El principio de separación de poderes diferencia funcionalmente varios tipos de poder estatal (generalmente legislación , adjudicación y ejecución ) y exige que estas operaciones del gobierno sean conceptual e institucionalmente distintas y estén claramente articuladas, manteniendo así la integridad de cada rama. [ 1 ] [ 2 ] [ 3 ] La separación de poderes tiene como objetivo prevenir la centralización del poder, el retroceso democrático y los gobiernos tiránicos . La separación de poderes está estrechamente vinculada a las nociones de controles y equilibrios. [ 2 ]
Un gobierno con un alto grado de separación contrasta con los sistemas en los que una persona o rama desempeña un papel significativo en el ejercicio de más de una función (es decir, fusión de poderes ) o cuando una rama ostenta un poder estatal ilimitado (es decir, poder unificado ) y delega sus poderes a otros órganos según lo considere oportuno, como ocurre en los estados comunistas .
Historia
Antigüedad
Polibio ( Historias , Libro 6, 11-13) describió la República Romana como un gobierno mixto regido por el Senado romano , los cónsules y las asambleas . Polibio explicó en detalle el sistema de controles y equilibrios, atribuyendo a Licurgo de Esparta el primer gobierno de este tipo. [ 4 ]
Sistema tripartito
Durante la Guerra Civil Inglesa , los parlamentarios consideraban que el sistema de gobierno inglés estaba compuesto por tres poderes: el Rey, la Cámara de los Lores y la Cámara de los Comunes . El primero debía tener únicamente poderes ejecutivos, y los dos últimos, poderes legislativos. Uno de los primeros documentos que proponía un sistema tripartito de separación de poderes fue el Instrumento de Gobierno , escrito por el general inglés John Lambert en 1653, y que pronto se adoptó como constitución de Inglaterra durante algunos años durante el Protectorado . El sistema comprendía un poder legislativo (el Parlamento) y dos poderes ejecutivos: el Consejo de Estado inglés y el Lord Protector . Todos eran elegidos (aunque el Lord Protector era vitalicio) y se controlaban mutuamente. [ 5 ]
Otro desarrollo del pensamiento inglés fue la idea de que los poderes judiciales debían separarse del poder ejecutivo. Esto surgió a raíz del uso del sistema jurídico por parte de la Corona para procesar a los líderes de la oposición tras la Restauración , en los últimos años del reinado de Carlos II y durante el breve reinado de Jacobo II (es decir, durante la década de 1680). [ 6 ]
Los poderes legislativos, ejecutivos y federativos de John Locke

Un precursor anterior del sistema tripartito de Montesquieu fue articulado por John Locke en su obra Dos tratados sobre el gobierno (1690). [ 7 ] En los Dos tratados , Locke distinguió entre el poder legislativo, el ejecutivo y el federativo. Locke definió el poder legislativo como el derecho a dirigir cómo se empleará la fuerza de la comunidad política ( Segundo Tratado , § 143), mientras que el poder ejecutivo implicaba la ejecución de las leyes promulgadas y vigentes ( Segundo Tratado , § 144). Locke distinguió además el poder federativo, que comprendía el poder de guerra y paz, las ligas y alianzas, y todas las transacciones con personas y comunidades fuera de la comunidad política ( Segundo Tratado , § 145), lo que hoy se conoce como política exterior . Locke distingue entre poderes separados, pero no entre instituciones discretamente separadas, y señala que un mismo organismo o persona puede participar en dos o más de estos poderes. [ 8 ] Por ejemplo, Locke señaló que, si bien los poderes ejecutivo y federativo son diferentes, a menudo se combinan en una sola institución ( Segundo Tratado , § 148).
