
El Código Visigodo ( en latín : Forum Iudicum, Liber Iudiciorum , o Libro de los Juicios; en español : Fuero Juzgo ), también llamado Lex Visigothorum (en español: Ley de los Visigodos ), es un conjunto de leyes iniciadas por el rey Chindasuinth (642-653 d. C.) del Reino Visigodo en su segundo año de reinado (642-643) que buscaba proporcionar un estatus legal común entre sus súbditos visigodos y españoles-romanos. [ 1 ] En 654, su hijo, el rey Recceswinth (649-672; gobernante único de 653 a 672), publicó el código legal ampliado, que fue el primer código legal que se aplicó por igual a los godos conquistadores y a la población en general, la cual tenía raíces romanas y había vivido bajo leyes romanas. [ 2 ]
El código abolió la antigua tradición de tener leyes diferentes para romanos ( leges romanae ) y visigodos ( leges barbarorum ), y bajo él todos los súbditos del reino visigodo dejarían de ser romani y gothi para convertirse en hispani . De esta manera, todos los súbditos del reino quedaron bajo la misma jurisdicción, eliminando las diferencias sociales y legales y permitiendo una mayor asimilación de las poblaciones. [ 3 ] El Código «fusionó el derecho romano y el derecho germánico y era vinculante para ambas poblaciones [visigoda y hispano-romana]». [ 4 ] El Código también consagró muchas leyes relativas a la Iglesia Católica, probablemente «transmitidas a ella por el Concilio de Toledo de 447 ». [ 5 ] Desafortunadamente, según el traductor SP Scott, el código estaba escrito en «latín monástico, una jerga bárbara, extremadamente difícil de traducir y muy diferente del lenguaje refinado de Tácito y Cicerón». [ 6 ]
Los primeros códigos legales
Durante los primeros siglos del dominio visigodo, los romanos se regían por leyes diferentes a las de los godos. Las primeras leyes visigodas conocidas son el Código de Eurico , compilado alrededor del año 480 d. C. Las primeras leyes escritas del reino visigodo se compilaron durante el reinado del rey Alarico II y tenían como objetivo regular la vida de los romanos, que constituían la mayoría del reino, y se basaban en las leyes imperiales romanas existentes y sus interpretaciones. El Breviario ( Breviario de Alarico ) se promulgó durante la reunión de nobles visigodos en Toulouse el 2 de febrero de 506. [ 7 ]
Durante el reinado del rey Leovigildo se intentó unificar las leyes que regulaban la vida de los godos y de quienes habían sido súbditos romanos en un código legal revisado, el Codex Revus . En 589, en el Tercer Concilio de Toledo , los visigodos y suevos , que habían practicado el arrianismo durante mucho tiempo , se convirtieron al catolicismo latino . Ahora que la población anteriormente romana y los godos compartían la misma fe, el rey Recaredo promulgó leyes que se aplicaban por igual a ambas poblaciones. [ 8 ]
Código visigodo

El código de 654 fue ampliado por la novedosa legislación de Recceswinth (por lo que a veces se le llama el Código de Recceswinth ) y posteriormente por los reyes Wamba , Erwig , Egica y quizás Wittiza . El código de Recceswinth fue editado por Braulio de Zaragoza , ya que el código original de Chindasuinth había sido redactado y promulgado apresuradamente. [ 10 ]
Durante el Duodécimo Concilio de Toledo en 681, el rey Erwig pidió que se aclarara y revisara el código legal. Se añadieron algunas leyes nuevas, de las cuales 28 trataban sobre los judíos. [ 11 ]
Las leyes eran de gran alcance y tenían una larga vigencia: en la Galicia del siglo X , las cartas monásticas hacen referencia al Código . [ 12 ] Las leyes regulan y sancionan la vida familiar y, por extensión, la vida política: el matrimonio, la transmisión de la propiedad a los herederos, la protección de los derechos de las viudas y los huérfanos. Particularmente con los Códigos de Leyes Visigodos, las mujeres podían heredar tierras y títulos, se les permitía administrar la tierra independientemente de sus maridos o parientes varones, disponer de sus bienes en testamentos legales si no tenían herederos, podían representarse a sí mismas y testificar en los tribunales a partir de los 14 años y concertar sus propios matrimonios a partir de los 20 años. [ 13 ]
Estas leyes combinaban el derecho canónico de la Iglesia Católica y, como tal, tienen un marcado tono teocrático .
