideran originarios de la otra parte donde se incorporan a la producción. Esto significa que el país A tiene el incentivo de utilizar insumos originarios del país B, ya que esto permitirá que sus productos cumplan más fácilmente con los requisitos para obtener la condición de originarios en virtud del TLC con el país B. Ambos canales pueden conducir a un aumento del comercio entre el país A y el país B, pero también pueden tener un efecto adverso en su comercio con el país C (es decir, desviación del comercio). Por lo tanto, si bien las reglas de origen ayudan a superar la desviación del comercio y fomentan la creación de comercio, también provocan la desviación del comercio , lo cual en muchos casos no es económicamente eficiente. [ 17 ]
Criterios de origen
Las reglas de origen buscan reflejar la práctica del comercio y la producción. Es evidente que un producto puede obtenerse o producirse en un solo país, pero también puede ser un producto fabricado con la contribución de varios países. Por lo tanto, los criterios para determinar el origen de las mercancías —el elemento más importante de cualquier conjunto de reglas de origen— se establecen para reflejar estas dos circunstancias.
productos obtenidos o producidos en su totalidad
El término «obtenido íntegramente» se refiere principalmente a productos naturales cultivados, cosechados, etc., en una Parte (país o territorio) y a productos elaborados exclusivamente a partir de ellos. Normalmente, en los acuerdos de libre comercio y los sistemas de prescripción general, estos productos se indican mediante una definición general o mediante una lista exhaustiva. El segundo método es más común y se considera más transparente.
El Anexo K específico del Convenio de Kioto revisado proporciona una lista de productos obtenidos o producidos en su totalidad, que puede tomarse como un buen ejemplo para el segundo método: [ 4 ]
2. Estándar
Los bienes producidos íntegramente en un país determinado se considerarán originarios de ese país. Solo se considerarán producidos íntegramente en un país determinado los siguientes:
a. productos minerales extraídos de su suelo, de sus aguas territoriales o de su lecho marino;
b. productos vegetales cosechados o recolectados en ese país;
c. animales vivos nacidos y criados en ese país;
d. productos obtenidos de animales vivos en ese país;
e. productos obtenidos de la caza o la pesca realizadas en ese país;
f. productos obtenidos mediante la pesca marítima y otros productos capturados del mar por un buque de ese país;
g. productos obtenidos a bordo de un buque factoría de ese país exclusivamente a partir de productos del tipo cubierto por el párrafo (f) anterior;
h. productos extraídos del suelo o subsuelo marino fuera de las aguas territoriales de ese país, siempre que el país tenga derechos exclusivos para explotar ese suelo o subsuelo;
i. chatarra y desechos de operaciones de fabricación y procesamiento, y artículos usados, recogidos en ese país y aptos únicamente para la recuperación de materias primas;
j. bienes producidos en ese país exclusivamente a partir de los productos a que se refieren los apartados (a) a (ij) anteriores.
Si bien las listas de productos obtenidos íntegramente son prácticamente idénticas en todos los acuerdos, existen algunas diferencias sutiles. Por ejemplo, algunos acuerdos consideran que los animales criados en un país se obtienen íntegramente en ese país, mientras que la mayoría exige que hayan nacido y se hayan criado allí. Además, la mayoría de los acuerdos incluyen en estas listas únicamente productos obtenidos en un solo país, mientras que algunos también consideran que un artículo se obtiene íntegramente si está elaborado exclusivamente con insumos procedentes de uno o más países socios.
Productos no obtenidos en su totalidad
En el criterio de «transformación sustancial», «el origen se determina considerando como país de origen aquel donde se ha llevado a cabo la última fabricación o transformación sustancial, considerada suficiente para otorgar a una mercancía su carácter esencial». [ 18 ] En otras palabras, una vez que un producto se compone de insumos de varios países, adquiere el estatus de originario en el país donde se realizan las obras sustanciales que le confieren un carácter esencial. Es posible que las obras realizadas en diferentes países otorguen al producto características igualmente esenciales; en ese caso, se acreditará la última. Existen varios métodos de aplicación para identificar el cumplimiento del criterio de «transformación sustancial», que incluyen reglas basadas en (i) el cambio de clasificación arancelaria, (ii) el porcentaje ad valorem o (iii) la lista de operaciones específicas de fabricación o transformación. Todos estos métodos intercambiables tienen ciertas ventajas y desventajas, y pueden aplicarse por separado o en combinación.