Locke creía que el poder legislativo era supremo sobre los poderes ejecutivo y federativo, que son subordinados. [ 9 ] Locke argumentaba que el poder legislativo era supremo porque tiene autoridad para legislar; «[P]ro que puede dar leyes a otro, debe ser superior a él» ( Segundo Tratado , § 150). Según Locke, el poder legislativo deriva su autoridad del pueblo, que tiene el derecho de crear y deshacer la legislatura. Sostiene que una vez que el pueblo consiente en ser gobernado por leyes, solo los representantes que ha elegido pueden crear leyes en su nombre, y están obligados únicamente por las leyes promulgadas por estos representantes. [ 10 ]
Locke sostenía que existen restricciones al poder legislativo. Afirmaba que la legislatura no puede gobernar arbitrariamente, no puede recaudar impuestos ni confiscar bienes sin el consentimiento de los gobernados (véase « No hay impuestos sin representación »), y no puede transferir sus facultades legislativas a otro órgano, lo que se conoce como la doctrina de la no delegación ( Segundo Tratado , § 142).
El sistema de separación de poderes de Montesquieu

El término «sistema tripartito» se atribuye comúnmente al filósofo político de la Ilustración francesa Montesquieu , aunque él no utilizó dicho término, sino que se refería a la «distribución» de poderes. En El espíritu de la ley (1748), [ 11 ] Montesquieu describió las diversas formas de distribución del poder político entre un poder legislativo , un poder ejecutivo y un poder judicial . El enfoque de Montesquieu consistía en presentar y defender una forma de gobierno cuyos poderes no estuvieran excesivamente centralizados en un solo monarca o gobernante similar (una forma conocida entonces como «aristocracia»). Basó este modelo en la Constitución de la República Romana y el sistema constitucional británico . Montesquieu sostenía que en la República Romana los poderes estaban separados de tal manera que nadie podía usurpar el poder absoluto. [ 12 ] [ 13 ] [ 14 ] En el sistema constitucional británico, Montesquieu percibió una separación de poderes entre el monarca, el Parlamento y los tribunales de justicia. [ 15 ]
En todo gobierno existen tres tipos de poder: el legislativo; el ejecutivo en lo que respecta a los asuntos que dependen del derecho internacional; y el ejecutivo en lo que respecta a los asuntos que dependen del derecho civil.
En virtud del primero, el príncipe o magistrado promulga leyes temporales o permanentes y modifica o deroga las ya existentes. Mediante el segundo, declara la paz o la guerra, envía o recibe embajadas, establece la seguridad pública y se protege contra las invasiones. Mediante el tercero, castiga a los delincuentes o resuelve las disputas entre particulares. A este último lo llamaremos poder judicial, y al otro, simplemente, poder ejecutivo del Estado.
Montesquieu sostiene que cada Poder solo debe ejercer sus propias funciones. Fue bastante explícito al respecto: [ 16 ]
Cuando los poderes legislativo y ejecutivo se unen en la misma persona o en el mismo cuerpo de magistrados, no puede haber libertad; porque pueden surgir temores de que el mismo monarca o senado promulgue leyes tiránicas y las ejecute de manera tiránica.
Nuevamente, no existe libertad si el poder judicial no está separado del legislativo y del ejecutivo. Si se uniera al legislativo, la vida y la libertad del ciudadano quedarían expuestas a un control arbitrario, pues el juez se convertiría entonces en legislador. Si se uniera al ejecutivo, el juez podría actuar con violencia y opresión.
Todo llegaría a su fin si el mismo hombre o el mismo organismo, ya sea de la nobleza o del pueblo, ejerciera esos tres poderes: el de promulgar leyes, el de ejecutar resoluciones públicas y el de juzgar las causas de los individuos.
La separación de poderes requiere una fuente de legitimación diferente, o un acto de legitimación distinto proveniente de la misma fuente, para cada uno de los poderes separados. Si el poder legislativo designa a los poderes ejecutivo y judicial, como indicó Montesquieu, no habrá separación ni división de sus poderes, puesto que la facultad de designar conlleva la facultad de revocar. [ 17 ]
El poder ejecutivo debería estar en manos de un monarca, porque esta rama del gobierno, al necesitar celeridad, se administra mejor por uno solo que por muchos; por otro lado, todo lo que depende del poder legislativo suele estar mejor regulado por muchos que por una sola persona.
