La influencia indebida del mando ( IIM ) es un concepto jurídico dentro del derecho militar estadounidense. La IIM se produce cuando una persona que ostenta la autoridad de mando [ 1 ] utiliza o aparenta utilizar dicha autoridad para influir en el resultado de un procedimiento judicial militar. Los comandantes militares suelen ejercer un control significativo sobre sus unidades, pero según el Código Uniforme de Justicia Militar (CUJM), un comandante debe adoptar una postura imparcial y cuasi judicial respecto a ciertos procedimientos disciplinarios, como un consejo de guerra. Fuera de ciertas acciones formales autorizadas por el CUJM, [ 2 ] un comandante que utiliza su autoridad para influir en el resultado de un consejo de guerra comete IIM. Si se ha producido IIM, los resultados de un consejo de guerra pueden ser impugnados legalmente y, en algunos casos, anulados.
Historia
Durante la Segunda Guerra Mundial , la movilización masiva resultó en una proporción sin precedentes de la población estadounidense alistada en las fuerzas armadas. Se llevaron a cabo más de dos millones de consejos de guerra bajo los Artículos de Guerra vigentes en ese momento , [ 3 ] y una gran parte de la población estuvo expuesta a la justicia militar. La reacción no fue positiva. El público y el Congreso percibieron que los Artículos de Guerra otorgaban demasiada autoridad a los comandantes, con resultados severos y arbitrarios. [ 4 ] De manera tristemente célebre, algunos comandantes emitían reprimendas llamadas "cartas de piel" a los miembros de los consejos de guerra que habían sido demasiado indulgentes. [ 5 ] El Congreso promulgó el Código Uniforme de Justicia Militar (UCMJ) para incorporar formas civiles de debido proceso al sistema de justicia militar, manteniendo al mismo tiempo la autoridad exclusiva del comandante. [ 6 ]
Bajo el nuevo sistema, los comandantes conservan importantes poderes formales sobre el sistema de justicia militar. Remiten los cargos a los tribunales militares, eligen entre sus subordinados a los miembros del jurado y, en algunos casos, pueden revocar veredictos de culpabilidad y autorizar o eximir por completo del castigo impuesto en el juicio. Sin embargo, los tribunales militares ahora están presididos por jueces militares, y el artículo 37 del Código Uniforme de Justicia Militar (UCMJ) ordena específicamente a los comandantes que se mantengan al margen de los procedimientos.
Artículo 37
El artículo 37 del Código Uniforme de Justicia Militar (UCMJ) es la base legal para la influencia indebida en el ejercicio de funciones. En parte, establece lo siguiente:
(a) Ninguna autoridad que convoque un consejo de guerra general, especial o sumario, ni ningún otro oficial al mando, podrá censurar, reprender o amonestar al tribunal ni a ninguno de sus miembros, jueces militares o abogados, con respecto a las conclusiones o la sentencia dictada por el tribunal, ni con respecto a cualquier otro ejercicio de sus funciones en la conducción de los procedimientos. Ninguna persona sujeta a este capítulo podrá intentar coaccionar o, por ningún medio no autorizado, influir en la actuación de un consejo de guerra o de cualquier otro tribunal militar, ni en la determinación de las conclusiones o la sentencia en ningún caso, ni en la actuación de ninguna autoridad convocante, aprobadora o revisora con respecto a sus actos judiciales.
Prueba legal
Los tribunales han ideado una prueba compleja para determinar si existe influencia indebida en los casos. En primer lugar, los tribunales exigen que la defensa presente pruebas que respalden la alegación de influencia indebida. [ 7 ] Una vez que el tribunal considera que la defensa ha cumplido con esta "carga probatoria", la responsabilidad recae en el gobierno para convencer al tribunal, más allá de toda duda razonable, de que la influencia indebida no perjudicó al acusado. El gobierno podría demostrar que 1) los hechos subyacentes no ocurrieron, 2) los hechos no constituyen influencia indebida, o 3) si hubo influencia indebida, esta no perjudicó al acusado. [ 8 ]
Ejemplos de UCI
Existen numerosas maneras en que un comandante ejerce autoridad, tanto específicamente dentro del proceso de justicia militar como sobre sus subordinados en general. Cada método de ejercer autoridad genera una nueva forma de influir indebidamente en un procedimiento judicial. [ 9 ]
Abuso de poderes formales dentro del sistema de justicia militar
Un comandante (la autoridad convocante) elige al panel (el equivalente militar de un jurado). Se supone que el comandante debe hacer su selección de acuerdo con factores neutrales [ 10 ] para garantizar que el acusado tenga un "panel justo e imparcial" [ 11 ]. Una autoridad convocante incurre en UCI si, con la intención de influir en el resultado del juicio, manipula el panel excluyendo o incluyendo miembros [ 12 ] .
