Articulo de referencia

Ley Nacional de Política Ambiental

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La Ley Nacional de Política Ambiental ( NEPA , por sus siglas en inglés) es una ley ambiental de los Estados Unidos diseñada para promover la mejora del medio ambiente. Creó nuevas leyes que obligan a las agencias del gobierno federal estadounidense a evaluar el impacto ambiental de sus acciones y decisiones, y estableció el Consejo Presidencial de Calidad Ambiental (CEQ, por sus siglas en inglés). La ley fue aprobada por el Congreso de los Estados Unidos en diciembre de 1969 y promulgada por el presidente Richard Nixon el 1 de enero de 1970. [ 2 ] Más de 100 naciones en todo el mundo han promulgado políticas ambientales nacionales inspiradas en la NEPA. [ 3 ]

La NEPA exige que las agencias federales evalúen los efectos ambientales de sus acciones. [ 4 ] : 2–3 El resultado más significativo de la NEPA fue el requisito de que todas las agencias ejecutivas federales preparen evaluaciones ambientales (EA) y declaraciones de impacto ambiental (EIS). Estos informes describen los posibles efectos ambientales de las acciones propuestas por las agencias federales. [ 5 ] Además, el Congreso de los Estados Unidos reconoce que cada persona tiene la responsabilidad de preservar y mejorar el medio ambiente como custodio para las generaciones futuras. [ 6 ] Los requisitos de procedimiento de la NEPA no se aplican al presidente , al Congreso ni a los tribunales federales , ya que no son una "agencia federal" por definición. [ 5 ] [ 7 ] Sin embargo, una agencia federal que actúe bajo la autoridad del presidente puede realizar una acción final sujeta a los requisitos de procedimiento de la NEPA. [ 4 ] : 117–118

Historia

En 1969, líderes estatales de la organización Ciudadanos Preocupados por el Aire Limpio y el Agua Limpia presentaron al Fiscal General William J. Scott las firmas de 70.000 residentes de Illinois . Las peticiones respaldaban la campaña de Scott contra los contaminadores. El presidente Ed Ponder, de Chicago, fue quien presentó las firmas.
Richard Nixon firmando la NEPA el 1 de enero de 1970.

NEPA surgió del creciente aprecio y preocupación pública por el medio ambiente que se desarrolló durante la década de 1960, en medio de la creciente industrialización, el crecimiento urbano y suburbano y la contaminación en todo Estados Unidos. Durante este tiempo, los esfuerzos de los grupos de interés ambiental y la creciente conciencia pública resultante del libro de Rachel Carson de 1962 , Primavera silenciosa, llevaron al apoyo a la Ley de Áreas Silvestres de 1964 y la legislación posterior (incluida la Ley de Aire Limpio de 1970 y la Ley de Agua Limpia de 1972 ). [ 8 ] La indignación pública en reacción al derrame de petróleo de Santa Bárbara a principios de 1969 ocurrió justo cuando la legislación NEPA se estaba redactando en el Congreso. Un incendio en el río Cuyahoga fue publicado en un artículo de la revista Time poco después de la votación unánime en el Senado. [ 9 ] Otro impulsor importante para la promulgación de NEPA fueron las revueltas de las carreteras de la década de 1960 , una serie de protestas en muchas ciudades estadounidenses que ocurrieron en respuesta a la destrucción de muchas comunidades y ecosistemas durante la construcción del Sistema de Carreteras Interestatales . [ 10 ] Además, como lo demuestra la contribución del politólogo de Indiana Lynton Caldwell , la preocupación por la imprudencia ambiental de los programas de desarrollo internacional en las décadas de 1950 y 1960 también impulsó el pensamiento detrás de la NEPA. [ 11 ]

En 2015, un Tribunal de Distrito de los Estados Unidos proporcionó un antecedente documentado y conciso de la creación de la NEPA para proteger el medio ambiente de las acciones que involucran al gobierno federal [ 12 ] de la siguiente manera:

Tras casi un siglo de rápida expansión económica, crecimiento demográfico, industrialización y urbanización, a finales de la década de 1960 quedó claro que el progreso estadounidense tenía un costo ambiental. [ 13 ] Una investigación del Congreso sobre el tema arrojó numerosas pruebas que indicaban una grave mala gestión del medio ambiente y los recursos del país, sobre todo por parte del gobierno federal. [ 14 ] [ 15 ] Como resultado, tanto los legisladores como el público en general exigieron una política urgente y de gran alcance para la protección del medio ambiente.

El Congreso respondió a estos llamados promulgando la NEPA, que ha servido como "nuestra carta nacional básica para la protección del medio ambiente" desde 1970. [ 16 ] Con la NEPA, el Congreso ordenó que las agencias federales examinaran detenidamente las consecuencias ambientales de sus acciones y adoptaran todas las medidas posibles para prevenir daños ambientales al realizar sus actividades. [ 17 ] : 409, 410 n. 21 Además, para remediar la desconfianza generalizada hacia las agencias federales, el Congreso incorporó en la NEPA disposiciones que obligan a las agencias a seguir procedimientos específicos para llevar a cabo cualquier proyecto federal. [ 17 ] : 409 y n.18

Desde su aprobación, la NEPA se ha aplicado a cualquier proyecto importante, ya sea a nivel federal, estatal o local, que involucre financiamiento federal, trabajo realizado por el gobierno federal o permisos emitidos por una agencia federal. [ 18 ] Las decisiones judiciales han ampliado el requisito de estudios ambientales relacionados con la NEPA para incluir acciones donde se requieren permisos emitidos por una agencia federal independientemente de si se gastan fondos federales para implementar la acción, para incluir acciones que son financiadas y administradas completamente por entidades del sector privado donde se requiere un permiso federal. Esta interpretación legal se basa en el razonamiento de que obtener un permiso de una agencia federal requiere que uno o más empleados federales (o contratistas en algunos casos) procesen y aprueben una solicitud de permiso, lo que inherentemente resulta en que se gasten fondos federales para apoyar la acción propuesta, incluso si no hay fondos federales asignados directamente para financiar la acción en particular.

