Articulo de referencia

Consentimiento informado

El término consentimiento informado describe el proceso mediante el cual los menores o las personas que no son competentes para dar un consentimiento informado legalmente válido...

El término consentimiento informado describe el proceso mediante el cual los menores o las personas que no son competentes para dar un consentimiento informado legalmente válido pueden aceptar participar en ensayos clínicos. [ 1 ]

Fondo

En la investigación médica con adultos, el término consentimiento informado se utiliza para describir la situación en la que un individuo competente, tras haber sido plenamente informado sobre la naturaleza, los beneficios y los riesgos de un ensayo clínico , acepta participar. Las autoridades nacionales definen a ciertas poblaciones como vulnerables y, por lo tanto, incapaces de dar su consentimiento informado, como aquellas que carecen de la madurez cognitiva, psicológica o social necesaria para comprender dichos beneficios y riesgos. La creencia, frecuentemente difundida, de que los menores (para los fines de este análisis, se entiende por menores a las personas menores de 18 años) constituyen una población vulnerable y, por lo tanto, no pueden dar su consentimiento informado de forma autónoma, es en realidad una simplificación excesiva que no siempre se cumple. De hecho, los requisitos para la participación de niños en ensayos clínicos son algo imprecisos, y pueden variar tanto entre países como dentro de ellos. Por este motivo, han surgido dos términos: consentimiento pediátrico y asentimiento pediátrico.

Variación geográfica

En Estados Unidos

William G. Bartholome, MD, redactó la primera declaración sobre la participación pediátrica presentada al Comité de Bioética de la Academia Estadounidense de Pediatría (AAP) original en 1985. [ 2 ] La Administración de Alimentos y Medicamentos de los Estados Unidos (FDA) fomenta los ensayos clínicos en niños para garantizar el desarrollo de medicamentos pediátricos seguros y eficaces. [ 3 ] Según el Código de Regulaciones Federales pertinente (45 CFR 46, Subparte d), los investigadores que deseen realizar ensayos clínicos en niños en los Estados Unidos deben obtener el permiso tanto de los padres como de los pacientes. [ 4 ] Esta regulación define el consentimiento informado como "el acuerdo afirmativo de un niño para participar en la investigación" y estipula que la mera falta de objeción no puede, sin un acuerdo afirmativo, tomarse como consentimiento.

Sin embargo, el artículo 45 CFR 46 no especifica una edad exacta a la que deba obtenerse el consentimiento informado. En cambio, asigna la responsabilidad de esta determinación a los Comités de Ética de la Investigación (CEI) de cada hospital. Cada vez más, muchos de estos CEI están adoptando la « Regla de los Siete », que forma parte del derecho consuetudinario desde hace siglos y divide la vida de un niño en tres etapas: del nacimiento a los siete años, de los siete a los catorce y de los catorce a los veintiún años. Se considera que antes de los siete años los niños carecen del desarrollo cognitivo necesario para la toma de decisiones autónoma. A los siete años, se considera que los niños son capaces de distinguir entre el bien y el mal. Los adolescentes de 14 años o más son legal y socialmente responsables de sus actos. Aunque no es ley, lo que significa que los médicos pueden optar por ignorarla, la regla de los siete es recomendada por organizaciones como la Academia Estadounidense de Pediatría [ 5 ] y adoptada en diversas jurisdicciones [ 6 ] .

En la Unión Europea

A menos que se otorgue una exención, la Agencia Europea de Medicamentos exige que las compañías farmacéuticas preparen Planes de Investigación Pediátrica (PIP) y realicen ensayos clínicos que garanticen que sus productos sean seguros y eficaces en niños. [ 7 ] Según el Tema E11 de la Conferencia Internacional sobre Armonización de los Requisitos Técnicos para el Registro de Productos Farmacéuticos para Uso Humano , los investigadores que deseen realizar dichos ensayos dentro de la Unión Europea deben obtener el permiso tanto de los padres como de los pacientes. [ 8 ] Las recomendaciones del Grupo de Trabajo de Ética de la Confederación de Especialistas Europeos en Pediatría (CESP) delegan la responsabilidad de decidir a qué edad se debe requerir el consentimiento a los Comités Éticos Independientes de cada estudio o institución sanitaria individual, [ 9 ] pero ha surgido una convención general de utilizar la aproximada «regla de los siete» descrita anteriormente. [ 10 ]

