Articulo de referencia

Lex Aelia Sentia

La Lex Aelia Sentia fue una ley establecida en el Imperio Romano en el año 4 d. C. Fue una de las leyes que las asambleas romanas aprobaron a instancias del emperador Augusto . ...

La Lex Aelia Sentia fue una ley establecida en el Imperio Romano en el año 4 d. C. Fue una de las leyes que las asambleas romanas aprobaron a instancias del emperador Augusto . Junto con la Lex Fufia Caninia del año 2  a. C., esta ley regulaba la manumisión (liberación de la propiedad) de los esclavos .

La ley

La Lex Aelia Sentia (4 d. C.) no se conserva en su redacción original. Al igual que muchas leyes romanas, solo se conoce indirectamente, a través de:

  • Gayo , Instituciones (Libro 1) — la fuente más importante
  • Juristas posteriores como Ulpiano y Paulo (a través del Digesto)
  • Referencias ocasionales en Tácito y otros escritores imperiales.

A partir de estas fuentes, los estudiosos han reconstruido sus principales disposiciones, especialmente las relativas a la manumisión y la ciudadanía, pero no existe un texto continuo ni fidedigno.

Provisiones

Esta ley tenía varias disposiciones. Para que una manumisión fuera válida, el propietario debía tener al menos veinte años y el esclavo al menos treinta. Los esclavos cuyos amos los habían castigado por actos criminales no podían convertirse en ciudadanos romanos si posteriormente eran liberados, como era costumbre para los esclavos formalmente manumitidos en la época republicana ; en cambio, serían contados entre los dediticii , que eran súbditos libres de Roma que no poseían ni los derechos de los ciudadanos romanos ni los derechos latinos .

Si un esclavo manumitido era menor de treinta años, solo podía obtener la ciudadanía plena tras un procedimiento legal ( consilia ) similar a un juicio de derecho de familia. [ 1 ] Estos procedimientos legales debían celebrarse en fechas predeterminadas en las provincias y en Roma. Cualquier esclavo menor de treinta años podía obtener la ciudadanía plena sin necesidad de una consilia si su amo era insolvente y accedía a liberarlo. [ 2 ] Si un esclavo era liberado antes de los treinta años, pero no se le concedían los derechos de ciudadanía plena al ser manumitido, podía obtenerlos si se casaba con una mujer libre o liberta romana y tenía con ella un hijo que, en ese momento, tuviera al menos un año de edad. Si podía probar esto ante un magistrado o gobernador, él, su esposa y su hijo se convertirían en ciudadanos de pleno derecho. Si el padre hubiera fallecido antes de que esto ocurriera, la madre podía lograr el mismo resultado. Esta disposición fue introducida por Augusto para aumentar la tasa de matrimonios y natalidad, que estaban en declive. Augusto también creía que la moral pública estaba en decadencia durante su reinado, [ 3 ] y por eso, al fomentar especialmente el matrimonio, Augusto intentaba "restaurar" el grado de virtud que creía que había existido bajo la República.

Los esclavos podían ser pignorados como garantía de un préstamo. Si un amo manumitía a su esclavo para defraudar a sus acreedores, la manumisión era inválida. Una persona menor de veinte años solo podía manumitir a un esclavo si seguía el procedimiento legal ordinario ( consilium ). [ 4 ] Esta disposición, y varias otras, no se aplicaban a los esclavos que habían sido incorporados a ciertas clases inferiores de libertos. Sin embargo, estas clases fueron incluidas en dichas disposiciones por decreto del senado durante el reinado del emperador Adriano . Para la época del Imperio tardío, esta ley tenía poca importancia. Esta ley fue aprobada en virtud de las formas constitucionales de la época de Augusto, cuando el estatus de civis aún no había perdido su valor y todavía existía una semejanza con la Constitución de la República Romana . [ 5 ]

Véase también

Notas

  1. Gayo, I.19, 20
  2. Gayo, I.21
  3. Horacio, Odas 3.6
  4. Gayo, I.37-40
  5. Ulpiano, Frag. teta. 1; Excavar. 28 teta. 5:57, 60; Excavar. 38 teta. 2 s33; Tácito, Anales XV.55
  • La Biblioteca de Derecho Romano, incl. Leyes
  • Lex Aelia Sentia

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