Articulo de referencia

Resolución 478 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas

La Resolución 478 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas , adoptada el 20 de agosto de 1980, es la última de las siete resoluciones del Consejo de Seguridad que condena...

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La Resolución 478 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas , adoptada el 20 de agosto de 1980, es la última de las siete resoluciones del Consejo de Seguridad que condenan la anexión israelí de Jerusalén Este . La Resolución 478 del Consejo de Seguridad señala el incumplimiento por parte de Israel de la Resolución 476 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas [ 1 ] y condena la Ley de Jerusalén de 1980, que declaraba a Jerusalén como la capital "completa y unificada" de Israel , por considerarla una violación del derecho internacional. La resolución declara que el Consejo no reconocerá esta ley e insta a los Estados miembros a aceptar la decisión del Consejo. Asimismo, insta a los Estados miembros a retirar sus misiones diplomáticas de la ciudad. Las resoluciones del Consejo de Seguridad siguieron a dos resoluciones de la Asamblea General relativas a las acciones de Israel en Jerusalén Este. [ 2 ] [ 3 ]

La resolución fue aprobada con 14 votos a favor y ninguno en contra, con la abstención de Estados Unidos .

Recepción y crítica

Israel rechazó categóricamente la resolución y su Ministerio de Relaciones Exteriores anunció: «No socavará el estatus de Jerusalén como capital de un Israel soberano y como ciudad unida que jamás volverá a ser dividida». [ 4 ]

En declaraciones realizadas ante el consejo, el entonces secretario de Estado de Estados Unidos, Edmund Muskie, afirmó: "La cuestión de Jerusalén debe abordarse en el contexto de las negociaciones para una paz integral, justa y duradera en Oriente Medio ".

El proyecto de resolución que hoy tenemos ante nosotros ilustra una preocupación que ha dado lugar a esta serie de textos desequilibrados y poco realistas sobre cuestiones de Oriente Medio. No cumple con el objetivo de todas las religiones que consideran a Jerusalén como un lugar sagrado. Debemos compartir una visión común del futuro de esa antigua ciudad: una Jerusalén indivisa, con libre acceso a los Lugares Santos para personas de todas las religiones. [ 5 ]

Respecto a la sección del proyecto de resolución relativa al traslado de embajadas de Jerusalén, el Secretario de Estado afirmó que la resolución era «fundamentalmente defectuosa» y que Estados Unidos consideraba que la instrucción de que los Estados retiraran sus misiones diplomáticas de Jerusalén «no era vinculante» ni tenía fuerza, y que «la rechazamos como un intento subversivo de imponer normas a otras naciones». Asimismo, declaró que Estados Unidos se opondría enérgicamente a cualquier intento de imponer sanciones a Israel en virtud del Capítulo VII de la Carta. [ 6 ]

Shlomo Slonim afirmó que, a pesar de su tono enérgico, la declaración de Muskie no aclaraba realmente la postura estadounidense sobre Jerusalén. No hacía referencia a Jerusalén como territorio ocupado, pero tampoco negaba tal condición. Señaló que la política estadounidense respecto a Jerusalén a finales de 1980 seguía marcada por un considerable grado de ambigüedad y confusión. [ 7 ]

Decisiones relativas a situaciones ilegales

Dos de las decisiones contenidas en la resolución se referían a la ilegalidad de la Ley Fundamental de Jerusalén y a las violaciones del Convenio de Ginebra, consideradas violaciones graves del derecho internacional consuetudinario. [ 8 ] El Repertorio de Prácticas de los Órganos de las Naciones Unidas es una publicación jurídica que analiza y registra las decisiones de los órganos de la ONU. [ 9 ] Afirma que las decisiones fueron adoptadas por el Consejo de Seguridad en nombre de los miembros en virtud del Artículo 24. [ 10 ] Si bien no fueron adoptadas en virtud del Capítulo VII de la Carta, la organización considera que las determinaciones relativas a situaciones ilegales son vinculantes para todos sus miembros. [ 11 ] El Repertorio dice: «La cuestión de si el Artículo 24 confiere facultades generales al Consejo de Seguridad dejó de ser objeto de debate tras la opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia emitida el 21 de junio de 1971 en relación con la cuestión de Namibia (Informes de la CIJ, 1971, página 16)». [ 10 ]