La regla del "valor añadido"
Este método considera el grado de fabricación o procesamiento realizado en un país, calculando el valor añadido que aporta a los productos. Si el valor añadido alcanza un determinado umbral, expresado como porcentaje, la fabricación o el procesamiento se considerarán sustanciales o suficientes, lo que permitirá que los productos adquieran la condición de originarios del país donde se lleva a cabo dicha fabricación o procesamiento. Una norma basada en el requisito del valor añadido puede expresarse mediante una de las siguientes pruebas:
(i) Porcentaje mínimo del valor añadido a los productos finales (ensayo directo o de acumulación): Las operaciones de fabricación o transformación realizadas en el país de origen deben alcanzar un cierto grado, es decir, el porcentaje de valor que añaden a los productos finales debe ser igual o superior a un umbral determinado, para que estos últimos puedan obtener la denominación de origen. Este ensayo requiere considerar la relación entre el valor del contenido regional o local y el de los productos finales. En consecuencia, la rigurosidad de las normas de origen aumenta con el umbral de contenido regional o nacional. Por ejemplo, una norma que exige un 40 % de contenido de valor regional será más estricta que una que exige un 35 %.
(ii) Porcentaje máximo de insumos no originarios (prueba de desglose o indirecta): El uso de materiales o componentes no originarios en el procesamiento o la fabricación en el país de origen está restringido a una tasa máxima. Esta prueba se basa en una comparación entre el valor de los insumos no originarios y el de los productos finales. Por lo tanto, la rigurosidad de las reglas de origen sería inversamente proporcional a la cantidad de insumos no originarios permitidos. Por ejemplo, una regla que autoriza que el 60 % del valor de los productos finales provenga de materiales no originarios es más estricta que una que permite el 65 %. [ 19 ]
Cambio de clasificación arancelaria
Entre los tres métodos de aplicación para expresar el criterio de «transformación sustancial», el Acuerdo sobre las Reglas de Origen considera el método principal el cambio de clasificación arancelaria. En su artículo 9, relativo a los objetivos y principios de la armonización de las reglas de origen, el Acuerdo sobre las Reglas de Origen divide la «transformación sustancial» en dos grupos: el «cambio de clasificación arancelaria» y los demás métodos, considerados «suplementarios». Este artículo señala que, para garantizar la finalización oportuna del programa de armonización, este «se llevará a cabo por sectores de productos, según lo representado por los distintos capítulos o secciones de la nomenclatura del Sistema Armonizado (SA)». Solo cuando el uso de la nomenclatura no permita una expresión adecuada de la «transformación sustancial», el Comité Técnico de las Reglas de Origen considerará la posibilidad de desarrollar «el uso, de manera suplementaria o exclusiva, de otros requisitos, incluidos los porcentajes ad valorem y/o las operaciones de fabricación o transformación». [ 20 ]
Operaciones específicas de fabricación o procesamiento
Este método establece procesos de producción específicos que pueden conferir origen a las mercancías. Requiere que los materiales no originarios pasen por ciertas operaciones de procesamiento o fabricación en un país para que la mercancía se considere originaria de ese país. Si bien el Convenio de Kioto revisado ha abandonado este método, todavía se utiliza comúnmente en la práctica: la regla frecuentemente citada de «desde el hilo hacia adelante» es un buen ejemplo. De hecho, este método está reconocido por el Acuerdo sobre las Reglas de Origen. El artículo 2(a)(iii) del acuerdo establece que, en los casos en que se utilice este método, las operaciones que confieren origen a las mercancías en cuestión deben especificarse con precisión. [ 21 ]
Disposiciones sobre el origen general
Además de los criterios básicos de origen, las reglas de origen también comprenden disposiciones generales que abarcan otros aspectos de la determinación del origen. Se denominan disposiciones generales porque se aplican de forma generalizada y no son específicas de ningún producto. Si bien no existe armonía entre los acuerdos comerciales, el Estudio Comparativo sobre Reglas de Origen de la OMA ha enumerado las disposiciones más comunes de esta categoría. [ 22 ] Con base en este estudio, el Centro de Comercio Internacional proporciona el siguiente glosario como una breve guía para las empresas. [ 23 ]
Accesorios, repuestos y herramientas: Una disposición que aclara el proceso de determinación del origen de los accesorios, repuestos o herramientas entregados con el producto.
