Articulo de referencia

Tribunal de Cuentas (Italia)

Tribunal de Cuentas, con sede principal en Roma. El Tribunal de Cuentas ( en italiano : Corte dei conti ) es un tribunal de cuentas italiano , una institución de importancia con...

Tribunal de Cuentas, con sede principal en Roma.

El Tribunal de Cuentas ( en italiano : Corte dei conti ) es un tribunal de cuentas italiano , una institución de importancia constitucional , establecida por los artículos 100 y 103 de la Constitución de Italia , que se encuentra entre las instituciones suplementarias del gobierno. El Tribunal de Cuentas tiene funciones consultivas, de revisión y jurisdiccionales.

Historia

Si bien su organización y competencias han cambiado con el tiempo, el Tribunal de Cuentas se remonta a los primeros años del Estado italiano. Fue instituido por la Ley n.º 800 del 14 de agosto de 1862, con el fin de supervisar la administración del Estado, y fue inaugurado en Turín el 10 de octubre de 1862.

El Tribunal es heredero de instituciones que supervisaban las finanzas públicas antes de la Unificación de Italia , como la Cámara de Cuentas del Ducado de Saboya y luego del Reino de Cerdeña , establecida en 1351 y reemplazada en 1859 por el Tribunal de Cuentas , en el que se basó la institución italiana de 1862. Otros precursores incluyen la Cámara de Cuentas del Reino de Lombardía-Venecia , establecida en 1771; la Regia Camera della Sommaria del Reino de Nápoles , fundada en 1444 y reemplazada por el Tribunal Real de Cuentas en 1807. La auditoría de cuentas también está documentada en la Cámara Apostólica de los Estados Pontificios desde el siglo XIII. En 1828, los Estados Pontificios instituyeron la Congregación para la Revisión de Cuentas y Asuntos de la Administración Pública ( Congregazione di revisione dei conti e degli affari di pubblica amministrazione ) dentro de la Cámara Apostólica (que posteriormente fue sustituida por el Consejo de Estado para las Finanzas ( Consulta di Stato per le Finanze ) desde 1850 hasta 1870), con la función de examinar y revisar los presupuestos previstos y reales del Estado y emitir opiniones sobre asuntos financieros.

La normativa que rige el Tribunal de Cuentas es compleja. Resulta particularmente importante el texto único del Real Decreto nº 1214, de 12 de julio de 1934, que se integró en el Decreto Ley nº 452, de 15 de noviembre de 1993 (transformado, con modificaciones, en la Ley nº 19, de 14 de enero de 1994), la Ley nº 20, de 14 de enero de 1994, y la Ley nº 639, de 20 de diciembre de 1996. También se realizaron modificaciones mediante la Ley nº 205, de 2000.

Organización

El presidente Napolitano junto a Raffaele Squitieri, presidente del Tribunal de Cuentas.

El Tribunal de Cuentas cuenta con oficinas centrales y regionales. El tribunal en su conjunto está dirigido por el Presidente del Tribunal de Cuentas. [ 1 ] El Presidente preside el Consejo del Presidente del Tribunal de Cuentas, [ 2 ] que tiene escaso poder, pero que equivale, para los magistrados del Tribunal de Cuentas, al Alto Consejo de la Judicatura para la judicatura ordinaria. El Consejo del Presidente del Tribunal de Cuentas tiene su sede en Roma. Está compuesto por:

  • el Presidente del Tribunal de Cuentas (que lo preside),
  • el Fiscal General del Tribunal de Cuentas,
  • el Vicepresidente del Tribunal de Cuentas (o el Presidente Departamental de mayor edad),
  • cuatro ciudadanos electos (dos elegidos por la Cámara de Diputados y dos por el Senado por mayoría simple, que deben ser profesores de jurisprudencia o abogados con veinte años de experiencia profesional),
  • cuatro magistrados (distribuidos entre los diferentes grupos en proporción a su número el 1 de enero del año en que se forme el consejo).

El tribunal se divide en salas de jurisdicción y de revisión, tanto a nivel central como territorial. Estas salas no se distribuyen uniformemente en todo el territorio nacional.

Junto al Tribunal de Cuentas, a nivel central, se encuentra la Fiscalía General de Cuentas, dirigida por el Fiscal General y veinte Fiscales Generales Adjuntos. Cabe destacar que la Fiscalía General de las divisiones de apelación jurisdiccional de la región de Sicilia funciona como la sucursal siciliana de la Fiscalía General de Cuentas central.

