El Movimiento de Estudios Jurídicos Críticos es un libro del filósofo y político Roberto Mangabeira Unger . Publicado originalmente en 1983 como artículo en la Harvard Law Review , reeditado en formato de libro en 1986 y reeditado con una nueva introducción en 2015, El Movimiento de Estudios Jurídicos Críticos es un documento fundamental del movimiento estadounidense de estudios jurídicos críticos que le da título. En el libro, Unger argumenta que el derecho y el pensamiento jurídico ofrecen posibilidades no realizadas para la autoconstrucción de una sociedad más democrática, y que muchos abogados y teóricos del derecho se han rendido acríticamente a limitaciones que socavan su capacidad para aprovechar el potencial transformador del derecho. Unger explica cómo el movimiento de estudios jurídicos críticos ha refinado y reformulado los temas principales de los teóricos jurídicos de izquierda y progresistas, a saber, la crítica del formalismo y el objetivismo en la doctrina jurídica , y el uso puramente instrumental de la práctica y la doctrina jurídicas para promover objetivos de izquierda, y al hacerlo, ha identificado elementos de un programa constructivo para la reconstrucción de la sociedad.
Descripción general
Unger se propone demostrar cómo las teorías contemporáneas del derecho y la sociedad se han visto limitadas por la falsa creencia de que el derecho es una expresión necesaria de ciertas ideas abstractas de organización social, como la democracia o la economía de mercado. [ 1 ] Unger sostiene que estos modos de organización social no tienen ninguna forma natural, necesaria o inevitable. [ 2 ] Unger inicia el Movimiento de Estudios Jurídicos Críticos criticando el formalismo y el objetivismo, ideas que, según él, subyacen al pensamiento denecesario que nos ciega ante el potencial y las posibilidades transformadoras y constructivas del derecho. [ 3 ] El formalismo es la creencia de que la creación de leyes difiere fundamentalmente de su aplicación. [ 4 ] El objetivismo es la creencia de que los materiales jurídicos autorizados (estatutos, casos, ideas jurídicas aceptadas) encarnan y sustentan un esquema defendible de asociación humana y muestran un orden moral inteligible. [ 5 ]
Capítulo 1: La crítica al pensamiento jurídico
Unger sugiere que aplicar una «crítica extrema» a las ideas formalistas y objetivistas revelará los elementos de un programa constructivo para la reconstrucción de la sociedad en consonancia con los objetivos de la izquierda. [ 6 ] En este capítulo, expone críticas al objetivismo y al formalismo. Su crítica al objetivismo busca demostrar que no existe una estructura jurídica inherente a la organización social y que la democracia y el mercado carecen de un lenguaje jurídico universal. [ 1 ] Su ataque al formalismo muestra que las teorías jurídicas existentes pretenden alcanzar la «santificación de lo actual», es decir, afirman que el derecho sustantivo y la doctrina coinciden casualmente con una teoría normativa coherente sobre la conducta humana. [ 7 ] Unger explica que dicho análisis jurídico, en realidad, se construye mediante un proceso interminable de ajustes ad hoc. [ 8 ]
Unger explica que el punto de inflexión para muchos teóricos jurídicos críticos fue cuando decidieron llevar el ataque crítico al formalismo y al objetivismo hasta el extremo, con el grave riesgo de "confusión, parálisis y marginalidad". [ 9 ]
Capítulo 2: De la crítica a la construcción
En este capítulo, Unger expone el resultado constructivo de las críticas al formalismo y al objetivismo, a saber, la práctica de la "doctrina desviacionista" (también llamada "doctrina expandida") y la búsqueda de formas institucionales alternativas para las instituciones sociales básicas, en particular el mercado y la democracia.