Un tribunal de distrito de EE. UU. describe la necesidad de que incluso el Presidente tenga acceso a la información del análisis NEPA antes de tomar una decisión de la siguiente manera:

"Ningún organismo tiene discreción alguna para cumplir o no con los requisitos de procedimiento, como los de la NEPA. La información pertinente proporcionada por un análisis de la NEPA debe estar disponible para el público y para las personas que participan en el proceso de toma de decisiones. Este proceso incluye al Presidente." "Y el Congreso no ha delegado en el Presidente la decisión sobre la ruta de ningún oleoducto." [ 19 ]

Contenido

El preámbulo de la NEPA dice:

Declarar una política nacional que fomente una armonía productiva y placentera entre el hombre y su entorno; promover esfuerzos que prevengan o eliminen los daños al medio ambiente y la biosfera y estimulen la salud y el bienestar del hombre; enriquecer la comprensión de los sistemas ecológicos y los recursos naturales importantes para la Nación; y establecer un Consejo de Calidad Ambiental. [ 2 ]

La NEPA consta de tres secciones: la primera describe las políticas y objetivos ambientales nacionales; la segunda establece disposiciones para que las agencias federales hagan cumplir dichas políticas y objetivos; y la tercera establece el CEQ en la Oficina Ejecutiva del Presidente .

El propósito de la NEPA es asegurar que los factores ambientales se ponderen por igual en comparación con otros factores en el proceso de toma de decisiones de las agencias federales y establecer una política ambiental nacional. La ley también promueve que el CEQ asesore al Presidente en la preparación de un informe anual sobre el progreso de las agencias federales en la implementación de la NEPA. Asimismo, estableció el CEQ para asesorar al Presidente sobre política ambiental y el estado del medio ambiente. [ 20 ]

La NEPA establece esta política ambiental nacional al exigir a las agencias federales que preparen una declaración de impacto ambiental que acompañe a los informes y recomendaciones para la financiación del Congreso. Esta declaración de impacto se conoce como EIS. La NEPA es una legislación que obliga a la acción, lo que significa que la ley en sí no conlleva sanciones penales ni civiles; por lo tanto, su cumplimiento debe realizarse a través del sistema judicial. En la práctica, un proyecto debe cumplir con las directrices de la NEPA cuando una agencia federal proporciona cualquier parte de su financiación. Sin embargo, la revisión de un proyecto por parte de un empleado federal puede considerarse una acción federal y, en tal caso, requiere un análisis que cumpla con la NEPA.

La NEPA abarca una amplia gama de acciones de agencias federales, pero no se aplica a acciones estatales donde no existe influencia ni financiación federal. Las directrices de la NEPA también incluyen exenciones y exclusiones, como proyectos federales específicos detallados en la legislación y exenciones de la EPA . Asimismo, se aplican exenciones cuando el cumplimiento de otras leyes ambientales requiere un análisis de impacto similar al exigido por la NEPA. Dichas leyes pueden incluir, entre otras, la Ley de Aire Limpio , la Ley de Conservación y Recuperación de Recursos , la Ley de Agua Potable Segura y la Ley Federal de Insecticidas, Fungicidas y Rodenticidas .

Proceso

El proceso NEPA consiste en la evaluación de los efectos ambientales relevantes de un proyecto o acción federal, según lo estipulado por la NEPA. Este proceso comienza cuando una agencia desarrolla una propuesta para abordar la necesidad de tomar medidas. Si se determina que la acción propuesta está cubierta por la NEPA, existen tres niveles de análisis que una agencia federal debe realizar para cumplir con la ley. Estos tres niveles incluyen la preparación de una Exclusión Categórica (CatEx); una evaluación ambiental (EA); y una Declaración de No Impacto Significativo (FONSI), o bien, la preparación y redacción de una declaración de impacto ambiental (EIS). [ 21 ]

La Orden Ejecutiva N.° 11514 (5 de marzo de 1970; administración Nixon), enmendada por la Orden Ejecutiva N.° 11991 (24 de mayo de 1977; administración Carter) [ 22 ] ordena al Consejo de Calidad Ambiental (CEQ) que emita "reglamentos a las agencias federales para la implementación de las disposiciones procesales de" NEPA [ 22 ] : 5371 Sec. 3 (h) y que las agencias federales "cumplan con los reglamentos emitidos por el Consejo". [ 22 ] : 5371 Sec. 2 (g) Es importante destacar que la Corte Suprema de los Estados Unidos considera que "los reglamentos del CEQ merecen una deferencia sustancial". [ 23 ] El reglamento NEPA del Consejo de Calidad Ambiental 40 CFR § 1501.4 especifica el proceso para determinar si se debe preparar una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) de la siguiente manera:

Para determinar si se debe preparar una declaración de impacto ambiental, la agencia federal deberá:

(a) Determinar, conforme a sus procedimientos complementarios a estas regulaciones (descritos en el § 1507.3), si la propuesta es una que:

(1) Normalmente requiere una declaración de impacto ambiental, o
(2) Normalmente no requiere ni una declaración de impacto ambiental ni una evaluación ambiental (exclusión categórica).

b) Si la acción propuesta no está cubierta por el párrafo (a) de esta sección, prepare una evaluación ambiental (§ 1508.9). La agencia deberá involucrar a las agencias ambientales, los solicitantes y el público, en la medida de lo posible, en la preparación de las evaluaciones requeridas por el § 1508.9(a)(1).

