La Ley de Delitos Sexuales de 1957 (Ley n.° 23 de 1957, originalmente Ley de Inmoralidad de 1957 ) es una ley del Parlamento de Sudáfrica que, en su forma actual, prohíbe la prostitución, la gestión y el proxenetismo de burdeles , y otras actividades relacionadas con la prostitución. Antes de que la ley relativa a los delitos sexuales fuera consolidada y revisada por la Ley de Enmienda del Derecho Penal (Delitos Sexuales y Asuntos Conexos) de 2007 , también prohibía otros delitos sexuales, como las relaciones sexuales con menores de edad y con personas con discapacidad mental. Como Ley de Inmoralidad, era tristemente célebre por prohibir las relaciones sexuales entre una persona blanca y una persona de otra raza, hasta que dicha prohibición fue eliminada por una enmienda de 1985.
Disposiciones vigentes
- Regentar un burdel
- La Sección 2 tipifica como delito la tenencia de un burdel , y la Sección 3 define a varias personas consideradas propietarias de burdeles, incluyendo a cualquiera que viva en un burdel, administre o reciba dinero de un burdel a sabiendas, permita a sabiendas que un edificio se utilice como burdel, sea hallado en un burdel y se niegue a revelar el nombre del propietario, y el cónyuge de cualquier persona que gestione un burdel. La Sección 4 impone a la fiscalía la carga de probar que el propietario de un edificio utilizado como burdel sabía que era un burdel, a menos que el alquiler pagado al propietario fuera exorbitante, o que el propietario fuera notificado por un agente de policía o por dos vecinos de la zona. La pena por la tenencia de burdeles era originalmente de prisión de hasta tres años con o sin multa de hasta R 600; En 1988, la multa se elevó a R6 000. Hasta la enmienda de 1985 , la ley también prescribía una pena más severa de hasta siete años de prisión, con o sin una multa de hasta R1 000, si había relaciones sexuales interraciales de por medio.
- Cierre de burdeles
- El artículo 5 declara nulo cualquier contrato de arrendamiento de un inmueble para su uso como burdel, mientras que el artículo 6 anula cualquier contrato de arrendamiento si dicho inmueble posteriormente se convierte en burdel, pero permite que un propietario que desconozca la situación pueda cobrar el alquiler. El artículo 7 autoriza al propietario de un inmueble utilizado como burdel a solicitar al juez local una orden de desalojo. El artículo 8 autoriza al juez a emitir una orden de registro para un presunto burdel y la detención del presunto regente. Dicha orden debe basarse en el testimonio jurado de dos residentes de la zona, un agente de policía o un funcionario de asistencia social.
- Proxenetismo
- El artículo 10 prohíbe inducir a una mujer a tener relaciones sexuales con un tercero, atraerla a un burdel con fines sexuales, obligarla a prostituirse y utilizar drogas o alcohol para someterla y obligarla a tener relaciones sexuales con un tercero. La pena original era de hasta cinco años de prisión, o hasta 1985, de siete años si la relación sexual era interracial. En 1988, la pena se elevó a un máximo de siete años en todos los casos.
- Detención
- El artículo 12 tipifica como delito la retención de una mujer contra su voluntad en un burdel o con fines sexuales. La pena es de prisión de hasta cinco años.
- Asistencia
- El artículo 12A, introducido en 1967, tipifica como delito ayudar a una persona a comunicarse con otra con fines sexuales a cambio de dinero. El objetivo es criminalizar las actividades de las agencias de acompañantes . La pena es de prisión de hasta cinco años.
- Uso de las instalaciones
- El artículo 17 tipifica como delito que el propietario u ocupante de una vivienda o local permita a sabiendas que se utilice para la comisión de cualquier otro delito contra la ley. La pena original era de hasta seis años de prisión y una multa de hasta 1000 rands; en 1988, la multa se incrementó a 12 000 rands.
- Abordamiento
- El artículo 19 tipifica como delito incitar o solicitar en un lugar público "con fines inmorales" o exhibirse en público con "vestimenta indecente". La ley de 2007 modificó el artículo para que el delito solo pueda ser cometido por una persona mayor de 18 años. La pena original era una multa de hasta R400 o prisión de hasta dos años, o ambas; en 1988, la multa se incrementó a R4000 .
- La prostitución y vivir de las ganancias de la prostitución
- El artículo 20 prohíbe tener relaciones sexuales a cambio de dinero (es decir, la prostitución) y vivir de las ganancias de la prostitución. La prohibición de la prostitución en sí misma se introdujo recién en 1988; antes de esa fecha, el acto de prostitución en sí no era un delito. La pena original era de prisión de hasta tres años con o sin una multa de hasta R600; en 1988 la multa se elevó a R6000. Hasta la enmienda de 1985, la ley también prescribía una pena más severa de hasta siete años de prisión con o sin una multa de hasta R1000 si había relaciones sexuales interraciales involucradas.