Según Unger, la doctrina desviacionista representa un intento de tender un puente entre la doctrina, la teoría social empírica y el conflicto ideológico. [ 10 ] Esta forma ampliada de doctrina debate sobre los términos de la vida social y se niega a aceptar que las formas establecidas de sociedad reflejen necesidades prácticas o psicológicas. [ 2 ] Todo está en juego. Dicha doctrina pretende señalar cómo los materiales legales sesgados, dominados por el poder y provisionales han adquirido una apariencia de necesidad que no debería ser aceptada. [ 11 ] En resumen, la doctrina desviacionista anima a los teóricos a transformar la sociedad tomando un ideal de un ámbito de la vida social y extendiéndolo a un área de la que previamente había sido excluido. [ 12 ] Esto tiene la ventaja de permitir al teórico recurrir a una rica historia colectiva de ideas e instituciones que han ayudado a articular el ideal en el pasado y que ahora pueden movilizarse para defender su extensión a una nueva área de la vida social. [ 13 ]
La búsqueda de formas alternativas de organización social básica tiene como objetivo moldear las instituciones sociales para que sean más acogedoras y propicias para la naturaleza trascendente del contexto de los seres humanos. Unger caracteriza esta búsqueda como «la búsqueda de un mundo social que pueda hacer mejor justicia a un ser cuya cualidad más notable es precisamente el poder de superar y revisar, con el tiempo, toda estructura social o mental en la que se desenvuelve». [ 14 ] Unger considera que este esfuerzo es defendible porque lleva las preconcepciones de la teoría jurídica y política liberal a sus conclusiones naturales. [ 15 ]
Unger esboza las diversas características que debería tener el programa institucional que propone:
- El programa transformaría las relaciones entre las personas, una transformación de la vida social que ya se vislumbraba en los logros literarios y filosóficos del modernismo del siglo XX. Bajo este programa, las relaciones personales se liberarían del trasfondo de la división y la jerarquía social que han atormentado a la humanidad a lo largo de la historia. Hasta ahora, los procesos de revolución cultural se han desvinculado de la lucha por la estructura de la sociedad. [ 16 ]
- El programa representaría una " democracia empoderada ". Unger señala cómo las democracias existentes ni siquiera satisfacen el núcleo mínimo del ideal democrático, e identifica maneras de superar los obstáculos para una democracia empoderada. [ 17 ]
- El gobierno debe reorganizarse para limitar al Estado sin paralizar su capacidad transformadora. Los mecanismos que limitan al Estado en las democracias contemporáneas también contribuyen a su estancamiento. [ 18 ]
- El sistema de mercado establecido debería desestabilizarse para permitir un mayor acceso al capital para todos, lo que debilitaría a las élites que, al monopolizar el privilegio, desalientan la experimentación y obstaculizan el progreso económico. [ 19 ]
- Deben reconocerse nuevos derechos, derechos que protejan los intereses de todos los miembros de la sociedad y garanticen su plena participación en la vida política, económica y moral de su sociedad. Estos derechos incluirían derechos de inmunidad, derechos de desestabilización, derechos de mercado y derechos de solidaridad. [ 20 ]
- El programa podría resumirse como la expresión de un "superliberalismo": hacer que la vida social se asemeje, en cierta medida, a cómo es ya la política en las democracias liberales. [ 21 ]
Capítulo 3: Dos modelos de doctrina
En esta sección, Unger propone la transformación de la doctrina existente para impulsar los objetivos del movimiento de estudios jurídicos críticos. En primer lugar, explica cómo las aspiraciones que subyacen a la doctrina de la igualdad de protección podrían alcanzarse mejor ampliando dicha doctrina para que los individuos y las instituciones estén investidos de «derechos de desestabilización», es decir, el derecho a desmantelar las acumulaciones de poder que sirven para inhibir y desempoderar a los miembros de la sociedad. [ 22 ] En segundo lugar, propone modificar las instituciones sociales del contrato y la propiedad para alinearlas mejor con los principios de solidaridad y comunidad. [ 23 ]
Capítulo 4: Conceptos subyacentes e implicaciones más amplias
En este capítulo, Unger aborda dos objeciones plausibles al programa de estudios jurídicos críticos y ofrece su respuesta. Las objeciones son, a su vez, que parece mera casualidad que nos encontremos en una situación en la que participamos en el "desarrollo interno" de un programa como el que describe Unger, y que, por lo tanto, dicho programa carecería de autoridad intrínseca, puesto que con igual facilidad podríamos haber desarrollado un programa que condujera en otra dirección. La segunda objeción plausible es que toda tradición es inherentemente ambigua, y que podrían plantearse argumentos igualmente convincentes para desarrollar la tradición de los movimientos de izquierda en alguna otra dirección. [ 24 ]
