El Formulario I-20 (formalmente Certificado de Elegibilidad para el Estatus de Estudiante No Inmigrante ) es un documento del Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos emitido por instituciones educativas certificadas por el Programa de Estudiantes y Visitantes de Intercambio (SEVP), un programa administrado por el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de los Estados Unidos (ICE). Se utiliza para estudiantes no inmigrantes y sus dependientes en las categorías de visa F y M , incluyendo estudiantes académicos y de idiomas F-1, dependientes F-2, estudiantes vocacionales M-1 y dependientes M-2. [ 1 ] [ 2 ]
El formulario I-20 se emite después de que un estudiante ha sido aceptado por una institución educativa certificada por el SEVP y la institución ha ingresado la información del estudiante en el Sistema de Información para Estudiantes y Visitantes de Intercambio (SEVIS). El formulario contiene información de identificación del estudiante, la institución educativa, el programa de estudios, las fechas previstas de inicio y finalización, los costos estimados, la información sobre financiamiento, el código de la institución y el número de identificación SEVIS del estudiante. Tanto el estudiante como el funcionario de la institución educativa deben firmar el formulario. [ 2 ]
El formulario I-20 no es una visa en sí mismo y no otorga la admisión a los Estados Unidos por sí solo. En cambio, se utiliza como documentación de respaldo para diversos fines relacionados con la inmigración. Después de recibir el formulario y registrarse en SEVIS, un estudiante potencial puede solicitar una visa de estudiante F o M en una embajada o consulado del Departamento de Estado de los Estados Unidos . El estudiante debe presentar el formulario I-20 durante la entrevista para la visa y nuevamente ante la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de los Estados Unidos al solicitar la admisión en un puerto de entrada estadounidense. [ 2 ]
Cada dependiente con visa F-2 o M-2, como el cónyuge o el hijo menor que acompaña al estudiante, debe recibir un Formulario I-20 por separado de la institución educativa del estudiante certificada por el SEVP. Los dependientes utilizan sus propios Formularios I-20 al solicitar visas de dependiente y al solicitar la admisión a los Estados Unidos. [ 2 ]
El formulario también se utiliza después de la llegada a los Estados Unidos para documentar el registro SEVIS y el estatus migratorio del estudiante. Se pueden emitir formularios I-20 actualizados para cambios como una nueva fecha de finalización del programa, transferencia de escuela, cambio de nivel educativo, autorización de viaje o autorización para ciertas formas de empleo estudiantil, incluyendo Capacitación Práctica Curricular y recomendaciones para Capacitación Práctica Opcional . [ 3 ] [ 4 ]
El documento de elegibilidad equivalente para los visitantes de intercambio J-1 y los dependientes J-2 es el Formulario DS-2019 , que es emitido por un programa de visitantes de intercambio designado por el Departamento de Estado de los Estados Unidos, en lugar de por una escuela certificada por el SEVP.

Estructura
Estructura actual de I-20
El formulario I-20 se actualizó a partir de junio de 2015. Todos los nuevos formularios I-20 se emitieron con el nuevo formato a partir del 26 de junio de 2015, y el nuevo formulario I-20 fue necesario para todos los estudiantes que solicitaban ingreso o reingreso a partir de julio de 2016. La razón principal de la actualización del formulario fue la estandarización de los nombres en SEVIS. Los cambios incluyen: [ 5 ]
- Mayor prominencia para el número SEVIS.
- Mejor separación de la información del estudiante de la información de sus dependientes.
- Cuadros de campo expandibles que muestran información sobre la extensión del límite de capacidad, el cambio de estado, el historial de eventos y otras autorizaciones.
- Mejoras generales en el diseño, que incluyen trasladar las instrucciones a la tercera página del Formulario I-20, así como la eliminación del código de barras y de los espacios para la información sobre visas y puertos de entrada.
- La nueva función de solicitud de reimpresión masiva permite a las oficinas de servicios estudiantiles (DSO, por sus siglas en inglés) reimprimir los formularios I-20 para varios estudiantes a la vez.
