Articulo de referencia

Convención sobre el Estatuto de los Refugiados

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La Convención sobre el Estatuto de los Refugiados , también conocida como la Convención de Ginebra de 1951 o la Convención de Ginebra del 28 de julio de 1951 , es un tratado multilateral de las Naciones Unidas diseñado originalmente para establecer el estatus jurídico de las personas desplazadas en la Europa posterior a la Segunda Guerra Mundial . La convención define los criterios para la concesión del estatuto de refugiado y describe los derechos específicos de las personas una vez que un Estado de acogida les ha concedido asilo legalmente.

La Convención sobre el Estatuto de los Refugiados se basa en el artículo 14 de la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948 , que reconoce el derecho de las personas a solicitar asilo huyendo de la persecución en otros países. Un refugiado puede gozar de derechos y beneficios en un Estado adicionales a los previstos en la Convención. [ 2 ]

Historia

Antes de la convención de 1951, la Convención de la Sociedad de Naciones sobre el Estatuto Internacional de los Refugiados , del 28 de octubre de 1933, trataba medidas administrativas como la expedición de certificados Nansen , la devolución forzosa , cuestiones jurídicas, condiciones laborales, accidentes industriales, asistencia social y humanitaria, educación, régimen fiscal y exención de la reciprocidad, y preveía la creación de comités para refugiados. [ 3 ] Sin embargo, la convención de la Sociedad de Naciones fue diseñada principalmente para la asistencia a los refugiados de la desintegración del Imperio Otomano y de la Revolución Rusa , y solo fue ratificada por nueve países, lo que limitó su alcance. [ 3 ]

La Convención de 1951 fue adoptada por la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Estatuto de los Refugiados y los Apátridas, convocada en Ginebra en 1951. La convención fue aprobada el 28 de julio de 1951 y entró en vigor el 22 de abril de 1954. Inicialmente, se limitaba a brindar protección a los refugiados europeos anteriores al 1 de enero de 1951 (es decir, aquellos desplazados por la Segunda Guerra Mundial ), pero los Estados podían declarar que las disposiciones se aplicarían a los refugiados de otros lugares.

El Protocolo de 1967 eliminó los límites de tiempo y se aplicó a los refugiados "sin ninguna limitación geográfica", pero las declaraciones realizadas previamente por las partes de la convención sobre el ámbito geográfico se mantuvieron vigentes. [ 4 ]

Definición de refugiado

Artículo 1(A) de la convención " abuelos " en aquellos aceptados bajo convenciones anteriores:

... los Acuerdos del 12 de mayo de 1926 y del 30 de junio de 1928 o en virtud de los Convenios del 28 de octubre de 1933 y del 10 de febrero de 1938, el Protocolo del 14 de septiembre de 1939 o la Constitución de la Organización Internacional de Refugiados ...

sin excluir a nadie que se encuentre dentro del apartado 2 y que haya sido declarado no refugiado bajo sistemas anteriores. El artículo 1(A)(2) de la convención define a un refugiado como una persona que: [ 5 ] [ 6 ]

Como resultado de sucesos ocurridos antes del 1 de enero de 1951 y debido a un temor fundado de ser perseguido por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un determinado grupo social u opinión política, se encuentra fuera del país de su nacionalidad y no puede o, debido a dicho temor, no quiere acogerse a la protección de ese país; o quien, al no tener nacionalidad y encontrarse fuera del país de su anterior residencia habitual como resultado de tales sucesos, no puede o, debido a dicho temor, no quiere regresar a él.

Con el paso del tiempo y la aparición de nuevas situaciones de refugiados, se hizo cada vez más necesario aplicar las disposiciones específicas de la Convención de 1951 a los refugiados posteriores. En consecuencia, se elaboró ​​un Protocolo sobre el Estatuto de los Refugiados , que entró en vigor el 4 de octubre de 1967. [ 7 ] Se solicita al ACNUR que proporcione protección internacional a los refugiados que se encuentren dentro de su competencia. [ 8 ] El protocolo definió refugiado como cualquier persona comprendida en la definición de la Convención de 1951, como si se omitieran las palabras «Como resultado de hechos ocurridos antes del 1 de enero de 1951 y…». [ 9 ]

Varios grupos se han basado en la Convención de 1951 para crear una definición más objetiva. Si bien sus términos difieren de los de la Convención de 1951, esta ha influido significativamente en las nuevas definiciones, más objetivas. Entre ellas se incluyen la Convención de 1969 que rige los aspectos específicos de los problemas de los refugiados en África, adoptada por la Organización de la Unidad Africana (desde 2002 Unión Africana ), y la Declaración de Cartagena de 1984 que, aunque no vinculante, también establece normas regionales para los refugiados en América del Sur y Central , México y el Caribe . [ 10 ]

