El Convenio sobre la Obtención de Pruebas en el Extranjero en Materia Civil o Comercial —más comúnmente conocido como el Convenio de La Haya sobre Obtención de Pruebas— es un tratado multilateral que se redactó bajo los auspicios de la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado (HCPIL). El tratado se negoció en 1967 y 1968 y se firmó en La Haya el 18 de marzo de 1970. Entró en vigor en 1972. Permite la transmisión de cartas rogatorias de un estado signatario (donde se buscan las pruebas) a otro estado signatario (donde se encuentran las pruebas) sin recurrir a canales consulares y diplomáticos . [2] Dentro de los EE. UU., la obtención de pruebas bajo el Convenio sobre Obtención de Pruebas puede compararse con la cortesía internacional . [3]
El Convenio de La Haya sobre la Obtención de Pruebas no fue el primer convenio que abordó la transmisión de pruebas de un Estado a otro. El Convenio de Procedimiento Civil de 1905, también firmado en La Haya, contenía disposiciones sobre la transmisión de pruebas. Sin embargo, ese convenio anterior no contó con un amplio apoyo y sólo fue ratificado por 22 países.
Disposiciones sustantivas
Autoridades centrales y procedimientos
La convención establece un procedimiento mediante el cual cada estado contratante designa una "autoridad central" para recibir y revisar las "cartas rogatorias" entrantes para la toma de pruebas en ese país.
La autoridad central examina la carta rogatoria para determinar si cumple con los requisitos de la Convención. Si así fuera, la autoridad central la "transmite" a la autoridad competente para ejecutarla (artículo 2), es decir, a un tribunal.
De conformidad con el artículo 9, la autoridad judicial que ejecuta una carta rogatoria aplica su propia ley en cuanto a los métodos y procedimientos para ejecutar la carta rogatoria.
De conformidad con el artículo 13, a) los documentos que acrediten la ejecución de la carta rogatoria deberán ser enviados por la autoridad requerida (el destinatario de la carta rogatoria) a la autoridad requirente por el mismo canal utilizado por la autoridad requirente, y b) cuando la carta rogatoria no se ejecute (total o parcialmente), se deberá informar inmediatamente a la autoridad requirente y advertirle de las razones.
Descubrimiento previo al juicio
La convención también se aplica al descubrimiento previo al juicio : la obtención de pruebas antes del juicio sin la aprobación previa de un juez. Si bien se trata de una práctica común en muchos países de common law , muchos otros la consideraron inaceptable. Sin embargo, los países pueden oponerse a la aplicación del descubrimiento previo al juicio mediante una objeción de conformidad con el artículo 23. A partir de abril de 2019, la convención se aplica al descubrimiento previo al juicio en 15 países. 26 estados se han opuesto a excluir por completo el descubrimiento previo al juicio, mientras que otros 17 han restringido su aplicabilidad.
Un ejemplo de objeción parcial al descubrimiento previo al juicio es el de México, que exige el inicio de los procedimientos judiciales, la identificabilidad de los documentos y una relación clara entre los documentos solicitados y los procedimientos pendientes:
C) FORMULACIÓN DEL DESCUBRIMIENTO PREVIO AL JUICIO DE DOCUMENTOS
4. Con referencia al artículo 23 de la Convención, los Estados Unidos Mexicanos declaran que conforme a la legislación mexicana, sólo podrá cumplirse con las comisiones rogatorias expedidas con el propósito de obtener la producción y transcripción de documentos cuando se cumplan los siguientes requisitos: (a) que se haya iniciado el procedimiento judicial; (b) que los documentos sean razonablemente identificables en cuanto a fecha, tema y demás información pertinente y que la solicitud especifique aquellos hechos y circunstancias que lleven al solicitante a creer razonablemente que los documentos solicitados son conocidos por la persona a quien se los pide o que están en su poder o bajo su control o custodia;
(c) que se identifique la relación directa entre la prueba o información solicitada y el procedimiento pendiente.
Fiestas
En 2023, 66 Estados son parte del Convenio de La Haya sobre Pruebas. 60 de los Estados miembros del Convenio de La Haya sobre Pruebas son parte del Convenio. Además, seis Estados que no son miembros del Convenio (Barbados, Colombia, Kuwait, Liechtenstein, Nicaragua y Seychelles) se han adherido al Convenio. El artículo 39 del Convenio de La Haya sobre Pruebas permite expresamente a los Estados que no eran miembros del Convenio en el momento de la celebración del tratado adherirse al Convenio.