El nuevo formulario I-20 tiene tres páginas. Cada dependiente recibe tres páginas adicionales, con el mismo formato. [ 6 ]
La página 1 contiene lo siguiente:
- El número de identificación SEVIS (impreso en negrita en la parte superior)
- Información biográfica del estudiante: diversos tipos de nombres, países de nacimiento y ciudadanía, y fecha de nacimiento.
- La clase de admisión (F-1 o M-1; en caso de agregar páginas adicionales para dependientes, la clase de admisión es F-2 o M-2)
- Información de la escuela (nombre de la escuela, dirección de la escuela, código SEVIS de la escuela y nombre del DSO)
- Información sobre el programa de estudios: Nombre del programa, nivel educativo, duración normal del programa, fecha de inicio y finalización, nivel de inglés requerido.
- Información financiera del primer año de estudios, con una columna para los costos estimados de financiación y otra para las fuentes de financiación.
- Observaciones
- Certificación escolar, firmada y fechada por el DSO.
- Declaración del estudiante, firmada y fechada por el estudiante.
La página 2 contiene la siguiente información (esta información apareció en la página 3 del formulario I-20 anterior):
- Autorización de empleo (como por ejemplo para la Formación Práctica Opcional o la Formación Práctica Curricular )
- Información sobre el cambio de estatus o la extensión del período de transición (para OPT posterior a la finalización de los estudios)
- Historial de eventos (en forma de tabla)
- Otras autorizaciones (en forma de tabla)
- Firmas de viaje
En el caso de historiales de eventos extensos, la página 2 podría extenderse a varias páginas.
La página 3 contiene instrucciones.
Estructura de la I-20 hasta junio de 2015
El formulario I-20 utilizado hasta junio de 2015 tiene tres páginas, de las cuales la segunda era una página de instrucciones, por lo que solo la primera y la tercera página contenían información específica del registro SEVIS del estudiante. [ 7 ]
La página 1 contiene lo siguiente:
- Número SEVIS
- Información biográfica del estudiante (nombre, país de nacimiento, país de ciudadanía)
- Información sobre la escuela y el funcionario escolar designado que debe ser informado a la llegada del estudiante.
- El programa de estudios del estudiante, la fecha de inicio del curso y la fecha de finalización del programa.
- Cómo piensa el estudiante cubrir sus gastos del primer año.
- Nombre y firma del DSO, junto con la fecha.
- Nombre y firma del estudiante, junto con la fecha.
La página 3 incluye lo siguiente:
- El nombre del estudiante
- Información sobre cualquier autorización de trabajo, incluyendo la Formación Práctica Opcional y la Formación Práctica Curricular.
- Sección para firmas de viaje. Se requiere una firma de viaje con una antigüedad máxima de 1 año al reingresar a los Estados Unidos.
Se podrá incluir una página 4 adicional para información sobre los dependientes del estudiante, si los hubiere.
Función general
Institución certificada por SEVP
El Formulario I-20 es emitido por un Funcionario Escolar Designado (DSO) en la institución (colegio, universidad o escuela vocacional). Solo las instituciones que cuentan con la certificación SEVP pueden emitir Formularios I-20. Una institución puede obtener la certificación SEVP presentando el Formulario I-17 ante el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de los Estados Unidos (este es un proceso que se realiza una sola vez). [ 8 ] Cabe señalar que una institución puede estar certificada por SEVP a pesar de no contar con acreditación nacional o regional. [ 9 ] Por el contrario, una institución puede contar con acreditación nacional o regional, pero puede haber optado por no obtener la certificación SEVP si no tiene la intención de admitir estudiantes internacionales con estatus F, J o M.
Una universidad grande generalmente cuenta con una oficina internacional que gestiona su participación en el SEVP, y todos los DSO trabajan para esta oficina. La oficina internacional se encarga de actualizar el registro SEVIS y de emitir los nuevos formularios I-20 en papel. Los estudiantes que tengan algún cambio en sus planes (como la fecha de finalización del programa, la carga académica, una licencia o el regreso tras una licencia) deben comunicar estos cambios a su oficina internacional.