Abuso de la autoridad general del comandante
El "poder e influencia inherentes del mando" [ 13 ] crea numerosas vías para la influencia ilícita del mando.
Los comandos pueden comprometerse y de hecho se han comprometido mediante UCI:
- criticar directa o indirectamente a los miembros del panel que declaran a un acusado no culpable o dictan una sentencia "indulgente"; [ 14 ]
- intimidar o desalentar de otro modo a los testigos para que no declaren en nombre de un acusado; [ 15 ]
- sugerir o dirigir sentencias específicas para ciertos delitos (a menudo a través de cartas de política o pronunciamientos públicos); [ 16 ]
- humillar o marginar públicamente a los acusados antes de que hayan sido declarados culpables; [ 17 ]
- enviar consultas a un juez militar buscando justificación de las decisiones. [ 18 ]
Remedios típicos
Aunque técnicamente la UCI es en sí misma punible bajo el UCMJ como una violación de la reglamentación, no hay ningún caso reportado en el que un comandante haya enfrentado una acción bajo el UCMJ por cometer UCI. [ 19 ]
Es mucho más probable una intervención del poder judicial militar. Los tribunales de primera instancia y de apelación disponen de una amplia gama de recursos. Por ejemplo, si durante el juicio se descubre información comprometedora en forma de declaraciones perjudiciales de un comandante, el juez puede subsanar dicha información simplemente consultando a los miembros del jurado para determinar si habían escuchado las declaraciones o si se verían influenciados por ellas. El juez puede ordenar que el comandante emita una declaración aclaratoria o una retractación. [ 20 ] O bien, el juez podría desestimar los cargos por completo. [ 21 ]
Si la cuestión de la información confidencial se plantea en la instancia de apelación, el tribunal de apelación tiene discreción para determinar la solución adecuada. Por ejemplo, si la información confidencial consistió en declaraciones de un comandante que indicaban que se requería un castigo determinado si un acusado era declarado culpable, un tribunal podría ordenar un nuevo juicio únicamente sobre la cuestión de la sentencia. Un tribunal de apelación también podría ordenar un nuevo juicio. En los casos más extremos, un tribunal podría revocar la condena con perjuicio, cambiando efectivamente un veredicto de culpabilidad por uno de no culpabilidad. [ 22 ]
Referencias
- ↑ Estados Unidos v. Stombaugh , 40 MJ 208, 211 (CMA 1994). "Si bien la influencia puede ser ilícita y su efecto igualmente perjudicial, existe una distinción entre la influencia de naturaleza privada y la influencia que conlleva el manto de autoridad de mando oficial... Cada uno de los casos de influencia de mando ilícita ha involucrado algún manto de autoridad de mando en la presunta actividad ilícita." Véase también, Estados Unidos v. Kitts , 23 MJ 108 (CMA 1986) (el tribunal determinó que un asesor jurídico militar portaba el manto de autoridad de mando y podía cometer influencia de mando ilícita).
- ↑ Por ejemplo, si los comandantes subordinados remiten un caso a un comandante superior para su resolución, deben recomendar la forma adecuada de proceder. Los comandantes también deciden formalmente si un caso será juzgado en un consejo de guerra.
- ↑ Cooke, John S. (septiembre de 2000). "Quincuagésimo aniversario del Código Uniforme de Justicia Militar" (PDF) . Military Law Review . 165 (Número especial del simposio): 6. Consultado el 8 de febrero de 2015 .
