La legislación sobre trabajadores temporales se refiere al conjunto de normas que regulan la conducta de las agencias de empleo y los derechos laborales de las personas que consiguen trabajo a través de ellas. Lo habitual es que la persona acuda a una agencia de empleo y que esta la ponga en contacto con un empleador para realizar el trabajo correspondiente.
Estos acuerdos se denominan con distinta terminología según la jurisdicción. Algunos ejemplos de términos utilizados son «contratación de mano de obra», «intermediación laboral», «contratación de personal», «contratación temporal permanente» o «contratación de trabajadores temporales».
Historia
La Organización Internacional del Trabajo abogó por la creación de agencias públicas de empleo en su lugar. Para prevenir las prácticas abusivas de las agencias privadas, estas debían ser abolidas por completo o, al menos, reguladas estrictamente. En la mayoría de los países, son legales, pero están reguladas.
Probablemente inspirada por los votos disidentes en un caso de la Corte Suprema de los Estados Unidos llamado Adams v. Tanner , la primera recomendación de la Organización Internacional del Trabajo estuvo dirigida a las agencias que cobran tarifas. La Recomendación sobre el Desempleo, 1919 (n.° 1), art. 1, instaba a cada miembro a:
"Adoptar medidas para prohibir la creación de agencias de empleo que cobren honorarios o que operen con fines de lucro. En los casos en que dichas agencias ya existan, se recomienda además que solo se les permita operar bajo licencias gubernamentales y que se tomen todas las medidas posibles para su abolición a la mayor brevedad."
El Convenio sobre el Desempleo de 1919 , art. 2, exigía en cambio la alternativa de
"Un sistema de agencias públicas de empleo gratuitas bajo el control de una autoridad central. Se nombrarán comités, integrados por representantes de empleadores y trabajadores, para asesorar sobre asuntos relacionados con el funcionamiento de dichas agencias."
En 1933, el Convenio sobre Agencias de Empleo con Cobro de Honorarios (n.º 34) exigió formalmente su abolición. La excepción se aplicaba a las agencias con licencia y a aquellas que habían acordado previamente una escala de honorarios. En 1949, se elaboró un nuevo Convenio revisado (n.º 96) . Este mantuvo el mismo esquema, pero garantizó la opción de exclusión voluntaria (artículo 2) para los miembros que no desearan adherirse. Las agencias se habían consolidado como una parte cada vez más importante del mercado laboral. Estados Unidos no se adhirió a los Convenios. El último Convenio, el Convenio sobre Agencias de Empleo Privadas de 1997 (n.º 181), adopta una postura mucho más flexible y se limita a la regulación.
Jurisdicciones particulares
Australia
Los convenios colectivos de empresa (CCE) aplicables a un centro de trabajo no amparan legalmente a los empleados subcontratados ni a sus empleadores, a menos que exista una cláusula específica en el convenio que así lo indique. En cambio, los CCE se establecen entre los empleados de la empresa subcontratada y la propia empresa. Esto puede generar diferencias salariales entre los empleados directos de un centro de trabajo y aquellos que trabajan allí a través de una empresa subcontratada, un aspecto que ha sido criticado por el Partido Laborista Australiano .
unión Europea
El problema del trabajo temporal en Europa ha alcanzado su madurez formal con la implementación de la Directiva 2008/104/CE del Consejo, tras casi tres décadas de debate. De esta forma, la directiva, como tercera parte del conjunto de normas laborales de la Unión Europea para la protección del trabajo atípico (que incluye a los trabajadores a tiempo parcial y a los trabajadores con contrato de duración determinada), tiene como objetivo establecer un marco adecuado para el uso del trabajo temporal y desarrollar una forma de trabajo flexible.
Alemania
En Alemania, la Arbeitnehmerüberlassungsgesetz (Ley de Contratación de Empleados de 1972) regula la relación de agencia. Siguiendo las disposiciones del Burgerliches Gesetzbuch (Código Civil) sobre el derecho de arrendamiento de bienes o financiación, la relación de agencia se concibe como un acuerdo triangular, con diferentes obligaciones para cada parte. El trabajador es empleado únicamente de la agencia. El contrato entre la agencia y el empleador final se denomina contrato de trabajo. Entre el trabajador y el empleador final no existe contrato. Solo existe la obligación legal de brindar igualdad de trato en términos y condiciones de trabajo.
Reino Unido
La principal legislación del Reino Unido se rige por la Ley de Agencias de Empleo de 1973 , que exigía licencias hasta 1994. Existe una excepción para las agencias de empleo que trabajan en los sectores agrícola, de la pesca de mariscos y del envasado de alimentos, en virtud de la Ley de Licencias para Empresas de Contratación de Mano de Obra de 2004 .
Estados Unidos
- Adams contra Tanner
- En el caso Ribnik v. McBride , 277 US 350 (1928), el tribunal anuló una ley similar de Nueva Jersey que intentaba regular las agencias, con los jueces Stone, Brandeis y Holmes en desacuerdo. Probablemente, esta ley ya no esté vigente.
- Se puso en duda la doctrina principal de Adams v. Tanner en Olsen v. State of Nebraska 313 US 236 (1941) y Lincoln Union v. Northwestern Co. , 335 US 525 (1949) 535. En este último, el juez Black dijo que Adams v. Tanner era parte de la "filosofía constitucional" que anuló los salarios mínimos y las jornadas laborales máximas.
Véase también
- Empleo a voluntad
- Trabajo precario
- Amir Paz-Fuchs " No necesariamente es así: una perspectiva realista jurídica sobre el derecho del trabajo de agencia " Modern Law Review (2020)
Referencias
- Agencias de empleo temporal
- Derecho laboral