Registro SEVIS del estudiante y Formulario I-20
En el momento en que se emite el primer Formulario I-20 al estudiante (después de aceptar la oferta de admisión de la institución), se crea un registro para el estudiante en el Sistema de Información para Estudiantes y Visitantes de Intercambio (SEVIS). En cualquier momento dado, la responsabilidad de mantener actualizado el registro SEVIS del estudiante recae en la institución certificada por SEVP en la que el estudiante está matriculado actualmente. Si el estudiante se transfiere a una institución diferente certificada por SEVP, la responsabilidad de actualizar el registro SEVIS recae ahora en la nueva institución. [ 10 ]
El Formulario I-20 puede considerarse como una representación en papel de la información SEVIS más actualizada registrada para la matrícula actual del estudiante. Siempre que haya cambios sustanciales en la información, el registro SEVIS se actualiza y la institución emite un nuevo Formulario I-20 al estudiante con la información actualizada. El estudiante debe usar el Formulario I-20 más actualizado para demostrar su estatus de estudiante. [ 11 ]
Proceso
Emisión del primer Formulario I-20
Una vez que el estudiante potencial ha aceptado la oferta de admisión de la institución, esta le emite un Formulario I-20. [ 1 ] [ 9 ]
Además de la información biográfica sobre el estudiante (incluidos su nombre, fecha de nacimiento, nacionalidad, etc.), hay dos datos principales que deben ingresarse en el registro SEVIS del estudiante y en el formulario I-20 inicial.
- Detalles del programa: Nombre del programa, fecha de inicio y fecha de finalización.
- Cómo piensa el estudiante cubrir los gastos de matrícula y manutención durante el primer año que esté en el programa, o hasta la fecha de finalización indicada en el formulario I-20, lo que ocurra primero.
Cada oficina internacional puede seguir sus propias reglas o directrices con respecto al tipo de documentación que solicita al estudiante o a otros departamentos para poder emitir el formulario I-20. La terminología utilizada para esta documentación también varía según la institución. Por ejemplo, la Universidad de Chicago y la Universidad de Michigan utilizan el término "Declaración de Recursos Financieros" para la declaración que los estudiantes deben presentar sobre cómo cubrirán sus gastos, [ 12 ] [ 13 ] mientras que la Universidad de Illinois en Urbana-Champaign utiliza el término "Declaración y Certificación de Finanzas para la Solicitud I-20/DS-2019". [ 14 ]
Tras recibir información del estudiante y la institución sobre la duración y la fecha de finalización del programa, la oficina internacional crea el registro SEVIS del estudiante, obtiene un número SEVIS para el estudiante y emite el Formulario I-20. Se puede enviar una copia física del formulario al estudiante en el extranjero. En caso de que el estudiante ya tenga un registro SEVIS de una situación anterior, se debe transferir dicho registro. [ 10 ]
La oficina internacional puede negarse a emitir el formulario I-20 si el estudiante no puede demostrar cómo planea cubrir sus gastos durante el primer año.
Uso del Formulario I-20 durante la transición a la condición de estudiante.
El formulario I-20 se utiliza en las siguientes etapas de la transición al estatus de estudiante en los Estados Unidos:
- El número SEVIS que figura en el formulario I-20 es necesario al pagar la tarifa SEVIS. [ 15 ]
- Es necesario al solicitar la visa F o la visa M , tanto al completar el formulario de solicitud como durante la entrevista. [ 16 ]
- Es necesario al solicitar la admisión a los Estados Unidos. Al momento de la admisión, se requiere una visa válida y un formulario I-20 válido. Al momento de la entrada inicial, el oficial en el puerto de entrada verifica que la fecha de inicio del programa sea como máximo 30 días posterior y que el formulario I-20 tenga una firma de viaje válida. [ 17 ] También es necesario que, al momento de la entrada inicial, la escuela a la que el estudiante pretende asistir coincida con la escuela en la visa del estudiante y el formulario I-20 del estudiante, aunque esto no es un requisito en el futuro. [ 10 ] El oficial en el puerto de entrada también emite un formulario I-94 con la fecha de vencimiento indicada como "D/S" (Duración del Estatus), lo que significa que el estudiante tiene un estatus autorizado en los Estados Unidos hasta la fecha de finalización del programa indicada en el formulario I-20 (y puede permanecer en los Estados Unidos hasta por 60 días después de eso).
