
Los Judicatos , [ 1 ] en inglés también conocidos como Reinos Sardos , Juzgados Sardos o Judicaturas , fueron estados independientes que tomaron el poder en Cerdeña en la Edad Media , entre los siglos XI y XV. Eran estados soberanos con summa potestas , cada uno con un gobernante llamado juez ( judike en sardo), con los poderes de un rey.
Causas históricas del surgimiento de los reinos
Después de una ocupación vándala relativamente breve (456–534), Cerdeña fue una provincia del Imperio bizantino desde 535 hasta el siglo VIII. [ 2 ]
Después del año 705, con la rápida expansión árabe , los piratas sarracenos del norte de África comenzaron a asaltar la isla y no encontraron una oposición efectiva por parte del ejército bizantino . [ 3 ] En 815, los embajadores sardos solicitaron asistencia militar al emperador carolingio Luis el Piadoso . [ 4 ] [ 5 ]
En 807, 810–812 y 821–822, los árabes de España y el norte de África intentaron invadir la isla, pero los sardos resistieron varios ataques. [ 6 ] Esta defensa fue tan efectiva que en una carta de 851 el papa León IV pidió al Iudex Provinciae («juez de la provincia») de Cerdeña, con sede en Caralis , ayuda en la defensa de Roma . Con la caída del Exarcado de África , con sede en Cartago , a finales del siglo VII, y especialmente con el surgimiento de la presencia árabe en Sicilia (827), Cerdeña permaneció desconectada de los territorios centrales del Imperio bizantino y, por necesidad, se había vuelto económica y militarmente independiente.


El nacimiento de los cuatro reinos
La casi total ausencia de fuentes históricas impide determinar con certeza la fecha del paso de la autoridad central bizantina al autogobierno en Cerdeña. Se cree que en algún momento el Iudex Provinciae o Arconte de Cerdeña, residente en Caralis , tuvo el control absoluto de la isla. Designó, en la zona más estratégica para la defensa de la costa, al lociservator ( teniente ), perteneciente a su familia, el Lacon-Gunale , quien con el tiempo se volvió sustancialmente autónomo de Caralis; probablemente esta fue la acción que precipitó el nacimiento de los reinos o juzgados . [ 7 ]
La primera fuente incontrovertible que cita la existencia de cuatro reinos es la epístola enviada por el Papa Gregorio VII desde Capua el 14 de octubre de 1073 a los jueces sardos Orzocco de Cagliari , Orzocco d'Arborea , Marianus de Torres y Constantino de Gallura ; [ 8 ] sin embargo, su autonomía ya era clara en una carta posterior del Papa Juan VIII (872) en la que se refería a ellos como principes Sardiniae ('príncipes de Cerdeña').
Los giudicati medievales conocidos fueron:
- Reino de Cagliari con capital en Santa Igia
- Reino de Arborea con capital en Oristano ,
- Reino de Gallura con capital en Civita ,
- Reino de Torres con capital en Porto Torres , Ardara y luego Sassari .

Cada uno de los cuatro Estados tenía fronteras fortificadas para proteger sus intereses políticos y comerciales, así como sus propias leyes, administración y emblemas. [ 9 ]
Gobiernos
La organización administrativa de los jurisdicciones judiciales difería significativamente de las formas feudales existentes en el resto de la Europa medieval, ya que sus instituciones se asemejaban más a las de los territorios del Imperio bizantino, aunque con peculiaridades locales que algunos estudiosos consideran de origen nurágico .
En el contexto internacional de la Edad Media , los sistemas judiciales se caracterizaban por instituciones semidemocráticas como las Coronas de curatorias, que a su vez elegían a sus propios representantes para las sesiones parlamentarias llamadas Corona de Logu . [ 9 ]
La Corona de Logu y el consejo central
El gobierno central y todo el Poder Judicial estaban gobernados sustancialmente por el juez. El rey no poseía la tierra ni era depositario de la soberanía, ya que esta la ostentaba formalmente la Corona de Logu , que actuaba como órgano legislativo de los reinos. [ 10 ] La Corona de Logu estaba integrada por un consejo de ancianos (representantes de los distritos administrativos – Curadorías ) y sumos sacerdotes. [ 11 ] Ellos designaban al gobernante y le atribuían el poder supremo, conservando a su vez la facultad de ratificar actos y acuerdos relacionados con todo el reino.
Durante su Collectu (ceremonia de coronación) en la capital, se reunían un representante de cada curadoria , miembros del alto clero, los señores del castillo y dos representantes de la capital elegidos por delegados de jurados Coronas de curatoria . Luego, el judex era coronado con un sistema hereditario mixto electo que seguía la línea masculina directa y, solo en su defecto, la línea femenina. [ 12 ]
El juez dictaminó basándose en un pacto con el pueblo (el bannus-consensus ). El soberano podía ser destronado y, en casos de graves actos de tiranía y opresión, ejecutado legítimamente por el mismo pueblo, sin perjuicio de la sucesión del título dentro de la misma dinastía gobernante.