(c) Con base en la evaluación ambiental, determinar si se debe preparar una declaración de impacto ambiental.

(d) Iniciar el proceso de alcance (§ 1501.7), si la agencia preparará una declaración de impacto ambiental.

(e) Preparar una conclusión de que no hay impacto significativo (§ 1508.13), si la agencia determina, sobre la base de la evaluación ambiental, no preparar una declaración.

(1) La agencia pondrá a disposición del público afectado la conclusión de que no hay un impacto significativo, según lo especificado en el § 1506.6.
(2) En ciertas circunstancias limitadas, que la agencia puede contemplar en sus procedimientos conforme al § 1507.3, la agencia pondrá a disposición del público (incluidos los centros de información estatales y regionales) la determinación de que no existe un impacto significativo durante 30 días antes de que la agencia tome su decisión final sobre si preparar o no una declaración de impacto ambiental y antes de que pueda comenzar la acción. Las circunstancias son:
(i) La acción propuesta es, o es muy similar a, una que normalmente requiere la preparación de una declaración de impacto ambiental según los procedimientos adoptados por la agencia de conformidad con el § 1507.3, o
(ii) La naturaleza de la acción propuesta no tiene precedentes. [ 24 ]

Además de cumplir con las regulaciones NEPA del Consejo de Calidad Ambiental en 40 CFR § 1500 a § 1508, cada agencia federal está obligada por 40 CFR § 1507.3(a) a adoptar procedimientos suplementarios para la implementación de NEPA en su agencia. Por ejemplo, los procedimientos suplementarios de NEPA de la Administración Federal de Carreteras se encuentran en 23 CFR §771.101 a § 771.131. Según 23 CFR § 771.115(a), las acciones de Clase I, como una nueva autopista de acceso controlado o un proyecto de carretera de cuatro o más carriles en una nueva ubicación, afectan significativamente el medio ambiente y, por lo tanto, requieren una Declaración de Impacto Ambiental. Según 23 CFR § 771.115(b) y § 771.117(c), las acciones de Clase II, como la construcción de carriles para bicicletas y peatones, la planificación, las barreras acústicas y el paisajismo, normalmente no tienen, ni individual ni acumulativamente, un efecto ambiental significativo y, por lo tanto, pueden estar exentas categóricamente a menos que existan circunstancias excepcionales, como se establece en 23 CFR § 771.117(b). Según 23 CFR § 771.117(c), todas las demás acciones son de Clase III y requieren la preparación de una Evaluación Ambiental para determinar el documento ambiental apropiado.

Preparación de una exclusión categórica

Una Exclusión Categórica (CatEx) es una lista de acciones que una agencia ha determinado que no afectan significativamente, individual o acumulativamente, la calidad del medio ambiente humano (40 CFR §1508.4). Si una acción propuesta se incluye en la CatEx de una agencia, esta debe asegurarse de que ninguna circunstancia extraordinaria pueda causar que la acción propuesta afecte el medio ambiente. Las circunstancias extraordinarias incluyen efectos sobre especies en peligro de extinción, sitios culturales protegidos y humedales. [ 25 ] [ 26 ] Si la acción propuesta no se incluye en la descripción proporcionada en la CatEx, se debe preparar una EA. [ 25 ] [ 26 ] Es posible que acciones similares a la propuesta se hayan considerado ambientalmente neutras en EA anteriores y su implementación, por lo que una agencia puede enmendar sus reglamentos de implementación para incluir la acción como una CatEx. En este caso, los procedimientos de la agencia redactados se publican en el Registro Federal y se requiere un período de comentarios públicos. [ 25 ] [ 26 ] Una agencia no puede basarse en un CatEx preparado por otra agencia para respaldar una decisión de no preparar una EA o EIS para una acción planificada; sin embargo, puede recurrir a la experiencia de otra agencia con un CatEx comparable para intentar fundamentar un CatEx propio. [ 27 ]

