
El sistema de seguridad social en España es su principal sistema de protección social . El concepto de seguridad social surgió en España en 1883, durante el Comité de Reforma Social. Se amplió en varias ocasiones a lo largo del siglo XX y, finalmente, el derecho a la seguridad social quedó consagrado en la Constitución española de 1978, en el artículo 41, que establece que «las autoridades públicas mantendrán un sistema público de seguridad social para todos los ciudadanos, garantizando un apoyo y prestaciones sociales suficientes en situaciones de necesidad, especialmente en caso de desempleo, y que dicho apoyo y prestaciones adicionales serán gratuitas».
Historia
El punto de partida de las políticas de protección se establece durante el gobierno liberal de Posada Herrera , quien creó en octubre de 1883 una comisión gubernamental —la Comisión de Reforma Social— para examinar los asuntos que eran de interés para el mejoramiento y bienestar de la clase trabajadora . [ 1 ] En 1900 se aprobó la primera ley del Sistema de Seguridad Social, la Ley de Accidentes Laborales y en 1903 la Comisión fue reemplazada por una agencia gubernamental, el Instituto de Reforma Social (que duró hasta 1924). El resto del siglo tuvo una tendencia creciente en términos de legislación de bienestar, con la Ley de Jubilación de Trabajadores de 1919; el Seguro Obligatorio de Maternidad de 1923; la Ley de Seguro de Desempleo Forzoso de 1931; el Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI) de 1947; la Ley de Bases de la Seguridad Social de 1963; y la Ley General de la Seguridad Social de 1966 , entre otras.
Constitución española de 1978
El derecho a la seguridad social quedó consagrado en el artículo 41 de la Constitución española de 1978 y prevé un sistema variado de prestaciones estructurado en tres niveles: seguridad social básica, asistencia para cubrir las categorías profesionales y laborales y prestaciones complementarias.
Además, el artículo 149.1.17 ª dispone que el Estado tiene jurisdicción exclusiva sobre la legislación básica y la regulación financiera del sistema de seguridad social, sin perjuicio de la prestación de sus servicios por las comunidades autónomas .
Como normativa importante en constante evolución, la seguridad social en España se rige por el Real Decreto 1/1994, de 20 de junio, por el que se adopta el texto de la Ley General de la Seguridad Social (BOE de 29). Esta normativa ha sido modificada en numerosas ocasiones.
Estructura
El sistema español de seguridad social está estructurado de la siguiente manera:
- 1. Normativa general, tal como se aplica más ampliamente, más otras complementarias (provisionales);
- 2. Normativa especial que valora las profesiones según su naturaleza, las condiciones particulares de tiempo y lugar o la naturaleza de los procesos de producción:
- 1. Agricultura,
- 2. Trabajador autónomo,
- 3. Empleados domésticos,
- 4. Mineros del carbón
- 5. Trabajadores portuarios y marítimos
- 6. Funcionarios públicos (Muface)
Agencias
La gestión y administración del Sistema Español de la Seguridad Social corre a cargo de dos tipos de organismos gubernamentales: Entidades de Gestión y Servicios Comunes. Las primeras prestan servicios sociales, mientras que las segundas las apoyan con servicios generales. La mayoría dependen del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones , aunque algunas dependen del Ministerio de Sanidad y del Ministerio de Asuntos Sociales .
Las entidades gestoras son:
- El Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS).
- El Instituto Nacional de Gestión de la Salud (INGESA).
- El Instituto para los Ancianos y los Servicios Sociales (IMSERSO).
- El Instituto Social para los Trabajadores del Mar (ISM).
Los servicios comunes son:
- El Tesoro General de la Seguridad Social (TGSS).
- El Departamento de Informática de la Seguridad Social (GISS).
- El Servicio Jurídico de la Administración del Seguro Social (SJASS).
Membresía y contribuciones
La afiliación es obligatoria, única y abarca toda la vida de la persona incluida en el sistema.
Los niveles de seguridad deben reflejar la vida laboral del contribuyente inicial y posterior.
Las contribuciones (o el pago de cuotas) son obligatorias desde el inicio de la actividad laboral (independientemente de si se han afiliado formalmente o no, sea cual sea el nivel).
Alcance de la protección
La finalidad de la seguridad social es garantizar a las personas que entran dentro del ámbito de aplicación de la ley (quienes realizan una actividad profesional o que cumplen los requisitos de la categoría no cotizante, como los familiares o personas a su cargo) una protección adecuada frente a las contingencias y situaciones contempladas por la ley.
El ámbito de aplicación de la ley para la categoría contributiva incluye a los nacionales españoles que residen en España y a los ciudadanos extranjeros que residen o permanecen legalmente en España, siempre que en ambos casos desarrollen sus actividades en territorio nacional español, y abarca:
- Empleados
- Empresas de trabajadores autónomos o propietarios únicos
- Miembros de las Cooperativas de Trabajo Asociadas
- Estudiantes
- funcionarios públicos
La protección que brinda la seguridad social incluirá (cobertura):
- Asistencia sanitaria (primaria u hospitalaria) en caso de maternidad, enfermedades comunes, laborales o accidentes, sean o no laborales;
- Atención profesional para dichas enfermedades o accidentes;
- Beneficios para los siguientes:
- incapacidad temporal
- Maternidad
- Muerte y supervivencia
- Y tanto para los planes contributivos como para los no contributivos:
- Invalidez
- Jubilación
- Desempleo
- Recapacitación laboral, rehabilitación de personas con discapacidad y asistencia a personas mayores;
- Además de lo anterior, existen otros beneficios de servicios sociales.
En la práctica, se entiende que la categoría de no contribuyentes abarca a los ciudadanos españoles residentes en España.
El fondo de reserva de la seguridad social para el año que finalizó en 2007 ascendía a 45.715 millones de euros.
Véase también
Referencias
- ↑ Stanley G. Payne, Historia de España y Portugal, vol. 2, capítulo 21
Enlaces externos
- Sitio web oficial
- Seguridad social en España
- Servicios públicos de España
- Economía de España
- El bienestar social en España