Articulo de referencia

Ley de 1976 sobre delitos sexuales (modificación)

La Ley de 1976 (modificación) de delitos sexuales [1] (c. 82) es una ley del Parlamento del Reino Unido que contiene disposiciones relativas a la violación y delitos conexos. A ...

La Ley de 1976 (modificación) de delitos sexuales [1] (c. 82) es una ley del Parlamento del Reino Unido que contiene disposiciones relativas a la violación y delitos conexos. A excepción de los apartados (1) y (2) y (4) y (6) del artículo 7, se deroga toda la Ley. El artículo 7(2) proporciona ahora la definición de la expresión "un delito de violación" en relación con los procedimientos de los tribunales marciales. Las demás disposiciones restantes son puramente complementarias.

En Inglaterra, Gales e Irlanda del Norte, a partir del 1 de septiembre de 2001 [3] la sección 57 de la Ley de la Corte Penal Internacional de 2001 (interpretada junto con las secciones 56, 63(2) y 78 de esa Ley) dispone que cualquier referencia en esta Ley a un delito sustantivo específico incluye un delito según la sección 51 que implique una conducta que constituya ese delito y, como si cualquier referencia en esas disposiciones a un delito auxiliar específico incluyera

  • ese delito auxiliar en relación con un delito en virtud del artículo 51 que implique una conducta que constituya el delito sustantivo en cuestión,
  • y un delito según el artículo 52 que implique una conducta que constituya ese delito auxiliar en relación con un acto al que se aplica dicho artículo que implique una conducta que constituya el delito sustantivo en cuestión.

Sección 1 - Significado de "violación", etc.

El apartado (1) proporcionaba una definición de la palabra " violación ". Fue derogado por el apartado 168(3) y el Anexo 11 de la Ley de Justicia Penal y Orden Público de 1994 .

El apartado (2) fue modificado por el artículo 168(2) y el Anexo 10 de esa Ley. Fue derogado por el párrafo 20(2) del Anexo 6 ​​y el Anexo 7 de la Ley de Delitos Sexuales de 2003 .

Sección 2 - Restricciones a las pruebas en los juicios por violación, etc.

Esta sección fue enmendada por la sección 168(2) y los párrafos 35(1) y (3) del Anexo 10 de la Ley de Justicia Penal y Orden Público de 1994 .

Esta sección fue derogada el 4 de diciembre de 2000 [4] por la sección 67(3) y el Anexo 6 ​​de la Ley de Justicia Juvenil y Evidencia Penal de 1999 (interpretada junto con los párrafos 3(3) y 5(2) del Anexo 7).

Artículo 3 - Aplicación del artículo 2 a los procedimientos de instrucción, a los tribunales militares y a los juicios sumarios

Esta sección fue enmendada por la sección 47 y el párrafo 23 del Anexo 1 de la Ley de Procedimiento e Investigaciones Penales de 1996. El texto enmendado se aplicó únicamente en relación con los presuntos delitos sobre los cuales no se había iniciado ninguna investigación penal antes del 1 de abril de 1997. [5]

Esta sección fue derogada el 4 de diciembre de 2000 [4] por la sección 67(3) y el Anexo 6 ​​de la Ley de Justicia Juvenil y Evidencia Penal de 1999 (interpretada junto con los párrafos 3(3) y 5(2) del Anexo 7).

Artículo 4 – Anonimato de los denunciantes en casos de violación, etc.

Esta sección fue enmendada por el Anexo 5 de la Ley de Cable y Radiodifusión de 1984, la sección 158 de la Ley de Justicia Penal de 1988 , el Anexo 20 de la Ley de Radiodifusión de 1990 y las secciones 168(1) y (2), el párrafo 13 del Anexo 9 y el párrafo 36 del Anexo 10 de la Ley de Justicia Penal y Orden Público de 1994 .

Fue derogado en parte por el Anexo 16 de la Ley de Justicia Penal de 1988 y el Anexo 21 de la Ley de Radiodifusión de 1990 .

Esta sección fue derogada por la sección 67(3) y el Anexo 6 ​​de la Ley de Justicia Juvenil y Evidencia Penal de 1999.

La Ley de Delitos Sexuales (Enmienda) de 1992 estableció disposiciones más amplias para el anonimato de los denunciantes en casos de delitos sexuales .

Secciones 4(1) y (1A)

Los apartados (1) y (1A) fueron sustituidos por el apartado (1) por el artículo 158 y el párrafo 16 del Anexo 8 de la Ley de Justicia Penal de 1988 .

