Leduc v Ward [ 1 ] es uncaso inglés destacado sobre la desviación dentro del derecho del transporte marítimo de mercancías . El caso también aborda los conocimientos de embarque y la regla de la prueba extrínseca .
Hechos
Un buque debía transportar un cargamento de semillas de colza desde Fiume (actual Rijeka ) hasta Dunkerque, itinerario que figuraba explícitamente en el conocimiento de embarque. Antes de llegar a Dunkerque, el capitán se desvió hacia Escocia, donde el barco se hundió durante una tormenta frente a la desembocadura del río Clyde. Cuando el propietario de la carga (el endosatario del conocimiento de embarque) interpuso una demanda, los armadores intentaron ampararse en la excepción de riesgos marítimos prevista en el conocimiento de embarque. Al señalarse que la desviación anula dicha protección, los armadores argumentaron que la desviación estaba justificada, ya que los cargadores sabían, en el momento del embarque, de la intención de hacer escala en Glasgow (hecho que el cargador reconoció). Los armadores también alegaron que el barco se habría perdido inevitablemente de todos modos, dado que había condiciones de tormenta tanto frente a Dunkerque como en el estuario del Clyde.
Juicio
El Tribunal de Apelación aplicó la regla de la prueba extrínseca (que establece que "la prueba extrínseca es inadmisible para modificar un contrato escrito") y dictaminó que el conocimiento de embarque constituía prueba concluyente de los términos del contrato. En consecuencia, el conocimiento de la ruta por parte del cargador era inadmisible, ya que un conocimiento de embarque en manos del endosatario debe ser absolutamente fiable. Por lo tanto, la desviación no estaba justificada y el armador, a quien se le negó la protección de "riesgos del mar", fue responsable ante el propietario de la carga. El argumento secundario de que un hundimiento era inevitable debido a la frecuencia de la tormenta fue desestimado de plano por hipotético.
Significado
Este caso demuestra que la desviación se considera un incumplimiento muy grave de un contrato de transporte, y si (como en este caso) la desviación no está justificada, no se permitirán cláusulas de exención para proteger al transportista de responsabilidad.
Cinco años después, el caso Glynn v Margetson adoptó una postura similar, y estas estrictas reglas sobre la desviación siguen siendo tan válidas como siempre, aunque la ley sobre la desviación fue diluida por el artículo IV, regla 4 de las Reglas de La Haya-Visby . [ 2 ]
Leduc v Ward fue citado en el caso de Tradigrain SA y otros v King Diamond Marine Limited, The Spiros C . [ 3 ]
Véase también
Referencias
- ↑ Leduc v Ward (1888) 20 QBD 475
- ↑ Reglas de La Haya-Visby, Art. IV regla 4: "Cualquier desviación en el salvamento o intento de salvamento de vidas o bienes en el mar, o cualquier desviación razonable, no se considerará una infracción o incumplimiento de estas Reglas o del contrato de transporte, y el transportista no será responsable de ninguna pérdida o daño que resulte de ello".
- ↑ Tribunal de Apelación de Inglaterra y Gales (División Civil), Tradigrain SA y otros contra King Diamond Marine Ltd "The Spiros C" (2000) , EWCA Civ 217, 13 de julio de 2000, consultado el 11 de mayo de 2021
- 1888 en jurisprudencia
- Jurisprudencia contractual inglesa
- Jurisprudencia marítima
- Casos del Tribunal de Apelación (Inglaterra y Gales)