El Consejo de Calidad Ambiental (CEQ) creó las Exclusiones Categóricas para reducir el papeleo (40 CFR § 1500.4(p)) y las demoras (40 CFR § 1500.5(k)), de modo que las agencias puedan concentrarse mejor en las acciones que sí tienen efectos significativos en el medio ambiente humano. En 2003, el Grupo de Trabajo Nacional sobre Política Ambiental constató que las agencias "mostraban cierta confusión sobre el nivel de análisis y documentación requerido para utilizar una exclusión categórica aprobada". [ 28 ] En 2010, el CEQ emitió una guía sobre las regulaciones vigentes para las Exclusiones Categóricas, en consonancia con la NEPA y la guía anterior del CEQ. [ 29 ] Esta guía del CEQ de 2010 reconoce: "Desde que las agencias federales comenzaron a utilizar las exclusiones categóricas a finales de la década de 1970, el número y el alcance de las actividades excluidas categóricamente se han expandido significativamente. Hoy en día, las exclusiones categóricas son el método más utilizado para cumplir con la NEPA, lo que subraya la necesidad de esta guía sobre la promulgación y el uso de las exclusiones categóricas". [ 29 ] : 75631–75632 Esta guía del CEQ 2010 continúa advirtiendo: "Si se usan de manera inapropiada, las exclusiones categóricas pueden frustrar los objetivos de administración ambiental de la NEPA, al comprometer la calidad y transparencia de la revisión ambiental y la toma de decisiones de la agencia, así como comprometer la oportunidad para una participación y revisión pública significativa". [ 29 ] : 75632 De hecho, el uso ampliado de las exclusiones categóricas socava la NEPA al reducir el análisis ambiental y los comentarios públicos, aumentando así los litigios de la NEPA. [ 30 ] La guía del CEQ 2010 enfatiza que las exclusiones categóricas deben abarcar toda la acción propuesta y no usarse para un segmento o una parte interdependiente de una acción propuesta más grande. [ 29 ] : 75632 Ejemplos de circunstancias excepcionales que impiden el uso de exclusiones categóricas incluyen casos donde existen "efectos potenciales sobre especies o hábitats protegidos, o sobre propiedades históricas incluidas o elegibles para su inclusión en el Registro Nacional de Lugares Históricos". [ 29 ] : 75632–75633 El CEQ cita específicamente el derrame de petróleo de Deepwater Horizon de 2010 como un ejemplo de por qué las agencias deben revisar periódicamente sus exclusiones categóricas "a la luz de condiciones cambiantes o en evolución que podrían presentar impactos o riesgos ambientales nuevos o diferentes". [ 29 ] : 75637

La simplificación del proceso NEPA con exclusiones categóricas ha sido criticada, por ejemplo, al permitir que el plan de exploración de BP que resultó en el derrame de petróleo de Deepwater Horizon utilizara una exclusión categórica en lugar de requerir una Declaración de Impacto Ambiental. [ 31 ]

Preparación de una evaluación ambiental y una declaración de ausencia de impacto significativo.

Las Evaluaciones Ambientales (EA) son documentos públicos concisos que incluyen la necesidad de una propuesta, una lista de alternativas y una lista de agencias y personas consultadas en la elaboración de la propuesta. El propósito de una EA es determinar la importancia de los resultados ambientales de la propuesta y analizar alternativas para alcanzar los objetivos de la agencia. Se supone que una EA proporciona evidencia y análisis suficientes para determinar si se debe preparar una Declaración de Impacto Ambiental (DIA), ayuda a la agencia a cumplir con la NEPA cuando no se requiere una DIA y facilita la preparación de una DIA cuando esta sea necesaria. [ 32 ]

La mayoría de los procedimientos de las agencias no requieren la participación del público antes de finalizar un documento de Evaluación Ambiental (EA); sin embargo, se recomienda considerar un período de comentarios públicos durante la etapa de borrador de la EA. Las EA deben tener la extensión suficiente para garantizar la legitimidad de la decisión subyacente de preparar una Declaración de Impacto Ambiental (EIS), pero no deben intentar sustituirla.

Sin embargo, la regulación del Consejo de Calidad Ambiental 40 CFR § 1500.1(b) establece: "Los procedimientos de la NEPA deben garantizar que la información ambiental esté disponible para los funcionarios públicos y los ciudadanos antes de que se tomen decisiones y antes de que se emprendan acciones". Asimismo, 40 CFR § 1500.2 establece: "Las agencias federales deberán, en la mayor medida posible: ... (d) Fomentar y facilitar la participación pública en las decisiones que afecten la calidad del medio ambiente humano". Un Tribunal de Distrito de los Estados Unidos describe el requisito esencial de la participación pública en un borrador de Evaluación Ambiental de la siguiente manera:

El Noveno Circuito ha interpretado estas regulaciones en el sentido de que "se debe brindar al público la oportunidad de comentar sobre los borradores de las Evaluaciones Ambientales (EA) y las Declaraciones de Impacto Ambiental (EIS)" . Anderson v. Evans , 371 F.3d 475, 487 (9th Cir.2004). Dado que las regulaciones "deben tener algún significado", el Circuito ha sostenido que la omisión de una agencia de obtener comentarios públicos sobre un borrador de EA "viola estas regulaciones". Citizens for Better Forestry v. US Dept. of Agriculture , 341 F.3d 961, 970 (9th Cir.2003). [ 33 ]

Si tras la investigación y la elaboración de una Evaluación Ambiental (EA) no se detectan efectos sustanciales sobre el medio ambiente, la agencia debe emitir una Declaración de No Impacto Significativo (FONSI, por sus siglas en inglés). Este documento explica por qué una acción no tendrá un impacto significativo en el medio ambiente humano e incluye la EA o un resumen de la misma que respalda la determinación de la FONSI.

Preparación de una Declaración de Impacto Ambiental

Si se determina que una acción federal propuesta no se ajusta a una Categoría Ex designada o no cumple con los requisitos para una Declaración de No Impacto Significativo (FONSI), la agencia responsable debe preparar una Declaración de Impacto Ambiental (DIA). El propósito de una DIA es ayudar a los funcionarios públicos a tomar decisiones informadas basadas en las consecuencias ambientales pertinentes y las alternativas disponibles. La elaboración de una DIA incluye la participación de entidades públicas, terceros y otras agencias federales. Posteriormente, estos grupos emiten comentarios sobre el borrador de la DIA.