El Tribunal de Cuentas cuenta con tres departamentos centrales de apelación jurisdiccional, con sede en Roma, cerca del Tribunal de Cuentas, así como el departamento de apelación jurisdiccional para la Región de Sicilia , que tiene su sede en Palermo .

También existen las Salas Conjuntas del Tribunal de Cuentas, que resuelven cuestiones de principio y conflictos jurisdiccionales. Estas tienen su sede en Roma, pero hay tres salas especiales: una para Cerdeña (con sede en Cagliari), otra para Sicilia (con sede en Palermo) y otra para Trentino-Alto Adige (con sede en Roma).

divisiones regionales

Existen divisiones jurisdiccionales y divisiones de revisión, así como una fiscalía regional, para cada uno de los dieciséis territorios jurisdiccionales de auditoría: Piamonte , Lombardía , Véneto, Liguria , Emilia-Romaña , Toscana , Lacio , Marcas , Umbría , Abruzos , Molise , Campania , Apulia , Basilicata , Calabria y Valle de Aosta .

Existen otras regiones con un acuerdo diferente. Todas ellas son regiones con un estatus especial:

  • Trentino-Alto Adige tiene una subdivisión para cada una de las dos provincias autónomas:
    • Tirol del Sur , con división jurisdiccional, fiscalía regional, división de revisión regional y división conjunta, con sede en Roma.
    • Trento , con división jurisdiccional, fiscalía regional, división de revisión local y división conjunta, con sede en Roma.
  • Friuli-Venecia Julia , con división jurisdiccional, fiscalía regional, división de revisión regional y una sucursal en Udine.
  • Cerdeña , con división jurisdiccional, fiscalía regional, división de revisión regional y división conjunta, con sede en Cagliari.
  • Sicilia, con división jurisdiccional, fiscalía regional, división regional de revisión, división de apelación jurisdiccional y división conjunta, con sede en Palermo.

Composición para funciones jurisdiccionales

Por sus funciones jurisdiccionales, el Tribunal de Cuentas se divide en:

  • Divisiones jurisdiccionales regionales, que juzgan en primera instancia; tienen un tribunal en la capital de cada región (así como en la provincia autónoma del Tirol del Sur).
  • Las divisiones jurisdiccionales centrales de apelación, que juzgan en segunda instancia, son tres, todas con sede en el edificio del Tribunal de Cuentas en Roma (existe una división jurisdiccional de apelación separada para Sicilia, con sede en Palermo).
  • Las salas conjuntas, que resuelven los conflictos jurisdiccionales entre las distintas salas regionales y centrales, son convocadas para determinar "cuestiones de principio" (cuando existe duda o "conflicto" interpretativo entre las diferentes salas) por el Presidente del Tribunal de Cuentas o el Fiscal General del Tribunal de Cuentas.

Junto a cada división jurisdiccional regional existe una fiscalía regional, que actúa como fiscal del Estado en casos de administración pública. Los fiscales del Estado son independientes de los magistrados de los tribunales ordinarios y no pueden ser destituidos por ellos; sus competencias están definidas en el artículo 74 del texto único del Tribunal de Cuentas y en el artículo 5.6 de la Ley 19/1994.

El Fiscal General y los Fiscales Generales Adjuntos ejercen como fiscales del Estado en las salas centrales de apelación y en las salas conjuntas. El Fiscal General también coordina las fiscalías regionales.

Composición para funciones de revisión

Las divisiones del Tribunal de Cuentas para las revisiones son:

  • La División de Revisión Estatal, que ejerce sus facultades de conformidad con la Ley n.º 20/1994 (modificada por la Ley n.º 639/1996) y los criterios establecidos por las Divisiones Conjuntas, se rige por dos principios fundamentales: la revisión de la legalidad y la eficiencia/eficacia económica. Esta división se divide en cuatro colegios: uno para dictamen legislativo, uno para dictamen sobre la recaudación de ingresos y dos para dictamen sobre los gastos.
  • La División de Control de Entidades Estatales, que opera bajo la Ley nº 259/1958, desde las privatizaciones de la década de 1990 también regula las actividades de las entidades públicas y privadas que reciben financiación estatal, detectando irregularidades en los contratos estatales, las ayudas estatales y los concursos.
  • La División de Controles sobre Autonomía, que controla las subdivisiones territoriales y, en particular, los proyectos de obras públicas financiados por la Cassa Depositi e Prestiti , los proyectos cofinanciados por la Unión Europea , los aparcamientos financiados en virtud de la ley nº 122/1989 y la administración directa o indirecta de algunos servicios públicos locales por entidades locales (pesca, etc.).