- El artículo 20 también prohíbe cometer un "acto indecente" en público, o ayudar a cometer un acto indecente entre dos personas, o recibir recompensa por ello. La pena original era una multa de hasta R400 o prisión de hasta dos años, o ambas; en 1988, la multa se incrementó a R4000 .
Disposiciones derogadas
- Adquisición por parte del padre
- El artículo 9 prohibía a los padres o tutores legales inducir a sus hijos a tener relaciones sexuales con terceros. Originalmente, se aplicaba solo a las niñas, pero en 1988 se extendió a los niños. La pena máxima era de cinco años de prisión, salvo que el menor fuera menor de catorce años o menor de doce, en cuyo caso la pena podía llegar a cadena perpetua. Este artículo fue derogado por la ley de 2007 , que creó un nuevo delito más amplio: la "explotación sexual de un menor".
- Conspiración
- El artículo 11 tipificaba como delito la conspiración de dos o más personas para inducir a una mujer a tener relaciones sexuales mediante engaño u otros medios fraudulentos. La pena era de prisión de hasta cinco años. Este artículo fue derogado por la ley de 2007, que en su lugar incluye una cláusula general sobre conspiración y el principio de que el fraude invalida el consentimiento.
- Secuestro
- El artículo 13 prohibía sustraer a una persona soltera menor de 21 años de la custodia de sus padres o tutor con la intención de que mantuviera relaciones sexuales con el secuestrador o con otra persona. La pena era de hasta siete años de prisión. Dicho artículo fue derogado por la ley de 2007.
- Edad núbil
- En su versión original, el artículo 14 de la Ley de Delitos Sexuales tipificaba como delito que un hombre tuviera relaciones sexuales con una niña o un niño menor de 16 años. En 1969, la edad se elevó a 19 años para las relaciones sexuales entre dos hombres (aunque tales actos también se consideraban sodomía ). En 1988, se añadieron disposiciones equivalentes para tipificar como delito que una mujer tuviera relaciones sexuales con un hombre menor de 16 años o una mujer menor de 19 años. La pena era de hasta seis años de prisión y una multa de hasta R1 000; en 1988, la multa se incrementó a R12 000.
- El artículo 14 fue derogado por la ley de 2007, que estableció una edad de consentimiento de 16 años para todos los actos sexuales. Esta ley no tenía carácter retroactivo; sin embargo, la desigualdad que establecía la ley anterior entre las edades de consentimiento para las relaciones sexuales heterosexuales y homosexuales fue declarada inconstitucional en el caso Geldenhuys contra el Director Nacional de la Fiscalía Pública de 2008 .
- personas con discapacidad mental
- En su versión original, el artículo 15 prohibía las relaciones sexuales con una mujer "idiota o imbécil", es decir, una persona con discapacidad mental. En 1988 se modificó para que también se aplicara a los hombres. La pena era la misma que la prevista para las infracciones del artículo 14 (véase más arriba). El artículo fue derogado por la ley de 2007, que creó varios delitos nuevos relacionados con la explotación de personas con discapacidad mental.
- Sexo interracial
- El artículo 16 contenía la prohibición que dio nombre a la "Ley de Inmoralidad": penalizaba todas las relaciones sexuales extramatrimoniales entre una persona blanca y una persona no blanca. (Los matrimonios interraciales estaban prohibidos por la Ley de Prohibición de Matrimonios Mixtos ). La pena era de prisión de hasta siete años. Este artículo (junto con la Ley de Prohibición de Matrimonios Mixtos) fue derogado en 1985.
- Uso de drogas
- El artículo 18 tipificaba como delito el uso de drogas o alcohol para someter a una mujer con el fin de tener relaciones sexuales; la pena máxima era de cinco años de prisión. Dicho artículo fue derogado por la ley de 2007, que en su lugar estableció que una persona cuyo juicio o consciencia se vean afectados negativamente por las drogas o el alcohol no puede dar su consentimiento para tener relaciones sexuales.
- Juguetes sexuales
- El artículo 18A, introducido en 1969, prohibía la fabricación y venta de "cualquier artículo destinado a ser utilizado para realizar un acto sexual antinatural", es decir, ciertos tipos de juguetes sexuales . Dicho artículo fue derogado por la ley de 2007.