Dictámenes anticipados: Disposición que permite a un exportador o importador obtener una opinión oficial y jurídicamente vinculante sobre la clasificación, el origen o el valor en aduana de sus productos por parte de las autoridades aduaneras locales antes de exportar o importar las mercancías.
Recursos: Disposición que establece un procedimiento de apelación en relación con la determinación del origen y las resoluciones anticipadas.
Exportador autorizado: La disposición sobre exportadores autorizados se refiere a los exportadores que cumplen ciertas condiciones, exportan con frecuencia en virtud de un TLC y están registrados ante las autoridades aduaneras locales (han obtenido una autorización de exportador autorizado).
Certificación: Disposición que detalla el tipo de documentación de origen que debe presentarse para reclamar aranceles preferenciales en virtud de un TLC.
Autoridad competente: Disposición que enumera las autoridades nacionales responsables de supervisar las disposiciones relativas al origen y de expedir el certificado de origen . Generalmente se trata del gobierno o de un departamento gubernamental que puede delegar el procedimiento de expedición de certificados a otras organizaciones nacionales.
Acumulación : Disposición que permite considerar como originarios de otro país miembro del TLC los bienes obtenidos y el procesamiento que tenga lugar en dicho país.
De Minimis :Una disposición que permite el uso de una pequeña cantidad de materiales no originarios en la producción del bien sin que ello afecte a su condición de originario. Esta disposición supone una flexibilización de las normas de origen.
Transporte directo: Disposición que exige que las mercancías que solicitan trato preferencial en virtud de un TLC se envíen directamente desde el país de origen del TLC hasta el país de destino del TLC.
Reembolso de derechos aduaneros: Disposición relativa a la devolución o reembolso de derechos aduaneros pagados previamente sobre insumos. En el contexto de los TLC, la disposición de reembolso de derechos aduaneros generalmente se refiere a la posibilidad de reclamar la devolución de los derechos pagados sobre materiales no originarios utilizados para producir el bien final que se exporta bajo aranceles preferenciales.
Exención de certificación: Disposición que enumera las exenciones al requisito de presentar una prueba de origen. En determinadas circunstancias, las mercancías originarias pueden importarse a un país con el que existe un acuerdo de libre comercio sin prueba de origen y aun así ser consideradas originarias.
Exposiciones: Disposición que permite adquirir un producto originario en un país tercero (que no sea parte de un acuerdo de libre comercio) durante una exposición e importarlo a un país miembro de un acuerdo de libre comercio con trato preferencial.
Materiales fungibles: Disposición que determina cómo deben contabilizarse los materiales fungibles, tanto originarios como no originarios, cuando ambos tipos se almacenan juntos o se utilizan para producir bienes originarios y no originarios. Permite que ambos tipos de bienes se contabilicen no mediante identificación y separación física, sino mediante un sistema de contabilidad o gestión de inventario.
Materiales indirectos: Disposición que especifica que el origen de ciertos materiales (denominados indirectos o neutros) utilizados en el proceso de producción no debe tenerse en cuenta al determinar el origen del producto final.
Errores menores: Una disposición que aclara que, cuando el origen de las mercancías no está en duda, las solicitudes de origen preferencial no deben rechazarse como consecuencia de pequeños errores y discrepancias administrativas.