- ↑ Cooke, John S. (septiembre de 2000). "Quincuagésimo aniversario del Código Uniforme de Justicia Militar" (PDF) . Revista de Derecho Militar . 165 (Número especial del simposio): 6. Consultado el 8 de febrero de 2015.
El sistema parecía severo y arbitrario, con muy pocas protecciones para el individuo y demasiado poder para el comandante.
- ↑ Proyecto de ley para unificar, consolidar, revisar y codificar los Artículos de Guerra, los Artículos para el Gobierno de la Armada y las Leyes Disciplinarias de la Guardia Costera, y para promulgar y establecer un Código Uniforme de Justicia Militar: Audiencia sobre el HR 2498 ante un Subcomité del Comité de Servicios Armados de la Cámara de Representantes , 81.º Congreso, págs. 722, 785 (1949) (ejemplo de "carta de piel" incluida en el registro del Congreso durante el debate legislativo sobre el UCMJ).
- ↑ Cooke, John S. (septiembre de 2000). "Quincuagésimo aniversario del Código Uniforme de Justicia Militar" (PDF) . Military Law Review . 165 (Número especial del simposio): 9. Recuperado el 8 de febrero de 2015.
El nuevo sistema conservó muchas características del antiguo, incluida una autoridad considerable para el comandante, pero intentó limitar la autoridad del comandante y equilibrarla con un sistema de tribunales algo independientes y derechos ampliados para los miembros del servicio.
- ↑ Estados Unidos v. Biagase , 50 MJ 143, 150 (CAAF 1999). "El umbral para plantear la cuestión en el juicio es bajo, pero va más allá de una mera alegación o especulación. Estados Unidos v. Johnston , 39 MJ 242, 244 (CMA 1994). En Ayala, 43 MJ en 300, este Tribunal definió el estándar probatorio para plantear la cuestión como el mismo que se requiere para plantear una cuestión de hecho, es decir, "alguna prueba". En el juicio, el acusado debe demostrar hechos que, de ser ciertos, constituyan una influencia ilícita del mando, y que la supuesta influencia ilícita del mando tenga una conexión lógica con el consejo de guerra, en términos de su potencial para causar injusticia en el procedimiento."
- ↑ Patricia A. Ham, "Revitalizing the Last Sentinel: The Year in Unlawful Command Influence", The Army Lawyer , mayo de 2005, pág. 3. Véase también, Estados Unidos v. Biagase , 50 MJ 143, 151 (CAAF 1999), "una vez que se plantea la cuestión de la influencia ilegal del mando, el Gobierno debe probar más allá de toda duda razonable: (1) que los hechos subyacentes no existen; o (2) que los hechos no constituyen influencia ilegal del mando; o (3) que la influencia ilegal del mando no perjudicará los procedimientos ni afectó las conclusiones y la sentencia".
- ↑ En palabras de la CAAF , existen "multitud de situaciones en las que los superiores han controlado ilegalmente las acciones de los subordinados en el ejercicio de sus funciones conforme al UCMJ". Estados Unidos v. Gore , 60 MJ 178, 185 (CAAF 2004) (citando a Estados Unidos v. Hamilton , 41 MJ 32, 36 (CMA 1994))
- ↑ UCMJ Art. 25. La autoridad convocante selecciona a los miembros que, "en su opinión, están mejor calificados para el cargo por razón de edad, educación, capacitación, experiencia, antigüedad y temperamento judicial".
- ↑ Artículo 25 del Código Uniforme de Justicia Militar.
- ↑ Estados Unidos v. Upshaw , 49 MJ 111, 113 (CAAF 1998) ("La manipulación de tribunales... es 'una forma de influencia de mando ilícita'"); véase también , Estados Unidos v. Lewis , 46 MJ 338; Estados Unidos v. Hilow , 32 MJ 439, 440 (CMA 1991) ("Sostenemos que la manipulación deliberada del grupo de miembros potenciales para el consejo de guerra del apelante por parte de un subordinado de la autoridad convocante violó el Artículo 37, UCMJ").
- ↑ Estados Unidos contra Harvey , 64 MJ 13, 17 (CAAF 2006).