Se requiere un EIS para describir los impactos ambientales de la acción propuesta, cualquier impacto ambiental adverso que no pueda evitarse si se implementa la propuesta, las alternativas razonables a la acción propuesta, la relación entre los usos locales a corto plazo del medio ambiente humano y el mantenimiento y la mejora de la productividad a largo plazo, y cualquier compromiso irreversible e irrecuperable de recursos que implicaría la acción propuesta. [ 34 ]

Un organismo puede elaborar un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) sin haber redactado previamente la Evaluación Ambiental (EA). Esto puede ocurrir si el organismo considera que la acción tendrá un impacto significativo en el medio ambiente humano o natural, o si la acción se considera un tema ambientalmente controvertido.

El responsable de la toma de decisiones debe revisar el Estudio de Impacto Ambiental (EIS) final antes de tomar una decisión definitiva sobre el curso de acción a seguir. Para ello, debe sopesar los posibles impactos ambientales junto con otras consideraciones pertinentes. Se emite un acta de decisión (ROD) que registra la decisión final de la agencia. [ 35 ]

Tiempo promedio para una revisión completa

Un estudio federal realizado entre 2013 y 2018 reveló que una revisión completa de la NEPA tomaba un promedio de 4,5 años. [ 36 ]

La doctrina de la improcedencia se utiliza para eludir los requisitos de la NEPA.

La Ley de Procedimiento Administrativo en 5 USC § 702 establece el derecho de una persona perjudicada por un asunto de NEPA a llevar un caso de NEPA ante un tribunal como:

Toda persona que sufra un perjuicio legal debido a la actuación de una agencia, o que se vea afectada o perjudicada por la actuación de una agencia en el sentido de la ley pertinente, tiene derecho a la revisión judicial de dicha actuación.

Mediante el artículo 706 del Título 5 del Código de los Estados Unidos, el Congreso de los Estados Unidos dispone que los tribunales dicten medidas cautelares , como una orden judicial para obligar a una agencia a suspender una acción o para anular acciones de una agencia que sean arbitrarias, caprichosas, constituyan un abuso de discreción o que no se ajusten a la ley. Sin embargo, un caso judicial se vuelve irrelevante cuando no quedan cuestiones prácticas ("viables"), como se establece en Powell v. McCormack , 395 US 486 (1969), páginas 496-497:

En pocas palabras, un caso se vuelve irrelevante cuando las cuestiones planteadas ya no son relevantes o las partes carecen de un interés legalmente reconocible en el resultado. Véase E. Borchard, Declaratory 497*497 Judgments 35-37 (2.ª ed. 1941). Cuando una de las cuestiones planteadas se vuelve irrelevante, las cuestiones restantes que siguen vigentes cumplen con el requisito constitucional de un caso o controversia. Véase United Public Workers v. Mitchell, 330 US 75, 86-94 (1947); 6A J. Moore, Federal Practice ¶ 57.13 (2.ª ed. 1966).

En los primeros casos de la NEPA (por ejemplo, Arlington Coalition on Transportation v. Volpe , 458 F.2d 1323 (4th Cir. 1972) página 1331), los tribunales determinaron que los proyectos estaban fuera del alcance de los tribunales (improcedentes) si ese proyecto había avanzado hasta el punto en que los costos de modificar el proyecto superarían los beneficios. Sin embargo, para 1981, el Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito reconoció que algunos proyectos podrían continuar con la construcción en un intento de evadir los requisitos de la NEPA. Por lo tanto, el tribunal advirtió que incluso los proyectos terminados podrían ser ordenados a ser demolidos, como se indicó en Columbia Basin Land Protection Assoc. v. Schlesinger , 643 F.2d 585 (9th Cir.1981) página 591 nota 1:

La construcción de las torres no ha convertido el caso en hipotético ni abstracto; las torres siguen atravesando los campos de los propietarios, obstruyendo continuamente sus sistemas de riego, y este Tribunal tiene la potestad de decidir si pueden permanecer o si deben ser retiradas. * * * Si el hecho de que las torres estén construidas y en funcionamiento fuera suficiente para que el caso no fuera justiciable, como afirma la opinión disidente, entonces la BPA (y todas las entidades similares) podrían simplemente ignorar los requisitos de la NEPA, construir sus estructuras antes de que el caso llegue a los tribunales y luego ampararse en la doctrina de la improcedencia. Tal resultado es inaceptable.

Por lo tanto, los tribunales tienen la facultad equitativa de impedir que quienes utilizan interpretaciones de mala fe eludan las políticas del Congreso de los Estados Unidos, como la NEPA, incurran en prácticas cuestionables. A pesar de que un tribunal reconozca el uso de esta táctica de ambigüedad, es posible que no ordene la remoción de la construcción y la remediación ambiental a menos que la demanda bajo la NEPA solicite la remoción y la remediación como un asunto "viable" en la solicitud de reparación; véase la opinión disidente en West v. Secretary of Dept. of Transp ., 206 F.3d 920 (9th Cir. 2000), página 931.

No solicitó ninguna reparación; quería que se detuviera la construcción del intercambiador. Ya se construyó. Por lo tanto, no existe ninguna controversia judicial relativa a la Fase I.

Si la única solicitud de alivio en una queja de NEPA es detener la construcción, entonces lógicamente la construcción no puede detenerse una vez terminada.

El Tribunal de Apelaciones del Primer Circuito, al detener la construcción de un puerto marítimo en Sears Island, Maine, señaló que el daño en los casos de NEPA es el daño al medio ambiente, como se establece en Sierra Club v. Marsh , 872 F.2d 497 (1st Cir. 1989) en la página 500:

Por lo tanto, cuando se toma una decisión sujeta a las obligaciones de la NEPA sin la consideración ambiental informada que esta exige, se produce el daño que la NEPA pretende prevenir. * * * El daño en cuestión es un daño al medio ambiente, pero consiste en el riesgo adicional para el medio ambiente que se produce cuando los responsables de la toma de decisiones gubernamentales deciden sin tener ante sí un análisis (con consulta pública previa) de los posibles efectos de su decisión sobre el medio ambiente.

