En derecho , una orden sumaria es una resolución judicial sin emitir una opinión legal . Esta resolución también se conoce como no opinión , opinión sumaria , confirmación sin opinión , orden no publicada , resolución sin opinión o resolución abreviada . No debe confundirse con el juicio sumario , que implica una decisión sin juicio.
Afirmación sin opinión
La sentencia u orden podrá ser confirmada o ejecutada sin opinión cuando el tribunal determine que una opinión no tendría valor de precedente y que existe una o más de las siguientes circunstancias y que estas son determinantes para la resolución del asunto: (1) que una sentencia del tribunal de distrito se basa en conclusiones de hecho que no son manifiestamente erróneas; (2) que la evidencia en apoyo de un veredicto del jurado no es insuficiente; (3) que la orden de una agencia administrativa está respaldada por evidencia sustancial en el expediente en su conjunto; (4) en el caso de una sentencia sumaria, que el apelante no ha planteado debidamente ninguna cuestión genuina de hecho material; y (5) que no existe ningún error de derecho que justifique la revocación. En tal caso, el tribunal podrá, a su discreción, dictar cualquiera de las siguientes órdenes: "CONFIRMADA. Véase 5th Cir. R. 47.6." o "EJECUTADA. Véase 5th Cir. R. 47.6." [ 1 ]
Véase también
Notas a pie de página
- ^ "Bandar Agen Adu Ayam SV388" . Archivado del original el 5 de diciembre de 2002.
- Terminología jurídica
- Fragmentos de leyes