Algunos académicos han comenzado a considerar que esta definición es inadecuada para la sociedad contemporánea, ya que, por ejemplo, los refugiados ambientales no están incluidos en ella. [ 11 ] Investigadores de Policy Exchange sostienen que los tribunales y las ONG han "malinterpretado" y "truncado" la Convención de 1951 para crear una obligación permisiva que obliga a los países a aceptar reclamaciones que legalmente no están obligados a aceptar. [ 12 ]

Derechos y responsabilidades de las partes

En el principio general del derecho internacional, los tratados vigentes son vinculantes para las partes y deben cumplirse de buena fe. Los países que han ratificado la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados están obligados a proteger a los refugiados que se encuentren en su territorio de conformidad con sus términos. [ 13 ] Existen varias disposiciones a las que las partes de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados deben adherirse.

Los refugiados deberán:

  • acatar las leyes nacionales de los estados contratantes (Artículo 2)

Los Estados contratantes deberán:

  • Eximir a los refugiados de la reciprocidad después de 3 años (Artículo 7): Esto significa que la concesión de un derecho a un refugiado no debe estar sujeta a la concesión de un trato similar por parte del país de nacionalidad del refugiado, porque los refugiados no gozan de la protección de su Estado de origen. [ 13 ]
  • poder adoptar medidas provisionales contra un refugiado si fuera necesario en interés de la seguridad nacional esencial (Artículo 9)
  • respetar el estado civil del refugiado y los derechos que de él se derivan, en particular los derechos relacionados con el matrimonio (Artículo 12)
  • brindar acceso gratuito a los tribunales a los refugiados (Artículo 16)
  • prestar asistencia administrativa a los refugiados (Artículo 25)
  • expedir documentos de identidad a los refugiados (Artículo 27)
  • proporcionar documentos de viaje a los refugiados (Artículo 28)
  • permitir a los refugiados transferir sus bienes (Artículo 30)
  • brindar la posibilidad de asimilación y naturalización a los refugiados (Artículo 34)
  • cooperar con el ACNUR (Artículo 35) en el ejercicio de sus funciones y ayudar al ACNUR a supervisar la aplicación de las disposiciones de la convención. [ 13 ]
  • proporcionar información sobre cualquier legislación nacional que puedan adoptar para garantizar la aplicación del convenio (Artículo 36). [ 13 ]
  • resolver las controversias que puedan tener con otros Estados contratantes ante la Corte Internacional de Justicia si no fuera posible de otra manera (Artículo 38)

Los Estados contratantes no deberán:

  • discriminar a los refugiados (Artículo 3)
  • adoptar medidas excepcionales contra un refugiado únicamente por razón de su nacionalidad (Artículo 8)
  • Se espera que los refugiados paguen impuestos y tasas fiscales diferentes a los de los nacionales (Artículo 29).
  • imponer sanciones a los refugiados que entraron ilegalmente en busca de asilo si se presentan sin demora (Artículo 31)
  • Expulsar a los refugiados (Artículo 32)
  • devolver forzosamente o «refoul» a los refugiados al país del que huyeron (Artículo 33). Es ampliamente aceptado que la prohibición de la devolución forzosa forma parte del derecho internacional consuetudinario. Esto significa que incluso los Estados que no son parte de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 deben respetar el principio de no devolución. [ 13 ] Por lo tanto, los Estados están obligados, en virtud de la Convención y del derecho internacional consuetudinario, a respetar el principio de no devolución . Si este principio se ve amenazado, el ACNUR puede responder interviniendo ante las autoridades pertinentes y, si lo considera necesario, informará al público. [ 13 ]

Los refugiados serán tratados al menos como nacionales en relación con:

  • libertad para practicar su religión (Artículo 4)
  • el respeto y la protección de los derechos artísticos y de la propiedad industrial (Artículo 14)
  • racionamiento (Artículo 20)
  • educación primaria (Artículo 22)
  • asistencia y socorro público (Artículo 23)
  • Legislación laboral y seguridad social (Artículo 24)

Los refugiados serán tratados al menos como los demás extranjeros en relación con:

  • bienes muebles e inmuebles (Artículo 13)
  • el derecho de asociación en sindicatos u otras asociaciones (Artículo 15)
  • empleo asalariado (Artículo 17)
  • trabajo por cuenta propia (Artículo 18)
  • el ejercicio de las profesiones liberales (Artículo 19)
  • vivienda (Artículo 21)
  • educación superior a la primaria (Artículo 22)
  • el derecho a la libre circulación y a la libre elección de residencia dentro del país (Artículo 26)

Incumplimiento

No existe ningún organismo que supervise el cumplimiento. El Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) tiene funciones de supervisión, pero no puede hacer cumplir la convención, y no existe un mecanismo formal para que los particulares presenten quejas. La Convención especifica que las quejas deben remitirse a la Corte Internacional de Justicia . [ 14 ] Al parecer, ningún país lo ha hecho.

