Articulo de referencia

Ley de falsificación de 1870

La Ley de Falsificación de 1870 ( 33 & 34 Vict. c. 58) fue una ley del Parlamento del Reino Unido . Las disposiciones consolidadas por esta ley y la Ley de Deuda Nacional de 187...

La Ley de Falsificación de 1870 ( 33 & 34 Vict. c. 58) fue una ley del Parlamento del Reino Unido .

Las disposiciones consolidadas por esta ley y la Ley de Deuda Nacional de 1870 ( 33 y 34 Vict. c. 71) fueron derogadas por la sección 1 de la Ley de Revisión del Derecho Estatutario de 1870 (c. 69) y su anexo. [ 1 ]

Provisiones

Sección 1 - Título breve

El artículo 1 de la ley autorizaba la citación de esta ley por su título abreviado . [ 2 ]

1. Esta Ley podrá citarse como la Ley de Falsificación de 1870.

Sección 2 - Interpretación y alcance de la ley

La sección 2 de la ley disponía que esta ley tendría efecto como una sola ley con la Ley de Falsificación de 1861 ( 24 & 25 Vict. c. 98), excepto que esta ley se extendía al Reino Unido. [ 2 ]

2. La presente Ley tendrá efecto como una sola Ley con la Ley descrita en el anexo de la presente Ley, pero se extenderá al Reino Unido.

Sección 3 - Falsificación de certificados de acciones, etc.

La sección 3 de la ley disponía que: [ 2 ]

3. Si alguna persona falsifica o altera, u ofrece, emite, dispone o pone en circulación, a sabiendas de que es falsificado o alterado, cualquier certificado o cupón de acciones, o cualquier documento que pretenda ser un certificado o cupón de acciones, emitido de conformidad con la Parte V de la Ley de Deuda Nacional de 1870, o de cualquier ley anterior, o exige o intenta obtener o recibir cualquier acción o interés de o en cualquier acción según se define en la Ley de Deuda Nacional de 1870, o recibir cualquier dividendo o dinero pagadero al respecto, en virtud de cualquier certificado o cupón falsificado o alterado, o documento que pretenda ser como se dijo anteriormente, a sabiendas de que es falsificado o alterado, con la intención en cualquiera de los casos antes mencionados de defraudar, será culpable de delito grave, y siendo condenada por ello será responsable, a discreción del Tribunal, de ser mantenida en trabajos forzados de por vida o por un período no menor de cinco años, o de ser encarcelada por cualquier período que no exceda de dos años, con o sin trabajos forzados, y con o sin aislamiento.

Sección 4 - Suplantación de identidad de propietarios de acciones

El artículo 4 de la ley disponía que: [ 2 ]

4. Si alguna persona falsa y engañosamente se hace pasar por propietario de cualquier acción o interés de o en cualquiera de dichas acciones antes mencionadas, o de cualquier certificado o cupón de acciones como se mencionó anteriormente, y de ese modo obtiene o intenta obtener cualquiera de dichos certificados o cupones, o recibe o intenta recibir dinero adeudado a cualquiera de dichos propietarios, como si dicha persona fuera el verdadero y legítimo propietario, será culpable de delito grave, y siendo condenada por ello será responsable, a discreción del Tribunal, de ser mantenida en trabajos forzados de por vida o por cualquier período no menor de cinco años, o de ser encarcelada por cualquier período no mayor de dos años, con o sin trabajos forzados, y con o sin confinamiento solitario.

Sección 5 - Planchas de grabado, etc., para certificados de acciones, etc.

El artículo 5 de la ley disponía que: [ 2 ]

5. Si alguna persona, sin autorización legal ni excusa, cuya prueba recaerá sobre la parte acusada, graba o fabrica en cualquier placa, madera, piedra u otro material cualquier certificado de acciones o cupón que pretenda ser tal certificado de acciones o cupón como se mencionó anteriormente, o ser tal certificado de acciones o cupón como se mencionó anteriormente en blanco, o ser parte de tal certificado de acciones o cupón como se mencionó anteriormente, o utiliza dicha placa, madera, piedra u otro material para la fabricación o impresión de dicho certificado de acciones o cupón, o acciones o cupones en blanco como se mencionó anteriormente, o cualquier parte de los mismos respectivamente, o a sabiendas tiene en su custodia o posesión dicha placa, madera, piedra u otro material, o a sabiendas ofrece, emite, se deshace de o expulsa, o tiene en su custodia o posesión, cualquier papel en el que se haya fabricado o impreso dicho certificado de acciones o cupón en blanco como se mencionó anteriormente, o parte de dicho certificado de acciones o cupón como se mencionó anteriormente, será culpable de delito grave, y Quien sea declarado culpable de dicho delito será sancionado, a discreción del Tribunal, con pena de trabajos forzados por un período no superior a catorce años ni inferior a cinco años, o con pena de prisión por un período no superior a dos años, con o sin trabajos forzados, y con o sin aislamiento.

