Articulo de referencia

Albert Jan van den Berg

Albert Jan van den Berg (nacido el 14 de junio de 1949 en Ámsterdam ) es socio fundador de Hanotiau & van den Berg en Bruselas (desde 2001), profesor emérito de Derecho en la Un...

Albert Jan van den Berg (nacido el 14 de junio de 1949 en Ámsterdam ) es socio fundador de Hanotiau & van den Berg en Bruselas (desde 2001), profesor emérito de Derecho en la Universidad Erasmus de Róterdam , profesor visitante en el Centro de Derecho de la Universidad de Georgetown en Washington DC y en la Universidad de Tsinghua Archivado el 10 de agosto de 2018 en la Wayback Machine Facultad de Derecho, Pekín y miembro del consejo asesor y de la facultad del Máster de Ginebra en Derecho en Solución de Disputas Internacionales (MIDS), Ginebra.

Educación

Van den Berg es Doctor en Derecho por la Universidad Erasmo de Róterdam (1981), Doctor en Derecho por la Universidad de Aix-en-Provence (1977), Máster en Jurisprudencia Comparada por el Instituto de Derecho Extranjero de la Universidad de Nueva York (1975) y Máster en Derecho por la Universidad de Ámsterdam (1973).

Carrera

Su carrera profesional temprana incluye puestos como socio en los bufetes de abogados Freshfields Bruckhaus Deringer en Ámsterdam (1999-2001), Stibbe Simont Monahan Duhot en Ámsterdam (1988-1999) y Van Doorne & Sjollema Advocaten en Róterdam (1980-1988) y como abogado en Salah Hejailan, Riad (en asociación con Clifford-Turner/Van Doorne & Sjollema) en Arabia Saudita (1982). Albert Jan van den Berg es expresidente (2003-2010) y secretario general (1980-1988) del Instituto de Arbitraje de los Países Bajos (NAI) en Róterdam y exvicepresidente de la Corte de Arbitraje Internacional de Londres (LCIA) (1998-2002). Además, trabajó en el departamento de arbitraje comercial internacional del TCM Asser Institute (1978-1980) y como asistente privado del profesor Pieter Sanders (1975-1978).

Trabajo en Arbitraje

Albert Jan van den Berg es y ha sido árbitro único, presidente y designado por las partes en numerosos arbitrajes internacionales (ad hoc, Asociación Americana de Arbitraje (AAA/ICDR), Tratado de Libre Comercio entre República Dominicana y Centroamérica (DRCAFTA), Centro Regional de El Cairo para Arbitraje Comercial Internacional (CRCICA), [1] (DIAC), Tratado sobre la Carta de la Energía (ECT), Cámara de Comercio Internacional (CCI), Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), LCIA, Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), NAI, Organización para la Armonización del Derecho Corporativo en África (OHADA), Corte Permanente de Arbitraje (CPA), Cámara de Comercio de Estocolmo (SCC), Centro de Arbitraje Internacional de Singapur (SIAC) y Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI) relacionados, entre otros, con aeropuertos, banca, radiodifusión, construcción, proyectos de defensa, distribución, suministro de electricidad y gas, moda, futuros y opciones, juegos de azar, tecnología de la información, seguros y reaseguros, inversiones, empresas conjuntas, licencias, medios de comunicación, minería, petróleo y gas, Farmacéutica, post-M&A, post-privatización, asociaciones profesionales, ventas, satélites, gas de esquisto, energía solar, deportes, impuestos, telecomunicaciones y proyectos llave en mano. Los laudos dictados por Albert Jan van den Berg como presidente, árbitro único o árbitro designado por las partes incluyen:

