Articulo de referencia

CITES

CITES ( acrónimo abreviado de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres , también conocida como la Convención de Washingto...

CITES ( acrónimo abreviado de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres , también conocida como la Convención de Washington ) es un tratado multilateral para proteger a las plantas y animales en peligro de extinción de las amenazas del comercio internacional. Fue redactado a raíz de una resolución adoptada en 1963 en una reunión de miembros de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN). La convención se abrió a la firma en 1973 y CITES entró en vigor el 1 de julio de 1975.

Su objetivo es garantizar que el comercio internacional (importación/exportación) de especímenes de animales y plantas incluidos en la CITES no amenace la supervivencia de las especies en estado silvestre. Esto se logra mediante un sistema de permisos y certificados. La CITES ofrece distintos grados de protección a más de 40 900 especies . [ 1 ]

A diciembre de 2024 , la Secretaria General de CITES es Ivonne Higuero . [ 2 ]

Fondo

CITES es uno de los acuerdos de conservación y uso sostenible más grandes y antiguos que existen. La convención está disponible en tres idiomas de trabajo (inglés, francés y español) en los que se encuentran todos los documentos. [ 3 ] La participación es voluntaria y los países que se han comprometido a cumplir la convención se conocen como Partes. Si bien CITES es jurídicamente vinculante para las Partes, no reemplaza las leyes nacionales. Más bien, proporciona un marco que cada Parte debe respetar, y cada una debe adoptar su propia legislación nacional para implementar CITES a nivel nacional.

Originalmente, la CITES abordaba el agotamiento de los recursos debido a la demanda de artículos de lujo, como las pieles, en los países occidentales. Sin embargo, con el creciente auge económico de Asia, especialmente en China, el enfoque cambió hacia los productos demandados allí, en particular aquellos utilizados para artículos de lujo como el marfil de elefante o el cuerno de rinoceronte. A partir de 2022, la CITES se ha ampliado para incluir miles de especies que antes se consideraban insignificantes y sin peligro de extinción, como las mantarrayas . [ 4 ]

Ratificaciones

Partes del tratado. Groenlandia está cubierta por las regulaciones de CITES a través de Dinamarca . [ 5 ]

El texto de la convención se finalizó en una reunión de representantes de 80 países en Washington, D.C. , Estados Unidos, el 3 de marzo de 1973. Posteriormente, estuvo abierta a la firma hasta el 31 de diciembre de 1974. Entró en vigor tras la décima ratificación por un país signatario, el 1 de julio de 1975. Los países que firmaron la Convención se convierten en Partes al ratificarla, aceptarla o aprobarla. A finales de 2003, todos los países signatarios se habían convertido en Partes. Los Estados que no eran signatarios pueden convertirse en Partes al adherirse a la convención. A junio de 2025 , la convención tiene 185 partes, incluidos 184 estados y la Unión Europea. [ 6 ]

La Convención CITES incluye disposiciones y reglas para el comercio con Estados no Partes. Todos los Estados miembros de las Naciones Unidas son parte del tratado, con la excepción de Corea del Norte , los Estados Federados de Micronesia , Haití , Kiribati , las Islas Marshall , Nauru , Sudán del Sur , Timor Oriental y Tuvalu . La Santa Sede, observadora de la ONU, tampoco es miembro. Las Islas Feroe , una región autónoma del Reino de Dinamarca , también se consideran no Partes de la CITES (tanto la parte continental de Dinamarca como Groenlandia son parte de la CITES). [ 5 ] [ 7 ]

Una enmienda al texto de la convención, conocida como la Enmienda de Gaborone [ 8 ] , permite que las organizaciones regionales de integración económica (ORIE), como la Unión Europea , tengan la condición de Estado miembro y sean Parte de la convención. Las ORIE pueden votar en las reuniones de la CITES con un número de votos equivalente al número de miembros de la ORIE, pero no tienen un voto adicional.

