Articulo de referencia

Estado tributario

El bunga mas , una forma de tributo enviada al rey de Ayutthaya por sus estados vasallos en la península malaya. Un estado tributario es un estado premoderno que mantiene una re...

El bunga mas , una forma de tributo enviada al rey de Ayutthaya por sus estados vasallos en la península malaya.

Un estado tributario es un estado premoderno que mantiene una relación de subordinación con un estado más poderoso, la cual implica el envío de una muestra regular de alianza, o tributo , al poder superior (el soberano ). [ 1 ] Esta muestra a menudo consistía en una transferencia sustancial de riqueza, como la entrega de oro, productos agrícolas o esclavos, por lo que el tributo podría considerarse como el pago de una compensación económica . También podía tener un carácter más simbólico: a veces, se reducía simplemente a la entrega de una marca de alianza, como el bunga mas (flor de oro) que los gobernantes de la península malaya solían enviar a los reyes de Siam , o el Tributo del Halcón Maltés que el Gran Maestre de la Orden de San Juan enviaba anualmente al virrey de Sicilia para gobernar Malta . También podía implicar la asistencia del gobernante subordinado a la corte del hegemón para hacer una demostración pública de sumisión.

Los herederos actuales de las potencias hegemónicas tributarias tienden a afirmar que la relación tributaria debe entenderse como un reconocimiento de la soberanía de la potencia hegemónica en el mundo moderno, mientras que los antiguos estados tributarios niegan que haya habido transferencia alguna de soberanía.

En Asia Oriental se desarrolló un sistema formalizado de tributos, y muchos países y regiones vecinas del este, centro y sudeste asiático se convirtieron en estados tributarios de diversas dinastías chinas . [ 2 ] [ 3 ] Históricamente, el Emperador de China se consideraba el emperador de todo el mundo civilizado . No era posible que un emperador de tal magnitud mantuviera relaciones diplomáticas en igualdad de condiciones con ninguna otra potencia, por lo que todas las relaciones diplomáticas en la región eran interpretadas por los chinos como tributarias. El desdén de la ideología estatal del confucianismo hacia el comercio, y la creencia de que la civilización china no necesitaba productos ni tecnología del exterior, significaba que el comercio, cuando se permitía, también se interpretaba como tributario. Las misiones diplomáticas y las cuadrillas comerciales de regiones no chinas se interpretaban en los registros chinos como tributarias, independientemente de la intención de dichas regiones. Bajo esta interpretación, los bienes recibidos por China constituían una ofrenda tributaria, mientras que los recibidos por los visitantes se interpretaban como regalos que el emperador, en su generosidad, había otorgado a sus tributarios lejanos.

En Al-Ándalus , la última dinastía nazarí morisca que quedaba en el Emirato de Granada rendía tributo al Reino cristiano de Castilla (actual España ). Los estados tributarios, generalmente en la periferia del Imperio Otomano , estaban sometidos a vasallaje de diversas formas. A algunos se les permitía elegir a sus propios líderes, mientras que otros pagaban tributo por sus tierras. En el sistema colonial occidental, los estados no occidentales a veces se incorporaban a un imperio europeo como protectorados .

En Filipinas , los Datus de los Barangays se convirtieron en vasallos del Imperio Español , desde finales del siglo XVI hasta que el archipiélago cayó bajo el poder de los Estados Unidos de América en 1898. Su derecho a gobernar fue reconocido por el rey Felipe II de España , el 11 de junio de 1594, con la condición de pagar los tributos debidos a la Corona española . [a]

Véase también

Notas

a. ^ El rey ordenó además que los nativos prestaran a estos nobles el mismo respeto que los habitantes otorgaban a sus señores locales antes de la conquista, sin perjuicio de las cosas que pertenecen al propio rey o a los encomenderos (administradores). El decreto real original ( Recapilación de leyes ; en español) dice: [ 4 ]
No es justo, que los Indios Principales de Filipinas sean de peor condición, después de haberse convertido, ántes de les debe hacer tratamiento, que los aficione, y mantener en felicidad, para que con los bienes espirituales, que Dios les ha comunicado llamándolos a su verdadero conocimiento, se junten los temporales, y vivan con gusto y conveniencia. Por lo qua mandamos a los Gobernadores de aquellas Islas, que les hagan buen tratamiento, y encomiendan en nuestro nombre el gobierno de los Indios, de que eran Señores, y en todo lo demás procuren, que justamente se aprovechen haciéndoles a los Indios algún reconocimiento en la forma que corría el tiempo de su Gentilidad, con que esto sin perjuicio de los tributos, que á Nos han de pagar, ni de lo que á sus Encomenderos .
Esto se traduce al inglés como: [ 5 ]
No es justo que los Principales Indios de Filipinas se encuentren en peores condiciones tras su conversión; más bien, deben recibir un trato que les granjee su afecto y fidelidad, para que, junto con las bendiciones espirituales que Dios les ha comunicado al llamarlos a su verdadero conocimiento, se les sumen las bendiciones temporales y puedan vivir con satisfacción y comodidad. Por lo tanto, ordenamos a los gobernadores de esas islas que les brinden un buen trato y les encomienden, en nuestro nombre, el gobierno de los Indios, de quienes antes eran Señores. En todo lo demás, los gobernadores velarán por que los Principales sean beneficiados con justicia, y los Indios les rendirán tributo, como lo hicieron durante su período pagano, siempre y cuando esto no perjudique los tributos que nos corresponden ni los que corresponden a sus Encomenderos.

Referencias

  1. Socialismo internacional asiático, tributario o absolutista , noviembre de 2004
  2. "Copia archivada" (PDF) . Archivado del original (PDF) el 10-01-2017 . Recuperado el 04-03-2017 .{{cite web}}: CS1 mantenimiento: copia archivada como título ( enlace )
  3. Garver, John W. (julio de 2011). Prolonged Contest: Sino-Indian Rivalry in the Twentieth Century . University of Washington Press. ISBN 9780295801209.
  4. Juan de Ariztia, ed., Recapilación de leyes , Madrid (1723), lib. vi, teta. VII, ley xvi. Esta referencia se puede encontrar en la biblioteca del Estudio Teológico Agustiniano de Valladolid en España.
  5. Felipe II, Ley de Junio ​​11, 1594 en Recapilación de leyes , lib. vi, tit. VII, ley xvi. La traducción al inglés de la ley por Emma Helen Blair y James Alexander Robertson se puede encontrar en The Philippine Islands (1493–1898) , Cleveland: The AH Clark Company, 1903, Vol. XVI, pp. 155–156.