En el campo de la medicina, un apoderado de atención médica (comúnmente conocido como HCP) es un documento (instrumento legal) con el que un paciente (individuo principal) designa a un agente para que tome decisiones de atención médica en nombre del paciente, cuando el paciente sea incapaz de tomar y ejecutar las decisiones de atención médica estipuladas en el apoderado. [1] Una vez que el apoderado de atención médica es efectivo, el agente continúa tomando decisiones de atención médica mientras el individuo principal sea legalmente competente para decidir. Además, en funciones jurídico-administrativas, el apoderado de atención médica es un instrumento legal similar a un poder notarial de atención médica "suspensivo" . El apoderado debe declarar al agente de atención médica que obtendrá el poder notarial duradero. Este documento también notifica la autoridad otorgada por el principal al agente y establece las limitaciones de esta autoridad. [2]
Los mayores de 18 años pueden tener un apoderado para asuntos de salud, y estos documentos son útiles en situaciones que hacen que una persona no pueda comunicar sus deseos, como estar en un estado vegetativo persistente, tener una forma de demencia o una enfermedad que le quita la capacidad de comunicarse de manera efectiva, o estar bajo anestesia cuando se necesita tomar una decisión. [3] Los apoderados para asuntos de salud son una de las tres formas en que se promulgan los sustitutos para la toma de decisiones, las otras dos son las órdenes judiciales y las leyes para la sucesión automática de los tomadores de decisiones. [4] A diferencia de un testamento vital , los apoderados para asuntos de salud no establecen posibles resultados con reacciones predeterminadas, sino que designan a alguien para llevar a cabo los deseos de una persona. [5]
Historia
Los métodos de planificación de la atención sanitaria y las herramientas de preparación avanzada han cambiado drásticamente a lo largo de los años. El concepto de poder notarial duradero surgió en Virginia en 1954 con el fin de resolver cuestiones de propiedad. Esto permitió que el poder notarial siguiera existiendo después de que la persona original perdiera la capacidad para llevar a cabo las acciones necesarias. Este concepto evolucionó con los años y en 1983, la Comisión Presidencial para el Estudio de los Problemas Éticos en Medicina e Investigación Biomédica y Conductual abordó esta idea como una de las de gran potencial en la industria de la atención sanitaria. Esta comisión también declaró la posibilidad de abuso como una preocupación destacada en el futuro. En respuesta a esta comisión, hubo una evolución de este concepto a lo largo de los años 1980 y 1990 que finalmente llevó a que todos los estados de Estados Unidos tuvieran una ley de poder notarial en materia de atención sanitaria en 1997. [6]
Criterios
Algunas jurisdicciones imponen limitaciones a las personas que pueden actuar como agentes. (Algunas prohíben la designación de médicos tratantes como apoderados para la atención médica.) [7] En cualquier caso, el agente debe ser alguien cercano y de confianza para la persona principal. [7] Según el estado de Massachusetts, ninguna persona que sea empleado o administrador de un centro puede ser agente a menos que sea para alguien con quien tenga una relación familiar. En cualquier caso, se recomienda que el agente sea alguien cercano y de confianza para la persona principal. En ausencia de un poder notarial, se debe designar un tutor legal. [8]
Normas legales
Los apoderados para asuntos de atención médica están permitidos en cuarenta y nueve estados, así como en el Distrito de Columbia. [7] [9] Los formularios de atención médica pueden tener una estructura diferente de un estado a otro y los formularios prefabricados no son obligatorios siempre que se cumplan ciertas pautas. Las pautas comunes incluyen: [1]
- Nombre y dirección del agente.
- Nombre y dirección de un agente alterno.
- Duración del poder: si no se indica una duración, significa que es válido a menos que se indique lo contrario.
- Instrucciones especiales: pueden ampliar o limitar los poderes del agente. Si el paciente no quiere estar conectado a sondas de alimentación, pase lo que pase, esto se puede indicar aquí. Si hay ciertos tratamientos que el paciente no quiere recibir, como diálisis o transfusión de sangre , entonces se deben indicar. Sin embargo, si el paciente quiere darle al agente más flexibilidad con alguna restricción o sin ella, esto se debe indicar por escrito.
- Nombre, fecha y firma de la persona principal.
- Instrucciones sobre la donación de tejidos u órganos .
- Dos testigos adultos deben firmar el documento declarando que han presenciado este acuerdo y que ambas partes parecen estar en su sano juicio . Los testigos deben tener 18 años o más. El agente y la persona principal no califican como testigos.
- Presencia de un abogado: dicha persona puede ayudar a redactar un documento adaptado a las necesidades del individuo principal.
- Una vez firmado, se deben entregar copias del formulario a los proveedores de atención médica, al agente, al cónyuge y a los amigos cercanos. La persona principal también debe llevar una copia (en la billetera o cartera).
Poderes y limitaciones
El apoderado tiene poder cuando un médico calificado determina que la persona principal no puede tomar decisiones sobre la atención médica . Se le puede otorgar al apoderado el poder de retirar o mantener las sondas de alimentación de la persona principal si estas sondas son las únicas cosas que mantienen con vida a la persona principal. La decisión del apoderado debe basarse en el conocimiento de la voluntad del paciente en este asunto. Si la persona principal dejó en claro sus deseos en el formulario de apoderado, entonces deben cumplirse a pesar de cualquier posible objeción del apoderado.