De conformidad con el párrafo 3 del artículo XVII de la Convención CITES, la Enmienda de Gaborone entró en vigor el 29 de noviembre de 2013, 60 días después de que 54 (dos tercios) de los 80 Estados que eran parte de la CITES el 30 de abril de 1983 depositaran su instrumento de aceptación de la enmienda. En ese momento, entró en vigor únicamente para los Estados que la habían aceptado. El texto enmendado de la convención se aplicará automáticamente a todo Estado que se convierta en parte después del 29 de noviembre de 2013. Para los Estados que se convirtieron en parte de la convención antes de esa fecha y no han aceptado la enmienda, esta entrará en vigor 60 días después de su aceptación. [ 8 ]

Estructura rectora de la CITES

La CITES opera para apoyar a las Partes miembros. Este apoyo consiste en la contribución de tres Comités (Permanente, de Animales y de Plantas), supervisados ​​por el Secretario General. [ 9 ] El cargo de secretario ha sido ocupado por diversas personas de diferentes naciones.

Cronología de las Oficinas del Secretario General de la CITES

1978-1981: Peter H. Sand [ 10 ]

Nació en Baviera, Alemania, y se formó en derecho internacional en Alemania, Francia y Canadá. Se convirtió en profesor y autor, especializándose en derecho ambiental, y ocupó otros cargos como el de Director General de la UICN y asesor jurídico en asuntos ambientales del Banco Mundial. [ 11 ]

1982-1990: Eugene Lapointe [ 10 ]

Nacido en Canadá, Lapointe sirvió en el ejército durante muchos años y se desempeñó como diplomático antes de dirigir la CITES. Actualmente es autor y ocupa el cargo de Presidente del IWMC World Conservation Trust, una organización sin fines de lucro que promueve la conservación de la vida silvestre con énfasis en un enfoque centrado en el ser humano respecto a los recursos naturales. [ 12 ]

1991 - 1998: Izgrev Topkov [ 10 ]

Nacido y criado en Bulgaria, Topkov fue diplomático antes de dirigir la CITES, y fue destituido de ese cargo tras el uso indebido de permisos que violaban las directrices de la CITES. [ 13 ]

1999 - 2010: Willem Wijnstekers [ 10 ]

Originaria de los Países Bajos y graduada por la Universidad de Ámsterdam, Wijnsteker ocupó el cargo de Secretaria General durante el período más prolongado y ahora es escritora.

2010 - 2018: John E. Scanlon [ 10 ]

Scanlon, australiana que estudió derecho ambiental, participó activamente en la lucha contra el comercio ilegal de animales y actualmente trabaja en la protección de los elefantes en África como directora ejecutiva de la Fundación Iniciativa para la Protección de los Elefantes (EPIF). [ 14 ]

2018- Actual: Ivonne Higuero [ 10 ]

Higuero, la primera mujer en ocupar este cargo, se formó en economía ambiental y es originaria de Panamá.

Regulación del comercio

La CITES funciona sometiendo el comercio internacional de especímenes de taxones incluidos en la lista a controles a medida que cruzan las fronteras internacionales. [ 15 ] Los especímenes de la CITES pueden incluir una amplia gama de artículos, incluido el animal o la planta completos (vivos o muertos), o un producto que contenga una parte o un derivado de los taxones incluidos en la lista, como cosméticos o medicinas tradicionales . [ 16 ]

La CITES reconoce cuatro tipos de comercio: importación , exportación , reexportación (exportación de cualquier espécimen que haya sido importado previamente) e introducción desde el mar (transporte a un estado de especímenes de cualquier especie que fueron capturados en el medio marino fuera de la jurisdicción de cualquier estado). La definición de "comercio" de la CITES no requiere que se produzca una transacción financiera. Todo comercio de especímenes de especies amparadas por la CITES debe estar autorizado mediante un sistema de permisos y certificados antes de que se realice. Los permisos y certificados de la CITES son emitidos por una o más Autoridades Administrativas encargadas de administrar el sistema CITES en cada país. Las Autoridades Administrativas reciben asesoramiento de una o más Autoridades Científicas sobre los efectos del comercio de los especímenes en el estado de conservación de las especies incluidas en la lista de la CITES. Los permisos y certificados de la CITES deben presentarse a las autoridades fronterizas pertinentes de cada país para autorizar el comercio.