- ↑ Véase, por ejemplo, Estados Unidos v. Youngblood , 47 MJ 342 (1997) (el comandante criticó a los comandantes anteriores por "reaccionar insuficientemente" ante la mala conducta, lo que creó prejuicios entre los miembros del panel); Estados Unidos v. Reynolds , 40 MJ198, 200 (1994) (el comandante critica los resultados de los consejos de guerra en una reunión de personal).
- ↑ Véase, por ejemplo, Estados Unidos v. Gleason , 43 MJ 69 (1995); Estados Unidos v. Levite , 25 MJ 334 (CMA 1987).
- ↑ Estados Unidos v. Hawthorne , 22 CMR 83 (CMA 1956) (la política del Tribunal Militar General para soldados con dos condenas previas era UCI); Estados Unidos v. Martinez , 42 MJ 327, 331-334 (1995) (una carta de política de "mano dura contra la DUI" con castigos predeterminados era UCI)
- ↑ Cabe señalar que la humillación pública puede constituir una forma de influencia autoritaria en la medida en que su propósito sea influir en posibles testigos y miembros del panel. Sin embargo, generalmente se la considera una violación del Artículo 13 del Código Uniforme de Justicia Militar (UCMJ), que prohíbe el castigo previo a la condena. Véase, por ejemplo, United States v. Cruz , 25 MJ 326, 329 (CMA 1987) (donde se planteó la posibilidad de influencia autoritaria mediante la humillación, pero se resolvieron las cuestiones con base en el Artículo 13).
- ↑ Estados Unidos contra Ledbetter , 2 MJ 37 (CMA 1976);
- ↑ Davidson, Michael J. Guía de Derecho Penal Militar . Naval Institute Press, 1999. pág. 129. «La interferencia indebida en el proceso del consejo de guerra está específicamente prohibida por el Artículo 37 del Código Uniforme de Derecho Militar (UCMJ) y es punible conforme al Artículo 98. Sin embargo, este artículo punitivo ha resultado ser ineficaz, ya que no existe ningún caso documentado que responsabilice penalmente a un superior militar por ejercer influencia indebida en el mando, incluso cuando la mala conducta parecía flagrante».
- ↑ Véase, por ejemplo, Estados Unidos v. Douglas 68 MJ 349, 353 (CAAF 2010) (un juez militar ordenó la redacción de un memorándum en nombre del oficial al mando, para ser "utilizado por el abogado defensor y el acusado para facilitar la obtención de declaraciones de carácter en nombre del acusado").
- ↑ Estados Unidos v. Gore , 60 MJ 178, 189 (CAAF 2004). "El juez militar determinó correctamente que existía influencia indebida del mando... El juez militar tenía la facultad discrecional de determinar que la destitución con perjuicio era el remedio apropiado a la luz de la conducta reprobable del Tribunal de Apelaciones que perjudicó el consejo de guerra del apelante."
- ↑ Véase, por ejemplo , Estados Unidos v. Lewis , 63 MJ 405, 416 (CAAF 2006) («Habiendo constatado que la influencia indebida del mando en este caso no se ha subsanado, no podemos mantener las conclusiones y la sentencia. Aunque es una medida drástica, creemos que el único remedio para subsanar la influencia indebida del mando en este caso es revocar la decisión del tribunal inferior, dejar sin efecto las conclusiones y la sentencia, y desestimar los cargos con carácter definitivo.»)
Lecturas adicionales
- Ham, Patricia. Manual de orientación legal para oficiales superiores . Centro y escuela legal del Juez Abogado General , 2005. Capítulo 7.
- Ham, Patricia. " ¿Aguas tranquilas, aguas profundas? El año de la influencia ilícita en el mando ". The Army Lawyer , junio de 2006.
- Morris, Lawrence J. " 'Esto más vale que sea bueno': Los tribunales siguen endureciendo la carga de la prueba en los casos de influencia indebida en el mando" . The Army Lawyer , mayo de 1998.
- Kiel, John L., Jr. " Llegaron como una bola de demolición: tendencias recientes en CAAF para lidiar con aparentes casos de UCI ". The Army Lawyer , enero de 2018.
- Justicia militar
- Derecho militar de los Estados Unidos
