Articulo de referencia

Base incrementada

El código tributario de los Estados Unidos establece que cuando una persona (el beneficiario) recibe un bien de un donante (el benefactor) tras el fallecimiento de este último, ...

El código tributario de los Estados Unidos establece que cuando una persona (el beneficiario) recibe un bien de un donante (el benefactor) tras el fallecimiento de este último, el bien recibe una base ajustada , que corresponde a su valor de mercado en el momento del fallecimiento del benefactor ( Código de Rentas Internas § 1014(a)). Esta base ajustada puede ser superior al costo base previo al fallecimiento , que es el precio de compra del bien por parte del benefactor, ajustado por mejoras o pérdidas. Dado que la ganancia de capital imponible es el precio de venta menos la base, una base ajustada elevada puede reducir considerablemente la ganancia de capital imponible del beneficiario si este vende el bien heredado.

Regla general

Según el artículo 1014(a) del Código de Rentas Internas (IRC), que se aplica a un activo que una persona (el beneficiario) recibe de un donante (el benefactor) tras el fallecimiento de este último, la regla general es que la base del beneficiario es igual al valor justo de mercado del activo en el momento del fallecimiento del benefactor. Esto puede resultar en una base ajustada al alza o a la baja. Un ejemplo de base ajustada al alza: si el benefactor era propietario de una vivienda que compró por $35,000, su base en la vivienda sería igual a su precio de compra, $35,000, suponiendo que no se apliquen ajustes según el artículo 1016 del IRC, que permite aumentos en la base, como mejoras en la vivienda, o disminuciones, como daños no reparados por tormenta. Siguiendo con el ejemplo, el valor justo de mercado de la vivienda del benefactor era de $100,000 el día de su fallecimiento. Después de que el Beneficiario hereda la casa del Benefactor, la base del Beneficiario en la casa es ese valor justo de mercado, $100,000. Por el contrario, si el Benefactor le entrega la casa al Beneficiario antes de su fallecimiento, entonces el Beneficiario recibe una base transferida , que es igual al precio de compra de la casa por parte del Benefactor, $35,000, suponiendo nuevamente que no haya ajustes bajo la Sección 1016 del Código de Rentas Internas (IRC). [ 1 ]

Ejemplo simplificado

El "costo base" es generalmente la cantidad que un contribuyente ha invertido en un activo . Por lo tanto, en el caso más sencillo, si un contribuyente compra una casa por $35,000, su "costo base" es de $35,000.

En el caso más sencillo, la "ganancia" es la cantidad que recibe un contribuyente al vender un activo, menos su costo base en dicho activo. Por lo tanto, si un contribuyente vendió la casa mencionada anteriormente por $100,000, su ganancia (sobre la cual podría tributar) sería de $65,000 (precio de venta de $100,000 menos su costo base de $35,000), si ignoramos factores que complican el cálculo para este ejemplo general.

Normalmente, cuando alguien recibe un bien de un contribuyente antes de su fallecimiento, conserva el mismo valor contable que tenía el contribuyente, el donante. Por ejemplo, si la hermana del contribuyente, María, recibiera esta casa antes de su muerte, su valor contable también sería de 35 000 dólares, independientemente del valor justo de mercado (VJM) de la casa en la fecha de la donación. Por lo tanto, si la hermana vendiera la casa por 100 000 dólares, generalmente tendría que pagar impuestos sobre la renta por los 65 000 dólares de ganancia de capital.

Sin embargo, en el caso de un beneficiario que recibe un bien de un benefactor tras su fallecimiento, el valor contable del beneficiario sobre dicho bien se ajusta al valor justo de mercado (VFM) vigente en la fecha del fallecimiento. Por ejemplo: si, en la fecha del fallecimiento de un contribuyente, este tenía un valor contable de 35 000 $ en la vivienda y el VFM de la misma era de 100 000 $, y la hermana del contribuyente recibió la vivienda tras su fallecimiento, su valor contable ajustado sería de 100 000 $, no de 35 000 $. Por lo tanto, si la hermana del contribuyente vendiera la vivienda por 100 000 $, no tendría que pagar ningún impuesto sobre la renta, ya que el precio de venta (100 000 $) menos su valor contable ajustado (100 000 $) constituiría una ganancia de capital de cero.