Cada parte debe promulgar su propia legislación nacional para poner en vigor las disposiciones de la CITES en sus territorios. Las partes pueden optar por adoptar medidas nacionales más estrictas que las previstas en la CITES (por ejemplo, exigiendo permisos o certificados en casos en los que normalmente no serían necesarios o prohibiendo el comercio de algunos ejemplares). [ 17 ]

Artículos de fauna silvestre objeto de tráfico ilegal incautados por la Agencia Tributaria británica (HM Revenue and Customs) en el Reino Unido.

Apéndices

Más de 40 900 especies, subespecies y poblaciones están protegidas por la CITES. [ 18 ] Cada taxón o población protegida se incluye en una de las tres listas denominadas Apéndices. [ 19 ] [ 20 ] El Apéndice que incluye un taxón o población refleja el nivel de amenaza que representa el comercio internacional y los controles de la CITES que se aplican.

Los taxones pueden estar divididos en listas, lo que significa que algunas poblaciones de una especie están en un Apéndice, mientras que otras están en otro. El elefante africano de sabana ( Loxodonta africana ) está actualmente dividido en listas, con todas las poblaciones excepto las de Botsuana, Namibia, Sudáfrica y Zimbabue listadas en el Apéndice I. Las de Botsuana, Namibia, Sudáfrica y Zimbabue están listadas en el Apéndice II. También hay especies que tienen solo algunas poblaciones listadas en un Apéndice. Un ejemplo es el berrendo ( Antilocapra americana ), un rumiante nativo de América del Norte. Su población mexicana está listada en el Apéndice I, pero sus poblaciones de EE. UU. y Canadá no lo están (aunque ciertas poblaciones de EE. UU. en Arizona están protegidas por otra legislación nacional, en este caso la Ley de Especies en Peligro de Extinción ).

Se propone la inclusión, modificación o eliminación de taxones en los Apéndices I y II en las reuniones de la Conferencia de las Partes (CdP), que se celebran aproximadamente cada tres años. [ 21 ] Las modificaciones a la lista del Apéndice III pueden ser realizadas unilateralmente por partes individuales. [ 22 ]

Apéndice I

Los taxones del Apéndice I son aquellos que están amenazados de extinción y a los que se les otorga el máximo nivel de protección de la CITES. El comercio de ejemplares silvestres de estos taxones está prohibido, y el comercio no comercial está estrictamente controlado, requiriendo la obtención de un permiso de importación y otro de exportación, otorgados por las autoridades competentes de cada país, antes de que se realice la transacción.

Entre los taxones notables enumerados en el Apéndice I se incluyen el panda rojo ( Ailurus fulgens ), el gorila occidental ( Gorilla gorilla ), las especies de chimpancés ( Pan spp. ), los tigres ( Panthera tigris sp.), el elefante asiático ( Elephas maximus ), el leopardo de las nieves ( Panthera uncia ), el douc de patas rojas ( Pygathrix nemaeus ), algunas poblaciones de elefante africano de sabana ( Loxodonta africana ) [ a ] y el árbol araucaria ( Araucaria araucana ). [ 23 ]

Apéndice II

Los taxones del Apéndice II son aquellos que no necesariamente están amenazados de extinción, pero su comercio debe controlarse para evitar una utilización incompatible con su supervivencia. Los taxones del Apéndice II también pueden incluir especies de apariencia similar a las ya incluidas en los Apéndices. La gran mayoría de los taxones incluidos en la CITES figuran en el Apéndice II. [ 24 ] Cualquier comercio de taxones del Apéndice II requiere, por norma general, un permiso de exportación CITES o un certificado de reexportación otorgado por la Autoridad Administrativa del país exportador antes de que se realice la transacción.

Ejemplos de taxones incluidos en el Apéndice II son el gran tiburón blanco ( Carcharodon carcharias ), el oso negro americano ( Ursus americanus ), la cebra de montaña de Hartmann ( Equus zebra hartmannae ), la iguana verde ( Iguana iguana ), el caracol rosado ( Strombus gigas ), el escorpión emperador ( Pandinus imperator ), el varano de Mertens ( Varanus mertensi ), la caoba de hoja ancha ( Swietenia macrophylla ), palo santo ( Guaiacum officinale ), nautilo ( Nautilus pompilius ), todos los corales pétreos ( Scleractinia spp.), gato de la jungla ( Felis chaus ) y ginseng americano ( Panax quinquefolius ).