Operaciones no admisibles: Disposición que enumera las operaciones que no confieren origen. Se consideran por debajo del umbral de producción/procesamiento suficiente.
Perfeccionamiento externo: Disposición que permite que una mercancía sea retirada temporalmente del territorio del acuerdo de libre comercio y procesada en un tercer país sin que ello afecte a la determinación del origen del producto final. No se tiene en cuenta que la mercancía haya salido del territorio del acuerdo de libre comercio durante el proceso de producción.
Embalaje: Disposición que aclara si el embalaje debe tenerse en cuenta al determinar el origen del producto.
Sanciones: Disposición que especifica las consecuencias legales de presentar documentación de origen basada en información incorrecta o falsificada. Estas pueden incluir sanciones penales, civiles y administrativas.
Periodo de validez: Disposición que especifica la duración de la validez de un certificado de origen o una declaración de origen (véase prueba de origen) a partir del momento de su emisión.
Principio de territorialidad:
Una cláusula que establece que, a efectos de determinar el origen de las mercancías, todo el trabajo y la transformación deben llevarse a cabo dentro del territorio de las partes del acuerdo sin interrupción.
Certificación y verificación de origen
La certificación y la verificación son aspectos procedimentales de las normas de origen, pero no por ello menos importantes. Aunque un producto cumpla con los criterios sustantivos de origen, no tendrá derecho a preferencias si no cumple con los requisitos procedimentales. Los requisitos relativos a la certificación y la verificación suelen figurar en un anexo denominado procedimientos operativos, o a veces en los capítulos sobre procedimientos aduaneros. Dichos anexos o capítulos incluyen diversas disposiciones, como la retención de documentos, el reembolso de los derechos pagados en exceso, los errores menores, etc., que deben tenerse en cuenta si los comerciantes desean solicitar preferencias para sus productos.
Fundamentalmente, para acogerse al trato preferencial, un envío debe ir acompañado de un comprobante de origen. El comprobante de origen más común, exigido en la mayoría de los acuerdos comerciales, es el certificado de origen . Además, existen otros comprobantes, como la declaración de origen o la declaración de origen. Muchos acuerdos establecen umbrales de valor por debajo de los cuales se puede prescindir del comprobante de origen.
En lo que respecta a la certificación, el comerciante debe saber si el acuerdo comercial en virtud del cual reclama preferencias permite o no la autocertificación. Si está permitida, el comerciante (ya sea el productor, el exportador o, en algunos casos, el importador) solo necesita completar la información relativa al envío en el formulario correspondiente (si lo hubiere) y declarar que las mercancías allí enumeradas cumplen con los criterios de origen y demás requisitos. Sin embargo, si no se permite la autocertificación, el comerciante debe solicitar un certificado de origen emitido por una autoridad certificadora, que normalmente es la cámara de comercio o una agencia del ministerio de comercio. Para obtener dicho documento, el exportador o el productor presentará diversos documentos relacionados con la producción o fabricación de las mercancías. La autoridad competente examinará los documentos y, si es necesario, visitará las instalaciones del solicitante para verificar y certificar si las mercancías cumplen con los criterios de origen establecidos en el acuerdo comercial en cuestión. [ 24 ]
En cuanto a la verificación, cuando el envío llega al puerto de entrada del país importador, se presenta el comprobante de origen a la autoridad aduanera. Para facilitar el comercio, en ocasiones no se requiere la presentación física; el importador o su representante pueden simplemente presentar el número del documento o una copia electrónica del mismo. La aceptación del comprobante de origen por parte de la aduana determinará si el envío tiene derecho a un trato preferencial. En caso de dudas, la autoridad aduanera puede recurrir a diversas medidas, como examinar el comprobante de origen original o verificar la información del documento y las mercancías efectivamente importadas. La aduana puede solicitar al comerciante información adicional o incluso contactar con la autoridad emisora del país exportador para obtener más aclaraciones. [ 25 ]
Instituciones y reglas de origen
Instituciones nacionales
Dado que las normas de origen se aplican a nivel nacional, son las instituciones nacionales las que se ocupan directamente de los procedimientos de certificación y verificación. Las autoridades competentes difieren de un país a otro y también varían según los acuerdos comerciales.
