Articulo de referencia

Resolución 1497 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas

Resolución 1497 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas , adoptada el 1 de agosto de 2003, tras expresar su preocupación por Liberia , el Consejo autorizó a una fuerza m...

Resolución 1497 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas , adoptada el 1 de agosto de 2003, tras expresar su preocupación por Liberia , el Consejo autorizó a una fuerza multinacional a intervenir en la guerra civil para apoyar la aplicación de un acuerdo de alto el fuego utilizando "todas las medidas necesarias". [ 1 ]

La resolución fue adoptada por 12 votos a favor, ninguno en contra y tres abstenciones de Francia, Alemania y México; los tres países apoyaron la intervención, pero se opusieron a las demandas de Estados Unidos en la resolución que eximían de jurisdicción a los soldados de países que no son parte del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (CPI) . [ 2 ]

Resolución

Observaciones

El Consejo de Seguridad subrayó la necesidad de crear un entorno seguro que respete los derechos humanos, a los trabajadores humanitarios y el bienestar de la población civil, incluidos los niños. Recordó la obligación de las partes liberianas del acuerdo de alto el fuego firmado en Accra , Ghana, el 17 de junio de 2003, y las exigencias contenidas en la Resolución 1343 (2001) de impedir que los grupos armados utilicen el territorio de los Estados para atacar a otros y desestabilizar las regiones fronterizas entre Guinea, Liberia y Sierra Leona.

Al considerar que la situación en Liberia representaba una amenaza para la paz y la seguridad internacionales, el Consejo felicitó a la Comunidad Económica de los Estados de África Occidental (CEDEAO) por sus esfuerzos y recordó la solicitud del Secretario General Kofi Annan de desplegar una fuerza internacional en Liberia. Desde dicha solicitud, surgieron controversias sobre la financiación de la misión y su composición. [ 3 ]

Hechos

En virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas , el Consejo autorizó el establecimiento de una fuerza multinacional en Liberia para apoyar la aplicación del acuerdo de alto el fuego del 17 de junio. [ 4 ] Al mismo tiempo, mantendría la seguridad tras la salida del presidente Charles Taylor y la instalación de una autoridad sucesora; crearía las condiciones para las actividades de desarme , desmovilización y reintegración, así como para la entrega de ayuda humanitaria; y prepararía el despliegue de una fuerza de mantenimiento de la paz a largo plazo (posteriormente conocida como la Misión de las Naciones Unidas en Liberia ) para el 1 de octubre de 2003. [ 5 ]

Se solicitó a la Misión de las Naciones Unidas en Sierra Leona (UNAMSIL) que proporcionara apoyo logístico durante un período limitado de 30 días a los elementos de la CEDEAO que integraban la fuerza multinacional en Liberia, sin que ello comprometiera su mandato en Sierra Leona. Los Estados participantes en la fuerza multinacional podían emplear todas las medidas necesarias para cumplir con su mandato, y se les pidió a todos que contribuyeran a la operación. Asimismo, los soldados de los países participantes en la fuerza multinacional que no eran parte de la Corte Penal Internacional (CPI) quedaron exentos de su jurisdicción. El embargo de armas impuesto a Liberia no se aplicaría al equipo destinado al uso de la fuerza, y se solicitó a todos los Estados de la región que se abstuvieran de realizar acciones que pudieran desestabilizar las fronteras entre Costa de Marfil , Guinea , Liberia y Sierra Leona .

La resolución instó a todos los países y a las partes liberianas a cooperar con la fuerza multinacional y a garantizar la seguridad y la libertad de movimiento tanto de la fuerza como del personal humanitario. Se exhortó a Liberianos Unidos por la Reconciliación y la Democracia y al Movimiento por la Democracia en Liberia a respetar el acuerdo de alto el fuego del 17 de junio, poner fin a la violencia, acordar un marco político inclusivo para un gobierno de transición y abstenerse de tomar el poder por la fuerza.

Las medidas contenidas en la resolución se revisarían en un plazo de 30 días y se solicitaba al secretario general que, a través de su representante especial , informara periódicamente al consejo sobre la situación en Liberia.

Véase también

Referencias

  1. "El Consejo de Seguridad autoriza a una fuerza multinacional a apoyar el alto el fuego en Liberia" . Naciones Unidas. 1 de agosto de 2003.
  2. Abass, Ademola (1 de enero de 2005). "La competencia del Consejo de Seguridad para poner fin a la jurisdicción de la Corte Penal Internacional" . Texas International Law Journal .
  3. Associated Press (2 de agosto de 2003). "El Consejo de Seguridad autoriza una fuerza multinacional para Liberia" . The Star . Malasia.
  4. Kabia, John M. (2009). Intervención humanitaria y resolución de conflictos en África Occidental: de ECOMOG a ECOMIL . Ashgate Publishing, Ltd. pág. 158. ISBN  978-0-7546-7444-3.
  5. Jain, Neha (2005). "Una ley aparte para las fuerzas de paz: el choque entre el Consejo de Seguridad y la Corte Penal Internacional" . Revista Europea de Derecho Internacional . 16 (2): 239– 254. doi : 10.1093/ejil/chi116 .
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