En la resolución 897 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas , adoptada por unanimidad el 4 de febrero de 1994, tras reafirmar las resoluciones 733 (1992) y 886 (1992) y todas sus resoluciones posteriores sobre Somalia , el Consejo examinó el papel de la Operación de las Naciones Unidas en Somalia II (UNOSOM II) en el proceso de paz en el país.
El Consejo de Seguridad reafirmó su decisión de prorrogar el mandato de la misión UNOSOM II hasta el 31 de mayo de 1994, con el objetivo de concluirla en marzo de 1995. Era fundamental que todas las partes cumplieran con las obligaciones contraídas en los acuerdos, especialmente porque los firmados en Addis Abeba constituían la base para la resolución del conflicto. Se expresó preocupación por el aumento del armamento por parte de facciones somalíes en varias zonas del país. Se condenaron los continuos enfrentamientos y actos de bandidaje contra trabajadores humanitarios y personal de mantenimiento de la paz, y se hizo hincapié en la necesidad del desarme para el establecimiento de la paz. El Consejo rindió homenaje a los fallecidos y reiteró la importancia de su seguridad. Asimismo, se destacó la importancia de la creación de consejos distritales y regionales, un consejo nacional, una policía y un sistema jurídico, y se manifestó el compromiso de la comunidad internacional en este proceso.
Al determinar que la situación en Somalia seguía constituyendo una amenaza para la paz y la seguridad internacionales, actuando en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas , revisó el mandato de la UNOSOM II de la siguiente manera: [ 1 ]
- a) prestar asistencia en la aplicación de los acuerdos de paz, en particular en lo relativo al desarme y al respeto del alto el fuego ;
- b) proteger los puertos, aeropuertos y demás infraestructuras esenciales y líneas de comunicación;
- c) prestar ayuda humanitaria ;
- d) ayudar en la reorganización de la policía y el poder judicial ;
- e) ayudar en la repatriación y el reasentamiento de personas desplazadas y refugiados ;
- f) prestar asistencia en el proceso político de Somalia para lograr un gobierno elegido democráticamente;
- g) proteger al personal de las Naciones Unidas y de las organizaciones humanitarias internacionales.
También se reforzó la misión con 22 000 efectivos. Se dio prioridad a las regiones más seguras de Somalia en la reconstrucción, así como al proceso de desminado , y el Secretario General Boutros Boutros-Ghali solicitó que se iniciara lo antes posible. Tras reafirmar el embargo de armas vigente contra el país, el Consejo instó a las partes somalíes a cooperar entre sí y con la UNOSOM II, respetando el alto el fuego y absteniéndose de ejercer violencia contra el personal humanitario y de las Naciones Unidas.
Se solicitó al Secretario General que, tras consultar con la Organización para la Unidad Africana y la Liga Árabe, estableciera contacto con las partes somalíes para acordar un calendario de aplicación de los Acuerdos de Addis Abeba . Se preveía que el proceso concluiría en marzo de 1995. Finalmente, se solicitó a Boutros-Ghali que informara al Consejo con suficiente antelación, antes del 31 de mayo de 1994, sobre la situación.
Véase también
Referencias
Enlaces externos
Obras relacionadas con la Resolución 897 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en Wikisource.- Texto de la Resolución en undocs.org
- Resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas de 1994
- 1994 en Somalia
- Resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas relativas a Somalia
- Febrero de 1994