Articulo de referencia

Depositario de Valores de Corea

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El Depositario de Valores de Corea (KSD) es el depositario central de valores (CSD) de Corea, que proporciona custodia centralizada de valores, transferencia mediante anotaciones en cuenta y liquidación de transacciones de valores. El KSD se estableció el 6 de diciembre de 1974, en virtud de la Ley de Valores y Bolsa (posteriormente consolidada en la Ley de Servicios de Inversión Financiera y Mercados de Capitales [ 1 ] ). Es una institución pública no clasificada bajo la Comisión de Servicios Financieros (Corea del Sur) .

En 2014, KSD mantenía bajo custodia valores por un valor de 3.149 billones de wones surcoreanos y procesaba un promedio diario de 70 billones de wones surcoreanos en efectivo relacionado con valores.

Historia

El rápido crecimiento del mercado de valores coreano en la década de 1970 requirió un sistema eficiente para la custodia y liquidación de valores. La quinta enmienda a la Ley de Valores y Bolsa (SEA, por sus siglas en inglés), del 6 de febrero de 1973, sentó las bases legales para la implementación de un sistema de depositario central de valores (CSD, por sus siglas en inglés), y el 6 de diciembre de 1974 se creó la Corporación de Liquidación de Valores de Corea (KSSC, por sus siglas en inglés). El 25 de abril de 1994, la KSSC se reconstituyó como el Depositario de Valores de Corea (KSD, por sus siglas en inglés), una corporación pública especial en virtud de la undécima enmienda a la SEA (17 de diciembre de 1993). Dicha enmienda también otorgó a la KSD la capacidad legal para actuar como el único CSD de Corea. El 9 de febrero de 2010, con la entrada en vigor de la Ley del Mercado de Capitales y de Inversiones Financieras, la denominación cambió a Depositario de Valores de Corea (KSD, por sus siglas en inglés).

Véase también

Referencias

  1. Artículo 294 (Establecimiento) (1) El Depositario de Valores de Corea se establecerá con el fin de promover un depósito centralizado de valores, etc. (refiriéndose a valores y otros prescritos por Decreto Presidencial; en adelante en este Capítulo, se aplicará lo mismo), transferencia de valores entre cuentas y liquidación posterior a las transacciones y circulación fluida.
  • www.ksd.or.kr/eng