Las palabras "o hombre" en ambos lugares y las palabras "o él" fueron insertadas en la subsección (1)(a) el 3 de noviembre de 1994 por la sección 168(2) y el párrafo 36(2)(a)(i) y (iii) del Anexo 10 de la Ley de Justicia Penal y Orden Público de 1994 .

Las palabras "ni el nombre ni la dirección de la mujer o el hombre", "toda la vida de esa persona" e "identificar a esa persona" del inciso (1)(a) fueron sustituidas el 3 de noviembre de 1994 por el inciso 168(2) y el párrafo 36(2)(a)(ii), (iv) y (v) del Anexo 10 de la Ley de Justicia Penal y Orden Público de 1994 .

Las palabras "incluido en un programa relevante para la recepción" en el inciso (1)(a)(ii) y (b)(ii) y las palabras "inclusión en un programa relevante" en el inciso (1)(b) fueron sustituidas por el artículo 203(1) y el párrafo 26(1)(a) del Anexo 20 de la Ley de Radiodifusión de 1990 .

Las palabras "o el hombre" fueron insertadas en la subsección (1)(b) el 3 de noviembre de 1994 por la sección 168(2) y el párrafo 36(2)(b)(i) del Anexo 10 de la Ley de Justicia Penal y Orden Público de 1994 .

Las palabras "durante toda la vida de esa persona" en el inciso 1(b) fueron sustituidas el 3 de noviembre de 1994 por el artículo 168(2) y el párrafo 36(2)(b)(ii) del Anexo 10 de la Ley de Justicia Penal y Orden Público de 1994 .

Artículo 4(3)

Si en un juicio ... el juez está convencido de que el efecto del inciso (1) de esta sección es imponer una restricción sustancial e irrazonable a la información sobre los procedimientos en el juicio y que es de interés público eliminar o relajar la restricción, ordenará que ese inciso no se aplique a dicho asunto ... como se especifica en la orden; pero no se dará una orden de conformidad con este inciso por razón únicamente de [el resultado de] el juicio.

Las palabras "ante el Tribunal de la Corona en el que una persona está acusada de un delito de violación" y "en relación con el denunciante" fueron derogadas por las secciones 158(4)(a) y 170, y el párrafo 16 del Anexo 8 y el Anexo 16 de la Ley de Justicia Penal de 1988 .

Las palabras "el resultado de" fueron sustituidas por las palabras "la absolución de un acusado" por la sección 158(4)(b) y el párrafo 16 del Anexo 8 de la Ley de Justicia Penal de 1988 .

Artículo 4(5)

Este apartado creó un delito sumario por contravenir el apartado (1). Véase también Brown v DPP, (1998) 162 JP 333, (1998) The Times 26 de marzo de 1998, DC .

Las palabras "o incluidas en un programa relevante" fueron sustituidas por la sección 203(1) y el párrafo 26(1)(b) del Anexo 20 de la Ley de Radiodifusión de 1990 .

El párrafo (d) fue insertado después del párrafo (c) por el párrafo 34(2) del Anexo 5 de la Ley de Cable y Radiodifusión de 1984.

Un nuevo párrafo (c) fue sustituido por los párrafos (c) y (d) por la sección 203(1) y el párrafo 26(1)(b) del Anexo 20 de la Ley de Radiodifusión de 1990. (El mencionado párrafo 34(2) de la Ley de 1984 fue derogado por el Anexo 2 de la mencionada Ley de 1990).

La referencia al nivel 5 de la escala estándar fue sustituida para Inglaterra y Gales por las secciones 38 y 46 de la Ley de Justicia Penal de 1982, y para Escocia por las secciones 289F y 289G de la Ley de Procedimiento Penal (Escocia) de 1975, y para Irlanda del Norte por los artículos 5 y 6 de SI 1984/703 (NI 3).

Sección 4(5A)

Esta subsección fue insertada por la sección 158(3) y el párrafo 16 del Anexo 8 de la Ley de Justicia Penal de 1988 .

Las palabras "cualquier asunto o la inclusión de cualquier asunto en un programa relevante" y las palabras "o programa" fueron sustituidas en esta subsección por la sección 203(1) y el párrafo 26(1)(c) del Anexo 20 de la Ley de Radiodifusión de 1990 .