Apéndice III

Las especies del Apéndice III son aquellas protegidas en al menos un país, y dicho país ha solicitado asistencia a otras Partes de la CITES para controlar su comercio. Cualquier transacción comercial de especies del Apéndice III requiere, por lo general, un permiso de exportación de la CITES (si proceden del país que incluyó la especie en la lista) o un certificado de origen (si proceden de cualquier otro país) antes de que se realice.

Ejemplos de especies incluidas en el Apéndice III y los países que las incluyeron son el perezoso de dos dedos de Hoffmann ( Choloepus hoffmanni ) de Costa Rica, la sitatunga ( Tragelaphus spekii ) de Ghana y la civeta africana ( Civettictis civetta ) de Botswana.

Exenciones y procedimientos especiales

Conforme al artículo VII, el Convenio permite ciertas excepciones a los requisitos comerciales generales descritos anteriormente.

Ejemplares previos a la Convención

La CITES prevé un procedimiento especial para los especímenes adquiridos antes de la aplicación de las disposiciones de la Convención. Estos se denominan especímenes «pre-Convención» y deben contar con un certificado CITES pre-Convención antes de su comercialización. Solo los especímenes adquiridos legalmente antes de la fecha en que la especie en cuestión se incluyó por primera vez en los Apéndices pueden acogerse a esta exención. [ 25 ]

Efectos personales y del hogar

La CITES establece que los requisitos estándar de permisos/certificados para el comercio de especímenes CITES generalmente no se aplican si un espécimen es un efecto personal o doméstico. [ 26 ] Sin embargo, existen varias situaciones en las que se requieren permisos/certificados para efectos personales o domésticos, y algunos países optan por adoptar medidas nacionales más estrictas al exigir permisos/certificados para algunos o todos los efectos personales o domésticos. [ 17 ]

Ejemplares criados en cautividad o propagados artificialmente.

CITES permite que el comercio de especímenes siga procedimientos especiales si las Autoridades Administrativas consideran que provienen de animales criados en cautividad o plantas propagadas artificialmente . [ 27 ] En el caso del comercio comercial de taxones del Apéndice I, los especímenes criados en cautividad o propagados artificialmente pueden comercializarse como si fueran del Apéndice II. Esto reduce los requisitos de permisos de dos (importación/exportación) a uno (solo exportación). En el caso del comercio no comercial, los especímenes pueden comercializarse con un certificado de cría en cautividad/propagación artificial emitido por la Autoridad Administrativa del Estado exportador en lugar de los permisos estándar.

Intercambio científico

No se requieren permisos ni certificados CITES estándar para el préstamo, donación o intercambio no comercial entre instituciones científicas o forenses registradas por una Autoridad Administrativa de su Estado. Los envíos que contengan los especímenes deben llevar una etiqueta emitida o aprobada por dicha Autoridad Administrativa (en algunos casos, se pueden utilizar etiquetas de Declaración de Aduanas). Los especímenes que pueden incluirse bajo esta disposición son los de museos, herbarios, diagnósticos e investigación forense. [ 28 ] Las instituciones registradas figuran en el sitio web de CITES. [ 29 ]

Enmiendas y reservas

Las enmiendas al Convenio deben contar con el apoyo de dos tercios de los miembros presentes y votantes, y pueden realizarse durante una reunión extraordinaria de la COP si un tercio de las Partes está interesado en dicha reunión. La Enmienda de Gaborone (1983) permite la adhesión de bloques económicos regionales al tratado. Se permite el comercio con Estados no Partes, si bien se recomienda que los exportadores obtengan permisos y certificados, y que los importadores los soliciten.