Se sabe que el código fue preservado por los moros , ya que a los cristianos se les permitía usar sus propias leyes, siempre que no entraran en conflicto con las de los conquistadores, previo pago regular del tributo jizya . Por lo tanto, se puede presumir que era la autoridad legal reconocida de los magistrados cristianos mientras la península ibérica permaneció bajo dominio musulmán. Cuando Fernando III de Castilla tomó Córdoba en el siglo XIII, ordenó que sus súbditos adoptaran y observaran el código, y lo hizo traducir, aunque de forma inexacta, al español , como el Fuero Juzgo . La traducción al occitano de este documento, Llibre Jutge , se encuentra entre los textos literarios más antiguos en esa lengua (c. 1050). En 1910 se publicó una traducción al inglés del código realizada por Samuel Parsons Scott , [ 14 ] pero recibió severas críticas. [ 15 ]
Contenido
La siguiente es una lista de los libros y títulos que conforman el Código Visigodo .
- Libro I: Sobre los organismos jurídicos
- Título I: El legislador
- Título II: La Ley
- Libro II: Sobre la tramitación de las causas
- Título I: Relativo a los jueces y a las cuestiones que deben decidirse en los tribunales
- Título II: Sobre las causas
- Título III: Relativo a los constituyentes y las comisiones
- Título IV: Sobre los testigos y las pruebas
- Título V: Sobre los documentos válidos e inválidos y sobre cómo deben redactarse los testamentos
- Libro III: Sobre el matrimonio
- Título I: Sobre los contratos matrimoniales
- Título II: Sobre los matrimonios ilícitos
- Título III: Sobre la violación de vírgenes o viudas
- Título IV: Sobre el adulterio
- Título V: Sobre el incesto, la apostasía y la pederastia
- Título VI: Sobre el divorcio y la separación de personas que han estado prometidas
- Libro IV: Sobre el linaje natural
- Título I: Sobre los grados de parentesco
- Título II: Sobre las leyes de herencia
- Título III: Acerca de los pupilos y sus tutores
- Título IV: Acerca de los niños expósitos
- Título V: De la propiedad que corresponde según las leyes naturales.
- Libro V: Sobre las transacciones comerciales
- Título I: Asuntos Eclesiásticos
- Título II: Sobre las donaciones en general
- Título III: Sobre las donaciones de los mecenas
- Título IV: Sobre intercambios y ventas
- Título V: Relativo a los bienes puestos a cargo de otra persona o prestados a ella.
- Título VI: Sobre las garantías y las deudas
- Título VII: Sobre la liberación de los esclavos y los libertos
- Libro VI: Sobre los crímenes y las torturas
- Título I: Sobre los acusadores de delincuentes
- Título II: Acerca de los malhechores y sus consejeros, y de los envenenadores.
- Título III: Sobre el aborto
- Título IV: Relativo a las lesiones, heridas y mutilaciones infligidas a los hombres.
- Título V: Relativo al homicidio
- Libro VII: Sobre el robo y el fraude
- Título I: Sobre los informantes de robos
- Título II: Sobre ladrones y bienes robados
- Título III: Sobre los apropiadores y secuestradores de esclavos
- Título IV: Relativo a la custodia y la imposición de penas
- Título V: Sobre los falsificadores de documentos
- Título VI: Relativo a los falsificadores de metales
- Libro VIII: Sobre los actos de violencia y las lesiones
- Título I: Sobre los ataques y el saqueo de bienes.
- Título II: Sobre incendios provocados e incineradores
- Título III: Relativo a los daños causados a árboles, jardines o cultivos de cualquier tipo.
- Título IV: Relativo a las lesiones a los animales y otros bienes.
- Título V: Sobre el pastoreo de cerdos y sobre los animales callejeros
- Título VI: Acerca de las abejas y los daños que causan.
- Libro IX: Sobre los fugitivos y los refugiados
- Título I: Acerca de los fugitivos, y de quienes los ocultan y los ayudan en su huida.
- Título II: Acerca de quienes se niegan a ir a la guerra y de los desertores
- Título III: Acerca de quienes buscan refugio en una iglesia
- Libro X: Sobre la partición, la limitación y los límites
- Título I: Relativo a la partición y a las tierras transmitidas por contrato.
