Articulo de referencia

Convenio para limitar la fabricación y regular la distribución de estupefacientes

El Convenio para limitar la fabricación y regular la distribución de estupefacientes fue un tratado de control de drogas promulgado en Ginebra el 13 de julio de 1931 que entró e...

El Convenio para limitar la fabricación y regular la distribución de estupefacientes fue un tratado de control de drogas promulgado en Ginebra el 13 de julio de 1931 que entró en vigor el 9 de julio de 1933. [ 1 ]

Historia

La conferencia se celebró en Ginebra alrededor del 27 de mayo de 1931. [ 2 ] [ 3 ]

Tras la Segunda Guerra Mundial , el alcance del convenio de 1931 se amplió considerablemente con el Protocolo de 1948 que somete a control internacional las drogas que quedan fuera del ámbito de aplicación del Convenio del 13 de julio de 1931 para limitar la fabricación y regular la distribución de estupefacientes . En 1968, el convenio fue sustituido por el Convenio Único sobre Estupefacientes de 1961 , al entrar en vigor este último.

Descripción general

Horarios

Estableció dos grupos de medicamentos.

El grupo I estaba formado por:

El grupo II estaba compuesto por:

  • Metilmorfina (codeína), etilmorfina y sus sales.

El Grupo I estaba sujeto a regulaciones más estrictas que el Grupo II. Por ejemplo, al estimar la cantidad de medicamentos necesarios para fines médicos y científicos, el margen permitido para las fluctuaciones de la demanda era mayor para los medicamentos del Grupo II que para los del Grupo I. Además, en ciertos informes, una declaración resumida era suficiente para los asuntos relacionados con los medicamentos del Grupo II. El establecimiento de estos grupos rudimentarios anticipó el desarrollo del sistema de clasificación de drogas que existe en la actualidad. Tanto la Convención Única sobre Estupefacientes de 1961 como la Convención sobre Sustancias Psicotrópicas de 1971 tienen listas de sustancias controladas. La Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas de 1988 tiene dos tablas de precursores químicos controlados.

Organismo de supervisión de drogas

El Organismo de Control de Drogas (a veces llamado "Organismo de Control del Opio" y en francés " Orne de Contrôle ") se estableció en virtud de la Convención de 1931 para recopilar estimaciones de la cantidad de drogas que cada país iba a consumir, fabricar, transformar, exportar, importar o utilizar. [ 4 ]

Un miembro del Órgano fue nominado por la Oficina Internacional de Higiene Pública (Consejo General de Asesoramiento en Salud de la Organización de la Salud de la Sociedad de Naciones ). [ 5 ] [ 6 ]

Este organismo no debe confundirse con la Junta Central Permanente del Opio, establecida en virtud del Segundo Convenio Internacional del Opio de 1925, si bien tanto el organismo como la Junta se fusionaron con la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes cuando entró en vigor el Convenio Único sobre Estupefacientes en 1968.

Referencias

  1. Wright, Quincy (1934). "La Convención sobre Estupefacientes de 1931" . American Journal of International Law . 28 (3): 475– 486. doi : 10.2307/2190375 . ISSN 0002-9300 . JSTOR 2190375 .  
  2. Pub.Res. 71–130, 46 Stat. 1516 , promulgada el 3 de marzo de 1931  
  3. Pub.Res. 71–136, 46 Stat. 1628 , promulgada el 4 de marzo de 1931  
  4. Krishnamoorthy, ES (1962). "Análisis comparativo de la Junta Central Permanente del Opio y el Órgano de Supervisión de Drogas y sus funciones, por un lado, y de la futura Junta Internacional de Control y sus funciones, por otro" . Boletín sobre Estupefacientes . Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito . Archivado del original el 28 de febrero de 2022. Recuperado el 28 de febrero de 2022 .
  5. Oficina internacional de higiene pública (1933). Vingt-cinq ans d'activité de l'Office international d'Hygiène publique (1909-1933) (PDF) (en francés). París: Oficina Internacional de Higiene Pública.
  6. "Amnesia del cannabis: debate sobre el cáñamo indio en la Oficina Internacional de Higiene Pública en 1935 [ preimpresión ] " . authorea.com . doi : 10.22541/au.165237542.24089054/v1 (inactivo el 11 de julio de 2025) . Consultado el 3 de diciembre de 2022 .{{cite web}}: CS1 maint: DOI inactivo desde julio de 2025 ( enlace )
  • «Convenio para limitar la fabricación y regular la distribución de estupefacientes» . Departamento de Asuntos Exteriores y Comercio ~ Serie de Tratados Australianos 1934 N.º 9. Instituto Australasiático de Información Jurídica. 24 de abril de 1934.
  • «Limitación de la fabricación y regulación de la distribución de estupefacientes» (PDF) . Biblioteca Jurídica ~ Tratados de los Estados Unidos . Biblioteca del Congreso de los Estados Unidos. 13 de julio de 1931.
  • Estado de ratificación. Archivado el 27 de diciembre de 2010 en Wayback Machine.