Sección 6 - Falsificación de certificados de transferencia de acciones de Inglaterra a Irlanda, etc.

El artículo 6 de la ley disponía que: [ 2 ]

6. Si alguna persona falsifica o altera, u ofrece, emite, dispone o pone en circulación, sabiendo que es falsificado o alterado, cualquier certificado o duplicado de certificado requerido por la Parte VI de la Ley de Deuda Nacional de 1870, o por cualquier disposición similar anterior, con la intención en cualquiera de los casos antes mencionados de defraudar, será culpable de delito grave y, siendo condenada por ello, será responsable, a discreción del Tribunal, de ser mantenida en trabajos forzados de por vida, o por un período no menor de cinco años, o de ser encarcelada por un período no mayor de dos años, con o sin trabajos forzados, y con o sin confinamiento solitario.

Artículo 7 - Extensión de las disposiciones de la Ley de Falsificación a Escocia

La sección 7 de la ley extendió las secciones 2 y 4, y todas las disposiciones relativas a las mismas, de la Ley de Falsificación de 1861 ( 24 & 25 Vict. c. 98) y todas las leyes que modificaban dichas secciones o disposiciones, o cualquiera de ellas, a Escocia . [ 2 ]

7. Las secciones dos y cuatro y todas las disposiciones relativas a las mismas de la Ley descrita en el anexo de esta Ley, y todas las leyes que modifiquen dichas secciones y disposiciones, o cualquiera de ellas, se extenderán a Escocia.

Sección 8 - Modificación en lo que respecta a Escocia

El artículo 8 de la ley disponía que: [ 2 ]

8. En la aplicación a Escocia de esta Ley, y de las disposiciones de esta Ley extendidas a Escocia, el término "delito grave" sustituirá al término "delito grave".

Cronograma

El anexo de la ley decía: [ 2 ]

Ley a la que se hace referencia. 24 y 25 Vict. c. 98.—Ley para consolidar y enmendar la legislación de Inglaterra e Irlanda relativa a los delitos graves de falsificación.

La ley a la que se hacía referencia era la Ley de Falsificación de 1861 ( 24 & 25 Vict. c. 98) (que no tenía un título abreviado cuando se promulgó esta ley). [ 2 ]

Desarrollos posteriores

Las secciones 3, 5 y 6 de la ley fueron derogadas por la sección 20 y la parte I del anexo de la Ley de Falsificación de 1913 ( 3 & 4 Geo. 5 . c. 27), que entró en vigor el 1 de enero de 1914. [ 3 ]

La ley completa, en lo que respecta a su no derogación, fue derogada para el Reino Unido por la sección 33(3) y la parte I del anexo 3 de la Ley de Robo de 1968 (c. 60), que entró en vigor el 1 de enero de 1969. [ 4 ] .

La ley completa fue derogada para la República de Irlanda por la sección 1 y la parte 4 del anexo 1 de la Ley de Revisión del Derecho Estatutario (anterior a 1922) de 2005 , que entró en vigor el 18 de diciembre de 2005 con sujeción a las salvaguardias de la sección 2 de la ley. [ 5 ]

Véase también

Notas

  1. Sección 1. Debido a la derogación de esta ley, ahora está autorizada por la sección 19(2) de la Ley de Interpretación de 1978 .
  2. Sección 2.
  3. Ley de entrada en vigor de las leyes del Parlamento de 1793 .

Referencias

  • Estatutos de Halsbury ,
  • El Consejo Incorporado de Informes Jurídicos. Informes Jurídicos: Estatutos Generales Públicos, 1870. Páginas 308 a 310.
  1. La Comisión de Derecho y la Comisión de Derecho Escocesa (noviembre de 1985). Revisión del derecho estatutario: duodécimo informe. Law Com 150. SLC 99. Cmnd 9648 (PDF) (Informe). Londres: HMSO.
  2. 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 "Ley de falsificación de 1870" , legislation.gov.uk , Archivos Nacionales , Vict/33-34 c. 58
  3. "Ley de falsificación de 1913" , legislation.gov.uk , Archivos Nacionales , Geo5/3-4 c. 27
  4. "Ley contra el robo de 1968" , legislation.gov.uk , Archivos Nacionales , 1968 c. 60
  5. "Ley de Revisión de la Legislación Estatutaria (Anterior a 1922) de 2005" .
  • Texto de la Ley de Falsificación de 1870, tal como fue promulgada o elaborada originalmente en el Reino Unido, procedente de legislation.gov.uk .
  • Lista de derogaciones y enmiendas en la República de Irlanda según el Código de Leyes irlandés.