- Título II: Sobre las limitaciones de los cincuenta y treinta años
- Título III: Sobre límites y mojones
- Libro XI: Sobre los enfermos, los muertos y los mercaderes que vienen del más allá
- Título I: Sobre los médicos y los enfermos
- Título II: Acerca de quienes profanan sepulcros
- Título III: Acerca de los mercaderes que vienen de ultramar
- Libro XII: Sobre la prevención de la opresión oficial y la erradicación total de las sectas heréticas
- Título I: Sobre el ejercicio de la moderación en las decisiones judiciales y la prevención de la opresión por parte de quienes ostentan autoridad.
- Título II: Sobre la erradicación de los errores de todos los herejes y judíos.
- Título III: Sobre las nuevas leyes contra los judíos, en las que se confirman las antiguas y se añaden otras nuevas.
Véase también
Notas
- ↑ Véase "Chindaswinth," en Encyclopedia.com (de The Columbia Encyclopedia , 6.ª ed.)
- ^ Véase "Recceswinth", en Encyclopedia.com (de The Columbia Encyclopedia, 6.ª ed.). Véase también "Liber Judiciorum", en Britannica" https://www.britannica.com/topic/Liber-Judiciorum .
- ^ O'Callaghan, Joseph (1975). Una Historia de la España Medieval . Ithaca, Nueva York: Cornell University Press. pag. 49 . ISBN 9780801492648.Véase también "Chindaswinth", nota 1 anterior y "Recceswinth", nota 2 anterior.
- ↑ "Receswinth", nota 2 arriba.
- ↑ "El Código Visigodo," (reseña de libro) American Law Review, vol.45, p.478 (1911).
- ↑ El Código Visigodo (Forum Judicum, p. xxiv, SP Scott, trad. (1910), https://www.gutenberg.org/files/72551/72551-h/72551-h.htm
- ↑ España visigoda 409–711
- ↑ Derecho y sociedad en el Reino Visigodo
- ↑ «Traducción occitana del siglo XI del Liber Iudiciorum» . www.cervantesvirtual.com .
- ↑ Rey, 148 – 149.
- ↑ Derecho y sociedad en el Reino Visigodo
- ↑ Fletcher 1984, cap. 1, nota 56
- ↑ Klapisch-Zuber, Christine; A History of Women: Book II Silences of the Middle Ages , The Belknap Press of Harvard University Press, Cambridge, Massachusetts, Londres, Inglaterra. 1992, 2000 (5.ª edición). Capítulo 6, "Las mujeres en los siglos V al X" por Suzanne Fonay Wemple, pág. 74. Según Wemple, las mujeres visigodas de la Península Ibérica y Aquitania podían heredar tierras y títulos y administrarlos independientemente de sus maridos, y disponer de ellos como mejor les pareciera si no tenían herederos, y representarse a sí mismas en los tribunales, comparecer como testigos (antes de los 14 años) y concertar sus propios matrimonios antes de los veinte años.
- ↑ El Código Visigodo (Forum Judicum (1910) disponible en https://www.gutenberg.org/files/72551/72551-h/72551-h.htm
- ↑ Kearley, Timothy (1975). Derecho romano, educación clásica y límites a la participación clásica en Estados Unidos en el siglo XX . Fort Collins, CO: Veterrimus Publishing. ISBN 978-1-7361312-1-3.páginas 168-172.
Fuentes
- King, PD «El rey Chindasvind y el primer código jurídico territorial del reino visigodo». En La España visigoda: nuevos enfoques . ed. Edward James . Oxford: Clarendon Press, 1980. pp. 131-157 .
- Lear, Floyd Seyward (1951). "El derecho público del Código Visigodo" . Speculum . 26 (1): 1– 23. doi : 10.2307/2852081 . ISSN 0038-7134 . JSTOR 2852081 .
Enlaces externos
- Lex Visigothorum. Enlace obsoleto archivado el 10/12/2012 en archive.today - Texto en latín.
- Código Visigodo - Forum Iudicum . 1908. Traducción al inglés del texto completo por Samuel Parsons Scott.
- Información sobre el Código visigodo como parte de las leges Visigothorum y su tradición manuscrita en el sitio web Bibliotheca legum regni Francorum manuscrito , Una base de datos sobre textos de derecho secular carolingio (Karl Ubl, Universidad de Colonia, Alemania, 2012).
- Jornadas Visigodas 1 'Derecho y Teología' - Nuevas investigaciones sobre el Código Visigodo
- Códigos legales germánicos
- Historia jurídica de España
- Historia jurídica de Portugal
- Reino visigodo