Funcionamiento práctico en los Estados miembros
Al menos dos Estados miembros autorizan la participación de abogados privados en el proceso de recopilación de pruebas. Con arreglo a la legislación de las Islas Vírgenes Británicas, si se cita a un testigo a declarar en virtud de una carta rogatoria, un abogado de cualquiera de las partes puede tomarle juramento. [4]
La disponibilidad de un abogado privado para que intervenga directamente es aún más amplia en la legislación israelí. Como se ha señalado anteriormente, Israel no ha emitido una declaración en virtud del artículo 23. La legislación israelí prevé, de conformidad con la Ley de asistencia jurídica entre Estados de 1998 [5] , la posibilidad de designar un abogado privado para supervisar el proceso de obtención de pruebas en virtud de la Convención [6] . Esa ley también rige el procedimiento de obtención de pruebas en Israel en ayuda de investigaciones penales extranjeras. Como resultado, incluso en asuntos civiles (incluidas las solicitudes en virtud de la Convención de La Haya sobre la Obtención de Pruebas), el sistema judicial israelí suele asignar cartas rogatorias a los jueces de la división penal. Debido a esa asignación, la mayoría de las decisiones israelíes emitidas en relación con la obtención de pruebas internacionales llevan el sello de "puertas cerradas", lo que esencialmente significa que es ilegal publicar la decisión [7] .
La Asociación Americana de Abogados (ABA) realizó una encuesta para conocer la opinión de los abogados estadounidenses sobre su experiencia con los procedimientos de cartas rogatorias en virtud del Convenio de La Haya sobre la Obtención de Pruebas. La ABA publicó los resultados de la encuesta en octubre de 2003, y su sección de Conclusiones comienza de la siguiente manera:
El Convenio de La Haya sobre Obtención de Pruebas ha tenido un éxito notable a la hora de salvar las diferencias entre los enfoques del derecho consuetudinario y del derecho civil para la obtención de pruebas y ha agilizado significativamente los procedimientos para la obtención de pruebas desde el extranjero. [8]
Obtención de pruebas fuera de la convención
En la medida en que se refiere a solicitudes ante tribunales de los Estados Unidos, las partes también pueden utilizar la disposición de descubrimiento más simple codificada en 28 USC § 1782 (ver Sección 1782 Descubrimiento ).
Entre los estados de la Unión Europea, el Convenio ha sido reemplazado en gran medida por el Reglamento (CE) nº 1206/2001 del Consejo relativo a la cooperación entre los tribunales de los Estados miembros en el ámbito de la obtención de pruebas en materia civil o mercantil.
Referencias
- ^ "20: Convenio de 18 de marzo de 1970 sobre la Obtención de Pruebas en el Extranjero en Materia Civil o Comercial". Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado . Consultado el 13 de enero de 2012 .
- ^ Abdollahi, Tony (abril de 2015). "La Convención de La Haya: un medio para el descubrimiento internacional". Revista de Derecho Internacional de Carolina del Norte . 40 (3): 771.
- ^ Zambrano, Diego (25 de enero de 2015). "Una cortesía de errores: el ascenso, la caída y el retorno de la cortesía internacional en el descubrimiento transnacional".
- ^ "Islas Vírgenes Británicas: Guía para tramitar cartas rogatorias en las Islas Vírgenes Británicas". mondaq.com . Consultado el 27 de agosto de 2023 .
- ^ Fiscal del Estado justice.gov.il [ enlace roto ]
- ^ Eric Sherby (Capítulo de Israel), Brett Harrison Gavin Foggo y Jorge Mestre, Descubrimiento en todo el mundo: obtención de pruebas en el extranjero para respaldar los procedimientos estadounidenses , 158-159 (2020).
- ^ Eric Sherby (Capítulo de Israel), Brett Harrison Gavin Foggo y Jorge Mestre, Descubrimiento en todo el mundo: obtención de pruebas en el extranjero para respaldar los procedimientos estadounidenses , 157-158 (2020).
- ^ US Responselettersblogatory.com Archivado el 29 de septiembre de 2017 en Wayback Machine
Enlaces externos
- Convención de La Haya sobre Pruebas en el sitio web de la Conferencia de La Haya
- Ratificaciones