Formato y contenido

En general, se deben proporcionar formularios de información y consentimiento separados para el paciente y sus padres. Según el CESP, los formularios dirigidos a niños deben incluir todos los elementos y consideraciones generalmente requeridos para obtener el consentimiento informado de adultos competentes. [ 9 ] Además, debe ajustarse a su capacidad intelectual para comprender el motivo de la investigación y los riesgos que conlleva, y se debe dar a la familia tiempo e información suficientes para considerar las ventajas y desventajas de su participación. El niño también debe saber que puede retirarse voluntariamente del ensayo en cualquier momento. Toda esta información debe presentarse en un estilo y formato apropiados al nivel de comprensión individual del niño. Esto significa que debe adaptarse a la edad, el entorno social, la madurez psicológica e intelectual del niño; por ello, han surgido empresas especializadas para satisfacer la necesidad de proporcionar información especializada sobre estudios pediátricos. [ 11 ]

Falta de consentimiento y controversia

Si bien la premisa del consentimiento pediátrico mediante la regla de los siete es ampliamente utilizada y reconocida como una solución práctica y ética, no es difícil citar casos en los que no debería o no se ha aplicado, por ejemplo:

  1. Un niño menor de 7 años que se muestre vehementemente poco cooperativo con algún aspecto de un ensayo (como una evaluación dolorosa o incómoda) puede ser excluido del ensayo por un investigador, es decir, tener derecho a disentir. [ 12 ] [ 13 ]
  2. Un niño mayor de 7 años que rechaza el tratamiento para una enfermedad infantil devastadora y que, por lo tanto, se encuentra en peligro de muerte, podría ver su disidencia desestimada y ser sometido a tratamiento forzoso. [ 14 ]
  3. Un niño mayor de 14 años puede dar su propio consentimiento informado, independientemente de sus padres. [ 15 ] El precedente legal es que, como menor emancipado , puede consentir cualquier procedimiento médico que considere apropiado (p. ej., Carter v. Cangello, 105 Cal App 3d 348, 164 Cal Rptr 361, 1980). [ 16 ]
  4. Un niño que no desea someterse a tratamiento, ni sus padres desean que lo reciba, puede ser obligado a hacerlo por los tribunales en virtud de las leyes de negligencia infantil. [ 15 ] [ 17 ]

Ha habido casos en los que la falta de obtención del consentimiento adecuado (o incluso del consentimiento paterno) ha ido directamente en contra de los intereses del paciente. A finales del año 2000, el Washington Post publicó la historia de una niña de 10 años que murió durante un estudio clínico sobre meningitis realizado en Kano, Nigeria, por el gigante farmacéutico Pfizer . [ 18 ] El artículo describía la muerte lenta de la niña mientras los investigadores, que estaban probando el antibiótico Trovan ( trovafloxacina ) de Pfizer , la monitoreaban mientras moría sin modificar su tratamiento. El Post también denunció otros experimentos similares patrocinados por corporaciones “en África, Asia, Europa del Este y América Latina” que estaban “mal regulados”, “dominados por intereses privados” y “con demasiada frecuencia traicionaban” sus promesas a los sujetos de investigación y a los consumidores. El ensayo se realizó sin consentimiento informado.

Inicialmente, Pfizer argumentó con éxito ante los tribunales que no existía ninguna norma internacional que obligara a sus médicos a obtener el consentimiento informado para los ensayos clínicos y que cualquier demanda interpuesta en su contra relacionada con el ensayo debía ser juzgada en tribunales nigerianos, no en tribunales estadounidenses. Pfizer abandonó este segundo argumento en 2006, cuando se hizo público un informe interno del Ministerio de Salud de Nigeria que concluía que el estudio violaba la legislación nigeriana, la Declaración de Helsinki y la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño. El gobierno nigeriano presentó entonces demandas penales y civiles contra Pfizer en Nigeria. Según se informa, se ha llegado a un acuerdo en este caso, pero los detalles del mismo aún no se han hecho públicos. Las familias nigerianas también han recurrido al Tribunal de Apelaciones del Segundo Circuito de Estados Unidos, obteniendo el derecho a que el caso sea juzgado en un tribunal estadounidense. La acusación principal es que “Pfizer, en colaboración con el gobierno nigeriano, no obtuvo el consentimiento informado de los niños ni de sus tutores y, específicamente, no reveló ni explicó la naturaleza experimental del estudio ni los graves riesgos que implicaba”, ni les informó que un tratamiento alternativo de eficacia comprobada estaba disponible de inmediato a través de Médicos Sin Fronteras en el mismo centro. [ 19 ]