Este tribunal, en el caso Sierra Club v. Marsh, en la página 504, también determinó que, dado que existe un instinto de no demoler proyectos, es apropiado emitir medidas cautelares preliminares al inicio de los casos de la NEPA:

La forma en que surge el daño bien podría estar relacionada con la psicología de quienes toman las decisiones, y quizás con un instinto psicológico humano más arraigado de no desmantelar proyectos una vez construidos. Pero el riesgo que implica una violación de la NEPA es que se produzca un daño ambiental real debido a una previsión y deliberación inadecuadas. La dificultad de detener una maquinaria burocrática, una vez puesta en marcha, nos sigue pareciendo, tras leer el caso Village of Gambell, un factor perfectamente válido que un tribunal de distrito debería tener en cuenta al evaluar ese riesgo, en una solicitud de medida cautelar.

Para tener legitimación procesal conforme al Artículo III para mantener un caso ante un tribunal federal, al menos un demandante individual debe tener un daño causado por el demandado y es probable que ese daño sea remediado por una decisión favorable, como se establece en Lujan v. Defenders of Wildlife , 504 US 555, 112 S. Ct. 2130, 119 L. Ed. 2d 351 (1992) en las páginas 560–561:

A lo largo de los años, nuestros casos han establecido que el mínimo constitucional irreductible de legitimación procesal contiene tres elementos. Primero, el demandante debe haber sufrido un "daño real": una invasión de un interés legalmente protegido que sea (a) concreto y particularizado, véase id., en 756; Warth v. Seldin, 422 US 490, 508 (1975); Sierra Club v. Morton, 405 US 727, 740-741, n. 16 (1972);[1] y (b) "real o inminente, no 'conjetural' o 'hipotético ' , Whitmore, supra, en 155 (citando a Los Angeles v. Lyons, 461 US 95, 102 (1983)). Segundo, debe existir una relación causal entre el daño y la conducta denunciada; el daño debe ser "razonablemente rastreable a la acción impugnada del demandado, y no el resultado de la acción independiente de un tercero ajeno al tribunal". Simon v. Eastern Ky. Welfare Rights Organization, 426 US 26, 41-42 (1976). Tercero, debe ser "probable", en contraposición a meramente "especulativo", que el daño sea "reparado mediante una decisión favorable". Ibíd., págs. 38, 43.

Para que exista un problema "vigente" después de la finalización de la construcción de un proyecto, al menos una persona tendría que demostrar que sufrirá daños personales por la existencia del proyecto terminado y que dichos daños pueden remediarse mediante la eliminación del proyecto, como en Columbia Basin Land Protection Assoc. v. Schlesinger . Los daños individuales en los casos de NEPA probablemente involucren impactos que inducen el crecimiento, como la contaminación del aire, el ruido y el agua, consideraciones de seguridad, impactos secundarios e impactos acumulativos; por ejemplo, véase Coalition for Canyon Preservation v. Bowers , 632 F.2d 774 (9th Cir. 1980). Probar el daño individual evita la descalificación por una objeción de "agravio generalizado", como se establece en Juliana v. US , 217 F. Supp. 3d 1224 (D. Or. 2016):

Considerado de forma aislada, "el hecho de que un daño sea ampliamente compartido no necesariamente lo convierte en una queja generalizada". Jewel, 673 F.3d en 909; véase también Massachusetts v. EPA, 549 US 497, 517 (2007) ("[N]o importa cuántas personas hayan sido perjudicadas por la acción impugnada" siempre que "la parte que interpone la demanda demuestre que la acción le perjudica de manera concreta y personal." (comillas omitidas y alteraciones normalizadas)); Akins, 524 US en 24 ("[U]na lesión... ampliamente compartida... no descalifica automáticamente, por sí sola, un interés para los fines del Artículo III.

Para determinar si un tribunal federal tiene jurisdicción para decidir un caso , solo considera las partes de la demanda que sustentan la cuestión federal planteada. [ 37 ] Esto se conoce como la regla de la demanda bien fundamentada . Los tribunales federales pueden ignorar las partes de la demanda que solicitan la remoción de la construcción prevista , ya que la construcción no era una controversia real al momento de presentarse la demanda. Por lo tanto, si la construcción del proyecto comienza después de que se presenta una demanda bajo la NEPA, será necesario enmendarla o presentar una nueva para incluir la construcción en sí. De lo contrario, una vez finalizada la construcción, un tribunal federal podría determinar que ya no tiene jurisdicción para decidir el caso. En consecuencia, el caso quedaría sin objeto.

Los tribunales sopesan el daño que una orden judicial podría causar al demandado frente a la probabilidad de que se produzcan daños ambientales y el grado de perjuicio si estos se producen. La Corte Suprema de los Estados Unidos señaló la naturaleza irreparable de los daños ambientales en Amoco Production Co. v. Gambell , 480 US 531, 107 S. Ct. 1396, 94 L. Ed. 2d 542 (1987) en la página 545:

Por su naturaleza, los daños ambientales rara vez pueden ser compensados ​​adecuadamente mediante indemnizaciones económicas y suelen ser permanentes o, al menos, de larga duración, es decir, irreparables. Por consiguiente, si existe una alta probabilidad de que se produzcan dichos daños, el balance de perjuicios generalmente favorecerá la emisión de una orden judicial para proteger el medio ambiente.

