Articulo de referencia

Administradores de Fondos de Jubilación (México)

Administradoras de Fondos para el Retiro ( AFORE ) son empresas autorizadas para administrar cuentas individuales de ahorro para el retiro en México , según lo autorizado por la...

Administradoras de Fondos para el Retiro ( AFORE ) son empresas autorizadas para administrar cuentas individuales de ahorro para el retiro en México , según lo autorizado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de México . Están estructuradas como empresas que administran estos fondos bajo estrictas regulaciones. Estas administradoras están reguladas por la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR).

Las AFORE administran cuentas que acumulan contribuciones del empleador, el gobierno federal mexicano y el empleado . El fondo efectuará un pago cuando el empleado se jubile a los 65 años o según otros criterios específicos.

Subcuentas

Las cuentas individuales de jubilación se dividen en cuatro subcuentas separadas, que son:

Jubilación, despido y vejez

Esta subcuenta contiene fondos aportados por el empleador, el gobierno federal y el empleado.

  • El empleador aporta el equivalente al 2% del salario del empleado para la jubilación y el 3,15% del salario para la cuenta de jubilación por cese de empleo . Las aportaciones se realizan bimestralmente.
  • El gobierno aporta bimestralmente el 0,225% del salario a la cuenta de jubilación y desempleo , y el equivalente al 5,5% del salario mínimo en el Distrito Federal .
  • El empleado aporta el 1,125% de su salario cada dos meses.

Contribuciones voluntarias

El empleado también puede aportar fondos adicionales de forma voluntaria. Dichas aportaciones pueden realizarse directamente a través de AFORE o deducirse automáticamente del salario del empleado.

Alojamiento

Se trata de una subcuenta en la que los empleadores aportan el equivalente al cinco por ciento del salario del empleado. Los fondos se depositan en la INFONAVIT a través del Fondo Nacional de la Vivienda y la AFORE solo registra las aportaciones y los saldos.

Contribuciones complementarias

Esta subcuenta contendrá fondos adicionales aportados por el empleador o el empleado para incrementar el saldo de la pensión. Estos fondos solo podrán retirarse tras la jubilación.

Criterios de retirada

Es posible retirar fondos de estas cuentas en determinadas situaciones, tales como:

  • Vejez . Los fondos pueden retirarse al cumplir los 65 años o después.
  • Despidos . Se puede retirar un máximo del 10% de los fondos a partir del día 46 de desempleo. Esta opción se puede ejercer cada cinco años.
  • Matrimonio . Se puede retirar un máximo de 30 días de salario mínimo en el Distrito Federal para gastos de boda.
  • Compra de vivienda. Los fondos de la subcuenta de vivienda pueden utilizarse para comprar una casa. Si estos fondos no se utilizan antes de la jubilación, pueden retirarse entonces.
  • Muerte
  • Accidentes y enfermedades que provocan discapacidad

Véase también

  • AFORES (en español) en la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (en español: "Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros", abreviada "Condusef").