- Para aquellos que no buscan la admisión a los Estados Unidos sino simplemente cambiar su estatus, se debe adjuntar una copia del Formulario I-20 junto con la solicitud del Formulario I-539 para cambiar el estatus. [ 18 ]
Para quienes ingresan a los Estados Unidos como estudiantes, la fecha de entrada se considera la fecha de inicio de su estatus de estudiante (F o M) (incluso si es anterior a la fecha de inicio del programa). Para quienes cambian de estatus migratorio a estudiante, la fecha de transición indicada en el Formulario I-539 se considera la fecha de inicio.
Uso posterior del Formulario I-20
Establecer la legalidad del estatus y la estancia.
El formulario I-20 sirve como prueba de la legalidad de la presencia actual del estudiante en los Estados Unidos. Cabe señalar que no se requiere una visa válida para tener un estatus legal de estudiante; solo se necesita una visa válida al entrar o reingresar a los Estados Unidos. [ 19 ]
Documentación que acredite la condición de estudiante para fines del gobierno de los Estados Unidos.
El formulario I-20 puede utilizarse para demostrar la condición de estudiante al solicitar documentos y beneficios del gobierno de los Estados Unidos, como el Número de Identificación Fiscal Individual (ITIN) y el Número de Seguro Social . [ 20 ] También es necesario para demostrar la autorización para trabajar de los estudiantes en Capacitación Práctica Curricular . [ 21 ]
Viajes y firmas de viajes
Siempre que el estudiante vuelva a entrar a los Estados Unidos después de viajar, deberá tener todos estos documentos al momento de su llegada al puerto de entrada: [ 22 ]
- Un pasaporte válido (con una vigencia mínima de seis meses).
- Una visa F o M válida
- Un formulario I-20 válido (es decir, un formulario I-20 cuya fecha de finalización del programa aún no ha llegado).
- Una firma de viaje en el formulario I-20 (página 3) del DSO que tenga como máximo un año de antigüedad (seis meses en el caso de estudiantes que actualmente se encuentran en Capacitación Práctica Opcional posterior a la finalización ).
Dado que las firmas de viaje son válidas solo por un año, los estudiantes deben actualizar periódicamente sus firmas de viaje en el formulario I-20 en la oficina de estudiantes internacionales. El propósito de este requisito es evitar que personas que ya no están matriculadas en una institución sigan utilizando un formulario I-20 desactualizado para ingresar. En particular, al agregar una nueva firma de viaje al OPT, es responsabilidad de la oficina de estudiantes internacionales verificar que el estudiante aún esté matriculado en la institución. Si el formulario I-20 se queda sin espacio para firmas de viaje, la oficina de estudiantes internacionales puede imprimir un nuevo formulario I-20 para el estudiante.
En el caso especial de revalidación automática de visa , en el que el estudiante regresa a los Estados Unidos después de un viaje a Canadá, México o una isla cercana por un máximo de 30 días, no es necesario tener una visa válida al momento del reingreso. Sin embargo, sigue siendo necesario tener un Formulario I-20 válido y una firma de viaje. [ 23 ]
Cambios en el formulario I-20
En general, cuando hay cambios en la información del Formulario I-20, se emite un nuevo Formulario I-20. [ 11 ] Se recomienda al estudiante que guarde todos los Formularios I-20 anteriores para sus registros, pero solo debe usar la copia más reciente para viajar o como prueba de su estatus actual de estudiante.
