Articulo de referencia

Adopción en California

En California se realizan más adopciones cada año que en cualquier otro estado (seguido de cerca por Nueva York). Existen la adopción nacional (adopción de un niño no emparentad...

En California se realizan más adopciones cada año que en cualquier otro estado (seguido de cerca por Nueva York). Existen la adopción nacional (adopción de un niño no emparentado dentro de los Estados Unidos), la adopción internacional (adopción de un niño no emparentado de otro país), la adopción por padrastro o madrastra (adopción de un niño que es hijo legal del cónyuge) y la adopción de adultos (adopción de un adulto dentro de los Estados Unidos). [ 1 ]

Adopción nacional dentro de California

La gran mayoría de las adopciones que ocurren en California son de niños nacidos en el país, la mayoría dentro del propio estado. [ 2 ] Existen dos tipos básicos de adopción nacional: independiente y a través de una agencia. Una adopción independiente suele ser gestionada por un abogado, con total transparencia en las identidades de los padres biológicos y adoptivos. La ley de California exige que la madre biológica seleccione personalmente a los padres adoptivos en una adopción independiente; no puede ceder esa decisión a otra persona. El 85% de todas las adopciones de recién nacidos en California se realizan mediante adopción independiente. Existen dos tipos de adopción a través de agencias: privada y pública/del condado. Ambas están autorizadas para realizar colocaciones de niños, pero tienden a atender a diferentes tipos de niños. Las agencias públicas/del condado ayudan a encontrar hogares para niños que generalmente están bajo el control del gobierno, viviendo normalmente en un hogar de acogida debido a la imposibilidad de vivir en el hogar de sus padres biológicos. Estos niños tienden a ser mayores, y algunos pueden tener necesidades que requieren una crianza especial, pero algunos recién nacidos también son colocados a través de agencias públicas. Las agencias privadas se centran principalmente en la colocación de recién nacidos, al igual que la adopción independiente, pero muchas también atienden a niños en lista de espera. [ 3 ]

Diferencias entre la adopción independiente y la adopción por agencia

En una adopción a través de una agencia, esta debe estar autorizada por el Estado de California. El Departamento de Servicios Sociales de California ofrece un sitio web con una lista de agencias autorizadas. [ 4 ] Es importante verificar que la entidad sea realmente una agencia autorizada y no una empresa que utilice un nombre que la haga pasar por una agencia. La adopción a través de una agencia requiere, en primer lugar, que los padres adoptivos completen un estudio del hogar antes de la colocación del niño. La agencia luego recibe la renuncia de la madre biológica (y del padre, si está disponible). Durante seis meses después de la colocación del niño, la agencia supervisa la colocación y luego puede escribir al tribunal para aprobar la adopción. En un estudio del hogar típico, se toman las huellas dactilares de los padres adoptivos y se consulta el registro de abuso infantil y el índice criminal, se proporcionan cartas de referencia, se proporciona prueba de matrimonio si están casados ​​(aunque las personas solteras también pueden adoptar), se completa un historial de salud y social, y se demuestra la disposición para brindar un hogar amoroso. Un tribunal puede entonces otorgar la adopción en una simple audiencia judicial en la que comparecen tanto los padres adoptivos como el niño. [ 1 ]

Desde finales de la década de 1990, las adopciones de recién nacidos a través de agencias privadas son principalmente abiertas e implican contacto directo entre los padres biológicos y la familia adoptiva, como en la adopción independiente. [ 5 ] Sin embargo, las adopciones a través de agencias públicas suelen ser cerradas, con poco o ningún contacto entre la familia biológica y la familia adoptiva. Esto se debe generalmente a que el niño ya fue entregado por los padres biológicos o a que el tribunal extinguió sus derechos.

La adopción independiente es ligeramente diferente y un poco menos burocrática. No se requiere que los padres adoptivos tengan un estudio del hogar previo a la colocación, a menos que la adopción sea interestatal. La teoría es que la madre biológica selecciona directamente a los padres adoptivos, en lugar de ceder esa decisión a una agencia. La madre biológica (y a veces el padre biológico) selecciona personalmente a los padres adoptivos, generalmente mostrando currículos con fotos de padres adoptivos en espera, y luego reuniéndose con algunas familias en persona para seleccionar a la familia elegida. Al igual que con la adopción a través de una agencia, se realiza un estudio del hogar de seis meses. En la mayoría de los condados, el estudio del hogar lo realiza el Departamento de Servicios Sociales de California. Sin embargo, en algunos condados, una oficina del condado presta el servicio. En cualquier caso, la tarifa del estudio del hogar es la misma. [ 6 ] [ 7 ]