La Cámara de Cuentas para Asuntos Europeos e Internacionales, recientemente creada por la Ley n.º 20/1994, tiene competencias sobre los programas nacionales que utilizan fondos de la UE. Desde 2008, desempeña la función de "auditor externo" para algunas organizaciones internacionales ( CERN , UIT , OACI ) y es miembro del Panel de Auditores Externos y del Grupo Técnico de las Naciones Unidas .

Las Divisiones Conjuntas tienen la facultad de definir los criterios generales para cada semestre y las directrices de coordinación para la investigación del próximo presupuesto estatal.

Funciones

El Tribunal de Cuentas es una institución multifuncional. Su función jurisdiccional en el ámbito de la administración pública es particularmente importante. El Tribunal de Cuentas es el juez administrativo especial mencionado en el artículo 103 de la Constitución. En este sentido, tiene jurisdicción sobre asuntos de cuentas públicas y materias regidas por la ley. El Tribunal de Cuentas interviene en controversias relativas a las cuentas públicas, en particular sobre las actuaciones de la administración en relación con los empleados y administradores públicos, así como con los administradores y funcionarios de sociedades bajo control público y las controversias sobre pensiones.

El Tribunal de Cuentas realiza revisiones preventivas de la legalidad de los actos del gobierno y de la administración pública, así como una revisión de los gastos finales del Estado, la administración pública y las entidades a las que el Estado aporta fondos.

Las funciones de control del Tribunal se extienden a las subdivisiones administrativas del Estado ( regiones , provincias y municipios ) para garantizar la estabilidad interna en Italia y entre Italia y la Unión Europea. El Tribunal también realiza un control preventivo de la legalidad de los actos de las subdivisiones administrativas y sus gastos. Estas funciones las llevan a cabo las divisiones regionales del Tribunal. Asimismo, el Tribunal tiene funciones consultivas, presentando dictámenes e informes cuando debe informar directamente al Parlamento sobre los resultados de sus controles.

El Tribunal de Cuentas también supervisa la función pública. En el curso de las revisiones, puede modificar, suspender y anular las órdenes de otros órganos del Estado por falta de respaldo financiero o por un uso subóptimo de los recursos públicos, con fuerza de decreto ejecutivo .

Juicio de responsabilidad

En el ejercicio de sus competencias jurisdiccionales, el Tribunal de Cuentas no se enfrenta a las limitaciones de la judicatura ordinaria en materia administrativa. Por el contrario, como tribunal especial, determina tanto los hechos como el derecho de manera plena y exclusiva. El Tribunal de Cuentas tiene competencia para juzgar asuntos de cuentas públicas y, en particular, las responsabilidades administrativas de los funcionarios públicos que deben rendir cuentas por sus actos en caso de perjuicio económico para el Estado como consecuencia de una conducta maliciosa o culpable. Esta competencia se ha ampliado recientemente para incluir a las organizaciones cuyo capital está controlado por el Estado o por otras entidades públicas.

Aunque la normativa se encuentra en leyes especiales (RD 1038/1933), pertenecientes al Reglamento de Procedimiento Civil, el procedimiento presenta muchas características de un proceso penal. Las acciones son iniciadas por el Fiscal General y las decisiones son tomadas por la división competente tras una audiencia pública. Antes de iniciar la acción, el fiscal debe presentar una solicitud de información (es decir, presentar documentos o deducciones en un plazo no inferior a 30 días) a las partes interesadas. Esta solicitud de información tiene carácter de investigación y otorga el derecho a la defensa. Transcurrido el plazo para la presentación de información, el fiscal dispone de 120 días para actuar (este plazo puede prorrogarse con autorización de la división competente del tribunal). Durante este periodo, el fiscal realiza las diligencias de investigación para determinar la existencia de irregularidades. Si el fiscal decide actuar, debe presentar una citación ante el Tribunal de Cuentas para que el presidente del tribunal fije la fecha de la audiencia. El acta de citación debe indicar los hechos pertinentes y los fundamentos del caso.

