En la nomenclatura zoológica , las enmiendas son alteraciones intencionales realizadas a la ortografía de los nombres de los taxones . En la nomenclatura bacteriológica , las enmiendas se realizan a la circunscripción de un taxón. [ 1 ]
Todas las enmiendas se consideran por defecto nombres disponibles . Una enmienda puede ser "justificada" (cuando la ortografía original es demostrablemente incorrecta según el Código Internacional de Nomenclatura Zoológica , [ 2 ] Artículo 32.5), [ 3 ] o puede ser "injustificada" (si el cambio viola las reglas del Código). [ 2 ] [ a ] Una enmienda justificada se diferencia de un " cambio obligatorio " solo en que este último es requerido por el Código, según el Artículo 34. [ 2 ] [ b ] Una enmienda injustificada se diferencia de una " ortografía posterior incorrecta " en que esta última es un cambio no intencional, mientras que una enmienda es explícitamente intencional, y en que una ortografía posterior incorrecta no se considera automáticamente un nombre disponible . [ 2 ] [ c ]
Definición y delimitación en el Código
Según el artículo 33.2, cualquier "cambio demostrablemente intencional en la ortografía original de un nombre" que no sea un cambio obligatorio se considera una enmienda. [ 2 ] [ d ]
Según el artículo 33.2.1, el cambio debe realizarse junto con la justificación de la modificación ortográfica, citando tanto la ortografía original como la nueva conjuntamente. [ 2 ] [ e ]
Según el artículo 33.2.2, si la justificación proporcionada cumple con las condiciones establecidas en el artículo 32.5 (que definen cuándo debe considerarse "incorrecta" una ortografía original), entonces la enmienda se define como "justificada". Una enmienda justificada cambia la ortografía sin modificar la atribución original de autoría o fecha (el autor de la ortografía enmendada no se incluye en la atribución de ninguna manera). [ 2 ] [ f ]
Según el artículo 33.2.3, cualquier cambio que no cumpla con el artículo 32.5 es injustificado. Una enmienda injustificada tiene su propia autoría o fecha (el autor de la ortografía original no se incluye en la atribución de ninguna manera). [ 2 ] [ g ]
Según el artículo 33.2.3.1, si una enmienda injustificada ha sido tratada erróneamente como si hubiera estado justificada y utilizada como la ortografía válida de un nombre de taxón por la mayoría de los autores, entonces se reclasifica como una enmienda justificada y se trata como tal a perpetuidad. [ 2 ] [ h ]
Ejemplos
- Corregir un error tipográfico en la obra original es una enmienda justificada; por ejemplo, un nombre publicado como " lashmirensis " donde el autor afirma que el nombre proviene de Cachemira , donde se descubrió la especie, puede enmendarse justificadamente a kashmirensis .
- Corregir un nombre que incluye diacríticos o guiones es una enmienda justificada; por ejemplo, un nombre publicado como " d'urvillei " puede enmendarse justificadamente a durvillei .
- Corregir un error de transliteración o latinización de escrituras no latinas es una enmienda injustificada, ya que los errores académicos no se consideran corregibles según el Artículo 32.5; por ejemplo, una especie llamada " leonys " por su parecido con un león no puede enmendarse justificadamente a leonis , aunque este último sea latín propiamente dicho y el primero no lo sea.
- La corrección de las terminaciones de las especies para que coincidan con el género del nombre genérico cuando se ha cambiado la combinación son cambios obligatorios según lo definido en el Artículo 34, y no enmiendas.
- Un nombre que fue enmendado injustificadamente, como el género publicado originalmente por Fabricius en 1775 como " Elophorus " pero enmendado a " Helophorus " por Illiger en 1801, se ha escrito " Helophorus " casi universalmente desde 1801, por lo que ahora se considera una enmienda justificada; el nombre del género es Helophorus , y se le atribuye a Fabricius, en 1775, la autoría.
Notas a pie de página
Referencias
- ↑ Lapage, S.; Sneath, P.; Lessel, E.; Skerman, V.; Seeliger, H.; Clark, W., eds. (1992), "Reglas de nomenclatura con recomendaciones", Código internacional de nomenclatura de bacterias: Código bacteriológico (edición revisada de 1990 ), Washington, DC: ASM Press, Regla 35, archivado del original el 5 de abril de 2016 , recuperado el 27 de octubre de 2016.
- 1 2 3 4 5 6 7 8 9 Comisión Internacional de Nomenclatura Zoológica. 1999. Código Internacional de Nomenclatura Zoológica. 4.ª ed. Londres: The International Trust for Zoological Nomenclature. ISBN 0-85301-006-4
- ↑ "Artículo 32 del ICZN" . ICZN . Archivado del original el 30 de junio de 2013. Consultado el 17 de marzo de 2014 .
- nomenclatura zoológica
- Esbozos de zoología