Articulo de referencia

Resolución 1192 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas

Resolución 1192 del Consejo de Seguridad de la ONU , adoptada por unanimidad el 27 de agosto de 1998, tras recordar las resoluciones 731 (1992), 748 (1992) y 883 (1993), el Cons...

Resolución 1192 del Consejo de Seguridad de la ONU , adoptada por unanimidad el 27 de agosto de 1998, tras recordar las resoluciones 731 (1992), 748 (1992) y 883 (1993), el Consejo acogió con beneplácito una iniciativa para juzgar a dos sospechosos libios acusados ​​del atentado contra el vuelo 103 de Pan Am ante un tribunal escocés en los Países Bajos . [ 1 ]

El Consejo de Seguridad tomó nota de un informe de expertos independientes y de las comunicaciones de la Organización de la Unidad Africana , la Liga de los Estados Árabes , el Movimiento de Países No Alineados y la Organización de la Conferencia Islámica y, actuando en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas , exigió que Libia cumpliera con las resoluciones anteriores del Consejo de Seguridad. Acogió con beneplácito la iniciativa propuesta por el Reino Unido y Estados Unidos y la disposición del Gobierno de los Países Bajos a cooperar con la iniciativa para juzgar a los dos sospechosos libios —Abdelbaset al-Megrahi y Lamin Khalifah Fhimah— ante un tribunal escocés en el país . [ 2 ] En este sentido, se solicitó tanto al Reino Unido como a los Países Bajos que especificaran los acuerdos. Libia declaró inicialmente que no estaba obligada por el plan. [ 3 ]

Se solicitó al gobierno libio que garantizara la comparecencia ante el tribunal de los dos sospechosos, las pruebas y los testigos, mientras que se invitó al Secretario General Kofi Annan a designar observadores internacionales para el juicio. El Consejo decidió que los Países Bajos podían retener a los dos sospechosos con fines de enjuiciamiento.

Finalmente, la Resolución 1192 concluyó reafirmando las resoluciones anteriores 748 y 883, que impusieron sanciones internacionales a Libia, declarando que dichas disposiciones seguían vigentes y que todos los Estados debían cooperar en su aplicación. Se decidió además que las medidas se suspenderían si el Secretario General informaba de que los dos libios habían llegado para el juicio o comparecido ante un tribunal del Reino Unido o de los Estados Unidos, y si Libia había satisfecho a las autoridades judiciales francesas con respecto al atentado contra el vuelo 772 de UTA sobre Níger en 1989. [ 4 ] El Consejo advirtió que se impondrían medidas adicionales si no se cumplían las disposiciones de la presente resolución. [ 5 ]

Véase también

Referencias

  1. "El Consejo de Seguridad acoge con beneplácito la iniciativa conjunta del Reino Unido y Estados Unidos, así como la disposición de los Países Bajos, para juzgar a los sospechosos del atentado contra el avión libio" . Naciones Unidas. 27 de agosto de 1998.
  2. ^ Fitzmaurice, MA; Correo, SS; Blokker, Niels M.; Brus, Marcel MTA; Curtin, Deidre M.; Hancher, L.; Schrijver, Nico J. (2001). Anuario de Derecho Internacional de los Países Bajos: Volumen 31; Volumen 2000 . Prensa de la Universidad de Cambridge. pag. 182.ISBN  978-90-6704-143-0.
  3. "Libia busca negociar sobre los sospechosos del atentado con bomba de Pan Am" . CNN. 28 de agosto de 1998.{{cite news}}: CS1 maint: servicio de archivado obsoleto ( enlace )
  4. Vandewalle, Dirk J. (2006). Historia de la Libia moderna . Cambridge University Press. pág. xxv . ISBN  978-0-521-85048-3.
  5. Waniss A. Otman; Erling Karlberg (2007). La economía libia: diversificación económica y reposicionamiento internacional . Springer. pág. 48. ISBN  978-3-540-46460-0.
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