Articulo de referencia

Sínodo de los Obispos en la Iglesia Católica

En la Iglesia Católica , el Sínodo de los Obispos es un órgano consultivo y asesor influyente, global y de alcance mundial para el Papa . Es uno de los mecanismos mediante los c...

En la Iglesia Católica , el Sínodo de los Obispos es un órgano consultivo y asesor influyente, global y de alcance mundial para el Papa . Es uno de los mecanismos mediante los cuales los obispos católicos —los miembros ordenados de mayor rango de la Iglesia— prestan comunitariamente "asistencia cooperativa" al pontífice en el cumplimiento de su oficio y en la dirección de la Iglesia. [ 1 ] Se describe en el Código de Derecho Canónico de 1983 como: [ 2 ]

un grupo de obispos elegidos de diferentes regiones del mundo que se reúnen en momentos fijos para fomentar una mayor unidad entre el Romano Pontífice y los obispos, para asesorar al Romano Pontífice en la preservación y el crecimiento de la fe y la moral, así como en la observancia y el fortalecimiento de la disciplina eclesiástica, y para considerar cuestiones relativas a la actividad de la Iglesia en el mundo.

El Sínodo Papal de los Obispos es permanente, incluso cuando no está en sesión. [ 3 ] [ 4 ] Periódicamente, celebra asambleas, que pueden ser generales, si se convocan para tratar asuntos que afectan directamente a la Iglesia universal, o especiales, si se convocan para tratar problemas de una zona geográfica particular. [ 5 ] Las asambleas generales pueden ser ordinarias (celebradas a intervalos fijos) o extraordinarias (celebradas para tratar algún asunto urgente). [ 6 ]

El Sínodo de los Obispos papal también tiene una secretaría permanente [ 7 ] con sede en Roma, pero que no forma parte de la Curia Romana . [ 8 ] El Papa Francisco aumentó considerablemente tanto la autoridad como la influencia del Sínodo en septiembre de 2018. [ 9 ]

Distinción de los sínodos de obispos en las Iglesias católicas orientales y los Santos Sínodos.

Además, cada iglesia patriarcal «católica oriental» y cada iglesia arzobispal importante tiene su propio sínodo de obispos. El Código de Cánones de las Iglesias Orientales menciona 115 veces el «sínodo de obispos» en este sentido y solo una vez (en el canon 46) menciona el Sínodo de Obispos que convoca el Papa.

A diferencia del Sínodo de Obispos (latino o papal), que normalmente solo asiste al papa ofreciéndole consejos, estos sínodos de obispos de la Iglesia Oriental son competentes, y exclusivamente, para legislar para toda la iglesia sui iuris (autónoma) que cada uno gobierna. [ 10 ] En la tradición y el derecho latinos, por otro lado, el Sínodo es convocado por el Papa y es principalmente un método para brindarle asistencia en su supremo oficio, más que un órgano de gobierno en sí mismo, o del cual el principal líder de la iglesia derive autoridad.

Estos sínodos de obispos no son lo que en las Iglesias Ortodoxas Orientales y Ortodoxas Orientales se denomina Sínodos Santos . Este último concepto corresponde, en cambio, al del sínodo permanente de estos sínodos católicos orientales de obispos, que consta del patriarca o arzobispo mayor y cuatro obispos designados por un período de cinco años. De los cuatro, tres son elegidos por el sínodo de obispos de la iglesia y uno es designado por el patriarca o arzobispo mayor, mientras que otros cuatro son designados de la misma manera para reemplazar a cualquier miembro que se encuentre impedido. [ 11 ] Se convoca una reunión de todo un sínodo de obispos cuando se requiere una decisión sobre una cuestión que solo el sínodo de obispos está autorizado a decidir, o cuando el patriarca o arzobispo mayor, con el acuerdo del sínodo permanente, lo considera necesario, o cuando al menos un tercio de los obispos solicita que se celebre para considerar algún asunto específico. Además, el derecho canónico individual de algunas iglesias patriarcales y arzobispales importantes exige que el sínodo de obispos se convoque a intervalos predeterminados. [ 12 ]

Establecimiento y naturaleza

En 1959, tres años antes de que comenzara el Concilio Vaticano II , el cardenal Silvio Oddi propuso un órgano consultivo permanente de obispos procedentes de diversas partes del mundo para debatir las principales preocupaciones de la Iglesia, y el cardenal Bernardus Johannes Alfrink propuso un consejo permanente de obispos especializados para legislar en nombre de la Iglesia en unión con el Papa y los cardenales. [ 13 ]

Dentro del marco del Concilio mismo, el primero en plantear "la idea de un 'sínodo permanente de obispos' en torno al papa" fue el patriarca melquita Máximo IV . [ 14 ] En 1963, durante la tercera sesión del Concilio, propuso que "un grupo relativamente pequeño de obispos [...] con miembros rotatorios estaría siempre reunido en Roma para asistir al papa. Trabajarían con el papa de manera colegiada". [ 15 ] El modelo que propuso era lo que el Código de Cánones de las Iglesias Orientales de 1990 iba a llamar sínodo de obispos , [ 10 ] pero que él mismo llamó el santo sínodo de su iglesia sui iuris , [ 14 ] un cuerpo colegiado que comprendía tanto al patriarca como a otros obispos.

