Articulo de referencia

Woodman contra Photo Trade Processing Ltd.

Woodman v Photo Trade Processing Ltd (1981) 131 NLJ 933 es un caso de derecho contractual inglés relativo a cláusulas contractuales abusivas. Hechos La tienda de revelado fotogr...

Woodman v Photo Trade Processing Ltd (1981) 131 NLJ 933 es un caso de derecho contractual inglés relativo a cláusulas contractuales abusivas.

Hechos

La tienda de revelado fotográfico Photo Trade Processing Ltd perdió algunas instantáneas de una boda. Su cláusula contractual estándar excluía la responsabilidad por daños que superaran el coste del material en sí.

Juicio

El juez Clarke dictaminó que la tienda de fotografía era responsable ante Woodman por la pérdida de las fotografías, dado que no se demostró la disponibilidad de otras fuentes de suministro alternativas en las cercanías y la tienda no había ofrecido un servicio sin la cláusula de exclusión conforme a las secciones 2(2) o 3 de la Ley de Cláusulas Contractuales Abusivas de 1977. Otras formas en que se podían satisfacer las necesidades del cliente seguían siendo relevantes para este contrato de servicios a través del criterio de razonabilidad del Anexo 2, aunque su inclusión en el Anexo 2, según la redacción estricta de la Ley, solo es relevante para el suministro de bienes (secciones 6 y 7). El Código de Prácticas acordado entre la OFT y la industria fotográfica preveía un servicio de dos niveles. Y dado que los demandados no proporcionaron un servicio de dos niveles, uno de bajo riesgo con tarifa más alta y otro de alto riesgo con tarifa más baja, no habían cumplido con su obligación de convencerlo de que la cláusula era razonable.

En el curso de su sentencia, se refirió al caso Peek v North Staffordshire Rly Co [ 1 ], donde, según la Ley de Tráfico Ferroviario y de Canales de 1854, se permitían cláusulas de exclusión de responsabilidad que fueran «justas y razonables». La cláusula excluía la responsabilidad por la pérdida de mercancías frágiles a menos que estuvieran aseguradas según su valor. Por seis votos contra cinco, los Lores dictaminaron que la cláusula era inválida porque se excluía la responsabilidad tanto por error como por negligencia, el ferrocarril tenía el monopolio, por lo que los clientes solo tenían acceso a las condiciones de la compañía, y solo se podía contratar un seguro «exorbitante».

Véase también

Notas

  1. (1863) 10 HLCas 473, 493

Referencias