Articulo de referencia

Leyes valerianas y porcianas

Las leyes valeriana y porciana ( en latín : Leges Valeriae Publicolae, Leges Porciae ) fueron leyes romanas promulgadas entre el 509 a. C. y el 184 a. C. Eximían a los ciudadano...

Las leyes valeriana y porciana ( en latín : Leges Valeriae Publicolae, Leges Porciae ) fueron leyes romanas promulgadas entre el 509 a. C. y el 184 a. C. Eximían a los ciudadanos romanos de castigos degradantes y vergonzosos, como los azotes , la flagelación o la crucifixión . También establecían ciertos derechos para los ciudadanos romanos, incluida la provocatio , el derecho a apelar ante los tribunos de la plebe . La ley valeriana también legalizó el asesinato de cualquier ciudadano que conspirara para instaurar una tiranía. Esta cláusula se utilizó en varias ocasiones, siendo la más importante su uso por parte de los asesinos de Julio César .

Ley valeriana

La primera ley valeriana fue promulgada por Publio Valerio Publicola en el 509 a. C., pocos años después de la fundación de la Roma republicana . Otorgaba a un ciudadano romano, condenado por un magistrado a muerte o flagelación, el derecho de apelación ante el pueblo ( provocatio ad populum ), es decir, ante el pueblo compuesto por senadores , patricios y plebeyos . [ 1 ] De este modo, los cónsules dejaron de tener el poder de dictar sentencia en casos de pena capital contra un ciudadano romano sin el consentimiento del pueblo. En consecuencia, la ley valeriana despojó a los cónsules del poder de castigar los delitos, aboliendo así los vestigios dentro del gobierno romano de ese poder absoluto que era prerrogativa de los reyes Tarquinios .

No obstante, la ley valeriana no se mantuvo vigente durante los quinientos años de la República Romana. De hecho, Tito Livio afirma que la ley valeriana se promulgó de nuevo, por tercera vez, en el 299 a. C. Andrew Lintott supone que el efecto de esta tercera ley valeriana fue regularizar la provocatio : las apelaciones del pueblo a través del Tribuno de la Plebe eran una realidad con la que los magistrados tenían que lidiar antes de la ley, pero ahora se les ordenaba acatar las decisiones del pueblo en los casos de pena capital. [ 2 ] Livio señala que en los tres casos la ley fue promulgada por la familia Valerio . Además, Livio indica que, si un magistrado desobedecía la ley valeriana, su única reprimenda era que su acto se considerara ilegal y perverso. Esto implica que la ley valeriana no era muy eficaz para defender a la plebe.

Leyes porcianas

Las leyes porcianas ( en latín : Leges Porciae ) fueron tres leyes romanas que ampliaron los derechos de la ley valeriana. Fueron promulgadas por miembros de la Gens Porcia en el siglo II  a. C. Desconocemos sus fechas exactas, pero parece que pusieron fin a la ejecución sumaria de ciudadanos romanos en el campo y las provincias, y permitieron que los ciudadanos escaparan de las sentencias de muerte mediante el exilio voluntario . Cicerón, en la República (2.54), menciona tres leges porciae, pero no especifica sus detalles.

  • Lex Porcia I ( Lex Porcia ): posiblemente propuesta por el tribuno de la plebe P. Porcio Laeca en el 199  a. C., extendió el derecho a la provocación hasta 1000 pasos fuera de Roma , a los ciudadanos romanos en las provincias y a los soldados romanos . Hasta ese momento, es probable que las autoridades provinciales tuvieran coercitio sin restricciones .
  • Lex Porcia II ( Lex Porcia de tergo civium ): posiblemente propuesta por M. Porcius Cato ( Catón el Viejo ), cónsul en 195  a. C. y 184  a. C., extendió el derecho a la provocatio contra los azotes.
  • Lex Porcia III : quizás propuesta por M. Porcius Caton ( Catón el Viejo ) o por L. Porcius Licinius, preveía una sanción muy severa (posiblemente la muerte) contra los magistrados que se negaran a conceder la provocatio .

Las Leyes Porcianas no parecen haber protegido completamente a los soldados ciudadanos de los bastones de vid de los centuriones , ya que Tácito menciona que durante el principado se seguían infligiendo palizas severas .

Otras leyes

Otra ley que se promulgó con la intención de proteger a los ciudadanos de castigos severos a manos de gobernadores y magistrados es la lex Julia de vi publica , promulgada alrededor del 50 a. C. Se promulgó para definir la violación como sexo forzado contra "niño, mujer o cualquier persona" y el violador estaba sujeto a ejecución. Los hombres que habían sido violados estaban exentos de la pérdida de estatus legal o social que sufrían quienes sometían sus cuerpos al uso para el placer de otros; un prostituto o artista masculino era infame y excluido de las protecciones legales extendidas a los ciudadanos de buena reputación. En términos legales, un esclavo no podía ser violado; era considerado propiedad y no legalmente una persona . Sin embargo, el dueño del esclavo podía procesar al violador por daños a la propiedad. [ 3 ] [ 4 ] [ 5 ] [ 6 ] Sin embargo, esta ley, a todos los efectos prácticos, es solo una reafirmación del derecho de apelación presente en las leyes Valeriana y Porciana.

Violación

Los romanos veneraban profundamente la inviolabilidad de la persona del ciudadano, por lo que cualquier violación de las leyes de Valeriano y Porcio se consideraba casi un sacrilegio . El discurso de Cicerón en el juicio contra Verres evidencia la intensidad con la que se vivía este sentimiento. Verres , quien como gobernador de Sicilia (73-70 a. C.) mandó asesinar cruelmente a varios ciudadanos romanos, fue finalmente juzgado ante los senadores en Roma por extorsión (Cic. Ver. 5.161-2).

Véase también

Notas

  1. Lentz 1993 , pág. 120 . 
  2. Lintott, Andrew (1999). La Constitución de la República Romana . Oxford: Oxford University Press. págs. 37–38 . ISBN  978-0-19-926108-6.
  3. Resumen 48.6.3.4 y 48.6.5.2.
  4. Amy Richlin , "Not before Homosexuality", págs. 562–563. Véase también Digest 48.5.35 [34] sobre definiciones legales de violación que incluían a niños.
  5. Richlin, "No antes de la homosexualidad", págs. 558–561.
  6. Cantarella, Eva (20 de octubre de 2017). La bisexualidad en el mundo antiguo . Yale University Press. ISBN 978-0300093025 vía Google Libros.

Referencias

  • Lentz, John C. (1993). El retrato de Pablo según Lucas . Cambridge, Reino Unido: Cambridge University Press. ISBN 0-521-43316-9.