Autoridades emisoras
La autoridad emisora puede ser una de las siguientes instituciones:
- Cámara de Comercio
- Autoridad gubernamental específica asignada por un acuerdo comercial y/o legislación nacional.
- Autoridad aduanera
Por ejemplo, en Vietnam, las mercancías exportadas a un país importador bajo un régimen no preferencial pueden requerir un certificado de origen no preferencial emitido por la Cámara de Comercio e Industria de Vietnam. La Cámara también es responsable de emitir el certificado de origen preferencial (formulario A) si las mercancías se exportan a un país beneficiario del Sistema Generalizado de Preferencias (SGP). Sin embargo, si las mercancías se comercializan bajo un Tratado de Libre Comercio (TLC), la autoridad emisora será la Oficina de Administración de Importaciones y Exportaciones local, dependiente directamente del Ministerio de Industria y Comercio.
Autoridades de verificación
En principio, las autoridades verificadoras son las autoridades aduaneras de los países importadores, salvo que se especifique lo contrario. Esto se debe a que la verificación del origen en el país importador debe realizarse cuando la mercancía llega al puerto de entrada para determinar los aranceles (preferenciales) aplicables al envío, que se encuentra dentro del ámbito de competencia de sus aduanas. En particular, en muchos convenios, las aduanas figuran como autoridades tanto certificadoras como verificadoras.
Organizaciones internacionales
Las organizaciones internacionales no son las instituciones que tratan directamente con los comerciantes. Sin embargo, desempeñan un papel muy importante en la formulación, administración y facilitación de la aplicación de las normas de origen.
Organización Mundial del Comercio
La Organización Mundial del Comercio (OMC) administra el Acuerdo sobre las Reglas de Origen y cuenta con comités dedicados a este tema. Si bien la mayor parte del trabajo de la OMC se centra en las reglas de origen no preferenciales, la iniciativa actual sobre reglas de origen para los PMA constituye una labor importante que la OMC lleva a cabo. Esta iniciativa exige a los Miembros que se comprometen, en virtud de las Declaraciones Ministeriales, a presentar notificaciones sobre sus reglas de origen con trato preferencial para los PMA. La página web de la OMC sobre reglas de origen no preferenciales ofrece un archivo de documentos relacionados con dichas reglas en los Miembros. [ 26 ] También proporciona una base de datos sobre las reglas de origen preferenciales notificadas en el marco de la iniciativa para los PMA. [ 27 ]
Además, el nuevo Acuerdo sobre Facilitación del Comercio de la OMC también establece nuevos parámetros para los aspectos aduaneros en la aplicación de las reglas de origen. Por ejemplo, el artículo de este acuerdo dispone que cada miembro emitirá una resolución anticipada sobre el origen de las mercancías "de manera razonable y dentro de un plazo determinado al solicitante que haya presentado una solicitud por escrito que contenga toda la información necesaria". [ 28 ]
Organización Mundial de Aduanas
La Organización Mundial de Aduanas (OMA) administra numerosos convenios importantes relacionados con las reglas de origen, como el Convenio de Kioto revisado. También administra el Sistema Armonizado , que sirve de base para la elaboración de los aranceles y para determinar el origen de las mercancías cuando se aplica la regla del "salto arancelario". La OMA está a cargo conjuntamente del Comité Técnico sobre Reglas de Origen. De conformidad con el artículo 4.2 del Acuerdo de la OMC sobre Reglas de Origen, "el Comité Técnico es un órgano de la OMC, pero opera bajo los auspicios de la OMA, según lo dispuesto en el artículo 4.2 del Acuerdo sobre el Origen. Por lo tanto, el Consejo de la OMA ejerce su supervisión sobre el Comité Técnico únicamente en lo que respecta a cuestiones administrativas". [ 29 ] La OMA también publica diversas directrices y estudios sobre diferentes aspectos de las reglas de origen, que resultan muy útiles para las empresas. Por ejemplo, el Compendio de Origen de la OMA (2017) [ 30 ] y el Estudio Comparativo sobre Reglas de Origen Preferenciales (versión 2017). [ 5 ]