Pero si no hubiera monarca, y el poder ejecutivo recayera en un número determinado de personas seleccionadas del cuerpo legislativo, se acabaría la libertad; por lógica, los dos poderes estarían unidos, ya que las mismas personas poseerían a veces, y siempre podrían poseer, una parte de ambos.
Controles y equilibrios
En la mayoría de las constituciones modernas, la doctrina de la separación de poderes se ve modificada por la noción de gobierno moderado y equilibrado o controles y equilibrios [ 18 ] , una idea distinta que se desarrolló a partir de la antigua teoría del gobierno mixto . [ 19 ] Dado que ambos conceptos se desarrollaron paralelamente, [ 20 ] han estado estrechamente asociados, aunque en cierta medida entran en conflicto. [ 21 ] Además, las disposiciones constitucionales, especialmente las de la Constitución de los Estados Unidos, [ 22 ] pueden reflejar compromisos entre ambos principios, [ 23 ] lo que lleva a que los términos "separación de poderes" y "controles y equilibrios" se conviertan en sinónimos de la distribución institucional de la autoridad legal bajo una constitución específica. En ocasiones, incluso se utilizan indistintamente.
Un gobierno con controles y contrapesos está compuesto por más de una institución (a menudo denominada "rama" o "poder") que ejerce el poder estatal, y busca que cada institución tenga cierta influencia sobre las demás (interdependencia). Una institución puede entonces "controlar" a la otra, impidiendo que utilice su poder para alcanzar sus fines, por ejemplo, declarando nula una de sus acciones o cuestionando y destituyendo a uno de sus funcionarios. Por ejemplo, muchos parlamentos constan de dos cámaras, ambas necesarias para aprobar un proyecto de ley antes de que se convierta en ley. Un sistema de controles y contrapesos también requiere un equilibrio de poder entre las instituciones, de modo que los objetivos y acciones de una no estén completamente determinados por la otra (independencia); si ambas instituciones estuvieran siempre de acuerdo debido a que una domina a la otra, nunca se desafiarían mutuamente.
En un estado democrático, donde todas las instituciones gubernamentales se constituyen mediante elecciones populares o mediante nombramiento por un órgano electo, los desacuerdos entre instituciones pueden surgir de identidades institucionales contradictorias, fomentadas por diferentes estructuras de poder internas, procesos de toma de decisiones o procedimientos de nombramiento. [ 24 ] Para continuar con el ejemplo de un parlamento bicameral, los miembros de la cámara alta del Congreso de los Estados Unidos son elegidos por todo el pueblo de un estado federal; mientras que cada miembro de su cámara baja es elegido por su distrito electoral, una circunscripción más pequeña y localizada. Un miembro que representa una base más amplia y diversa puede requerir una coalición más amplia, compuesta por personas con intereses opuestos, para ganar las elecciones, y por lo tanto se ve incentivado a moderar su postura; y viceversa.
Se cree que los esfuerzos de una rama por impedir que otra se convierta en suprema obstaculizan perpetuamente que cualquier rama imponga medidas excesivamente severas a los gobernados. Immanuel Kant adoptó esta postura, afirmando que «el problema de establecer un Estado puede ser resuelto incluso por una nación de demonios» [ 25 ] , siempre y cuando posean una constitución adecuada para enfrentar a las facciones opuestas entre sí.
