El servicio de seguridad (también conocido como servicio de radiocomunicaciones de seguridad o servicio de seguridad de la vida ) se define, según el artículo 1.59 del Reglamento de Radiocomunicaciones (RR ) de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT ) [ 1 ] , como « un servicio de radiocomunicaciones utilizado de forma permanente o temporal para la salvaguarda de la vida humana y la propiedad ».
Algunos ejemplos típicos de servicios de seguridad son los siguientes:
- Servicio móvil aeronáutico (artículo 1.32)
- Servicio móvil aeronáutico (R)° (artículo 1.33)
- Servicio móvil aeronáutico por satélite (artículo 1.35)
- Servicio móvil aeronáutico por satélite (R)° (artículo 1.36)
- Servicio de radionavegación (artículo 1.42)
- Servicio de radionavegación por satélite (artículo 1.43)
- Servicio de radionavegación marítima (artículo 1.44)
(R)° = abreviatura de ruta de vuelos (ruta)
Véase también
Referencias
- ↑ Reglamento de Radiocomunicaciones de la UIT, Sección IV. Estaciones y Sistemas de Radio – Artículo 1.59, definición: servicio de seguridad / servicio de radiocomunicaciones de seguridad
- Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT)
Categorías :
- Servicios de radiocomunicaciones UIT
- Navegación por radio
- Control de tráfico aéreo