El 14 de septiembre de 1965, en la apertura de la cuarta y última sesión del Concilio, el Papa Pablo VI anunció que al día siguiente establecería el Sínodo de los Obispos en una forma que «difícilmente podría haber sido más distinta de lo que Máximo había propuesto el año anterior». [ 16 ] Señaló que «el Concilio Ecuménico... nos dio la idea de establecer permanentemente un Concilio especial de obispos, con el fin de asegurar la continuidad, después del Concilio, de la gran abundancia de beneficios que hemos tenido la dicha de ver fluir al pueblo cristiano durante el Concilio como resultado de nuestra estrecha colaboración con los obispos». [ 17 ] El Papa buscó «aprovechar cada vez más la ayuda de los obispos para el bien de la Iglesia universal» y disfrutar «del consuelo de su presencia, la ayuda de su sabiduría y experiencia, el apoyo de su consejo y la voz de su autoridad». [ 17 ] Esto se adelantó a la acción del Concilio y sometió al Sínodo «inmediata y directamente» a la autoridad papal, asegurando que sería estrictamente un órgano consultivo. [ 18 ] El Sínodo de los Obispos no constituye un gobierno colegiado de la Iglesia, sino que representa una colaboración con el Papa: discute los temas que se le proponen y formula recomendaciones, pero no resuelve cuestiones ni emite decretos, a menos que el Papa le otorgue poder deliberativo en ciertos casos. [ 19 ]

Gobierno colegiado bajo el Papa Francisco

Desde el inicio de su pontificado, el Papa Francisco expresó su deseo de fortalecer los aspectos colegiales del gobierno de la Iglesia, [ 20 ] y abogó por un mayor reconocimiento de los dones carismáticos en la Iglesia. [ 21 ] Ha celebrado importantes sínodos sobre los temas de la familia (2014), sobre la juventud (2018) y sobre la Iglesia en la región panamazónica (2019). El 15 de septiembre de 2018, Francisco aprobó la nueva constitución apostólica Episcopalis communio (Comunión Episcopal). [ 9 ] [ 22 ] La constitución establece que el documento final del Sínodo, si es aprobado por los miembros con "unanimidad moral" y, si el Papa ha "otorgado poder deliberativo a la Asamblea Sinodal", pasa a formar parte del Magisterio Ordinario de la enseñanza católica, "una vez que haya sido ratificado y promulgado por él". [ 23 ] La nueva constitución también prevé que los laicos envíen sus contribuciones directamente al secretario general del sínodo. [ 22 ] [ 24 ] Algunos analistas suponen que el mayor logro del papado de Francisco puede ser la creación de una Iglesia católica más sinodal, donde los sínodos sirven como plataforma para un debate abierto y enérgico. [ 25 ]

El 6 de febrero de 2021, el Papa Francisco nombró a Nathalie Becquart subsecretaria del Sínodo de los Obispos, [ 26 ] convirtiéndola en la primera mujer en tener derecho a voto en el Sínodo de los Obispos. [ 27 ]

El 26 de abril de 2023, el Papa Francisco anunció que a las mujeres se les permitiría votar en la Decimosexta Asamblea General Ordinaria del Sínodo de los Obispos , [ 28 ] marcando la primera vez que a las mujeres se les permitió votar en cualquier Sínodo de los Obispos. [ 29 ]

Secretaría y Consejo

El Sínodo de los Obispos cuenta con su propia secretaría general permanente, compuesta por el Secretario General y un consejo de quince miembros, doce de los cuales son elegidos por cada asamblea general y tres son designados por el Papa. La secretaría colabora en la preparación de la exhortación apostólica que el Papa publica con base en las recomendaciones de cada asamblea general, y prepara la siguiente asamblea. Su función cesa al inicio de una nueva asamblea general. Una función similar desempeñan consejos especiales específicos elegidos por las asambleas especiales. [ 8 ] [ 30 ] [ 31 ]

Secretarios Generales del Sínodo de los Obispos

Poderes del papa

El papa convoca el Sínodo de los Obispos; ratifica la elección de los participantes; determina el tema de debate; distribuye el material para el debate; establece el orden del día; y preside personalmente o a través de delegados. [ 34 ]

El papa también puede designar participantes de su elección, cuyo número se limita al 15% de los demás delegados que participan ya sea de oficio o como representantes electos de las conferencias episcopales o de la Unión de Superiores Generales. [ 35 ]

Ensamblajes

Los procedimientos seguidos en las asambleas del Sínodo de los Obispos se indican en la Orden del Sínodo de los Obispos , publicada originalmente en 1969, cuya última revisión se publicó el 29 de septiembre de 2006. [ 36 ]