Los controles y equilibrios están diseñados para mantener el sistema de separación de poderes, manteniendo a cada rama en su lugar. La idea es que no basta con separar los poderes y garantizar su independencia, sino que las ramas necesitan tener los medios constitucionales para defender sus propios poderes legítimos de las intromisiones de las otras ramas. [ 26 ] Bajo esta influencia, se implementó en 1787 en la Constitución de los Estados Unidos la separación de poderes . En el Federalista n.° 78 , Alexander Hamilton , citando a Montesquieu, redefinió el poder judicial como una rama del gobierno separada y distinta de las ramas legislativa y ejecutiva. [ 27 ] [ 28 ] Antes de Hamilton, muchos colonos en las colonias americanas se habían adherido a las ideas políticas británicas y concebían el gobierno como dividido en ramas ejecutiva y legislativa (con los jueces operando como apéndices de la rama ejecutiva). [ 27 ]
James Madison escribió sobre controles (y equilibrios) en el Federalista No. 51 : [ 29 ]
Si los hombres fueran ángeles, no sería necesario ningún gobierno. Si los ángeles gobernaran a los hombres, no serían necesarios ni controles externos ni internos sobre el gobierno. Al diseñar un gobierno administrado por hombres sobre hombres, la gran dificultad reside en lo siguiente: primero, hay que capacitar al gobierno para controlar a los gobernados; y segundo, obligarlo a controlarse a sí mismo.
La dependencia del pueblo es, sin duda, el principal mecanismo de control del gobierno; pero la experiencia ha enseñado a la humanidad la necesidad de precauciones adicionales. Esta política de suplir, mediante intereses opuestos y rivales, la falta de mejores motivos, puede rastrearse a lo largo de todo el sistema de asuntos humanos, tanto privados como públicos. La vemos particularmente reflejada en todas las distribuciones subordinadas de poder, donde el objetivo constante es dividir y organizar los distintos cargos de tal manera que cada uno sirva de contrapeso a los demás y que el interés privado de cada individuo proteja los derechos públicos. Estas medidas de prudencia son sumamente necesarias en la distribución de los poderes supremos del Estado.
Thomas Paine escribió sobre balanzas en Sentido Común : [ 30 ]
Algunos escritores han explicado la Constitución inglesa así: el rey, dicen, es uno, el pueblo otro; los pares son una cámara en nombre del rey, los Comunes en nombre del pueblo; pero esto tiene todas las distinciones de una cámara dividida contra sí misma; y aunque las expresiones estén agradablemente dispuestas, sin embargo, cuando se examinan parecen ociosas y ambiguas [...] porque como el mayor peso siempre sostendrá al menor, y como todas las ruedas de una máquina son puestas en movimiento por una, solo queda saber qué poder en la constitución tiene el mayor peso, porque ese gobernará: y aunque los demás [pueden] frenar la rapidez de su movimiento, mientras no puedan detenerlo, sus esfuerzos serán ineficaces: el primer poder en movimiento finalmente se saldrá con la suya, y lo que le falta en velocidad lo compensa el tiempo.
Es importante destacar que Thomas Paine rechazó la teoría de que la libertad inglesa estaba garantizada por controles y equilibrios constitucionalmente garantizados. Denunciando toda la noción de controles y equilibrios, al menos en lo que respecta a la constitución inglesa, Paine articuló el caso de la virtud republicana de la siguiente manera: [ 31 ]
La verdad es que se debe enteramente a la constitución del pueblo y no a la constitución del gobierno que la corona no sea tan opresiva en Inglaterra como en Turquía.
Teorías de la división del poder estatal
Existen diferentes teorías sobre cómo diferenciar las funciones del Estado (o tipos de poder gubernamental), de modo que puedan distribuirse entre múltiples estructuras de gobierno (generalmente llamadas ramas del gobierno o poderes). [ 32 ] Existen teorías analíticas que proporcionan una lente conceptual a través de la cual comprender la separación de poderes tal como se realiza en los gobiernos del mundo real (desarrollada por la disciplina académica del gobierno comparado ); también existen teorías normativas , [ 33 ] tanto de la filosofía política como del derecho constitucional , destinadas a proponer una manera razonada (no convencional ni arbitraria) de separar poderes. Surge desacuerdo entre varias teorías normativas, en particular sobre cuál es la asignación (deseable, en el caso de la filosofía política, o prescrita, en el caso de los estudios jurídicos) de funciones a órganos de gobierno o ramas gubernamentales específicos. [ 34 ] Cómo delimitar y definir correcta o útilmente las "funciones del Estado" es otro punto importante de controversia. [ 35 ]
Legislación
La función del poder legislativo consiste, en términos generales, en emitir normas vinculantes con autoridad.