Una persona puede identificar decisiones sobre el final de su vida en más de un documento legal, como en un testamento vital además de un poder para la atención médica, en cuyo caso es necesario examinar todos los documentos para determinar si alguno limita o revoca la autoridad del agente según lo otorgado en el poder para la atención médica. [10] Un agente no será legal ni financieramente responsable por las decisiones tomadas en nombre de la persona principal siempre que cumplan con los términos del poder para la atención médica. [11]
Capacidad para nombrar
Existen fundamentos jurídicos limitados para determinar la capacidad de una persona para designar un apoderado para la atención médica. Si bien los médicos están autorizados a brindar tratamientos vitales en situaciones de emergencia, en situaciones que no son de emergencia, se determina si el paciente tiene la capacidad de designar un apoderado para la atención médica. [4] Es posible que un paciente que carezca de la capacidad para tomar decisiones en materia de atención médica tenga la capacidad de designar un agente y tener un apoderado.
Reino Unido
En Inglaterra y Gales , se puede designar un defensor independiente de la capacidad de salud mental en virtud de la Ley de Capacidad Mental de 2005 ; las disposiciones de la misma Ley para un poder notarial permanente también pueden proporcionar una base satisfactoria para brindar atención a través de un abogado , que no necesita estar calificado profesionalmente. En el resto del Reino Unido se aplican acuerdos diferentes .
Véase también
- Directiva anticipada de atención médica
- Doe ex. rel. Tarlow contra el Distrito de Columbia
- No resucitar (DNR)
- Planificación patrimonial
- Testamento vital
- Rechazo del paciente a la nutrición e hidratación
- Poder legal
- Pacto de Ulises
- Ley de derechos uniformes de los enfermos terminales
- Ley de salud mental
Referencias
- ^ ab "Health Care Proxy - New York State Department of Health" (PDF) . Departamento de Salud del Estado de Nueva York . Archivado desde el original (PDF) el 2014-06-11.
- ^ "Ley General - Parte II, Título II, Capítulo 201D, Sección 4". malegislature.gov . Consultado el 30 de octubre de 2018 .
- ^ "Apoderado de atención médica: ¿quién hablará en su nombre?". www.health.ny.gov . Consultado el 29 de octubre de 2018 .
- ^ ab Moye J, Sabatino CP, Weintraub Brendel R (abril de 2013). "Evaluación de la capacidad para designar un apoderado sanitario". The American Journal of Geriatric Psychiatry . 21 (4): 326–36. doi :10.1016/j.jagp.2012.09.001. PMC 4859336 . PMID 23498379.
- ^ "Poder de atención médica/Testamento vital | Stony Brook Medicine" www.stonybrookmedicine.edu . Consultado el 29 de octubre de 2018 .
- ^ Sabatino CP (junio de 2010). "La evolución de la ley y la política de planificación anticipada de la atención médica". The Milbank Quarterly . 88 (2): 211–39. doi :10.1111/j.1468-0009.2010.00596.x. PMC 2980344 . PMID 20579283.
- ^ abc Rai A (septiembre de 1999). "El médico como representante de la atención sanitaria". Informe del Hastings Center . Hastings Center . Consultado el 14 de octubre de 2007 .
- ^ Hack J, Buecking B, Lopez CL, Ruchholtz S, Kühne CA (diciembre de 2016). "[Testamento vital, poder duradero y tutela legal en la rutina de la cirugía traumatológica: Datos de un centro de trauma geriátrico]". Zeitschrift für Gerontologie und Geriatrie (en alemán). 49 (8): 721–726. doi :10.1007/s00391-015-0981-1. PMID 26608036. S2CID 32809957.
- ^ Poderes notariales para la atención de la salud: mapa interactivo, LawServer. Recuperado el 19 de agosto de 2014.
- ^ Meier, Diane E.; Isaacs, Stephen L.; Hughes, Robert, eds. (2011). Cuidados paliativos: transformación de la atención de enfermedades graves . Alemania: Wiley. p. 170. ISBN 978-1-118-03964-9.
- ^ "Mitos y realidades sobre las directivas anticipadas de atención médica" (PDF) . Comisión de Derecho y Envejecimiento de la ABA . Asociación Estadounidense de Abogados . Consultado el 8 de mayo de 2017 .
Lectura adicional
- Pope TM (12 de febrero de 2010). "Selección de sustitutos: una solución cada vez más viable, pero limitada, para disputas intratables sobre futilidad (Widener Law School Legal Studies Research Paper No. 10-09)". Revista de Derecho y Política de la Salud de la Universidad de St. Louis . 3 : 183. SSRN 1551979.
Enlaces externos
- "Poderes notariales para la atención médica" (PDF) . Asociación Estadounidense de Abogados . Archivado desde el original (PDF) el 2014-07-22 . Consultado el 2014-08-19 .
- "Ley de Massachusetts sobre apoderados para atención médica y testamentos vitales". Sistema judicial de Massachusetts . Archivado desde el original el 1 de octubre de 2014.