Cualquier Parte, sea o no un Estado del área de distribución, puede proponer la inclusión de especies en los Apéndices, modificar su inclusión o excluirlas de la lista. Dichos cambios podrán efectuarse a pesar de las objeciones de los Estados del área de distribución si existe suficiente apoyo (mayoría de dos tercios) para la inclusión en la lista. La inclusión de especies en la lista se realiza en la Conferencia de las Partes.

Al adherirse a la convención o dentro de los 90 días posteriores a la modificación de la lista de especies, las Partes pueden formular reservas. En estos casos, la Parte es considerada como un Estado que no es Parte de la CITES con respecto al comercio de la especie en cuestión. [ 30 ] Entre las reservas más destacadas se incluyen las de Islandia , Japón y Noruega sobre diversas especies de ballenas barbadas , y las de Arabia Saudita sobre los Falconiformes .

Deficiencias y preocupaciones

Implementación

En 2002, el 50% de las Partes carecían de uno o más de los cuatro requisitos principales de la CITES: designación de Autoridades Administrativas y Científicas; leyes que prohíban el comercio en violación de la CITES; sanciones para dicho comercio y leyes que prevean la confiscación de especímenes. [ 31 ]

Si bien la Convención en sí no prevé arbitraje ni controversias en caso de incumplimiento, 36 años de aplicación práctica de la CITES han dado lugar a diversas estrategias para abordar las infracciones cometidas por las Partes. La Secretaría, al ser informada de una infracción por parte de una Parte, notificará a todas las demás partes. La Secretaría concederá a la Parte un plazo para responder a las alegaciones y podrá proporcionar asistencia técnica para prevenir futuras infracciones. Se podrán adoptar otras medidas contra la Parte infractora que no estén previstas en la Convención, pero que se deriven de resoluciones posteriores de la COP. Estas incluyen:

  • Confirmación obligatoria de todos los permisos por parte de la Secretaría.
  • Suspensión de la cooperación de la Secretaría
  • Una advertencia formal
  • Una visita de la Secretaría para verificar la capacidad.
  • Recomendaciones a todas las Partes para que suspendan el comercio relacionado con CITES con la parte infractora [ 32 ].
  • Dictado de las medidas correctivas que deberá adoptar la Parte infractora antes de que la Secretaría reanude la cooperación o recomiende la reanudación del comercio.

Se han impuesto sanciones bilaterales sobre la base de la legislación nacional (por ejemplo, Estados Unidos utilizó la certificación en virtud de la Enmienda Pelly para lograr que Japón revocara su reserva a los productos de tortuga carey en 1991, reduciendo así el volumen de sus exportaciones).

Las infracciones pueden incluir negligencia en la expedición de permisos, comercio excesivo, aplicación laxa de la normativa y no presentar informes anuales (la más común).

En 2022, los fiscales estadounidenses alegaron que la documentación de la CITES se utilizó para exportar macacos cangrejeros ( Macaca fascicularis ) capturados en estado salvaje desde Camboya como si fueran criados en cautividad para la investigación biomédica, y el asunto posteriormente atrajo el escrutinio del Comité Permanente de la CITES (véase la controversia sobre la exportación de macacos cangrejeros de Camboya ). [ 33 ] [ 34 ]

Enfoque para la conservación de la biodiversidad

Las limitaciones generales sobre la estructura y la filosofía de CITES incluyen: por diseño e intención se centra en el comercio a nivel de especie y no aborda la pérdida de hábitat, los enfoques ecosistémicos para la conservación o la pobreza; busca prevenir el uso insostenible en lugar de promover el uso sostenible (lo que generalmente entra en conflicto con el Convenio sobre la Diversidad Biológica ), aunque esto ha estado cambiando (véanse los estudios de caso del cocodrilo del Nilo , el elefante africano y el rinoceronte blanco sudafricano en Hutton y Dickinson 2000). No aborda explícitamente la demanda del mercado. [ 35 ] De hecho, se ha demostrado que las listas de CITES aumentan la especulación financiera en ciertos mercados para especies de alto valor. [ 36 ] [ 37 ] [ 38 ] La financiación no proporciona una mayor aplicación sobre el terreno (debe solicitar ayuda bilateral para la mayoría de los proyectos de esta naturaleza).

