La Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias ( CELMR ) es un tratado europeo (CETS 148) adoptado en 1992 bajo los auspicios del Consejo de Europa para proteger y promover las lenguas regionales y minoritarias históricas en Europa . Sin embargo, la carta no proporciona ningún criterio o definición para que una lengua sea una lengua minoritaria o regional, y la clasificación queda en manos del estado nacional. [1]
La preparación de la carta estuvo a cargo del predecesor del actual Congreso de Autoridades Locales y Regionales , la Conferencia Permanente de Autoridades Locales y Regionales de Europa, porque la participación de los gobiernos locales y regionales era esencial. La carta actual se redactó en la Asamblea Parlamentaria sobre la base de las Recomendaciones del Congreso. Solo se aplica a las lenguas tradicionalmente utilizadas por los nacionales de los Estados Parte (excluyendo así las lenguas utilizadas por inmigrantes recientes de otros Estados, véase lenguas de inmigrantes ), que difieren significativamente de la lengua mayoritaria u oficial (excluyendo así lo que el Estado Parte desea considerar como meros dialectos locales de la lengua oficial o mayoritaria) [2] y que tienen una base territorial (y por lo tanto son habladas tradicionalmente por poblaciones de regiones o áreas dentro del Estado) o son utilizadas por minorías lingüísticas dentro del Estado en su conjunto (incluyendo así lenguas como el yiddish , el romaní y el lemko , que se utilizan en una amplia área geográfica).
Algunos Estados, como Ucrania y Suecia, han vinculado el estatus de lengua minoritaria a las minorías nacionales reconocidas, que se definen por criterios étnicos, culturales y/o religiosos, eludiendo así la noción de minoría lingüística de la Carta. [3]
Las lenguas que son oficiales en las regiones, provincias o unidades federales de un Estado (por ejemplo, el catalán en España ) no están clasificadas como lenguas oficiales del Estado y, por lo tanto, pueden beneficiarse de la Carta. Por otro lado, Irlanda no ha podido firmar la Carta en nombre de la lengua irlandesa (aunque es una lengua minoritaria), ya que se define como la primera lengua oficial del estado. El Reino Unido ha ratificado la Carta con respecto a (entre otras lenguas) el galés en Gales , el escocés y el gaélico en Escocia y el irlandés en Irlanda del Norte . Francia , aunque es signataria, ha sido constitucionalmente bloqueada para ratificar la Carta con respecto a las lenguas de Francia .
La Carta establece muchas medidas que los Estados Partes pueden adoptar para proteger y promover las lenguas históricas regionales y minoritarias. Hay dos niveles de protección: todos los signatarios deben aplicar el nivel inferior de protección a las lenguas que reúnen los requisitos. Los signatarios pueden declarar además que una o varias lenguas que reúnen los requisitos se beneficiarán del nivel superior de protección, que enumera una serie de medidas que los Estados deben aceptar adoptar al menos 35.
Protecciones
Los países pueden ratificar la Carta en lo que respecta a sus lenguas minoritarias basándose en la Parte II o la Parte III de la Carta, que contienen distintos principios. Los países pueden tratar las lenguas de forma diferente en virtud de la Carta; por ejemplo, en el Reino Unido , la lengua galesa se ratifica en virtud de los principios generales de la Parte II, así como de los compromisos más específicos de la Parte III, mientras que la lengua córnica se ratifica únicamente en virtud de la Parte II.
Parte II
En la Parte II de la Carta se detallan ocho principios y objetivos fundamentales en los que los Estados deben basar sus políticas y su legislación y que se consideran un marco para la preservación de las lenguas en cuestión. [4]
- Reconocimiento de las lenguas regionales o minoritarias como expresión de riqueza cultural.
- Respeto al espacio geográfico de cada lengua regional o minoritaria.
- La necesidad de una acción decidida para promover dichas lenguas.
- La facilitación y/o el estímulo del uso de dichas lenguas, en el habla y la escritura, en la vida pública y privada.
- La provisión de formas y medios apropiados para la enseñanza y el estudio de dichas lenguas en todas las etapas apropiadas.
- La promoción de intercambios transnacionales relevantes.
- La prohibición de toda forma de distinción, exclusión, restricción o preferencia injustificada relativa al uso de una lengua regional o minoritaria y destinada a desalentar o poner en peligro su mantenimiento o desarrollo.
- La promoción por parte de los Estados del entendimiento mutuo entre todos los grupos lingüísticos del país.
