Articulo de referencia

Ley de Normas Uniformes para Litigios sobre Valores

La Ley de Normas Uniformes para Litigios sobre Valores de 1998 ( SLUSA ), Ley Pública 105-353 (texto) (PDF) , 112 Stat. 3227, es una ley federal de los Estados Unidos relativa a...

La Ley de Normas Uniformes para Litigios sobre Valores de 1998 ( SLUSA ), Ley Pública 105-353 (texto) (PDF) , 112 Stat. 3227, es una ley federal de los Estados Unidos relativa a las demandas colectivas privadas por fraude de valores . La SLUSA modificó partes de la Ley de Valores de 1933 y la Ley del Mercado de Valores de 1934 para impedir ciertas demandas colectivas que alegaban fraude conforme a la ley estatal "en relación con la compra o venta" de valores. Dichas demandas no pueden presentarse ante tribunales estatales ni federales. 

Fondo

En 1995, el Congreso aprobó la Ley de Reforma de Litigios sobre Valores Privados (PSLRA, por sus siglas en inglés), alegando que el mecanismo de demandas colectivas se estaba utilizando para perjudicar a "toda la economía estadounidense" mediante presentaciones frívolas, la selección de demandados con grandes recursos económicos, solicitudes de descubrimiento vejatorias y "la manipulación por parte de los abogados de demandas colectivas de los clientes a quienes supuestamente representan". [ 1 ] En consecuencia, la PSLRA impuso nuevas restricciones que incluían un estándar de alegación más elevado para las demandas colectivas sobre valores, límites a las indemnizaciones y sanciones obligatorias para los litigios frívolos.

La consecuencia fue que muchos demandantes por fraude de valores intentaron eludir las nuevas restricciones de la PSLRA evitando por completo los tribunales federales. Si bien históricamente los casos de valores eran poco frecuentes en los tribunales estatales, las demandas colectivas por fraude de valores basadas en la legislación estatal se volvieron comunes. El Congreso celebró una audiencia en 1997 para evaluar estos efectos de la PSLRA y, posteriormente, promulgó la SLUSA para frenar este "desplazamiento de los tribunales federales a los estatales" y "evitar que ciertas demandas colectivas estatales por fraude de valores se utilicen para frustrar los objetivos de" la Ley de Reforma. [ 2 ]

Provisiones

La disposición principal de SLUSA dice lo siguiente:

LIMITACIONES DE LAS DEMANDAS COLECTIVAS. -- Ninguna demanda colectiva cubierta, basada en la ley estatutaria o el derecho consuetudinario de cualquier Estado o subdivisión del mismo, podrá ser mantenida en ningún tribunal estatal o federal por ninguna parte privada que alegue:
(A) una declaración falsa u omisión de un hecho material en relación con la compra o venta de un valor cubierto; o
(B) que el acusado utilizó o empleó algún dispositivo o artimaña manipuladora o engañosa en relación con la compra o venta de un valor cubierto. [ 3 ]

Otra disposición clave del estatuto hace que todas las "demandas colectivas cubiertas" presentadas en tribunales estatales sean transferibles a tribunales federales, [ 4 ] que define como una demanda en la que se buscan daños en nombre de más de 50 personas. Un "valor cubierto" es aquel que se negocia a nivel nacional y se cotiza en una bolsa de valores nacional regulada .

Alcance de la preeminencia

En Merrill Lynch, Pierce, Fenner & Smith, Inc. v. Dabit , 547 US 71 (2006), la Corte Suprema de los Estados Unidos dictaminó que SLUSA operaba para anular las demandas de "titulares" de la ley estatal, que alegaban daños basados ​​en la retención prolongada de acciones debido a fraude, así como las demandas derivadas de la compra o venta de valores inducida por fraude. Aunque la Regla 10b-5 de la SEC solo establece una causa de acción privada bajo la ley federal para demandas de comprador-vendedor, y esa regla usa el mismo lenguaje "en relación con" que SLUSA, la Corte dictaminó que la exclusión de las demandas de los titulares de la Regla 10b-5 era una limitación creada judicialmente al litigio privado, [ 5 ] no una interpretación de su lenguaje. La Corte consideró que la política detrás de SLUSA indicaba que su lenguaje debía tener un efecto amplio, para cerrar la laguna de las demandas de los titulares.

Exenciones

SLUSA exime de su cobertura de preeminencia ciertas demandas colectivas que se basan en la ley del estado en el que está constituida la entidad emisora ​​del valor . También excluye cualquier acción interpuesta por una agencia estatal, un plan de pensiones estatal , acciones derivadas de contratos entre emisores y fideicomisarios de bonos , y acciones derivadas interpuestas por accionistas en nombre de una corporación. [ 6 ] SLUSA también preserva expresamente la jurisdicción de los tribunales estatales sobre los procedimientos de ejecución de las agencias estatales. [ 7 ]

Véase también

Notas

  1. Informe de RR.HH. n.° 104-369, pág. 31 (1995).
  2. ^ SLUSA §§ 2(2), (5), 112 Stat. 3227.
  3. 15 USC § 78bb(f)(1)).
  4. 15 USC § 78bb(f)(2))
  5. Esta limitación fue adoptada en Blue Chip Stamps v. Manor Drug Stores , 421 US 723 (1975)
  6. 15 USC §§78bb(f)(3)(A)–(C), (f)(5)(C).
  7. 15 USC §78bb(f)(4).