Entre las Partes ha aumentado la disposición a permitir el comercio de productos procedentes de poblaciones bien gestionadas. Por ejemplo, la venta del rinoceronte blanco sudafricano ha generado ingresos que han contribuido a financiar su protección. La inclusión de la especie en el Apéndice I incrementó el precio del cuerno de rinoceronte (lo que a su vez impulsó la caza furtiva ), pero la especie sobrevivió dondequiera que existiera una protección adecuada sobre el terreno. Por lo tanto, la protección sobre el terreno puede ser el principal mecanismo que salvó a la población, pero es probable que dicha protección no se hubiera incrementado sin la protección de la CITES. [ 39 ]

En otro caso, Estados Unidos inicialmente detuvo las exportaciones de pieles de lince rojo y lince boreal en 1977, cuando implementó por primera vez la CITES, por falta de datos que respaldaran las conclusiones de que no existían perjuicios.Sin embargo, en este aviso del Registro Federal, emitido por William Yancey Brown , la Autoridad Científica de Especies en Peligro de Extinción de EE. UU. (ESSA) estableció un marco de conclusiones de no perjuicio para cada estado y la nación Navajo e indicó que la aprobación se concedería si los estados y la nación Navajo proporcionaban pruebas de que sus programas de gestión de especies peleteras garantizaban la conservación de la especie. Los programas de gestión para estas especies se expandieron rápidamente, incluyendo el marcado para la exportación, [ 40 ] y actualmente se reconocen en las aprobaciones de programas bajo las regulaciones del Servicio de Pesca y Vida Silvestre de EE. UU. [ 41 ]

Redacción

Por diseño, la CITES regula y supervisa el comercio mediante una " lista negativa ", de modo que el comercio de todas las especies está permitido y no regulado, a menos que la especie en cuestión aparezca en los Apéndices o se parezca mucho a alguno de esos taxones. Solo entonces se regula o restringe el comercio. Dado que el ámbito de aplicación de la Convención abarca millones de especies de plantas y animales, y decenas de miles de estos taxones tienen un valor económico potencial, en la práctica este enfoque de lista negativa obliga a los signatarios de la CITES a destinar recursos limitados a solo unas pocas especies seleccionadas, dejando muchas especies en el mercado sin restricciones ni revisión. Por ejemplo, recientemente varias aves clasificadas como amenazadas de extinción aparecieron en el comercio legal de aves silvestres porque el proceso de la CITES nunca consideró su estado. Si se adoptara un enfoque de "lista positiva", solo se permitiría el comercio de las especies evaluadas y aprobadas para dicha lista, lo que aligeraría la carga de revisión para los Estados miembros y la Secretaría, y también evitaría amenazas involuntarias al comercio legal de especies poco conocidas.

Entre las debilidades específicas del texto se incluyen: no estipula directrices para la determinación de "no perjuicio" requerida a las autoridades científicas nacionales; las determinaciones de no perjuicio requieren grandes cantidades de información; la cláusula de "efectos en los hogares" a menudo no es lo suficientemente rígida/específica como para prevenir violaciones de la CITES por medio de este artículo (VII); la falta de informes de las Partes significa que el seguimiento de la Secretaría es incompleto; y no tiene capacidad para abordar el comercio interno de especies incluidas en la lista.

Para garantizar que no se violara el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT), se consultó a la Secretaría del GATT durante el proceso de redacción. [ 42 ]

patógenos de origen animal

Durante la pandemia de coronavirus en 2020, la directora ejecutiva Ivonne Higuero señaló que el comercio ilegal de vida silvestre no solo ayuda a destruir hábitats, sino que estos hábitats crean una barrera de seguridad para los humanos que puede prevenir la transmisión de patógenos de los animales a las personas. [ 43 ]