Parte III
La Parte III detalla normas generales, que abarcan diversos sectores, que los Estados se comprometen a respetar. El gobierno debe nombrar específicamente cada idioma al que se aplica la Parte III de la Carta. Los Estados deben seleccionar al menos treinta y cinco de los compromisos con respecto a cada idioma. Muchas disposiciones contienen varias opciones, de distintos grados de rigor, de las cuales debe elegirse una "según la situación de cada idioma". Los ámbitos en los que deben elegirse estos compromisos específicos son los siguientes: [4]
- Educación
- Autoridades judiciales
- Autoridades administrativas y servicios públicos
- Medios de comunicación
- Actividades e instalaciones culturales
- Vida económica y social
- Intercambios transfronterizos
Lenguas protegidas por la Carta
Véase también
- Euromosaico
- Lenguas europeas
- Convenio marco para la protección de las minorías nacionales
- Lenguas de la Unión Europea
- Derechos lingüísticos
- Lista de derechos lingüísticos en las constituciones (Europa)
- Declaración Universal de Derechos Lingüísticos
Notas y referencias
- ^ Gabrielle Bernoville, Las palabras olvidadas de Europa. El caso de las lenguas regionales y minoritarias europeas Archivado el 15 de junio de 2021 en Wayback Machine , La Regionisto,
- ^ abcd Kordić, Snježana (2024). "Ideología contra la lengua: la situación actual en los países eslavos del sur" (PDF) . En Nomachi, Motoki ; Kamusella, Tomasz (eds.). Lenguas y nacionalismo en lugar de imperios . Historias de Europa central y oriental de Routledge. Londres: Routledge . pp. 167–179. doi :10.4324/9781003034025-11. ISBN . 978-0-367-47191-0. OCLC 1390118985. S2CID 259576119. SSRN 4680766. ( COBISS.RS 125229577) . COBISS 171014403. Archivado desde el original el 2024-01-10 . Consultado el 2024-01-16 . p. 173, 169: En
Croacia y Serbia, la segregación se produce en nombre de los derechos de las lenguas minoritarias, ignorando que la Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias da una definición clara de lengua minoritaria que excluye el término 'lengua minoritaria' en este caso. [...] aunque la Carta establece que una lengua minoritaria debe ser distinta de la lengua oficial y no debe ser un dialecto de la lengua oficial, y aunque la lengua estándar de los bosnios, croatas, montenegrinos y serbios se basa en el mismo dialecto llamado
shtokavian
, y está claro que según la Carta no puede considerarse como varias lenguas minoritarias.
- ^ Hult, FM (2004). Planificación del multilingüismo y los derechos de las lenguas minoritarias en Suecia. Política lingüística, 3 (2), 181-201.
- ^ ab "La Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias es el convenio europeo para la protección y la promoción de las lenguas utilizadas por las minorías tradicionales". Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias .
- ^ «Estados Partes en la Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias y sus lenguas regionales o minoritarias (enumeradas por idioma en la pág. 6)». Consejo de Europa . 1 de noviembre de 2022 . Consultado el 13 de diciembre de 2023 .
- ^ abcdefghijklmnopqrstu vw «Cuadro de firmas y ratificaciones del Tratado 148». Consejo de Europa . Consultado el 5 de marzo de 2021 .
- ^ "Chequia: Se amplía la protección del alemán en virtud de la Carta - Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias". Consejo de Europa . 2024. Archivado desde el original el 2 de marzo de 2024 . Consultado el 2 de marzo de 2024 .
- ^ "Reservas y declaraciones para el Tratado n.º 148 - Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias (STE n.º 148)". Consejo de Europa . Archivado desde el original el 22 de marzo de 2024.
- ^ "Informe del Comité de Expertos sobre Luxemburgo, diciembre de 2008" (PDF) . Coe.int . Consultado el 30 de enero de 2014 .
- ^ Insider, Tanya Deen para Bonaire (30 de enero de 2024). "El papiamento de Bonaire es reconocido oficialmente en virtud de la Carta Europea". InfoBonaire . Consultado el 31 de enero de 2024 .
- ^ "Lista completa".
- ↑ «Aplicación de la Carta en España, Segundo ciclo de supervisión. Estrasburgo, 11 de diciembre de 2008. A.1.3.28 pag 7; A.2.2.5» (PDF) . Coe.int. pag. 107 . Consultado el 1 de marzo de 2015 .
- ^ A partir de [actualizar]julio de 2007, la entrada de Ucrania en el sitio del Consejo de Europa Archivado el 22 de mayo de 2012 en Wayback Machine establece lo siguiente : Ucrania declara que las disposiciones de la Carta se aplicarán a las lenguas de las siguientes minorías étnicas de Ucrania: bielorruso, búlgaro, gagauso, griego, judío, tártaro de Crimea, moldavo, alemán, polaco, ruso, rumano, eslovaco y húngaro .
- ^ "Lista completa". Oficina de Tratados .
- ^ "Lista completa". Oficina de Tratados .
Enlaces externos
- Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias texto
- Más información sobre el tratado
- Sitio web de la Carta
- Eurolang (Agencia de noticias sobre lenguas minoritarias en Europa)
- Informe explicativo de la Carta
- lexpress.fr (en francés)
- Aplicación de la Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias, Doc. 12881