  • Atlantic Triton Company Limited contra la República Popular Revolucionaria de Guinea (caso CIADI núm. ARB/84/1), laudo, 21 de abril de 1986 (mencionado públicamente)
  • Houston Industries Energy, Inc. y otros contra la República Argentina (caso CIADI N° ARB/98/1), laudo, 24 de agosto de 2001
  • Alex Genin y otros contra la República de Estonia (caso CIADI n.° ARB/99/2), laudo, 25 de junio de 2001 (disponible en línea)
  • Banco de Pagos Internacionales (CPA), laudo parcial, 22 de noviembre de 2002; laudo final, 19 de septiembre de 2003 (disponible en línea)
  • Petrobart Ltd. c. República Kirguisa, laudo, 13 de febrero de 2003 (CNUID, Ley de Inversión Extranjera de Kirguistán)
  • Enron Corporation y Ponderosa Assets, LP contra la República Argentina (caso CIADI N.° ARB/01/3), decisión sobre jurisdicción, 14 de enero de 2004; decisión sobre jurisdicción en la demanda subsidiaria, 2 de agosto de 2004; laudo, 22 de mayo de 2007 (disponible en línea)
  • Fireman's Fund Insurance Company contra Estados Unidos Mexicanos, laudo, 17 de julio de 2006 (caso CIADI n.º ARB(AF)/02/1)
  • LG&E Energy Corp., LG&E Capital Corp. y LG&E International Inc. contra la República Argentina (caso CIADI N.° ARB/02/1), decisión sobre excepciones a la jurisdicción, 30 de abril de 2004; decisión sobre responsabilidad, 3 de octubre de 2006; laudo, 25 de julio de 2007; decisión sobre la solicitud de decisión suplementaria de las demandantes, 8 de julio de 2008 (disponible en línea)
  • International Thunderbird Gaming v. Mexico (CNUDMI, TLCAN), laudo, 26 de enero de 2006 (disponible en línea)
  • BG Group Plc. c. República Argentina (CNUDMI), laudo, 24 de diciembre de 2007 (disponible en línea)
  • Pan American Energy LLC y BP Argentina Exploration Company contra la República Argentina (caso CIADI N.° ARB/03/13), decisión sobre excepciones preliminares, 27 de julio de 2006 (disponible en línea)
  • ADC Affiliate Limited y ADC & ADMC Management Limited contra la República de Hungría (caso CIADI n.º ARB/03/16), laudo, 2 de octubre de 2006 (disponible en línea)
  • Plama Consortium Limited c. República de Bulgaria (caso CIADI n.º ARB/03/24), decisión sobre jurisdicción, 8 de febrero de 2005; laudo, 27 de agosto de 2008 (disponible en línea)
  • BP America Production Company y otros contra la República Argentina (caso CIADI N° ARB/04/8), decisión sobre la excepción preliminar, 27 de julio de 2006 (disponible en línea)
  • Duke Energy Electroquil Partners y Electroquil SA contra la República del Ecuador (caso CIADI n.° ARB/04/19), laudo, 28 de agosto de 2008 (disponible en línea)
  • Chevron Corporation (Estados Unidos) y Texaco Petroleum Company (Estados Unidos) contra la República del Ecuador (caso CPA n.° AA277), laudo provisional, 1 de diciembre de 2008; laudo parcial sobre el fondo, 30 de marzo de 2010; laudo final, 31 de agosto de 2011 (disponible en línea)
  • Gobierno de la provincia de Kalimantan Oriental contra PT Kaltim Prima Coal y otros (caso CIADI núm. ARB/07/3), laudo, 28 de diciembre de 2009
  • Estados Unidos contra Canadá (caso LCIA n.º 81010), laudo, 20 de enero de 2011 (disponible en línea)
  • Mercuria Energy Group Limited contra la República de Polonia (SCC), decisión sobre jurisdicción, 1 de diciembre de 2009; laudo final, 1 de diciembre de 2011
  • Achmea BV c. República Eslovaca (CNUDMI, caso PCA n.º 2008-13) (anteriormente Eureko BV c. República Eslovaca), laudo sobre jurisdicción, arbitrabilidad y suspensión, 26 de octubre de 2010; laudo, 7 de diciembre de 2012 (disponible en línea)
  • Commerce Group Corp. y San Sebastian Gold Mines, Inc. contra la República de El Salvador (caso CIADI N.° ARB/09/17), laudo, 14 de marzo de 2011 (disponible en línea)
  • GEA Group Aktiengesellschaft c. Ucrania (caso CIADI n.º ARB/08/16), laudo, 31 de marzo de 2011 (disponible en línea)
  • Abaclat y otros contra la República Argentina (caso CIADI N.° ARB/07/05) (anteriormente Giovanna A. Beccara y otros contra la República Argentina), Decisión sobre jurisdicción y admisibilidad, 4 de agosto de 2011 (disponible en línea)
  • Estados Unidos contra Canadá (caso LCIA n.º 111790), laudo, 18 de julio de 2012 (disponible en línea)
  • Enkev Beheer BV contra la República de Polonia (CNUDMI, caso PCA núm. 2013-11), laudo parcial, 29 de abril de 2014; laudo final sobre costas, 13 de junio de 2014
  • Churchill Mining PLC y Planet Mining Pty Ltd. contra la República de Indonesia (caso CIADI núm. ARB12/14 y 12/40), decisión sobre jurisdicción, 24 de febrero de 2014 (disponible en línea)

Además, Albert Jan van den Berg actúa frecuentemente como abogado en arbitrajes comerciales y como experto ante tribunales nacionales en cuestiones relacionadas con el derecho holandés y la Convención sobre el Reconocimiento y Ejecución de Sentencias Arbitrales Extranjeras de 1958 (Convención de Nueva York).