Unger sostiene que el programa que propone es el que tiene mayores probabilidades de aprovechar la «capacidad negativa» de los seres humanos; es decir, enseñar a la persona a «moverse dentro de los contextos con la dignidad de un agente que los trasciende». Un mundo así reconciliaría de manera más plena el conflicto, presente en la vida de toda persona, entre la necesidad de autoafirmación y la necesidad de protección. [ 25 ] Además, frente a la afirmación de que la tradición es ambigua y podría desarrollarse en otra dirección, Unger argumenta que su programa ofrece la mejor oportunidad para concretar la libertad de los seres humanos. Dicho programa busca reducir la brecha entre nuestras vastas capacidades de trascendencia y las estructuras limitantes en las que vivimos. [ 26 ]
Capítulo 5: Otra política
Unger concluye El Movimiento de Estudios Jurídicos Críticos describiendo cómo su programa ofrece la oportunidad de fusionar la revolución en la esfera de las relaciones personales con una revolución en el uso del poder gubernamental y la estructura institucional. [ 27 ] La actividad transformadora que propone se desarrollaría en diversos ámbitos: aportando ideas sustantivas al proyecto de una reconstrucción democrática de la vida social; transformando la técnica profesional en todas las áreas de la especialización profesional, de modo que se reduzca la brecha entre las actividades que no cuestionan las estructuras sociales y aquellas que sí lo hacen, y que la brecha entre legos y profesionales comience a disminuir; y, finalmente, en el ámbito de las facultades de derecho, donde, al penetrar en el estudio especializado del derecho, las ideas que Unger expone tienen mayor probabilidad de arraigarse y difundirse por toda la sociedad. [ 28 ]
Recepción
En su reseña del libro para The New York Times , Calvin Woodard describió El movimiento de estudios jurídicos críticos como una "empresa ambiciosa e impresionante. También desafía cualquier resumen. Es una declaración cuidadosamente elaborada con ideas entrelazadas como una cerca de alambre que se extiende hasta donde alcanza la vista". [ 29 ] El tema central del movimiento, explicó Woodard, es
Eliminar las restricciones y los obstáculos impuestos a los individuos por la jerarquía social y la clase injustas, permitiéndoles desarrollar un nuevo sentido de sí mismos y expresar plena y libremente su inteligencia e imaginación innatas. Para el Sr. Unger, los individuos liberados, dotados de dignidad, autoestima e igualdad de oportunidades, representan la mayor esperanza de la humanidad. Colectivamente, una sociedad formada por tales personas constituiría una nueva forma de democracia empoderada en la que todas las decisiones sociales se considerarían políticas... [ 29 ]
Woodard elogió efusivamente el Movimiento de Estudios Jurídicos Críticos , afirmando que «independientemente de si uno está de acuerdo o no con el Sr. Unger y el CLS, es imposible no quedar impresionado por su elevado idealismo e inteligencia», pero que «sospecho que lo leerán principalmente los ya convencidos y que a otros no les importará. Como resultado, toda una generación de lectores mayores se perderá un libro que muy probablemente tendrá una enorme influencia en la generación más joven de estudiantes de derecho». [ 29 ]
Referencias
Notas a pie de página
- 1 2 Unger 2015 , págs. 83–86.
- 1 2 Unger 2015 , pág. 103.
- ↑ Unger 2015 , págs. 83–93.
- ↑ Unger 2015 , págs. 79–80.
- ↑ Unger 2015 , págs. 80–81.
- ↑ Unger 2015 , pág. 83.
- ↑ Unger 2015 , págs. 86–90.
- ↑ Unger 2015 , pág. 89.
- ↑ Unger 2015 , pág. 93.
- ↑ Unger 2015 , pág. 96.
- ↑ Unger 2015 , pág. 99.
- ↑ Unger 2015 , págs. 99-100.
- ↑ Unger 2015 , pág. 100.
- ↑ Unger 2015 , pág. 105.
- ^ Unger 2015 , págs. 106-107.
- ^ Unger 2015 , págs. 107-109.
- ^ Unger 2015 , págs. 109-113.
- ^ Unger 2015 , págs. 114-115.
- ^ Unger 2015 , págs. 115-119.
- ^ Unger 2015 , págs. 119-124.
- ^ Unger 2015 , págs. 124-125.
- ^ Unger 2015 , págs. 127-143.
- ^ Unger 2015 , págs. 143-178.
- ^ Unger 2015 , págs. 179-180.
- ^ Unger 2015 , págs. 181-183.
- ↑ Unger 2015 , pág. 184.
- ↑ Unger 2015 , págs. 199-200.
- ^ Unger 2015 , págs. 199-204.
- 1 2 3 Woodard 1986 .
Bibliografía
- Unger, Roberto Mangabeira (2015). El movimiento de estudios jurídicos críticos: otros tiempos, una tarea mayor . Nueva York: Verso.
- Woodard, Calvin (23 de noviembre de 1986). "Hacia un Estado superliberal" . The New York Times Book Review . Consultado el 12 de febrero de 2017 .
Enlaces externos
Citas relacionadas con Roberto Mangabeira Unger en Wikiquote
- Libros de no ficción de 1986
- Libros de no ficción en inglés de 1986
- Libros sobre filosofía política
- Libros sobre jurisprudencia
- Libros de Roberto Mangabeira Unger
- Libros de Harvard University Press