El Tribunal dicta sentencia sobre si la conducta del agente auditado se ha ajustado a las normas legales y convencionales. El agente auditado es el sujeto que administra los bienes públicos para una cuenta de la función pública (por ejemplo, tesorero, administrador, cosignatario, agente de recaudación) [ 3 ]. Debe presentar el informe de su conducta a su propia oficina; su oficina, a su vez, debe presentar el informe al Tribunal. Cuando la denuncia llega al secretario del tribunal, el agente queda automáticamente sujeto a juicio (denominado "juicio necesario" ). Esto difiere de la llamada cuenta administrativa , para la cual basta con presentar a la administración la cuenta por la cual el sujeto realizó la actuación (por ejemplo, un funcionario que ejerce poderes delegados). El juicio se produce tras una investigación llevada a cabo por el magistrado competente. Si todo está en orden, el magistrado emite una resolución proponiendo la absolución del agente y, si el fiscal está de acuerdo con la resolución del magistrado, el presidente de la sala del tribunal publica una orden de absolución, que da por concluido el caso. Si el magistrado falla a favor de la fiscalía, la sentencia debe ser ratificada por toda la sala y se deja constancia de los motivos.

Sentencias sobre pensiones

Una sentencia sobre pensiones ( giudizio pensionistico ) es una solicitud presentada por una persona que alega que su pensión (que debe ser pública) no ha sido asignada correctamente por el organismo competente en cuanto a importe/valor, o que desea impugnar la denegación de una pensión solicitada. Dichas sentencias pueden referirse a pensiones de guerra, pensiones civiles o pensiones militares (tanto ordinarias como excepcionales). El derecho a una pensión es un derecho subjetivo y no está prescrito, ni tampoco lo está la posibilidad de interponer un recurso, pero la acumulación individual de la pensión sí está sujeta a prescripción.

A diferencia del juicio de responsabilidad, en este proceso no interviene el fiscal. Los casos se remiten a la división regional una vez notificada la entidad responsable de la pensión. Posteriormente, se fija la fecha de la audiencia. Las partes pueden presentar documentos y testimonios hasta diez días antes de la audiencia.

Apelar

El recurso deberá interponerse en el plazo de sesenta días a partir de la notificación de la sentencia o en el plazo de un año a partir de su publicación. Por lo tanto, el plazo para interponer el recurso depende del tipo de sentencia. En el caso de sentencias sobre pensiones, la notificación deberá realizarse por la entidad de la que se reclama la pensión. En las sentencias de responsabilidad, la notificación deberá dirigirse al fiscal general. En el plazo de treinta días a partir de la notificación, el recurso deberá presentarse ante la secretaría de la oficina central del Tribunal de Cuentas, junto con una copia de la resolución impugnada.

Contra las decisiones de las divisiones jurisdiccionales, es posible interponer recurso ante las divisiones centrales. Las resoluciones sobre pensiones solo pueden apelarse por cuestiones de derecho, no por cuestiones de hecho relativas a la situación que dio lugar a la pensión.

Las sentencias de las salas centrales del Tribunal de Cuentas solo pueden apelarse ante el Tribunal Supremo de Casación si se refieren a cuestiones de competencia. Según el artículo 111 de la Constitución, el otro recurso posible es la solicitud de revocación de la sentencia, que puede interponerse tanto ante las salas centrales como ante las regionales.

Referencias

  1. Art. 11.7, Ley nº 15 de 4 de marzo de 2009
  2. Establecido por el art. 10 de la Ley n.º 117, Ley de 13 de abril de 1988 (modificada por el art. 1.1 del Decreto Ley n.º 62 de 7 de febrero de 2006), sus funciones fueron reducidas por el art. 11 de la Ley n.º 15 de 4 de marzo de 2009.
  3. Artículo 74, RD 2440/1923

Fuentes primarias

  • Constitución de la República de Italia
  • Ley nº 20 / 14 de enero de 1994. Archivada del original el 15 de noviembre de 2011. Consultada el 15 de enero de 2017 .
  • "Decreto Ley n.º 453 / 15 de noviembre de 1993" . Archivado del original el 16 de noviembre de 2011. Consultado el 15 de enero de 2017 .

Bibliografía

  • Mario Alemanno , Manuale di diritto pubblico dell'economia , ed. Kappa, Roma 1995
  • Paolo Caretti y Ugo De Siervo, Diritto costituzionale e pubblico , Torino, Giappichelli Editore, 2012. ISBN 978-88-348-28-328.
  • Luisa Motolese, La Corte dei Conti nel nuovo ordinamento contabile , Vita e Pensiero, 2007
  • V. Tenore, La nuova Corte dei Conti. Responsabilità, pensioni, controlli , Giuffrè, 2008
  • "Corte dei Conti" .