Ejecución
La función del poder ejecutivo incluye numerosos ejercicios de poder de hecho, ya sea para llevar a cabo decisiones legales o para influir en el mundo real por iniciativa propia.
Adjudicación
La función del poder judicial es la aplicación vinculante de las normas jurídicas a un caso particular, lo que generalmente implica interpretar y desarrollar creativamente dichas normas.
Electoral
La función de la rama electoral del gobierno es supervisar el proceso electoral, generalmente en colaboración con las demás ramas del gobierno. Esto puede incluir la delimitación de distritos electorales o la administración de las elecciones. En algunos países, como Bolivia, Costa Rica, Panamá, Nicaragua y Venezuela, constituye una rama independiente, mientras que en otros puede estar integrada, de diversas maneras, en las ramas ejecutiva, judicial o legislativa.
Auditivo
La función de un órgano de control gubernamental es supervisar el desempeño del gobierno en su funcionamiento. En Taiwán , el Yuan de Control constituye un órgano gubernamental independiente encargado de la supervisión y auditoría del gobierno, y tiene la facultad de destituir a funcionarios públicos por mala conducta. En otros países, estas funciones pueden estar integradas en el poder legislativo, como en Estados Unidos, donde la Oficina de Responsabilidad Gubernamental (GAO) realiza auditorías, mientras que la Cámara de Representantes y el Senado supervisan el proceso de destitución.
Tipos adicionales
La resolución de controversias constitucionales se distingue a veces conceptualmente de otros tipos de poder, ya que la aplicación de las disposiciones, a menudo inusualmente indeterminadas, de las constituciones suele requerir métodos excepcionales para llegar a decisiones razonadas. La administración se propone a veces como una función híbrida, que combina aspectos de las otras tres funciones; quienes se oponen a esta visión conciben las acciones de los organismos administrativos como la mera coexistencia de las tres funciones establecidas. Las actividades de supervisión y garantía de la integridad (por ejemplo, la supervisión de elecciones), así como las funciones de mediación ( pouvoir neutrale ), también se consideran en algunos casos como un tipo propio, en lugar de un subconjunto o combinación de otros tipos. Por ejemplo, Suecia tiene cuatro poderes: judicial, ejecutivo, legislativo y administrativo.
Un ejemplo de país con más de tres poderes es la República de China (actualmente en Taiwán ), que utiliza un sistema de cinco poderes introducido por el Dr. Sun Yat-sen . Este sistema consta del Yuan Ejecutivo , el Yuan Legislativo , el Yuan Judicial , el Yuan de Control y el Yuan de Inspección . El sistema de cinco poderes estaba originalmente previsto para toda China , pero nunca llegó a implementarse, ya que la República de China perdió la mayor parte de su territorio a manos de los comunistas durante la Guerra Civil China .
Véase también
- Consociacionalismo
- Constitucionalismo : creencia de que la autoridad del gobierno deriva de la ley fundamental.
- Soberanía parlamentaria – Doctrina jurídica constitucional
- Filosofía del derecho – Estudio teórico del derecho Páginas que muestran breves descripciones de destinos de redireccionamiento
- Lo esencial y lo esencial : principio jurídico canadiense
- Poder de reserva – Poder discrecional de un jefe de Estado
- Separación de funciones
Notas
Notas al pie de página de las citas
- ↑ Waldron 2013 , págs. 457–458.