Jueces
El juez no era un gobernante absoluto en el sentido del absolutismo posterior —al menos en la forma—: no podía declarar la guerra ni firmar un tratado de paz sin el consentimiento de la Corona de Logu . Sin embargo, esta estaba compuesta principalmente por parientes de la nobleza y, por lo tanto, unidos por intereses comunes.
La sucesión al trono era dinástica, pero en algunos casos existía la posibilidad de elección por la Corona De Logu .
La cancillería judicial
En el gobierno del territorio, el Juez era asistido por la Cancillería. La autoridad soberana, de hecho, se formalizaba con la redacción de actos oficiales llamados bullata , escritos por el canciller estatal, generalmente un obispo o al menos un miembro de alto rango del clero, asistido por otros funcionarios llamados majores .
Administración local
Curadorías

El territorio de los distintos reinos se dividía en curadorías , distritos administrativos de tamaño variable formados por aldeas urbanas y rurales, que dependían de una capital donde residía el curador . Estos administradores, asistidos especialmente por jurados (jueces) y un consejo, la Corona de curatoria , representaban la autoridad judicial local y se encargaban de los bienes públicos de la Corona.
El curador designado para cada pueblo formaba parte de las curadorias a majore de Bidda (el equivalente moderno de un alcalde ) con poderes administrativos y judiciales, y responsabilidad directa por las acciones exitosas de administración de tierras. [ 13 ]
Ley

Las Cartas de Logu son recopilaciones de normas penales, públicas, civiles y territoriales de gran importancia, vigentes en los distintos Giudicati. Lamentablemente, solo se conservan algunos fragmentos de la Carta Caralitana . La Carta de Logu del Giudicato de Arborea marca, hacia finales del siglo XIV, el nacimiento de un estado de derecho, primero por Mariano IV y luego por su hija Eleonora, quien amplió el alcance de las normas para adaptarlas a una realidad social cambiante. La Carta está escrita en sardo (de la variedad logudoresa ), y de ello se deduce la intención judicial de darla a conocer a los ciudadanos para que fueran conscientes de las conductas lícitas e ilícitas, con las consiguientes implicaciones penales. De este modo, se define una situación de seguridad jurídica.
El mapa sobrevivió, aunque con cierta dificultad, al período judicial y se mantuvo vigente durante la época española y saboyana hasta la promulgación del Código de Carlos Felice en abril de 1827. Del estudio del mapa se desprende la gran atención que los Giudicati prestaban a la protección de la seguridad del campo y la producción agrícola, incluyendo la cría de caballos y la producción de cuero , incluso en detrimento de la cría de ovejas. Esto denota una gran preocupación por la base productiva, que sustentaba los esfuerzos de los enemigos en la lucha por la independencia de Cerdeña.
Los Condaghes son también de gran importancia para el estudio del periodo judicial entre los siglos XI y XIII. Término de origen bizantino ( kontakion – palo en el que se enrollaban tarjetas cosidas), que define el registro en el que se transcribían los pergaminos de las escrituras de donación a monasterios u otros organismos eclesiásticos. En ellos se registraban con gran detalle las sumas de dinero, los sirvientes, las criadas, las tierras cultivadas, los viñedos, las zonas boscosas (las salinas), los pastos y el ganado donados por la nobleza local. A partir de los Condaghes, fue posible reconstruir gran parte de la dinámica judicial que conocemos, además de ser la evidencia más antigua del antiguo dialecto sardo.