Las palabras "o el hombre" se insertaron en esta subsección el 3 de noviembre de 1994 mediante la sección 168(2) y el párrafo 36(3) del Anexo 10 de la Ley de Justicia Penal y Orden Público de 1994 .

Sección 4(5B)

Esta subsección fue insertada por la sección 158(3) y el párrafo 16 del Anexo 8 de la Ley de Justicia Penal de 1988 .

Las palabras "paz o comodidad de la mujer o del hombre" fueron sustituidas en esta subsección el 3 de noviembre de 1994 por la sección 168(2) y el párrafo 36(4) del Anexo 10 de la Ley de Justicia Penal y Orden Público de 1994 .

Artículo 4(6)

Las palabras "transfiere los procedimientos contra él para su enjuiciamiento" en el inciso (6)(c) fueron sustituidas prospectivamente por el artículo 44(3) y el párrafo 27 del Anexo 4 de la Ley de Justicia Penal y Orden Público de 1994. Ese Anexo fue derogado retroactivamente por los artículos 44(2) y (6) y 80 y el párrafo 1 del Anexo 5 de la Ley de Procedimiento e Investigaciones Penales de 1996 .

La definición de "una transmisión" fue derogada por las secciones 203(1) y (3) y el párrafo 26(1)(d) del Anexo 20 y el Anexo 21 de la Ley de Radiodifusión de 1990 .

La definición de "programa de cable" fue insertada por la sección 57(1) y el párrafo 34(4) del Anexo 5 de la Ley de Cable y Radiodifusión de 1984. Fue derogada por las secciones 203(1) y (3) y el párrafo 26(1)(d) del Anexo 20 y el Anexo 21 de la Ley de Radiodifusión de 1990 .

Las palabras "o el hombre" en la definición de "demandante" fueron insertadas el 3 de noviembre de 1994 por la sección 168(2) y el párrafo 36(5) del Anexo 10 de la Ley de Justicia Penal y Orden Público de 1994 .

La definición de "programa relevante" fue insertada por la sección 203(1) y el párrafo 26(1)(d) del Anexo 20 de la Ley de Radiodifusión de 1990 .

Artículo 4(6A)

Esta subsección fue insertada el 3 de febrero de 1995 [6] por la sección 168(1) y el párrafo 13 del Anexo 9 de la Ley de Justicia Penal y Orden Público de 1994 .

Artículo 4(7)

El inciso (7)(a) fue derogado por el artículo 170 y el párrafo 16 del Anexo 8 y el Anexo 16 de la Ley de Justicia Penal de 1988 .

Las palabras "o sobre material incluido en un programa relevante" fueron sustituidas en el inciso (7)(b) por el artículo 203(1) y el párrafo 26(1)(e) del Anexo 20 de la Ley de Radiodifusión de 1990 .

Artículo 5 - Disposiciones complementarias al artículo 4

Esta sección fue derogada por la sección 67(3) y el Anexo 6 ​​de la Ley de Justicia Juvenil y Evidencia Penal de 1999.

Artículo 5(1)

Esta subsección modificó la sección 4 en relación con las personas acusadas de un delito de violación de conformidad con cualquier disposición de la Ley de Disciplina Naval de 1957 , la Ley del Ejército de 1955 o la Ley de la Fuerza Aérea de 1955.

La palabra "todos" fue sustituida por la palabra "ambos" en el inciso (1)(b) por la sección 170, el párrafo 16 del Anexo 8 y el párrafo 53(2) del Anexo 15 de la Ley de Justicia Penal de 1988 .

Artículo 5(5)

No se podrán iniciar procedimientos por un delito tipificado en el inciso (5) del artículo anterior (incluido un delito que se alega que se ha cometido en virtud del inciso anterior) excepto por o con el consentimiento del Fiscal General o, si se alega que el delito se ha cometido en Irlanda del Norte, del Fiscal General de Irlanda del Norte; y cuando una persona sea acusada de un delito de ese tipo, será una defensa probar que en el momento del presunto delito no sabía, ni sospechaba ni tenía motivos para sospechar, que la publicación [o el programa en cuestión era, o (según sea el caso) incluía,] el material mencionado en el inciso (1) de esa sección.

En el presente apartado, las palabras "o transmitido" se sustituyeron por las palabras "programa transmitido por radio o por cable" en virtud del artículo 57(1) y el párrafo 34(5) del Anexo 5 de la Ley de Cable y Radiodifusión de 1984. Esa Ley fue derogada el 1 de diciembre de 1990 por el artículo 203(3) y el Anexo 21 de la Ley de Radiodifusión de 1990. En el artículo 203(1) y el párrafo 26(2) del Anexo 20 de la mencionada Ley de 1990, las palabras "el programa transmitido por radio o por cable en cuestión era de" se sustituyeron por las palabras "o el programa en cuestión era de, o (según el caso) estaba incluido" en la misma.