- 1 2 Levy, Jacob T. (2025), «La separación de poderes», en King, Jeff; Bellamy, Richard (eds.), The Cambridge Handbook of Constitutional Theory , Cambridge University Press, pp. 279–296 , ISBN 978-1-108-49131-0
- ↑ Waldron 2013 , págs. 459–460.
- ↑ Polibio. (~150 a. C.). El auge del Imperio romano. Traducido por Ian Scott-Kilvert (1979). Penguin Classics. Londres, Inglaterra.
- ↑ Vile, Maurice JC (abril de 2008). «La separación de poderes». En Greene, Jack P .; Pole, JR (eds.). Un compañero de la Revolución Americana . Wiley (sello editorial Blackwell). págs. 686–690 . doi : 10.1002/9780470756454.ch87 . ISBN 978-0-470-75644-7.
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- ↑ Tuckness, Locke y el punto de vista legislativo: tolerancia, principios controvertidos y la ley , pág. 126
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- ↑ Montesquieu, El espíritu de las leyes , págs. 151-152.
- ↑ Montesquieu, El espíritu de las leyes , pág. 156.
- ↑ Para el caso de la constitución de los Estados Unidos: Kurland 1986 , pág. 593
- ↑ Vile 1967 , pág. 18.
- ↑ Vile 1967 , págs. 2–3.
- ↑ Vile 1967 , págs. 33–34.
- ^ Vil 1967 , págs .
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- ↑ Kuklick, Bruce (2018). Thomas Paine . Taylor & Francis.
- ↑ Möllers 2019 , p. 239 : «La teoría moderna de la separación de poderes [...] aborda las relaciones necesarias o posibles entre los actores [institucionales] y sus "funciones" normativas. La legislación, la ejecución de las leyes y la adjudicación son "funciones" que cumplen los Estados u otras autoridades públicas y que son llevadas a cabo por sus respectivos "órganos". En este contexto, la noción de "función" se refiere a diferentes tipos de acciones jurídicamente relevantes.»
- ↑ Sobre esta distinción, véase Möllers 2019 , pág. 231 .
- ↑ Möllers 2019 , pág. 234.
- ↑ Möllers 2019 , pág. 240.
Obras citadas
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Lecturas adicionales
- Biancamaria Fontana (ed.), La invención de la república moderna (2007) ISBN 978-0-521-03376-3
- Bernard Manin, Principios del gobierno representativo (1995; versión en inglés 1997) ISBN 0-521-45258-9(tapa dura), ISBN 0-521-45891-9(pbk)
- José María Maravall y Adam Przeworski (eds), Democracia y Estado de derecho (2003) ISBN 0-521-82559-8(tapa dura), ISBN 0-521-53266-3(pbk)
- Paul A. Rahe, Montesquieu y la lógica de la libertad (2009) ISBN 978-0-300-14125-2(tapa dura), ISBN 978-0-300-16808-2(pbk)
- Iain Stewart, "Hombres de clase: Aristóteles, Montesquieu y Dicey sobre la 'separación de poderes' y el 'estado de derecho'", 4 Macquarie Law Journal 187 (2004)
- Iain Stewart, "Montesquieu en Inglaterra: sus 'Notas sobre Inglaterra', con comentarios y traducción" (2002)
- Alec Stone Sweet , Gobernar con jueces: Política constitucional en Europa (2000) ISBN 978-0-19-829730-7
- Evan C. Zoldan, ¿Es el poder judicial federal independiente del Congreso?, 70 Stan. L. Rev. Online 135 (2018).
Enlaces externos
- Polibio y los Padres Fundadores: la separación de poderes
- Descripción del gobierno arbitrario y reivindicación del gobierno de Massachusetts frente a dicha calumnia (1644)
- Separación de poderes
- Conceptos en filosofía política
- Derecho constitucional
- Montesquieu
- Filosofía del derecho
- Terminología de las ciencias políticas