- "Hombres en una fiesta"
- La Sección 20A, insertada en 1969, creó el infame delito de "hombres en una fiesta". Esto tipificaba como delito que dos hombres cometieran, en "una fiesta", un acto que estimulara la pasión sexual o proporcionara gratificación sexual. Sin embargo, la definición de "fiesta" abarcaba cualquier ocasión en la que estuvieran presentes más de dos personas. Si bien la mayoría de las relaciones sexuales entre hombres ya eran ilegales como sodomía o "comisión de un delito sexual contra natura", esta disposición se añadió en respuesta al escándalo público generado por las redadas policiales en fiestas homosexuales en Johannesburgo. La pena era de hasta dos años de prisión o una multa de hasta 400 rands, o ambas; la multa se incrementó a 4000 rands en 1988.
- En 1998, fue declarada inconstitucional (con efecto retroactivo al 27 de abril de 1994) por considerarse discriminatoria, en el caso National Coalition for Gay and Lesbian Equality v Minister of Justice , que también anuló los delitos de sodomía y comisión de un delito sexual contra natura. Dicha sección fue formalmente eliminada por la ley de 2007.
Enmiendas
- La Ley de Enmienda sobre la Inmoralidad de 1967 (Ley n.º 68 de 1967) añadió el artículo 12A (véase más arriba) destinado a prohibir los servicios de acompañantes y similares, y redefinió todas las multas en términos de rands en lugar de libras sudafricanas .
- La Ley de Enmienda sobre la Inmoralidad de 1969 (Ley n.° 57 de 1969) introdujo o amplió varios delitos (véase más arriba). Añadió los artículos 18A (que prohíbe los juguetes sexuales) y 20A ("hombres en una fiesta") . También modificó el artículo 14 para elevar la edad de consentimiento para las relaciones sexuales entre hombres a 19 años.
- La Ley de Enmienda sobre la Inmoralidad y la Prohibición de los Matrimonios Mixtos de 1985 (Ley n.° 72 de 1985) derogó el artículo 16, que prohibía las relaciones sexuales interraciales, y otras disposiciones que penalizaban con mayor severidad dichas relaciones. Esto se produjo como parte de la derogación de numerosas leyes menores del apartheid durante el gobierno de PW Botha . [ 1 ]
- La Ley de Enmienda sobre la Inmoralidad de 1988 (Ley n.° 2 de 1988) cambió el nombre de la ley de «Ley de Inmoralidad de 1957» a «Ley de Delitos Sexuales de 1957». Modificó los artículos 9, 12A y 15 para que fueran neutrales en cuanto al género, ya que anteriormente se referían solo a mujeres, y modificó el artículo 14 para tipificar como delito, por primera vez, que una mujer tuviera relaciones sexuales con una persona menor de edad, estableciendo para tal fin la edad de consentimiento en 16 años para un niño y 19 para una niña. También tipificó como delito la prostitución, cuando anteriormente solo ciertos actos relacionados con ella eran ilegales.
- La Ley de Enmienda del Código Penal de 1992 (Ley n.º 4 de 1992) introdujo ciertas modificaciones técnicas en las cláusulas penales.
- La Ley de Enmienda de la Ley General de 1992 (Ley n.º 139 de 1992) eliminó una disposición que permitía que la ley se aplicara en el territorio del África Sudoccidental , como resultado de la independencia de ese territorio como Namibia .
- La Cuarta Enmienda a la Ley General de 1993 (Ley n.º 132 de 1993) estableció ciertas suposiciones sobre la gestión de burdeles sobre una base neutral en cuanto al género.
- La Ley de Enmienda del Código Penal (Delitos Sexuales y Asuntos Conexos) de 2007 (Ley n.° 32 de 2007) derogó y sustituyó numerosas disposiciones, dejando únicamente las relativas a la prostitución y la gestión de burdeles. Asimismo, modificó varias de las secciones restantes para que las personas menores de 18 años no puedan ser condenadas por los delitos que prohíbe.
Véase también
Referencias
Enlaces externos
Textos en Wikisource: - Ley de Delitos Sexuales de 1957 , en su versión modificada.
- Ley de Inmoralidad de 1957 , en su versión original.
- Ley de Enmienda sobre la Inmoralidad de 1967
- Ley de Enmienda sobre la Inmoralidad de 1969
- Ley de Enmienda sobre la Inmoralidad y la Prohibición de los Matrimonios Mixtos de 1985
- Ley de Enmienda sobre la Inmoralidad de 1988
- Ley de Enmienda del Derecho Penal (Delitos Sexuales y Asuntos Conexos), 2007
- Delitos sexuales en Sudáfrica
- Leyes sobre el sexo en Sudáfrica
- Legislación sudafricana
- 1957 en la ley sudafricana
- Legislación LGBTQ en Sudáfrica