Este artículo fue explicado por el artículo 12 de la Ley de Jurisdicción Penal de 1975 (derogada para Inglaterra y Gales por la Parte II del Anexo 2 de la Ley de Enjuiciamiento de Delitos de 1979). El mencionado artículo 12 disponía que este apartado no impedía el arresto sin orden judicial, ni la emisión o ejecución de una orden de arresto, de una persona por cualquier delito, ni la prisión preventiva o la libertad bajo fianza de una persona acusada de cualquier delito, y que este apartado estaba sujeto a cualquier ley relativa a la aprehensión o detención de niños o jóvenes.

Artículo 5(6)

Las palabras desde el principio hasta "y" en el segundo lugar donde aparece fueron por la sección 170(2) y el párrafo 16 del Anexo 8 y el Anexo 16 de la Ley de Justicia Penal de 1988 .

Antes:

En el artículo 31(1) de la Ley de Apelaciones Penales de 1968 (que dispone que ciertos poderes del Tribunal de Apelaciones pueden ser ejercidos por un solo juez), después de la palabra "1973", se insertarán las palabras "y el poder de dar instrucciones en virtud del artículo 4(4) de la Ley de Delitos Sexuales (Enmienda) de 1976"; y en el artículo 36(1) de la Ley de Cortes Marciales (Apelaciones) de 1968 (que dispone que ciertos poderes del Tribunal de Apelaciones de Cortes Marciales pueden ser ejercidos por un solo juez), después del párrafo (g), se insertarán las palabras "y el poder de dar instrucciones en virtud del artículo 4(4) de la Ley de Delitos Sexuales (Enmienda) de 1976, adaptada por el artículo 5(1)(d) de esa Ley".

Después:

... en la sección 36(1) de la Ley de Apelaciones de Tribunales Marciales de 1968 (que dispone que ciertos poderes del Tribunal de Apelaciones de Tribunales Marciales pueden ser ejercidos por un solo juez) después del párrafo (g) se insertarán las palabras "y el poder de dar instrucciones bajo la sección 4(4) de la Ley de Delitos Sexuales (Enmienda) de 1976 según fue adaptada por la sección 5(1)(d) de esa Ley".

Artículo 6 - Anonimato de los acusados ​​en casos de violación, etc.

Esta sección fue derogada por las secciones 158(5) y 170, y el párrafo 16 del Anexo 8 y el Anexo 16 de la Ley de Justicia Penal de 1988 .

Artículo 7 - Citación, interpretación, comienzo y extensión

Artículo 7(2)

Esta subsección definió las expresiones "un delito de violación" y " relación sexual " para la Ley.

En su forma original, esta subsección definía "un delito de violación" como cualquiera de los siguientes: violación, intento de violación , complicidad, asesoramiento y provocación de violación o intento de violación e incitación a la violación. La definición fue enmendada por las secciones 158(1) y (6) y el párrafo 16 del Anexo 8 de la Ley de Justicia Penal de 1988 , que agregó la conspiración a la violación y el robo con intención de violar. [7] Esta subsección fue sustituida por la sección 139 y los párrafos 20(1) y (3)(a) del Anexo 6 ​​de la Ley de Delitos Sexuales de 2003. Esto proporcionó una nueva definición de "un delito de violación" como cualquiera de los siguientes:

(i) un delito tipificado en el artículo 1 de la Ley de Delitos Sexuales de 2003 (violación)
(ii) un delito tipificado en el artículo 2 de esa Ley (agresión por penetración)
(iii) un delito según la sección 4 de esa Ley (hacer que una persona participe en una actividad sexual sin consentimiento) cuando la actividad causada implicó penetración dentro de la sección 4(4)(a) a (d)
(iv) un delito tipificado en el artículo 5 de esa Ley (violación de un niño menor de 13 años)
(v) un delito tipificado en el artículo 6 de esa Ley (agresión a un niño menor de 13 años mediante penetración)
(vi) un delito según la sección 8 de esa Ley (causar o incitar a un niño menor de 13 años a participar en una actividad sexual) cuando una actividad que implique penetración dentro de la sección 8(3)(a) a (d) fue causada
(vii) un delito según la sección 30 de esa Ley (actividad sexual con una persona con un trastorno mental que impide la elección) donde el contacto implicó penetración dentro de la sección 30(3)(a) a (d)
(viii) un delito según la sección 31 de esa Ley (causar o incitar a una persona, con un trastorno mental que le impide elegir, a participar en una actividad sexual) cuando una actividad que implique penetración dentro de la subsección 31(3)(a) a (d) fue causada
(ix) un intento, conspiración o incitación a cometer un delito dentro de cualquiera de los párrafos (i) a (vii);
(x) ayudar, instigar, aconsejar o procurar la comisión de dicho delito o el intento de cometer dicho delito