Albert Jan van den Berg forma parte de numerosos paneles de árbitros, entre ellos: AAA, Nueva York; Centro de Arbitraje de la Cámara Económica Federal, Viena; Tribunal Arbitral de Fútbol, ​​División de la Copa del Mundo para la Copa Mundial de la FIFA 2002 , Ginebra; Comisión de Arbitraje Económico y Comercial Internacional de China (CIETAC), Pekín; Centro de Arbitraje Internacional de Hong Kong (HKIAC); Junta Nacional de Arbitraje de Indonesia Archivado 2007-06-18 en Wayback Machine (BANI), Yakarta; CIADI, Washington; Centro Regional de Arbitraje de Kuala Lumpur Archivado 2021-02-07 en Wayback Machine (KLRCA); NAI; Prime Finance; y SIAC.

Además, Albert Jan van den Berg es expresidente del Consejo Internacional de Arbitraje Comercial (ICCA), miembro del Chartered Institute of Arbitrators (FCIArb) y miembro de: la Comisión de Arbitraje Internacional de la CCI; la LCIA Company; el consejo de supervisión de NAI; el Consejo de Administración de la Fundación para la Defensa del Arbitraje Internacional (FIAA); el consejo asesor del MIDS; el Consejo Académico del Centro de Derecho Americano e Internacional (ITA); y el consejo de administración del Instituto de Derecho Comercial Internacional de la Facultad de Derecho de la Universidad Pace .

Albert Jan van den Berg, que habla con fluidez holandés , inglés y francés , ha escrito y editado numerosas publicaciones sobre diversos temas de arbitraje internacional. Puede encontrar una lista ampliada de publicaciones y publicaciones relacionadas en los siguientes sitios web: http://www.hvdb.com y http://www.newyorkconvention.org. Albert Jan van den Berg es particularmente conocido por su comentario sobre la Convención de Nueva York, “La Convención de Arbitraje de Nueva York de 1958 – Hacia una interpretación judicial uniforme”, originalmente su tesis doctoral bajo la supervisión del profesor Pieter Sanders.

Albert Jan van den Berg actualmente se desempeña como editor general del Anuario de Arbitraje Comercial y de la Serie de Congresos de la ICCA y es miembro de los consejos editoriales de Global Counsel de Londres, Global Arbitration Review y Tijdschrift voor Arbitrage de Rotterdam .

Albert Jan van den Berg es también el autor del sitio web http://www.newyorkconvention.org, un sitio web que brinda acceso a información sobre la Convención de Nueva York en general, su historia, su interpretación y aplicación por parte de los tribunales, una bibliografía y otros asuntos relevantes como un “borrador” de una Convención de Nueva York revisada, escrito por el propio Albert Jan van den Berg. El sitio web también proporciona herramientas fáciles de usar para encontrar jurisprudencia sobre cómo los tribunales han interpretado y aplicado las disposiciones de la Convención de Nueva York (más de 1700 decisiones judiciales de más de 65 países), información que se proporciona en asociación con ICCA y Kluwer Arbitration.

Van den Berg fue nombrado el árbitro comercial líder del mundo por International Who's Who of Business Lawyers en 2006 y 2011. En 2013 recibió el premio al “Árbitro mejor preparado y más receptivo” de Global Arbitration Review.

Crítica

En relación con la controversia en torno al arbitraje entre inversores y Estados , van den Berg fue nombrado como miembro de un grupo selecto de 15 árbitros que manejan la mayoría de los procedimientos arbitrales de tratados de inversión en un informe de la ONG Corporate Europe Observatory . Según el informe, van den Berg apoyó resultados contradictorios en dos casos presentados contra Argentina tras la crisis económica del estado en 2001/2002, a pesar de que los hechos y el razonamiento de la defensa de ambas demandas eran casi idénticos. [1] Sin embargo, la crítica no parece estar justificada. El profesor Van den Berg nunca emite opiniones disidentes y se opone a su uso por árbitros designados por las partes en arbitrajes entre inversores y Estados. Desde esa perspectiva, no se puede atribuir la decisión de un tribunal entero a un solo miembro. [2]

Referencias

  1. ^ Observatorio Corporativo Europeo: Beneficiarse de la injusticia, noviembre de 2012, p. 40
  2. ^ El problema de Charles Brower con el 100 por ciento: opiniones disidentes de árbitros designados por las partes en arbitrajes de inversión Archivado el 19 de septiembre de 2016 en Wayback Machine , Oxford University Press, 18 de junio de 2015, doi :10.1093/arbint/aiv028
  • http://www.hvdb.com
  • Consejo Internacional de Arbitraje Comercial
  • http://www.newyorkconvention.org
  • Nota introductoria de Albert Jan van den Berg sobre la Convención sobre el Reconocimiento y la Ejecución de Sentencias Arbitrales Extranjeras en los Archivos Históricos de la Biblioteca Audiovisual de Derecho Internacional de las Naciones Unidas
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