Articulo de referencia

Derecho sucesorio

En el derecho anglosajón , el patrimonio es el valor neto de una persona, viva o fallecida . Consiste en la suma de sus bienes ; sus derechos, intereses y prerrogativas legales ...

En el derecho anglosajón , el patrimonio es el valor neto de una persona, viva o fallecida . Consiste en la suma de sus bienes ; sus derechos, intereses y prerrogativas legales sobre cualquier tipo de propiedad , menos todas sus deudas en un momento dado. Este concepto adquiere especial relevancia jurídica en caso de quiebra o fallecimiento. (Véase herencia ).

Según el contexto, el término también se usa para referirse a un patrimonio inmobiliario o a un tipo específico de propiedad (como bienes raíces o bienes muebles ). Asimismo, se utiliza para referirse únicamente al conjunto de los bienes de una persona.

El equivalente en los sistemas jurídicos de derecho civil es el patrimonio .

Quiebra

Según la ley de quiebras de los Estados Unidos , el patrimonio de una persona comprende todos los bienes o propiedades de cualquier tipo disponibles para su distribución entre los acreedores. [ 1 ] Sin embargo, algunos bienes se reconocen como exentos para permitir que una persona disponga de recursos significativos para reiniciar su vida financiera. En los Estados Unidos , las exenciones de bienes dependen de diversos factores, incluyendo la legislación estatal y federal. [ 2 ] [ 3 ] [ 4 ] El patrimonio (o los bienes) de una persona en quiebra es administrado por un síndico de quiebra . La situación legal en todos los países de derecho consuetudinario es similar en este sentido.

En el derecho inmobiliario , el término «propiedad» es un vestigio del sistema feudal inglés , que creó una compleja jerarquía de propiedades e intereses sobre la tierra. El derecho alodial o pleno dominio es la forma más completa de propiedad que se puede tener en el sistema de derecho común. Una propiedad puede ser por años, a voluntad, usufructuaria vitalicia (que se extingue con la muerte del titular), usufructuaria vitalicia ( por la vida de otra persona) o usufructo vitalicio (para los herederos directos) o algún tipo de heredero más limitado (por ejemplo, los herederos varones).

Los dominios plenos pueden ser plenos absolutos o revocables ( es decir, sujetos a condiciones futuras ), como los dominios plenos determinables y los dominios plenos sujetos a condiciones resolutorias; este es el complejo sistema de intereses futuros (véase) que permite que los conceptos de fideicomisos y patrimonios se integren en la ciencia actuarial mediante el uso de contingencias de vida.

Los derechos sobre bienes inmuebles también pueden dividirse en derechos hereditarios y otros derechos que no lo son. El dominio pleno y el dominio con derecho de supervivencia son derechos hereditarios; se transmiten a los herederos del propietario por ministerio de la ley , ya sea sin restricciones (en el caso del dominio pleno) o con restricciones (en el caso del dominio con derecho de supervivencia). El usufructo vitalicio y el usufructo por años son derechos que no son hereditarios; el propietario no posee nada después de transcurrido el plazo establecido y no puede transmitir nada a sus herederos.

Los derechos e intereses legales se denominan derechos "in rem" y se dice que son "válidos frente al mundo".

Patrimonios equitativos

Superpuestos a los derechos legales sobre la tierra, los tribunales ingleses crearon " derechos equitativos " sobre dichos derechos. Estas obligaciones se denominan fideicomisos y son exigibles ante un tribunal . El fiduciario es quien ostenta el título legal de la propiedad, mientras que el beneficiario posee un derecho equitativo sobre ella.

Véase también

Referencias

  1. Código de Bancarrota 11  U.SC § 541 .  
  2. Fay, Scott; Hurst, Erik; White, Michele J. (junio de 2002). "La decisión de quiebra de los hogares". The American Economic Review . 92 (3): 706– 718. doi : 10.1257/00028280260136327 . JSTOR 3083362 . 
  3. "Capítulo 7 - Conceptos básicos de bancarrota" . Tribunales de los Estados Unidos . Consultado el 20 de septiembre de 2017 .
  4. "11 US Code § 522 - Exenciones" . Instituto de Información Legal . Facultad de Derecho de Cornell . Consultado el 20 de septiembre de 2017 .