La referencia al delito de derecho común de incitación (o a una conducta equivalente a) ese delito en la subsección (2)(ix) ahora tiene efecto como una referencia a (o a una conducta equivalente a) los delitos bajo la Parte 2 de la Ley de Delitos Graves de 2007. [ 8] El párrafo 4 de la Parte I del Anexo 6 ​​de esa Ley también dice que esta subsección ahora proporciona el significado de "delito de violación" en relación con los procedimientos de la corte marcial.

La Parte 2 de la Ley de 2007 se refiere a la incitación o asistencia a la comisión de delitos y los delitos en cuestión son:

  • Fomentar o ayudar intencionalmente a cometer un delito, en contravención del artículo 44
  • Fomentar o ayudar a cometer un delito creyendo que se cometerá, en contravención del artículo 45
  • Fomentar o ayudar a cometer delitos creyendo que se cometerán uno o más, en contravención del artículo 46

La definición de "relaciones sexuales" fue derogada el 3 de noviembre de 1994 por los artículos 168(2) y (3) y el párrafo 35(4)(a) del Anexo 10 y el Anexo 11 de la Ley de Justicia Penal y Orden Público de 1994 .

El 3 de noviembre de 1994, las palabras "artículo 46 de la Ley de Delitos Sexuales de 1956" fueron sustituidas por las palabras "y el artículo 46 de esa Ley" por el artículo 168(2) y el párrafo 35(4)(b) del Anexo 10 de la Ley de Justicia Penal y Orden Público de 1994. Esto fue consecuencia de la derogación de la definición de relación sexual, que dejó esas palabras sin punto de referencia.

Artículo 7(3)

Esta subsección fue derogada por las secciones 139 y 140 y el párrafo 20(3)(b) del Anexo 6 ​​y el Anexo 7 de la Ley de Delitos Sexuales de 2003 .

Artículo 7(4)

Según lo promulgado, este inciso decía:

La presente Ley entrará en vigor al expirar el período de un mes a partir de la fecha en que se apruebe, excepto que las secciones 5(1)(b) y 6(4)(b) entrarán en vigor el día que el Secretario de Estado designe mediante orden emitida por instrumento estatutario.

Las palabras "y 6(4)(b)" fueron derogadas por la sección 170 y el párrafo 16 del Anexo 8 y el Anexo 16 de la Ley de Justicia Penal de 1988 .

Las palabras a partir de "excepto que" fueron derogadas por la sección 67(3) y el Anexo 6 ​​de la Ley de Justicia Juvenil y Evidencia Penal de 1999.

El poder conferido al Secretario de Estado para aplicar las secciones 5(1)(b) y 6(4)(b) se ejerció el 22 de abril de 1978 mediante el artículo 2 de la Orden de 1978 sobre la entrada en vigor de la Ley de Delitos Sexuales (modificación) de 1976 (SI 1978/485). Y la sección 5(1)(b) entró en vigor en esa fecha.

"El plazo de un mes a contar desde la fecha en que se transcurra"

La palabra "mes" significa un mes calendario. [9] La fecha en la que se "aprobó" la Ley es la fecha en la que recibió la sanción real . [10] Esa fecha fue el 22 de noviembre de 1976. [11] El período de un mes incluye la fecha en la que se aprobó la Ley. [12] El efecto de esto es que la Ley entró en vigor el 22 de diciembre de 1976, excepto las secciones 5(1)(b) y 6(4)(b). [10]

Artículo 7(5)

Según lo promulgado, este inciso decía:

Los artículos 2 y 3 de esta Ley no tendrán efecto en relación con un juicio o investigación que comience antes de la expiración de dicho período y los artículos 4 y 6 de esta Ley no tendrán efecto en relación con una acusación que alegue un delito de violación que se haga antes de la expiración de dicho período.

