Articulo de referencia

Jus tractatuum

Jus tractatuum (o a veces jus tractandi ) es un jurídico latino comúnmente utilizado en el derecho internacional público y el derecho constitucional que se refiere al derecho a ...

Jus tractatuum (o a veces jus tractandi ) es unjurídico latinocomúnmente utilizado enel derecho internacional públicoyel derecho constitucionalque se refiere al derecho a celebrartratados. En inglés, se suele denominarpoder para celebrar tratados. Según lo definido en el artículo 6 de laConvención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, todoEstadoposee la capacidad de celebrar tratados. Las organizaciones internacionales, así como las entidades subnacionales de los Estados federales, también pueden tener poder para celebrar tratados. El jus tractatuum está vinculado al concepto depersonalidad jurídica.

Organizaciones internacionales

Las organizaciones internacionales suelen tener la facultad de celebrar tratados. Un ejemplo notable es la Unión Europea , que ha suscrito varios acuerdos de libre comercio . La Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados entre Estados y Organizaciones Internacionales o entre Organizaciones Internacionales pretende ser una extensión de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados y trata los tratados entre uno o más Estados y una o más organizaciones internacionales, así como entre organizaciones internacionales. Sin embargo, esta Convención de Viena aún no estaba en vigor en 2013 debido a la insuficiencia de ratificaciones. Uno de los casos más extensos sobre la facultad de las organizaciones internacionales para celebrar tratados es la Opinión Consultiva de la Corte Internacional de Justicia titulada « Reparación por los daños sufridos al servicio de las Naciones Unidas » [ 1 ] , que detalla la relación entre la soberanía y la obligación de pagar reparaciones, así como los criterios para determinar la personalidad jurídica internacional.

estados federales

Los estados federados , como parte de un estado federal (soberano) , generalmente no tienen la facultad de celebrar tratados, lo cual está determinado por la constitución federal. Por ejemplo, la Cláusula de Contratos de la Constitución de los Estados Unidos prohíbe explícitamente a los estados estadounidenses celebrar tratados. La Constitución de México [ 2 ] también prohíbe a sus estados celebrar tratados. Por otro lado, la Constitución de Bélgica , por ejemplo, otorga a sus comunidades y regiones la facultad de celebrar tratados. [ 3 ] Los Länder de Alemania y Austria , así como los cantones de Suiza, pueden celebrar tratados dentro de sus respectivas competencias.

Referencias

  1. Reparación por los daños sufridos al servicio de las Naciones Unidas , Opinión Consultiva, CIJ Rep. 1949 (11 de abril), pág. 174.
  2. Artículo 117 (I) de la Constitución de México
  3. Artículo 167 de la Constitución de Bélgica

Véase también

Obtenido de " https://en.wikipedia.org/w/index.php?title=Jus_tractatuum&oldid=1359410492 "