La Directiva de Hábitats de la Unión Europea (92/43/CEE), también conocida como Directiva relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres , define una zona especial de conservación ( ZEC ) . Su finalidad es proteger los 220 hábitats y aproximadamente 1.000 especies enumeradas en los anexos I y II de la Directiva que se consideran de interés europeo según los criterios establecidos en la Directiva. Deben ser elegidos entre los lugares de importancia comunitaria por los Estados miembros y designados ZEC mediante una ley que garantice las medidas de conservación del hábitat natural. [1]
Las ZEC complementan las áreas de protección especial y juntas forman una red de sitios protegidos en toda la Unión Europea llamada Natura 2000. Esta, a su vez, forma parte de la red Esmeralda de Áreas de Especial Interés de Conservación (ASCI) en virtud del Convenio de Berna .
Metodología de evaluación en el Reino Unido
Antes de ser designados como Área Especial de Conservación (ZEC), los sitios han sido evaluados mediante un proceso de dos etapas establecido por el Comité Conjunto de Conservación de la Naturaleza . El valor del sitio propuesto se considera en relación con el recurso nacional total de cada tipo de hábitat y de cada especie.
Etapa uno
En primer lugar, se evalúa la importancia relativa de los sitios que contienen ejemplos de los distintos tipos de hábitat. Se utilizan cuatro criterios:
- el grado de representatividad;
- el área;
- el grado de conservación de la estructura y funciones del hábitat;
- posibilidades de restauración y una evaluación global del valor de conservación (es decir, una evaluación general).
En segundo lugar, la evaluación de las especies evalúa el tamaño y la densidad de la población, el grado de conservación de las características del hábitat que son importantes para la especie y las posibilidades de restauración, el grado de aislamiento de la población en relación con el área de distribución natural de la especie y una evaluación global del valor de conservación. [2]
Etapa dos
Esta etapa se suele denominar informalmente «moderación». Los criterios utilizados en la etapa 2 tienen por objeto evaluar los sitios a nivel de las nueve regiones biogeográficas y de la UE en su conjunto. Los criterios de la etapa 2 pueden resumirse de la siguiente manera:
- valor relativo del sitio a nivel nacional;
- relación del sitio con las rutas migratorias o su papel como parte de un ecosistema a ambos lados de una o más fronteras comunitarias;
- área total del sitio;
- Número de tipos de hábitat y especies presentes;
- valor ecológico global del sitio a nivel de la región biogeográfica y/o de la UE en su conjunto.
Véase también
- Lista de áreas especiales de conservación en la República de Irlanda
- Lista de áreas especiales de conservación en Irlanda del Norte
- Lista de áreas especiales de conservación en Inglaterra
- Lista de áreas especiales de conservación en Escocia
- Lista de áreas especiales de conservación en Gales
- Designaciones de conservación
- Índice de artículos sobre conservación
- Área de excepcional belleza natural (AONB)
- Área ambientalmente sensible (AAE)
- Costa patrimonial
- Área protegida
- Monumento programado
- Sitio de especial interés científico (SSSI)
- Sitio de Patrimonio Mundial
Referencias
- ^ "Definición de SAC en la Directiva". Archivado desde el original el 18 de julio de 2006.
- ^ "Cors Caron - Áreas especiales de conservación". sac.jncc.gov.uk . Comité Conjunto de Conservación de la Naturaleza . Consultado el 23 de julio de 2024 .
Enlaces externos
- Lista de ZEC del Reino Unido – Comité Conjunto para la Conservación de la Naturaleza
- Los mapas MAGIC – Natural England – muestran las ZEC y otras designaciones en Gran Bretaña