Centro de Comercio Internacional
En una iniciativa conjunta con la OMA y la OMC, el Centro de Comercio Internacional (CCI) presenta el Facilitador de Reglas de Origen [ 31 ] , que proporciona acceso gratuito y sencillo a la base de datos del CCI sobre reglas de origen y documentación relacionada con el origen en cientos de acuerdos comerciales. El Facilitador también se integra con las bases de datos de aranceles y acuerdos comerciales que el Mapa de Acceso al Mercado del CCI ha creado y mantenido desde 2006 [ 32 ] , lo que da como resultado una solución de inteligencia de mercado que permite a las empresas, en particular a las de países en desarrollo, beneficiarse de los acuerdos comerciales a nivel mundial. Actualmente, el Facilitador contiene datos de más de 230 TLC aplicados por más de 190 países, así como de los regímenes no preferenciales de la UE, EE. UU. y Suiza. Esta base de datos se está ampliando gradualmente con el objetivo de abarcar más de 400 TLC y esquemas preferenciales vigentes en el mundo.
El Facilitador de Reglas de Origen tiene como objetivo ayudar a las pequeñas y medianas empresas a incrementar su comercio aprovechando las oportunidades comerciales globales que ofrecen los bajos aranceles derivados de los acuerdos comerciales. Esta herramienta también puede ser utilizada por responsables políticos, negociadores comerciales, economistas y cualquier otro usuario. Cualquier usuario puede consultar información sobre criterios de origen, otras disposiciones relacionadas con el origen y la documentación comercial introduciendo el código HS de su producto.
Cámara de Comercio Internacional

La Cámara de Comercio Internacional (CCI) no se ocupa directamente de la documentación presentada por los comerciantes, pero esta, la mayor organización empresarial del mundo, contribuye en gran medida al trabajo de las cámaras de comercio de los países, lo que significa que están mejorando la labor de las autoridades emisoras.
Tras la Convención de Ginebra de 1923, los gobiernos han delegado la emisión de certificados de origen a las cámaras. Se considera que las cámaras son organizaciones competentes y se las reconoce como terceros responsables y fiables, que actúan con neutralidad e imparcialidad. El Consejo de la Federación Mundial de Cámaras de Comercio sobre Certificados Internacionales de Origen (ICO) de la CCI se creó para fortalecer y promover la posición singular de las cámaras como agentes naturales en la emisión de documentos comerciales. La Federación ha establecido un conjunto de procedimientos universales para la emisión y certificación de certificados por parte de las cámaras en todo el mundo. [ 33 ]
Referencias
- ↑ "Manual de reglas de origen" (PDF) . OMA . Consultado el 29 de marzo de 2019 .
- ↑ "Flexibilización de las reglas de origen y cadenas de suministro regionales: evidencia de Europa" . The Review of Economics and Statistics . 2025.
- ↑ "¿Qué es el 'fenómeno del plato de espaguetis' de los TLC?" . RIETI . Consultado el 31 de marzo de 2019 .
- 1 2 "Anexo K específico, Convenio de Kioto revisado" . OMA . Consultado el 14 de febrero de 2019 .
- 1 2 "Estudio comparativo sobre reglas de origen preferenciales" (PDF) . OMA . Consultado el 15 de febrero de 2019 .
- ↑ "Acuerdo sobre las reglas de origen" . OMC . Consultado el 14 de febrero de 2019 .
- ↑ "Reglas de origen" . OMC . Consultado el 31 de marzo de 2019 .
- ↑ "Transparencia y la OMC: Obligaciones de notificación - Guía del curso" (PDF) . OMC . Consultado el 31 de marzo de 2019 .