Ejército judicial
Los ejércitos judiciales sardos estaban compuestos por tropas formadas por soldados y ciudadanos libres, sujetos a rotación periódica. En caso de emergencia, se recurría al reclutamiento forzoso. El cuerpo de élite estaba formado por los llamados bujakesos , jinetes selectos que servían bajo el mando del Majore de Janna , el comandante encargado de la seguridad del soberano. El armamento principal consistía en la espada, la cota de malla , el escudo, el casco y el birrudu , un arma similar al antiguo verutum , la jabalina romana.
Las milicias terrestres y la infantería ( birrudos ) utilizaban una versión más corta de esta misma arma. Además de lanzas y escudos, otra arma común era la leppa , una espada con empuñadura de hueso y hoja curva, de entre 50 y 70 cm de largo, que se siguió utilizando, en una versión más compacta, hasta finales del siglo XIX. En Cerdeña se fabricaba un tipo de arco largo y, con el tiempo, se extendió el uso de la ballesta .
En caso de conflicto, los jueces solían recurrir a tropas mercenarias, como los temidos ballesteros genoveses .
Cultura
Religión
El cristianismo se extendió por la mayor parte de la isla en los primeros siglos, con la excepción de gran parte de la región de Barbagia . A finales del siglo VI, el papa Gregorio I llegó a un acuerdo con Hospito , jefe de los barbaricinos , que garantizaba la conversión de su pueblo del paganismo al cristianismo. Dado que Cerdeña se encontraba bajo la influencia política del Imperio bizantino, desarrolló una serie de rasgos griegos y del cristianismo oriental como resultado de la evangelización llevada a cabo por los monjes basilianos .
La Iglesia de Cerdeña fue una institución autocéfala durante cinco siglos, independiente tanto de la Curia bizantina como de la romana . [ 14 ] En el siglo XI, después del cisma de 1054, los jueces , según el papa Alejandro II , iniciaron una política para el desarrollo del monacato occidental en la isla, con el objetivo de una mayor difusión de la cultura, pero también de nuevas técnicas para el cultivo de la tierra. La inmigración de monjes a la isla fue impulsada por fondos donados, y las iglesias locales fueron construidas por la aristocracia judicial . Sin embargo, todavía existían fuertes vínculos con la liturgia oriental. En 1092, una bula papal abolió expresamente la autonomía y la autocefalia de la Iglesia de Cerdeña, que fue puesta bajo la primacía del arzobispo de Pisa .
La primera donación se realizó en 1064 por Barisone I de Torres, quien cedió a los monjes benedictinos de Monte Cassino una extensa área de su territorio con iglesias (incluida la iglesia bizantina de Nostra Segnora de Mesumundu ), cerca de la entonces capital de Ardara . Durante varios siglos, representantes de numerosas órdenes religiosas, como los monjes de la Abadía de Montecassino , los camaldulenses , los vallombrosianos , los vittorinos de Marsella y los cistercienses de Bernardo de Claraval , llegaron y se establecieron en Cerdeña. Como resultado, la arquitectura románica floreció en la isla.
Idioma
El griego bizantino se utilizó como lengua administrativa durante el período bizantino, pero cayó en desuso. El latín , que durante mucho tiempo había sido la lengua de la población nativa, evolucionó hasta convertirse en la lengua sarda y pasó a ser la lengua oficial. También se utilizó en documentos legales y administrativos como la condaghe , los estatutos municipales y las leyes de los reinos, como la Carta de Logu .
Interferencia pisano-genovesa y aragonesa y fin de los cuatro reinos

Pisa y Génova comenzaron a infiltrarse en la política y la economía judicial en el siglo XI, interviniendo para apoyar a los giudicati contra la Taifa de Dénia , un reino musulmán ibérico que intentaba conquistar la isla.
A partir de la segunda mitad del siglo XIII, la autonomía de los reinos de Logudoro, Gallura y Cagliari llegó a su fin debido a las maniobras diplomáticas de Génova y Pisa en materia territorial, comercial, de curias episcopales y de cancillerías judiciales . El reino de Logudoro desapareció definitivamente en 1259 con la administración directa de sus territorios por parte de las familias genovesas Doria y Malaspina . Cagliari fue conquistada por una alianza pisano-sarda en 1258, y su territorio se dividió entre los vencedores. Gallura pasó a manos de la familia Visconti y posteriormente a Pisa en 1288.
Arborea perduró más tiempo y, entre 1323 y 1326, participó en una alianza con la Corona de Aragón en la conquista de las posesiones pisanas en Cerdeña (los antiguos reinos de Gallura y Calari). Sin embargo, amenazado por las pretensiones aragonesas de soberanía y consolidación del resto de la isla, en 1353 el Reino de Arborea, bajo el mando de Marianus IV de Arborea , rompió la alianza con los aragoneses y, junto con los Doria, declaró la guerra a los íberos. En 1368, una ofensiva arborea logró casi expulsar a los aragoneses de la isla, reduciendo el Reino de Cerdeña a las ciudades portuarias de Cagliari y Alghero e incorporando todo lo demás a su propio reino. Un tratado de paz devolvió a los aragoneses sus posesiones anteriores en 1388, pero las tensiones persistieron. En 1391, el ejército arboreano, liderado por Brancaleone Doria , volvió a conquistar la mayor parte de la isla, sometiéndola a su dominio. Esta situación se mantuvo hasta 1409, cuando el ejército del Reino de Arborea sufrió una dura derrota a manos del ejército aragonés en la batalla de Sanluri .
El Reino de Arborea dejó de existir en 1420, tras la venta de sus territorios a los aragoneses por parte del último juez, Guillermo II de Narbona , por 100.000 florines de oro .
Véase también
Referencias
- ↑ ( judicadus , logus o rennus en sardo , judicati en latín , regni o giudicati sardi en italiano )
- ^ Casula 1990b , págs. 134-135.
- ↑ Solmi 1965 , pág. 58.
- ↑ Solmi 1965 , pág. 60.
- ↑ Casula 1990b , pág. 159.
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Bibliografía
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Lecturas adicionales
Inglés
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