Los tribunales pueden desestimar el daño autoinfligido por el acusado si la construcción se inició antes de la resolución de los problemas ambientales como en Davis v. Mineta , 302 F.3d 1104 (10th Cir. 2002) en la página 1116:

A continuación, debemos sopesar los daños irreparables que hemos identificado frente al perjuicio que sufrirían los demandados si se concede la medida cautelar. Los demandados alegan que UDOT incurrirá en importantes sanciones económicas si se retrasa el proyecto. * * * Sin embargo, parece que muchos de estos costes podrían ser autoinfligidos. Como ya hemos concluido, las entidades estatales implicadas en este caso se han precipitado en lo que respecta a las cuestiones medioambientales al contraer obligaciones contractuales que anticipaban un resultado preestablecido. En este sentido, los demandados estatales son en gran medida responsables de su propio perjuicio.

En el caso Columbia Basin Land Protection Assoc. v. Schlesinger, se determinó que permitir que la construcción invalide los casos de la NEPA frustra la intención del Congreso de los Estados Unidos. Por lo tanto, para evitar que los casos de la NEPA se invaliden automáticamente debido a la construcción, las quejas de la NEPA deberían solicitar la eliminación de construcciones de mala fe.

Consejo de Calidad Ambiental

El Consejo de Calidad Ambiental (CEQ) se inspiró en el Consejo de Asesores Económicos , un grupo del poder ejecutivo creado por la Ley de Empleo de 1946 para asesorar al Presidente en materia económica. Poco después de la creación del CEQ por la NEPA, el Presidente Richard Nixon amplió su mandato mediante la orden ejecutiva 11514. En ella, ordenó al CEQ que emitiera directrices para la correcta preparación de una EIS y que reuniera y coordinara programas federales relacionados con la calidad ambiental. El consejo quedó adscrito a la Oficina Ejecutiva del Presidente de los Estados Unidos . [ 22 ] Está compuesto por tres miembros designados por el Presidente y posteriormente confirmados por el Senado.

El CEQ ha desempeñado un papel fundamental en el desarrollo del proceso de la EIS. Sus directrices iniciales, publicadas en 1971, exigían que cada departamento y agencia federal adoptara sus propias directrices, en consonancia con las establecidas por el CEQ. Si bien estas directrices no tenían el estatus de reglamentos oficiales de la agencia, a menudo se les otorgaba una deferencia similar en los tribunales. En 1977, el presidente Jimmy Carter, mediante la orden ejecutiva 11991 [ 22 ], autorizó al CEQ a adoptar reglamentos, en lugar de simples directrices, sobre la preparación de la EIS. Sin embargo, el CEQ seguía sin tener autoridad para hacer cumplir dichos reglamentos.

El CEQ ha preparado documentación consultiva en los últimos años explicando la estructura general de la NEPA y la naturaleza de los impactos acumulativos, entre otras recomendaciones. El CEQ también mantiene un sitio web de la Guía Ciudadana de la NEPA como parte de sus funciones habituales. [ 26 ] Las regulaciones del CEQ exigen que las agencias y otros actores federales integren los requisitos de la NEPA con otras obligaciones de planificación lo antes posible en el proceso. Esto es para garantizar que todas las decisiones estén influenciadas por los valores ambientales y los reflejen. También evita posibles retrasos y conflictos que podrían surgir al imponer estos requisitos más adelante en el proceso de elaboración de normas. La Sección 102(2)(C), que es la disposición de la NEPA que obliga a la acción, estipula que con "cada recomendación o informe sobre propuestas de legislación y otras acciones federales importantes que afecten significativamente la calidad del medio ambiente humano", todas las agencias federales deberán incluir "una declaración detallada del funcionario responsable... sobre el impacto ambiental de la acción propuesta". Esta declaración debe especificar todos los detalles requeridos para la EIS. [ 38 ]

Consecuencias por violar la Ley Nacional de Política Ambiental

Las agencias que violan la NEPA pueden sufrir daños a su reputación que pueden poner en peligro futuras oportunidades de financiación. Dado que el CEQ no tiene autoridad para hacer cumplir sus directrices, las presuntas violaciones generalmente deben pasar por el sistema judicial. Estas demandas pueden perjudicar aún más a las agencias al exigir dinero y recursos del gobierno federal y retrasar proyectos durante años. [ 39 ] Varios proyectos de gran envergadura se han cerrado o cancelado como resultado de tales retrasos, como el oleoducto Keystone XL planificado . La expansión fue abandonada por TC Energy en 2021 después de retrasos que incluyeron el rechazo de su revisión bajo la NEPA, en el caso Indigenous Environmental Network v. US Department of State. [ 40 ] La consecuencia más común impuesta por los tribunales por violaciones de la NEPA es la repetición obligatoria de la revisión o informe ambiental que se haya determinado que fue insuficiente.