Una persona puede presentar una queja ante el Comité de Derechos Humanos de la ONU, en virtud del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, o ante el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU, también en virtud del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales , pero nadie lo ha hecho jamás en relación con violaciones de la convención. Los países pueden imponer sanciones internacionales a los infractores, pero ningún país lo ha hecho.

Actualmente, las únicas consecuencias reales de la violación son 1) la humillación pública en la prensa y 2) la condena verbal del infractor por parte de la ONU y de otras naciones. Hasta la fecha, estas no han demostrado ser elementos disuasorios significativos. [ 15 ]

Véase también

Referencias

  1. 1 2 "Capítulo V – Refugiados y apátridas" . Serie de Tratados de las Naciones Unidas . 22 de julio de 2013. Archivado del original el 14 de noviembre de 2012. Recuperado el 22 de julio de 2013 .
  2. Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, Artículo 5.
  3. 1 2 Jaeger, Gilbert (septiembre de 2001). "Sobre la historia de la protección internacional de los refugiados" (PDF) . Revista Internacional de la Cruz Roja . 83 (843): 727– 737. doi : 10.1017/S1560775500119285 . S2CID 145129127 . 
  4. «Protocolo n.º 8791 relativo al Estatuto de los Refugiados. Hecho en Nueva York, el 31 de enero de 1967». Serie de Tratados – Tratados y acuerdos internacionales registrados o archivados en la Secretaría de las Naciones Unidas (PDF) . Vol. 606. Naciones Unidas . 1970. pág. 268. Consultado el 19 de octubre de 2013 .  
  5. Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados. (2012). Texto de la Convención . Recuperado el 5 de mayo de 2012. Archivado el 7 de junio de 2012 en Wayback Machine.
  6. "¿Qué es un refugiado? Definición y significado | EE. UU. para ACNUR" . unrefugees.org . Consultado el 23 de octubre de 2022 .
  7. Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados 2011 § C(8).
  8. Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados 2011 § E(14).
  9. Protocolo relativo al estatuto de los refugiados de 31 de enero de 1967 – Texto en inglés , Artículo I § 2.
  10. ACNUR. "La Situación de los Refugiados en América Latina: Protección y Soluciones Bajo el Enfoque Pragmático de la Declaración de Cartagena Sobre los Refugiados de 1984". 2004 (en español). http://www.oas.org/DIL/xxxiv/Documentos/Juan%20Carlos%20Murillo/JCMurillo.DOCUME~1.DOC
  11. Lee, Eun Su; Szkudlarek, Betina; Nguyen, Duc Cuong; Nardon, Luciara (abril de 2020). "Desvelando el techo de lona: una revisión bibliográfica multidisciplinaria sobre el empleo de refugiados y la integración laboral" . International Journal of Management Reviews . 22 (2): 193– 216. doi : 10.1111/ijmr.12222 . ISSN 1460-8545 . S2CID 216204168 .  
  12. Ekins, Richard; Finnis, John; Murray, Simon (31 de enero de 2022). "El proyecto de ley de nacionalidad y fronteras y la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951" . Policy Exchange . Consultado el 4 de diciembre de 2025 .
  13. 1 2 3 4 5 6 ACNUR: Protección de los refugiados: Guía de derecho internacional de los refugiados , 2001, ISBN 92-9142-101-4Consultado el 19 de agosto de 2015.
  14. Convención sobre el Estatuto de los Refugiados , artículo 38.
  15. "Aclaración de Crikey: ¿la política de refugiados de Australia infringe las normas de la ONU?" . crikey.com.au . 29 de noviembre de 2012 . Consultado el 23 de octubre de 2022 .
  • Texto completo de la Convención (ACNUR)
  • Nota introductoria de Guy S. Goodwin-Gill , nota histórica sobre el procedimiento y material audiovisual sobre la Convención relativa al Estatuto de los Refugiados y el Protocolo relativo al Estatuto de los Refugiados en los Archivos Históricos de la Biblioteca Audiovisual de Derecho Internacional de las Naciones Unidas.
  • Conferencias de Guy S. Goodwin-Gill tituladas "Derecho Internacional de la Migración: Una Introducción General" y "Migración Forzada: La Evolución del Derecho Internacional de los Refugiados y su Organización" en el Ciclo de Conferencias de la Biblioteca Audiovisual de Derecho Internacional de las Naciones Unidas.