Prohibición de facilitadores de adopción

En 2023, el estado promulgó una nueva ley para prohibir que los facilitadores de adopción operen en el estado. [ 8 ] [ 9 ] La ley derogó el Programa de Facilitadores de Adopción anterior del estado, con vigencia a partir del 1 de enero de 2024. La agencia estatal responsable de hacer cumplir la nueva ley enumera algunas de las prácticas y servicios comunes de los facilitadores de adopción, que incluyen organizar el contacto entre un padre biológico y los futuros padres adoptivos; hacer publicidad con el propósito de solicitar partes para una adopción; localizar niños para una adopción; actuar como intermediario entre las partes de una adopción; y cobrar una tarifa u otra contraprestación valiosa por los servicios prestados. [ 10 ] A partir del 1 de enero de 2024, solo las agencias de adopción con licencia pueden realizar estas actividades en el estado. [ 10 ]

Ley de adopción de California

Las adopciones se rigen por el Código de Familia. Tanto en las adopciones realizadas por agencias como en las independientes, el progenitor biológico que realiza la colocación firma los documentos de renuncia unos días después del nacimiento, en presencia de un trabajador social con licencia y dos testigos. Este consentimiento puede hacerse permanente hasta 30 días después, o el progenitor puede renunciar a esos 30 días y hacer permanente el consentimiento de inmediato. La gran mayoría de las adopciones son exitosas y pocos progenitores biológicos cambian de opinión, en gran parte debido al asesoramiento sobre adopción que se les brinda antes de la colocación. Los padres biológicos pueden optar por firmar los mismos formularios de consentimiento que la madre biológica. Sin embargo, en la práctica, algunos padres biológicos no casados ​​no pueden ser localizados o se niegan a participar. La ley de California permite que se extingan sus derechos si no se presentan para oponerse activamente, o si no se les puede localizar o se desconoce su identidad. [ 11 ] [ 12 ] [ 13 ]

Costos de la adopción independiente y a través de agencias

La tarifa del estudio del hogar se fija en $4,500 en la adopción independiente, ya sea realizada por el Departamento de Servicios Sociales de California o su equivalente del condado. Los honorarios de los abogados pueden variar entre $1,000 y $15,000, dependiendo de los servicios requeridos y la complejidad de la adopción. Los honorarios de asesoramiento (proporcionados por una persona llamada Proveedor de Servicios de Adopción) suelen ser de alrededor de $700. Algunas madres biológicas necesitan ayuda con los gastos relacionados con el embarazo, que pueden variar desde cero hasta miles de dólares. Solo se puede proporcionar legalmente asistencia relacionada con el embarazo y la adopción, y todos los gastos deben ser revelados al tribunal. [ 12 ] [ 13 ]

Las agencias de adopción privadas, al igual que los abogados en una adopción independiente, pueden cobrar lo que consideren apropiado por los servicios prestados. Para realizar el estudio del hogar, brindar asesoramiento y obtener la renuncia de la madre biológica, la tarifa puede oscilar entre $5,000 y $50,000. Al igual que en la adopción independiente, la madre biológica puede tener gastos que los padres adoptivos deben cubrir. Las agencias públicas, que buscan hogares para niños en espera de adopción, no cobran ninguna tarifa o cobran menos de $500. El gobierno prácticamente subvenciona el costo de encontrar hogares para niños que de otro modo permanecerían en hogares de acogida y se benefician de un hogar permanente y amoroso. [ 14 ]

Adopción por parte de un padrastro/madrastra

Para la adopción por parte de un padrastro o madrastra , no se requiere un estudio del hogar previo a la colocación, [ 15 ] pero sí se requiere una evaluación de seis meses antes de la finalización. Esta la realiza un empleado del condado, generalmente del departamento de libertad condicional. La tarifa es inferior a $1,000. Tanto el padre o la madre que conservará sus derechos como el padre o la madre que renuncia a ellos deben dar su consentimiento para que el nuevo padre o madre asuma las responsabilidades parentales. [ 15 ] Si una persona busca adoptar a un niño como padrastro o madrastra/pareja de hecho, debe completar una serie de formularios que están disponibles a través del secretario del tribunal o del Centro de Autoayuda de los Tribunales de California.

Adopción internacional

Los californianos adoptan niños de muchos países extranjeros. El proceso es completamente diferente al de una adopción nacional. [ 16 ]

Adopciones de adultos

Las adopciones de adultos normalmente no requieren un estudio del hogar ni el consentimiento de los padres biológicos. Es la elección mutua de una persona para ser el hijo legal de otra. [ 17 ]

Crédito fiscal federal por adopción

Existe un crédito fiscal federal por adopción que puede proporcionar a los padres adoptivos que cumplan con los requisitos de ingresos un crédito fiscal de hasta $12,970 para el año fiscal 2013 (no se aplica a las adopciones de adultos o padrastros/madrastras). [ 18 ]

Agencias clave

Entre las principales agencias públicas para las adopciones en California se incluyen:

El Departamento de Servicios Sociales de California (CDSS) administra un "Programa de Consentimiento" para personas adoptadas mayores de 18 años, padres biológicos y hermanos de personas adoptadas mayores de 21 años. Además, las personas adoptadas pueden inscribirse en un registro de reencuentro de adopción .