Ley Nacional de Política Ambiental y justicia ambiental

La Ley Nacional de Política Ambiental puede afectar la justicia ambiental de diferentes maneras. Puede promover la justicia ambiental al exigir que las agencias federales incluyan a las poblaciones minoritarias y de bajos ingresos en sus análisis ambientales exigidos por la NEPA. [ 41 ] La Orden Ejecutiva n.° 12898 (11 de febrero de 1994; administración Clinton) exige que las agencias federales que cumplen con la NEPA consideren los efectos ambientales en la salud humana, así como los efectos económicos y sociales, específicamente dentro de las poblaciones minoritarias y de bajos ingresos, que se ven afectadas de manera desproporcionada por el deterioro ambiental. [ 42 ] [ 43 ] Las acciones federales propuestas deben abordar los "efectos ambientales significativos y adversos" en las poblaciones minoritarias y de bajos ingresos. [ 42 ]

También puede obstaculizar la justicia ambiental: en Nueva York, se prevé que el cobro por congestión mejore la calidad del aire, el uso del transporte público y el servicio de autobuses. [ 44 ] Sin embargo, se tardaron cuatro años en completar una evaluación ambiental de varios miles de páginas para el proceso NEPA, y el proyecto se retrasó aún más debido a litigios que alegaban que la evaluación ambiental no era suficiente. [ 45 ] Un parque eólico que se iba a construir en Cape Cod se canceló después de dieciséis años de litigios relacionados con la NEPA. [ 46 ] Varias líneas de transmisión necesarias para la transición a la energía limpia se han cancelado debido a litigios relacionados con la NEPA, [ 47 ] [ 48 ] [ 49 ] así como el proyecto Calico Solar en el desierto de Mojave. [ 50 ]

Novedades recientes

'El presidente Trump anuncia las regulaciones propuestas para la Ley Nacional de Política Ambiental' - video de la Casa Blanca , 9 de enero de 2020

El 15 de agosto de 2017, el presidente Donald Trump emitió la Orden Ejecutiva (OE) 13807 , "Establecer disciplina y rendición de cuentas en el proceso de revisión ambiental y permisos para proyectos de infraestructura". [ 51 ] Esta orden ejecutiva ordena al CEQ que utilice su "autoridad para interpretar la NEPA para simplificar y acelerar el proceso de revisión de la NEPA", exige a las agencias que "establezcan procedimientos para una revisión y actualización periódica de las exclusiones categóricas" y revoca la Orden Ejecutiva 13690 del presidente Obama que abordaba la gestión del riesgo de inundaciones al incluir la ciencia sobre el cambio climático.

En julio de 2020, el CEQ de la administración Trump tomó medidas para debilitar significativamente la ley al emitir una norma final que limitaba la duración de las EA a un año y las EIS a dos años. La norma también eximió por completo de revisión a varios proyectos e impidió la consideración de los impactos ambientales acumulativos, incluidos los causados ​​por el cambio climático. [ 52 ] [ 53 ] [ 54 ] Posteriormente, el CEQ de la administración Biden emitió dos cambios para restablecer las disposiciones regulatorias que estaban en vigor antes de la primera administración Trump: la Norma Final de la Fase 1 (20 de abril de 2022) y la Norma Final de la Fase 2 (1 de mayo de 2024). [ 55 ]

En 2025, la segunda administración Trump ordenó al CEQ que revocara todas las normas que había emitido para implementar la NEPA desde 1977. [ 56 ] Los defensores de la medida argumentaron que esto agilizaría los permisos, [ 57 ] mientras que los grupos ambientalistas y de bienestar animal argumentaron que reduciría la "capacidad del público para expresar plenamente sus preocupaciones sobre la destrucción del hábitat de la vida silvestre y la pérdida de biodiversidad, la disminución de la calidad del aire y del agua, y el daño a la salud pública". [ 58 ]

Una demanda sobre el propuesto Ferrocarril de la Cuenca de Uinta , que transportaría petróleo crudo desde pozos hasta puertos y refinerías, resultó en una audiencia de la Corte Suprema sobre la ley NEPA, luego de un fallo del circuito inferior en contra del Ferrocarril de la Cuenca de Uinta. La Corte Suprema emitió una opinión sobre Seven County Infrastructure Coalition v. Eagle County el 29 de mayo de 2025. En un fallo de 8 a 0 (con un juez absteniéndose) la corte declaró que el tribunal inferior había interpretado incorrectamente la NEPA. [ 59 ] El juez Brett Kavanaugh emitió la opinión de la corte afirmando que el propósito de la NEPA era proporcionar una "estatuto puramente procesal (que) simplemente requiere que una agencia prepare una EIS ". [ 59 ] En una declaración concurrente, la jueza Sonia Sotomayor afirmó que "la Junta de Transporte de Superficie no sería responsable de los daños causados ​​por la industria petrolera" mientras argumentaba que el fallo de la Corte Suprema seguía el precedente establecido. [ 59 ] Una reacción a la opinión del tribunal por parte del profesor de derecho Richard Lazarus afirmó que la opinión del tribunal cambia significativamente la interpretación de la NEPA: "Correcto o incorrecto, esa no ha sido la ley NEPA durante 50 años". [ 60 ]

Análisis de efectos

Existe evidencia limitada sobre los costos y beneficios de la NEPA. Según una revisión de 2025, "En cuanto a los costos, la evaluación ambiental se ha vuelto considerablemente más extensa en las últimas décadas, y al menos algunos costos de infraestructura han aumentado considerablemente desde la aprobación de la NEPA, aunque la evidencia de causalidad sigue siendo difícil de determinar. En cuanto a los beneficios, si bien los estudios de caso sugieren que la NEPA ha frenado algunos de los peores abusos, los datos más sistemáticos sobre los beneficios son escasos". [ 61 ]

Véase también

Referencias

Dominio público Este artículo incorpora material de dominio público del Código de Regulaciones Federales.

Dominio público Este artículo incorpora material de dominio público del Código de los Estados Unidos.

 Este artículo incorpora material de dominio público procedente de opiniones judiciales u otros documentos creados por el poder judicial federal de los Estados Unidos .

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