Asambleas generales ordinarias

En preparación para cada asamblea general ordinaria, se solicita a las conferencias episcopales que propongan hasta tres temas para debate. Después de que la secretaría haya estudiado dichas propuestas, el Papa, generalmente basándose en la recomendación de la secretaría, establece el tema y el programa de la asamblea. Los criterios para la elección del tema son: 1) que sea de interés universal, no meramente regional; 2) que tenga un carácter pastoral con una sólida base doctrinal; 3) que sea contemporáneo y lo suficientemente urgente como para impulsar «nuevas energías y movimientos en la Iglesia hacia el crecimiento»; 4) que pueda abordarse dentro del tiempo asignado. [ 31 ] [ 37 ]

La mayoría de los participantes en la asamblea, llamados padres sinodales , son elegidos por las conferencias episcopales: uno en el caso de una conferencia con no más de 25 miembros, dos si una conferencia tiene hasta 50 miembros, tres de una conferencia con hasta 100 miembros y cuatro de una conferencia más grande. [ 38 ] Otros participantes representativos incluyen a los jefes de las Iglesias católicas orientales , diez miembros de institutos religiosos elegidos por la Unión de Superiores Generales y los cardenales que dirigen las Congregaciones Romanas y algunos otros departamentos de la Curia Romana. [ 39 ] Decenas más participan en virtud de funciones sinodales asignadas por la Santa Sede o como designados papales, principalmente cardenales y otros prelados curritales o diocesanos.

Delegados fraternos de varias iglesias ortodoxas y protestantes (7 de cada una en 2015) tienen estatus de observador. [ 40 ]

La secretaría, integrada por diversos clérigos y laicos expertos, prepara un documento preliminar ( Lineamenta ) que se distribuye a todos los interesados ​​para que hagan comentarios. Con base en estos comentarios, se elabora un documento de trabajo ( instrumentum laboris ) que se distribuye a todas las iglesias. Este documento sirve de base para los debates en el sínodo. La asamblea examina las propuestas ( propositiones ) presentadas por sus miembros y remite al Papa aquellas que reciben su aprobación. El Papa las utiliza como base para una exhortación apostólica papal postsinodal . [ 41 ]

Las primeras asambleas generales intentaron redactar sus propios documentos finales, pero comprobaron que el tiempo disponible era insuficiente para hacerlo adecuadamente.

Asambleas generales extraordinarias

En vista de la mayor urgencia que justifica su convocatoria, la preparación de las asambleas generales extraordinarias del Sínodo de los Obispos es más breve. Los participantes también son menos numerosos, conformados por los jefes de las Iglesias católicas orientales, los presidentes (solamente) de las conferencias episcopales, tres miembros (no diez) de los institutos religiosos y los cardenales que dirigen los dicasterios de la Curia Romana. [ 42 ]

A fecha de octubre de 2014 , ha habido tres asambleas de este tipo, en 1969, 1985, [ 43 ] y 2014. La asamblea de 1985 conmemoró el vigésimo aniversario de la conclusión del Concilio Vaticano II . [ 43 ]

Ensamblajes especiales

Las asambleas especiales del Sínodo de los Obispos se limitan a una zona geográfica determinada: un país, una región o un continente. Sus participantes, elegidos de acuerdo con las normas para las asambleas generales extraordinarias, se limitan a quienes tienen vínculos directos con dicha zona geográfica.

Se han celebrado asambleas especiales para África (dos veces), América, Asia, Europa (dos veces), Oceanía, Oriente Medio, [ 44 ] [ 45 ] Líbano y los Países Bajos. Se prevé otra para la región amazónica.

Cronología

El Sínodo de los Obispos ha celebrado las siguientes asambleas: [ 4 ] [ 46 ]

General ordinario

General extraordinario

Especial

Véase también

Notas

  1. Los participantes del Sínodo, divididos en intereses y filosofías, tuvieron problemas para elaborar un informe de sus discusiones para presentarlo al Papa Pablo VI, [ 50 ] y él cuestionó muchas de sus contribuciones. [ 51 ]
  2. El sínodo dedicado a Asia provocó una respuesta muy crítica por parte de los obispos de Japón. [ 66 ]

Referencias

Citas

  1. Código de Derecho Canónico, canon 334
  2. CIC 1983 , Canon 342].
  3. Pablo VI 1965 , I.
  4. 1 2 «Resumen de las asambleas sinodales» , Información sinodal , Ciudad del Vaticano: Secretaría General del Sínodo de los Obispos, 15 de septiembre de 2007.
  5. CIC 1983 , Canon 345.
  6. CIC 1983 , Canon 346.
  7. CIC 1983 , Canon 348.
  8. 1 2 Okoye 2011 , pág. 17.
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  10. 1 2 Código de Cánones de las Iglesias Orientales, canon 110
  11. Código de Cánones de las Iglesias Orientales, canon 115
  12. Código de Cánones de las Iglesias Orientales, canon 106
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Fuentes

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