Las palabras "y 6" fueron derogadas por la sección 170 y el párrafo 16 del Anexo 8 y el Anexo 16 de la Ley de Justicia Penal de 1988. Esto fue consecuencia de la derogación de la sección 6 por esa Ley.

Esta subsección fue derogada por la sección 67(3) y el Anexo 6 ​​de la Ley de Justicia Juvenil y Pruebas Penales de 1999. Esto fue consecuencia de la derogación de las secciones 2 a 4 por esa Ley.

Artículo 7(6)

Esta subsección dice:

La presente Ley, excepto en lo que se refiere a los tribunales marciales y al Tribunal de Apelaciones de Tribunales Marciales, no se aplicará a Escocia [ni a Irlanda del Norte].

Las palabras "y a tal publicación o emisión o inclusión en un programa de cable en Irlanda del Norte como se menciona en la sección 4(1) adaptada por la sección 5(1)(b)" fueron sustituidas por las palabras "(incluyendo tal publicación o emisión en Irlanda del Norte como se menciona en la sección 4(1) adaptada por la sección 5(l)(b) y la sección 6(1) adaptada por la sección 6(4)(b))" por la sección 170, el párrafo 16 del Anexo 8, el párrafo 53(3) del Anexo 15 y el Anexo 16 de la Ley de Justicia Penal de 1988 .

Las palabras "en, o tal inclusión de material en un programa relevante para su recepción en", fueron sustituidas por las palabras "transmisión o inclusión en un programa de cable" por la sección 203(1) y el párrafo 26(3) del Anexo 20 de la Ley de Radiodifusión de 1990 .

Las palabras "o Irlanda del Norte" fueron sustituidas por las palabras "y esta Ley, excepto en la medida en que se relaciona con los tribunales marciales y el Tribunal de Apelaciones de Tribunales Marciales [y con dicha publicación o [en, o dicha inclusión de material en un programa relevante para recepción en,] en Irlanda del Norte como se menciona en la sección 4(1) adaptada por la sección 5(1)(b)], no se extenderá a Irlanda del Norte" por la sección 48 y los párrafos 4(1) y (3) del Anexo 2 de la Ley de Justicia Juvenil y Pruebas Penales de 1999.

Véase también

Ley de Delitos Sexuales

Notas

  1. ^ ab La cita de esta Ley con este título corto fue autorizada por el artículo 7(1) de esta Ley.
  2. ^ Artículo 7(6)
  3. ^ Orden de 2001 sobre la entrada en vigor de la Ley de la Corte Penal Internacional de 2001 , artículo 2, leído conjuntamente con el artículo 3
  4. ^ ab Orden de 2000 sobre la Ley de justicia juvenil y pruebas penales (entrada en vigor n.º 5) (SI 2000/3075), artículo 2(c)(i) (interpretado junto con el artículo 3)
  5. ^ Orden de 1997 sobre la Ley de Procedimiento e Investigaciones Penales de 1996 (Inicio) (Sección 65 y Anexos 1 y 2) (SI 1997/683); Orden de 1997 sobre la Ley de Procedimiento e Investigaciones Penales de 1996 (Día designado n.º 3) (SI 1997/682)
  6. ^ Ordenanza de 1995 (SI 1995/127), artículo 2(1) y Anexo 1, Ley de justicia penal y orden público de 1994 (entrada en vigor n.º 5 y disposiciones transitorias)
  7. ^ Sustituir las palabras "incitación a la violación, conspiración para violar y robo con intención de violar" por las palabras "e incitación a la violación"
  8. ^ Ley de Delitos Graves de 2007 , artículo 63(1) y párrafo 4 de la Parte I del Anexo 6
  9. ^ Ley de Interpretación de 1978 , artículo 5 y Anexo 1
  10. ^ ab Estatutos de Halsbury
  11. ^ Esta fecha está impresa en la Ley.
  12. ^ Hare v Gocher [1962] 2 QB 641, [1962] 2 All ER 763; Trow v Ind Coope (West Midlands) Ltd [1967] 2 QB 899 en 909, [1967] 2 All ER 900, CA

Referencias

  • La Ley de Delitos Sexuales (Enmienda) de 1976, en su forma enmendada por los Archivos Nacionales .
  • La Ley de Delitos Sexuales (Enmienda) de 1976, tal como se promulgó originalmente a partir de los Archivos Nacionales . (PDF)
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