Sugerencias de reforma

Las sugerencias para mejorar el funcionamiento de la CITES incluyen: misiones más frecuentes de la Secretaría (no reservadas solo para especies de gran importancia); mejora de la legislación nacional y su aplicación; mejores informes de las Partes (y la consolidación de la información de todas las fuentes: ONG, TRAFFIC, la red de monitoreo del comercio de vida silvestre y las Partes); mayor énfasis en la aplicación, incluyendo un funcionario de cumplimiento del comité técnico; el desarrollo de Planes de Acción de la CITES (similares a los Planes de Acción sobre Biodiversidad relacionados con el Convenio sobre la Diversidad Biológica ) que incluyan: la designación de Autoridades Científicas/Administrativas y estrategias nacionales de aplicación; incentivos para la presentación de informes y plazos tanto para los Planes de Acción como para la presentación de informes. La CITES se beneficiaría del acceso a los fondos del Fondo para el Medio Ambiente Mundial (FMAM), aunque esto es difícil dado el enfoque más ecosistémico del FMAM, u otros fondos más regulares. El desarrollo de un mecanismo futuro similar al del Protocolo de Montreal (las naciones desarrolladas contribuyen a un fondo para las naciones en desarrollo) podría permitir más fondos para actividades ajenas a la Secretaría. [ 31 ]

Datos de tráfico

Entre 2005 y 2009, el comercio legal se correspondió con estas cifras:

En la década de 1990, el comercio anual de productos animales legales ascendía a 160 mil millones de dólares. En 2009, el valor estimado casi se duplicó, alcanzando los 300 mil millones de dólares. [ 44 ]

Traffic publicó un informe en diciembre de 2024 en el que se detallaba el comercio ilegal de productos de origen animal que tenía lugar en Vietnam:

Se puede obtener información adicional sobre el comercio documentado mediante consultas en el sitio web de CITES. [ 45 ]

Reuniones

La Conferencia de las Partes (CdP) se celebra cada tres años. La sede de la siguiente CdP se elige al finalizar cada CdP mediante votación secreta.

Los Comités de la CITES (Comité de Animales, Comité de Plantas y Comité Permanente) celebran reuniones cada año que no hay una Conferencia de las Partes (COP), mientras que el Comité Permanente también se reúne en los años con una COP. Las reuniones de los Comités tienen lugar en Ginebra, Suiza (donde se encuentra la Secretaría de la Convención CITES), a menos que otro país se ofrezca como sede. La Secretaría está administrada por el PNUMA . Los Comités de Animales y Plantas han celebrado reuniones conjuntas en ocasiones. La reunión conjunta anterior tuvo lugar en marzo de 2012 en Dublín , Irlanda , y la más reciente en Veracruz , México , en mayo de 2014.

En el calendario de CITES aparece una lista actualizada de las próximas reuniones. [ 46 ]

En la decimoséptima Conferencia de las Partes (COP 17), Namibia y Zimbabue presentaron propuestas para modificar la inclusión de sus poblaciones de elefantes en el Apéndice II. En su lugar, deseaban establecer un comercio controlado de todos los ejemplares de elefante, incluido el marfil. Argumentaban que los ingresos procedentes del comercio regulado podrían destinarse a la conservación de los elefantes y al desarrollo de las comunidades rurales. Sin embargo, ambas propuestas fueron rechazadas por Estados Unidos y otros países. [ 47 ]

Véase también

Notas a pie de página

  1. CITES trata al elefante de bosque africano como una subespecie de L. africana y, por lo tanto, está protegido bajo el Apéndice I; la mayoría de las autoridades ahora clasifican al elefante de bosque como una especie separada, L. cyclotis .

Referencias

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Lecturas adicionales

  • Oldfield, S. y McGough, N. (Comp.) 2007. Manual CITES para jardines botánicos ( versión en inglés , versión en español , versión en italiano ). Botanic Gardens Conservation International (BGCI).
  • Sitio web oficialEdita esto en Wikidata
  • Perfil de CITES en la base de datos de mecanismos de gobernanza del mercado (archivado el 13 de marzo de 2016)
Países miembros (Partes)
  • Lista cronológica de partidos
  • Lista alfabética de las Partes en CITES y en el depositario (PDF)
  • Contactos nacionales (archivado el 20 de enero de 2011)
Listas de especies incluidas en los Apéndices I, II y III (es decir, especies protegidas por CITES)
  • Explicación de los Apéndices
  • Número de especies en los Apéndices
  • Listas de especies (Apéndices I, II y III)