Referencias

  1. ^ "¿Cuál es la diferencia entre consentimiento y asentimiento? | Oficina para la Protección de los Sujetos de Investigación (OPRS)" . oprs.research.illinois.edu . Consultado el 27 de diciembre de 2025 .
  2. ^ Comité de Bioética, Academia Estadounidense de Pediatría (1995). "Consentimiento informado, permiso parental y asentimiento en la práctica pediátrica" . Pediatrics . 95 (2): 314–7 . doi : 10.1542/peds.95.2.314 . PMID 7838658. S2CID 22221051. Archivado del original el 18 de noviembre de 2011. Recuperado el 27 de octubre de 2011 .  
  3. ^ "¿Debería su hijo participar en un ensayo clínico?" . FDA. 13 de enero de 2010. Archivado del original el 5 de junio de 2009.
  4. ^ 45 CFR 46
  5. ^ Holzman, Robert S.; Mancuso, Thomas J.; Polaner, David M. (2 de julio de 2015). Un enfoque práctico de la anestesia pediátrica . Lippincott Williams & Wilkins. ISBN 978-1-4698-8983-2.
  6. ^ Crouch, Mair (28 de abril de 2025). Genética médica y derecho: una perspectiva internacional . Springer Nature. ISBN 978-3-031-78958-8.
  7. ^ REGLAMENTO (CE) N.º 1901/2006 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 12 de diciembre de 2006 sobre medicamentos para uso pediátrico y por el que se modifican el Reglamento (CEE) N.º 1768/92, la Directiva 2001/20/CE, la Directiva 2001/83/CE y el Reglamento (CE) N.º 726/2004 “ [1] Archivado el 7 de agosto de 2019 en Wayback Machine ”,
  8. ^ Tema ICH E11: Investigación clínica de medicamentos en la población pediátrica “ [2] Archivado el 10 de junio de 2007 en Wayback Machine ”, EMA; enero de 2001
  9. ^ a b Gill, D; Grupo de Trabajo de Ética de la Confederación de Especialistas Europeos en Pediatría (2004). "Principios éticos y directrices operativas para la buena práctica clínica en la investigación pediátrica. Recomendaciones del Grupo de Trabajo de Ética de la Confederación de Especialistas Europeos en Pediatría (CESP)". Revista Europea de Pediatría . 163 (2): 53– 7. doi : 10.1007/s00431-003-1378-5 . PMID 14716559. S2CID 21333293 .  
  10. ^ Ubagh, Raymond (2002). "Encuesta sobre las prácticas europeas en la información, la consulta y la gestión de estudios sobre niños durante el embarazo, el periodo prenatal y postnatal" . Archivado del original el 29 de junio de 2007. Consultado el 27 de octubre de 2011 .
  11. ^ “Formularios de consentimiento pediátrico de Trialobytes [3] Archivados el 25/04/2012 en Wayback Machine
  12. ^ Leikin, Sanford L. (1983). "Asentimiento o disenso de menores al tratamiento médico". The Journal of Pediatrics . 102 (2): 169– 76. doi : 10.1016/S0022-3476(83)80514-9 . PMID 6822918 . 
  13. ^ Shield, JP; Baum, JD (1994). " Consentimiento de los niños para el tratamiento" . BMJ . 308 (6938): 1182–3 . doi : 10.1136/bmj.308.6938.1182 . PMC 2540052. PMID 8180530 .  
  14. ^ "Comité de Bioética de la Academia Estadounidense de Pediatría: Directrices sobre la renuncia al tratamiento médico de soporte vital". Pediatrics . 93 (3): 532– 6. 1994. PMID 8115226 . 
  15. ^ a b Holder, AR (1992). " Malignidades infantiles y toma de decisiones" . The Yale Journal of Biology and Medicine . 65 (2): 99– 104. PMC 2589515. PMID 1519381 .  
  16. ^ Benedek, Elissa P.; Ash, Peter; Scott, Charles L. (2009-10-20). Principios y práctica de la salud mental forense infantil y adolescente . American Psychiatric Pub. ISBN 978-1-58562-901-5.
  17. ^ "Un juez dictamina que la familia no puede negarse a que el niño reciba quimioterapia" . NBC News. Associated Press. 19 de mayo de 2009. Archivado del original el 6 de abril de 2013.
  18. ^ Stephens, Joe (17 de diciembre de 2000). "Donde las ganancias y las vidas penden de un hilo" . The Washington Post .
  19. ^ Annas, George J. (2009). "Ensayos clínicos globalizados y consentimiento informado". New England Journal of Medicine . 360 (20): 2050– 3. doi : 10.1056/NEJMp0901474 . PMID 19439740 . 
  • http://www.aap.org Archivado el 24 de agosto de 2017 en Wayback Machine
  • https://web.archive.org/web/20130813023943/http://childmedicinesresearchinfo.com/
  • https://web.archive.org/web/20120425092953/http://www.trialobytes.com/
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