Véase también

Referencias

  1. 1 2 Hicks, Randall (2007). Adopción  : la guía esencial para adoptar de forma rápida y segura (1.ª  ed.). Nueva York: Perigee. ISBN 978-0399533686.
  2. "Adopción y adopciones por padrastros/madrastras" . LYDELL & LYDELL . Consultado el 4 de noviembre de 2019 .
  3. Beauvais-Godwin, Laura; Godwin, Raymond (2005). El libro completo sobre la adopción: todo lo que necesitas saber para adoptar un niño (3.ª ed.). Avon, MA: Adams Media. 672 págs . ISBN   978-1593373696.
  4. "Copia archivada" (PDF) . Archivado del original (PDF) el 21/07/2011 . Recuperado el 15/03/2011 .{{cite web}}: CS1 mantenimiento: copia archivada como título ( enlace )
  5. "Historial de Adopción Abierta" . Centro de Adopción Independiente. Archivado del original el 26 de agosto de 2014. Consultado el 28 de agosto de 2014 .
  6. Hicks, Randall B. (1999). Adoptar en California : cómo adoptar en el plazo de un año (2.ª ed. revisada ). Sun City, California: WordSlinger Press. ISBN   978-0963163882.
  7. Adamec, Christine (2005). La guía completa para principiantes sobre la adopción (2.ª ed.). Nueva York: Alpha Books. 432 págs . ISBN   978-1592572748.
  8. Loudenback, Jeremy (27 de julio de 2023). "California prohíbe a los 'facilitadores de adopción'"" . La imprenta . Consultado el 8 de mayo de 2024 .
  9. "Texto del proyecto de ley - AB-120 Servicios humanos" . leginfo.legislature.ca.gov . Consultado el 8 de mayo de 2024 .
  10. 1 2 "Facilitador de Adopción" . www.cdss.ca.gov . Consultado el 8 de mayo de 2024 .
  11. "Código de Familia de California, Secciones 7660-7670" . Asesoría Legislativa de California. Archivado del original el 12 de octubre de 2012. Consultado el 31 de diciembre de 2012 .
  12. 1 2 "Código de Familia de California, Secciones 8700-8720" . Asesoría Legislativa de California. Archivado del original el 12 de octubre de 2012. Recuperado el 31 de diciembre de 2012 .
  13. 1 2 "Código de Familia de California, Secciones 8800-8823" . Asesoría Legislativa de California. Archivado del original el 12 de octubre de 2012. Recuperado el 31 de diciembre de 2012 .
  14. "La Escuela de Adopción por Internet - Información sobre adopción independiente, a través de agencias e internacional" . Archivado del original el 8 de septiembre de 2008. Consultado el 15 de marzo de 2011 .
  15. 1 2 "Código de Familia de California, Secciones 9000-9007" . Asesoría Legislativa de California. Archivado del original el 12 de octubre de 2012. Recuperado el 31 de diciembre de 2012 .
  16. "Código de Familia de California, Secciones 8900-8925" . Asesoría Legislativa de California. Archivado del original el 12 de octubre de 2012. Consultado el 31 de diciembre de 2012 .
  17. "Código de Familia de California, Secciones 9320-9328" . Asesoría Legislativa de California. Archivado del original el 13 de octubre de 2012. Consultado el 31 de diciembre de 2012 .
  18. "Preguntas frecuentes sobre los beneficios de la adopción" . Servicio de Impuestos Internos. Archivado del original el 29 de septiembre de 2014. Consultado el 29 de agosto de 2014 .

15. Consejo Judicial de California. (2010). Cómo adoptar un niño en California. Recuperado de https://web.archive.org/web/20161129034641/http://www.courts.ca.gov/documents/adopt050.pdf

  • Departamento de Servicios Sociales de California, División de Servicios para Niños y Familias : Esta división supervisa las adopciones en California. Coordina las adopciones públicas, mantiene listas de agencias de adopción autorizadas y proveedores de servicios de adopción , y ofrece una sección de preguntas frecuentes sobre adopción.
  • Centro de autoayuda de los tribunales de California: Adopción - Este sitio web, mantenido por el sistema judicial de California , proporciona enlaces a los formularios legales necesarios para la adopción y contiene varias preguntas frecuentes sobre la adopción.
  • adoption101.com - Artículos informativos sobre todos los aspectos de la adopción.
  • familias adoptivas.com
  • Family Builders : este sitio ofrece diferentes programas de acogimiento familiar, adopción y otras opciones de vivienda permanente para familias dispuestas a satisfacer las necesidades de niños y jóvenes mayores en el sistema de acogimiento familiar.
  • Información básica sobre la adopción de niños