Articulo de referencia

Autodefensa colectiva

El derecho internacional reconoce el derecho a la legítima defensa colectiva . Esto permite a un Estado prestar auxilio a otro que ha sido atacado por una potencia extranjera, c...

El derecho internacional reconoce el derecho a la legítima defensa colectiva . Esto permite a un Estado prestar auxilio a otro que ha sido atacado por una potencia extranjera, como excepción a la prohibición del uso de la fuerza en las relaciones internacionales. La legítima defensa colectiva se enumera como un derecho inherente en el Capítulo VII, Artículo 51 de la Carta de las Naciones Unidas .

Concepto

La legítima defensa colectiva se refiere a una situación en la que uno o más Estados emprenden acciones militares para ayudar a otro Estado que ha sido atacado por una potencia extranjera. [ 1 ] El Capítulo VII, Artículo 51 de la Carta de las Naciones Unidas enumera un derecho inherente a la legítima defensa individual y colectiva , [ 2 ] como excepción a la prohibición general del uso de la fuerza en las relaciones internacionales. [ 3 ]

Ninguna disposición de la presente Carta menoscabará el derecho inherente a la legítima defensa, ya sea colectiva o individual, en caso de ataque armado contra un miembro de las Naciones Unidas, hasta que el Consejo de Seguridad haya adoptado las medidas necesarias para mantener la paz y la seguridad internacionales. Las medidas adoptadas por los miembros en ejercicio de este derecho de legítima defensa deberán ser comunicadas inmediatamente al Consejo de Seguridad y no afectarán en modo alguno la facultad y la responsabilidad del Consejo de Seguridad, conforme a la presente Carta, para adoptar en cualquier momento las medidas que considere necesarias para mantener o restablecer la paz y la seguridad internacionales.

— Capítulo VII, Artículo 51 de la Carta de las Naciones Unidas

Todo ejercicio legal del derecho a la legítima defensa colectiva debe cumplir dos condiciones: el Estado que se pretende asistir debe solicitar ayuda legítimamente y debe haber sufrido un ataque armado. No es necesario que exista un tratado formal entre el Estado solicitante y el Estado que presta la asistencia. [ 4 ] El término «ataque armado» se refiere a un «uso cualitativamente grave de la fuerza»; solo un uso de la fuerza de suficiente gravedad puede calificarse como ataque armado. [ 5 ] Si bien el Estado solicitante debe haber sido objeto de un ataque armado para que todo ejercicio de legítima defensa colectiva sea legal, el Estado que presta la asistencia no necesita haber sido atacado. [ 6 ] Como se confirmó en Nicaragua contra Estados Unidos , [ 7 ] todo ejercicio de legítima defensa colectiva debe ser necesario —es decir, un último recurso— y proporcionado . [ 8 ]

Historia

Si bien el concepto de legítima defensa colectiva existía antes de la redacción de la Carta de las Naciones Unidas en 1945, el término en sí era de reciente creación. [ 9 ] Se incorporó a la Carta de las Naciones Unidas para tranquilizar a los países latinoamericanos, que temían que un miembro permanente del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas pudiera usar su poder de veto para invalidar el Acta de Chapultepec , un acuerdo regional de seguridad colectiva. [ 10 ]

Referencias

Citas

  1. Verde 2024 , pág. 23.
  2. Green 2024 , págs. 47–48.
  3. Verde 2024 , pág. 56.
  4. ^ Padmanabhan y Shih 2012 , pág. 4.
  5. Green 2024 , págs. 104–106.
  6. Verde 2024 , pág. 103.
  7. Verde 2024 , pág. 123.
  8. Green 2024 , págs. 121–123.
  9. Green 2024 , págs. 87–88.
  10. ^ Padmanabhan y Shih 2012 , pág. 5.

Bibliografía

  • Green, James A. (25 de enero de 2024). La legítima defensa colectiva en el derecho internacional . Cambridge University Press. ISBN 978-1-009-40641-3.
  • Padmanabhan, Aadhithi; Shih, Michael (10 de diciembre de 2012). Autodefensa colectiva (PDF) (Informe). Centro de la Facultad de Derecho de Yale para los Desafíos Legales Globales.