El Convenio sobre la evaluación del impacto ambiental en un contexto transfronterizo (denominado informalmente Convenio de Espoo ) es un convenio de la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa (CEPE) firmado en Espoo ( Finlandia ) en 1991 y que entró en vigor en 1997. El Convenio establece las obligaciones de las Partes (es decir, los Estados que han acordado estar vinculados por el Convenio) de llevar a cabo una evaluación del impacto ambiental de ciertas actividades en una etapa temprana de la planificación. También establece la obligación general de los Estados de notificarse y consultarse entre sí sobre todos los proyectos importantes que se estén considerando y que probablemente tengan un impacto ambiental adverso significativo a través de las fronteras.
En abril de 2014, el tratado había sido ratificado por 44 estados y la Unión Europea .
Enmiendas
La Convención ha sido enmendada dos veces. La primera enmienda fue adoptada en Sofía en 2001 y entró en vigor el 26 de agosto de 2014. [1] La Convención se abre a la adhesión tras la aprobación de los Estados miembros de las Naciones Unidas que no son miembros de la CEPE. La segunda enmienda fue adoptada en Cavtat ( Croacia ) en 2004; en cuanto a la de septiembre de 2016, todavía no está en vigor. [2] Una vez que entre en vigor, permitirá, según corresponda, que las Partes afectadas participen en la determinación del alcance; exigirá exámenes de cumplimiento; revisará el Apéndice I de la Convención (lista de actividades); y realizará otros cambios menores. [3]
Procedimiento
La Convención involucra a una Parte (o Partes) de origen (Estados en los que se planea una actividad) y a una Parte (o Partes) afectadas (Estados cuyo territorio puede verse afectado de manera adversa y significativa por la actividad). Los principales pasos procesales de la Convención son:
- Aplicación del Convenio por la Parte de origen (Art. 2.2, 2.5/App. I+III)
- Notificación a la Parte afectada por la Parte de origen (art. 3.1)
- Confirmación de la participación por parte de la Parte afectada (Art. 3.3)
- transmisión de información de la Parte afectada a la Parte de origen (art. 3.6)
- participación pública en la Parte afectada (Art. 3.8)
- Preparación de la documentación de evaluación de impacto ambiental (art. 4/ap. II)
- distribución de la documentación del EIA a efectos de participación de las autoridades y del público de la Parte afectada (Art. 4.2)
- Consulta entre las Partes interesadas (artículo 5)
- Decisión final de la Parte de origen (art. 6.1)
- Transmisión de la documentación de la decisión final a la Parte afectada (art. 6.2)
- Análisis post-proyecto (Art. 7.1/App. V)
Comisiones de investigación
El artículo 3(7) de la Convención ofrece un procedimiento mediante el cual las partes pueden resolver sus diferencias por medios científicos y no judiciales. El primer caso en el que se creó una comisión de investigación en virtud del artículo 3(7) fue el del Canal de Bystroe , a petición de Rumania en 2004. [4]
Un caso que involucraba a países muy alejados entre sí en el mundo fue planteado por Micronesia , que afirmaba que la planta de carbón checa en Prunerov estaba afectando significativamente su clima debido al calentamiento global . [5]
Cuestiones relacionadas
La Convención también contribuyó decisivamente a la creación de la Evaluación Ambiental Estratégica y se complementó con un Protocolo sobre Evaluación Ambiental Estratégica. [6]
Véase también
Referencias
- ^ "Colección de tratados de las Naciones Unidas". treaties.un.org .
- ^ "Colección de tratados de las Naciones Unidas". treaties.un.org .
- ^ "Página de inicio de la CEPE". www.unece.org .
- ^ Wiecher Schrage (2008). "La Convención sobre evaluación del impacto ambiental en un contexto transfronterizo". En CJ Bastmeijer; Kees Bastmeijer; Timo Koivurova (eds.). Teoría y práctica de la evaluación del impacto ambiental transfronterizo . Martinus Nijhoff Publishers . pp. 46–47. ISBN 978-90-04-16479-6.
- ^ Kahn, Michael (12 de enero de 2010). "Los habitantes de las islas del Pacífico intentan detener la construcción de una planta de carbón checa". Reuters – vía www.reuters.com.
- ^ "Espoo - Inicio". www.unece.org .
Enlaces externos
- Convención sobre la evaluación del impacto ambiental en un contexto transfronterizo
- Firmas y ratificaciones Archivado el 1 de abril de 2012 en Wayback Machine , en el depositario