- ↑ "Acuerdo sobre las reglas de origen" . OMC . Consultado el 31 de marzo de 2019 .
- ↑ "Acuerdos comerciales regionales" . OMC . Consultado el 31 de marzo de 2019 .
- ↑ "Facilitador de reglas de origen" . ITC . Consultado el 31 de marzo de 2019 .
- ↑ "Información técnica sobre las reglas de origen" . OMC . Consultado el 31 de marzo de 2019 .
- ↑ "Acuerdo sobre facilitación del comercio" . OMC . Consultado el 31 de marzo de 2019 .
- ↑ "Los miembros revisan la aplicación de las reglas de origen preferenciales para los PMA" . OMC . Consultado el 31 de marzo de 2019 .
- ↑ Felbermayr, Gabriel; Teti, Feodora; Yalcin, Erdal (febrero de 2018). "Sobre la rentabilidad de la desviación comercial y la necesidad de reglas de origen" (PDF) . Documentos de trabajo de CESifo . ISSN 2364-1428 . N.° 6929. Consultado el 31 de marzo de 2019 .
- ↑ "¿Qué es el Arancel Aduanero Común?" . Comisión Europea . Consultado el 31 de marzo de 2019 .
- ↑ "Informe sobre el Comercio Mundial 2011" (PDF) . OMC . Consultado el 31 de marzo de 2019 .
- ↑ "Anexo K específico, Convenio de Kioto revisado" . OMA . Consultado el 31 de marzo de 2019 .
- ^ Dinh, Khuong-Duy (2017). "Servicios del "Modo 5" y algunas implicaciones para las reglas de origen" . Revista Global de Comercio y Aduanas . 12 (7/8). doi : 10.54648/GTCJ2017039 . S2CID 168988562. Consultado el 31 de marzo de 2019 .
- ↑ "Glosario del facilitador de reglas de origen" . ITC . Consultado el 31 de marzo de 2019 .
- ↑ "Acuerdo sobre las reglas de origen" . OMC . Consultado el 31 de marzo de 2019 .
- ↑ "Estudio comparativo sobre reglas de origen preferenciales" (PDF) . OMA . Consultado el 14 de febrero de 2019 .
- ↑ "Glosario del facilitador de las reglas de origen" . ITC . Consultado el 14 de febrero de 2019 .
- ↑ "Directrices sobre certificación de origen" (PDF) . OMA . Consultado el 31 de marzo de 2019 .
- ↑ "Tendencias mundiales en certificación y verificación de origen preferencial" (PDF) . OMA . Consultado el 31 de marzo de 2019 .
- ↑ "Reglas de origen" . OMC . Consultado el 14 de febrero de 2019 .
- ↑ "Acuerdos comerciales preferenciales" . OMA . Consultado el 14 de febrero de 2019 .
- ↑ "Acuerdo de Facilitación del Comercio" . OMC . Consultado el 21 de febrero de 2019 .
- ↑ "Términos de referencia del Comité Técnico de Reglas de Origen (CTRO)" . OMA . Consultado el 15 de febrero de 2019 .
- ↑ "Compendio de Origen de la OMA" (PDF) . OMA . Consultado el 15 de febrero de 2019 .
- ↑ "Facilitador de reglas de origen" . ITC . Consultado el 14 de febrero de 2019 .
- ↑ "Mapa de acceso al mercado" . ITC . Consultado el 21 de febrero de 2019 .
- ↑ "Directrices sobre el Certificado Internacional de Origen" . CCI . Consultado el 15 de febrero de 2019 .
Enlaces externos
- Base de datos de la OMC sobre acuerdos comerciales preferenciales
- Facilitador de las Reglas de Origen de la ITC
- Mapa de acceso al mercado de la ITC .
- Estudio comparativo de la OMA sobre las reglas de origen preferenciales
- Declaración de política de la CCI sobre reglas de origen no preferenciales para fines de política comercial.
- Derecho mercantil
- País natal
- Derecho internacional