Articulo de referencia

Subvenciones de la Sección 533

Las subvenciones de la Sección 533 son un programa de rehabilitación de viviendas rurales del USDA autorizado bajo la Sección 533 de la Ley de Vivienda de 1949 (42 USC 1441 y si...

Las subvenciones de la Sección 533 son un programa de rehabilitación de viviendas rurales del USDA autorizado bajo la Sección 533 de la Ley de Vivienda de 1949 (42 USC 1441 y siguientes). El Servicio de Vivienda Rural (RHS) está autorizado a otorgar subvenciones a organizaciones capaces para:

(1) rehabilitar viviendas unifamiliares en zonas rurales que sean propiedad de familias de bajos y muy bajos ingresos;
(2) la rehabilitación de propiedades rurales de alquiler; y,
(3) rehabilitar viviendas cooperativas rurales estructuradas para proporcionar viviendas asequibles a ocupantes de bajos y muy bajos ingresos.

Las viviendas deben estar ubicadas en zonas rurales y necesitar asistencia para la conservación de la vivienda. Las familias beneficiarias deben cumplir con los requisitos de ingresos (ingresos del 80% o menos del ingreso medio de la zona) y deben haber ocupado la propiedad durante al menos un año antes de recibir la asistencia. Los ocupantes de viviendas arrendadas pueden ser elegibles para recibir asistencia si

(1) la parte no vencida del contrato de arrendamiento se extiende por 5 años o más, y
(2) el contrato de arrendamiento permite al ocupante realizar modificaciones a la estructura y prohíbe al propietario aumentar el alquiler debido a dichas modificaciones.

Referencias