Consulte la explicación en "Fundamento de la base ajustada" (a continuación) para obtener una explicación de por qué el Código Tributario haría esto.

Base escalonada

Asimismo, según el artículo 1014(a), si la base ajustada del bien del benefactor es superior a su valor justo de mercado, la base del beneficiario será igual al valor justo de mercado del bien en el momento del fallecimiento del benefactor. Por ejemplo, si el benefactor posee un yate cuya base ajustada es de 150 000 dólares, pero en el momento de su fallecimiento el valor justo de mercado del yate es de tan solo 110 000 dólares, la base del beneficiario en el yate será de 110 000 dólares.

Incentivo para los contribuyentes

Debido a esta disposición, cualquier apreciación del bien afectado que se haya producido durante la vida del fallecido nunca estará sujeta a impuestos. Por lo tanto, esta disposición incentiva a los contribuyentes a conservar los bienes apreciados hasta su fallecimiento y a vender aquellos cuyo valor de mercado haya disminuido en vida (aunque los bienes sujetos a depreciación aún pueden generar una ganancia, incluso si se venden por un precio inferior al de compra original, ya que la depreciación reduce el costo base).

§ 2032 Elección de Valoración Alternativa

La Sección 2032 establece un método alternativo para determinar la nueva base del bien. Si el bien no se enajena dentro de los seis meses posteriores al fallecimiento del causante, el albacea puede optar por utilizar el valor justo de mercado del bien seis meses después de la fecha del fallecimiento, pero solo si dicha elección resulta en una disminución del valor del patrimonio bruto. [ 2 ] Si el albacea no opta por esta opción, o si el bien se enajena antes de que transcurran los seis meses, el bien seguirá teniendo una base igual a su valor justo de mercado al momento del fallecimiento.

Definiciones

Según el artículo 1014(b) del Código de Rentas Internas (IRC), "bienes adquiridos del difunto" generalmente incluye los bienes adquiridos por "legado, donación o herencia", los bienes que el difunto deja a su patrimonio y ciertos fideicomisos revocables. [ 3 ]

Justificación de la base escalonada

El propósito principal de la regla de base incrementada según el artículo 1014 del Código de Rentas Internas (IRC) es que, para sucesiones sin exenciones al impuesto federal sobre sucesiones por transferencias de patrimonio al fallecer, los activos de la sucesión se graven únicamente con el impuesto sobre sucesiones y no también con las ganancias de capital obtenidas durante la vida del causante. [ 4 ] Además, la base incrementada dentro de las limitaciones del proceso sucesorio evita la dificultad de determinar la base ajustada de un causante en bienes que podrían haber sido mantenidos durante décadas. [ 5 ]

Extensión

Antes de la Ley Pública 111–312, [ 6 ] el IRC § 1014(f) [ 7 ] disponía que esta sección no se aplicaría a los fallecidos después del 31 de diciembre de 2009. A partir de diciembre de 2010, la disposición de extinción prevista se eliminó con la aprobación de la " Ley de Alivio Fiscal, Reautorización del Seguro de Desempleo y Creación de Empleo de 2010 ". [ 6 ]

Referencias

  1. IRC § 1015(a) 
  2. Hoyles, Scott (27 de julio de 2020). "¿Debería optar por la fecha de valoración alternativa para el impuesto sobre sucesiones?" . Olsen Thielen CPAs & Advisors . Consultado el 2 de noviembre de 2023 .
  3. Consulte el IRC § 1014(b)(1) -(10) para obtener una lista completa de "bienes adquiridos del difunto". 
  4. Véase el Título 26 del Código de los Estados Unidos , Subtítulo B, Capítulo 11, Subcapítulo A para el impuesto federal sobre sucesiones.
  5. Samuel A. Donaldson, Impuestos federales sobre la renta de las personas físicas: casos, problemas y materiales, 123 (2.ª ed. 2007).
  6. 1 2 "LEY DE ALIVIO FISCAL, REAUTILIZACIÓN DEL SEGURO DE DESEMPLEO Y CREACIÓN DE EMPLEOS DE 2010" .
  7. "26 US Code § 1014 - Base de la propiedad adquirida de un difunto" .
  • Aumento gradual de la base