Modificación de la fecha de finalización del programa
Puede ocurrir que la fecha de finalización real del programa del estudiante sea anterior o posterior a la prevista. Es necesario emitir un nuevo formulario I-20 que refleje la fecha de finalización actual del programa, tanto antes de la fecha de finalización real como antes de la fecha indicada en el formulario I-20.
Si se acorta el Formulario I-20, la oficina internacional puede requerir que el estudiante presente evidencia que demuestre que tiene suficientes créditos académicos para graduarse antes de tiempo. [ 24 ] Si se extiende el Formulario I-20, entonces, además de cualquier evidencia del estudiante sobre cambios en sus planes académicos, la oficina internacional también necesita una declaración actualizada de recursos financieros para que el nuevo I-20 cubra hasta un año de la extensión del I-20.
Una vez que se modifica la fecha de finalización del programa en el registro SEVIS del estudiante, se le entrega el nuevo formulario I-20.
Es importante tener en cuenta que la fecha de finalización del programa en el Formulario I-20 no tiene por qué coincidir con la fecha de graduación. Más bien, se trata de la fecha de finalización de la matrícula del estudiante en los cursos. No es posible extender la fecha de finalización del programa simplemente para poder quedarse hasta la ceremonia de graduación. Si la ceremonia de graduación cae fuera del período de gracia de 60 días para la finalización de los cursos, el estudiante debe encontrar otra manera de estar legalmente presente para ella (por ejemplo, permaneciendo en el país con Capacitación Práctica Opcional u obteniendo una visa B para la ceremonia de graduación). [ 24 ]
Otros cambios
A continuación se presentan otros tipos de actualizaciones importantes en el registro SEVIS del estudiante que requieren cambios en el Formulario I-20. En todos los casos, el estudiante debe comunicarse con la oficina internacional con anticipación y obtener un nuevo Formulario I-20 con antelación: [ 25 ]
- Carga Académica Reducida: Esto significa que el estudiante no está matriculado a tiempo completo. Las razones para conceder la carga académica reducida incluyen el último trimestre/semestre, una condición médica y dificultades académicas. Las dificultades académicas, a su vez, incluyen una ubicación inadecuada en el nivel del curso, dificultades académicas con el idioma inglés o desconocimiento de los métodos de enseñanza estadounidenses. [ 25 ] [ 26 ]
- Formación práctica, que incluye la formación práctica opcional (antes y después de la finalización) y la formación práctica curricular [ 27 ].
- Permiso de ausencia y retiro [ 28 ]
Véase también
Referencias
- 1 2 "Estudiantes y el Formulario I-20" . Estudios en los Estados Unidos, Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos . Consultado el 2 de mayo de 2026 .
- 1 2 3 4 "Visa de estudiante" . Departamento de Estado de EE . UU. Consultado el 2 de mayo de 2026 .
- ↑ "Estudiantes" . Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de EE . UU. Consultado el 2 de mayo de 2026 .
- ↑ "Viajes" . Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de EE . UU. Consultado el 2 de mayo de 2026 .
- ↑ "Próximamente: Formulario I-20 rediseñado" . 18 de junio de 2015. Consultado el 10 de febrero de 2016 .
- ↑ "I-20, Certificado de elegibilidad para el estatus de estudiante no inmigrante" (PDF) .
- ↑ "EJEMPLO de Certificado de Elegibilidad I-20 (para titulares de visa F)" (PDF) . Universidad de Brandeis . Archivado del original (PDF) el 12 de septiembre de 2015. Recuperado el 10 de febrero de 2016 .
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- ↑ "OPT (Capacitación Práctica Opcional)" . Universidad de Chicago . Consultado el 10 de febrero de 2016 .
- ↑ "Permiso de ausencia y retiro" . Universidad de Chicago . Archivado del original el 16 de febrero de 2016. Consultado el 10 de febrero de 2016 .
- Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos
- Formularios del gobierno de los Estados Unidos