La posterior opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia expresó la opinión de que todos los Estados tienen la obligación de no reconocer la situación ilegal en Jerusalén Este y sus alrededores . [ 12 ]

La mayoría de las naciones con embajadas en Jerusalén las trasladaron a Tel Aviv , Ramat Gan o Herzliya tras la aprobación de la Resolución 478. Tras la retirada de Costa Rica y El Salvador en agosto de 2006, ningún país mantuvo su embajada en Jerusalén hasta mayo de 2018. Tras el anuncio del presidente Trump en diciembre de 2017, Estados Unidos trasladó su embajada de Tel Aviv a Jerusalén el 14 de mayo de 2018. [ 13 ]

Texto completo de la Resolución 478

El Consejo de Seguridad ,

Recordando su resolución 476 (1980) ,

Reafirmando una vez más que la adquisición de territorio por la fuerza es inadmisible,

Profundamente preocupados por la promulgación de una "ley fundamental" en la Knesset israelí que proclama un cambio en el carácter y el estatus de la Ciudad Santa de Jerusalén , con sus implicaciones para la paz y la seguridad,

Tomando nota de que Israel no ha cumplido con la resolución 476 (1980),

Reafirmando su determinación de examinar las vías y medios prácticos, de conformidad con las disposiciones pertinentes de la Carta de las Naciones Unidas , para asegurar la plena aplicación de su resolución 476 (1980), en caso de incumplimiento por parte de Israel,

1. Censura en los términos más enérgicos la promulgación por parte de Israel de la "ley fundamental" sobre Jerusalén y la negativa a cumplir con las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad;

2. Afirma que la promulgación de la "ley fundamental" por parte de Israel constituye una violación del derecho internacional y no afecta la aplicación continua del Convenio de Ginebra relativo a la protección de personas civiles en tiempo de guerra, de 12 de agosto de 1949, en los territorios palestinos y otros territorios árabes ocupados desde junio de 1967, incluida Jerusalén;

3. Determina que todas las medidas y acciones legislativas y administrativas adoptadas por Israel, la Potencia ocupante, que hayan alterado o pretendan alterar el carácter y el estatus de la Ciudad Santa de Jerusalén, y en particular la reciente "ley fundamental" sobre Jerusalén, son nulas y sin efecto y deben ser derogadas de inmediato;

4. Afirma también que esta acción constituye un grave obstáculo para lograr una paz integral, justa y duradera en el Oriente Medio;

5. Decide no reconocer la "ley fundamental" ni otras acciones de Israel que, como consecuencia de esta ley, pretendan alterar el carácter y el estatus de Jerusalén, y hace un llamamiento a:

a) Que todos los Estados miembros acepten esta decisión;

b) Aquellos Estados que hayan establecido misiones diplomáticas en Jerusalén, que retiren dichas misiones de la Ciudad Santa;

6. Solicita al Secretario General que informe al Consejo de Seguridad sobre la aplicación de la presente resolución antes del 15 de noviembre de 1980;

7. Decide seguir ocupándose de esta grave situación.

Aprobada en la reunión número 2245 por 14 votos a favor, ninguno en contra y 1 abstención ( Estados Unidos de América ) .

Véase también

Referencias

  1. "S/RES/476 (1980)" . Resolución del Consejo de Seguridad de la ONU . un.org. 30 de junio de 1980. Consultado el 30 de junio de 2024 .
  2. A/RES/2253(ES-V)
  3. A/RES/2254(ES-V)
  4. "Israel afirma que la resolución de la ONU no afectará el estatus de Jerusalén como capital" . Agencia Telegráfica Judía. 22 de agosto de 1980. Consultado el 2 de enero de 2015 .
  5. Véase S/PV.2245(OR) párrafo 111 .
  6. Muskie estaba hablando del borrador de resolución antes de que fuera aprobado . Véase S/PV.2245(OR), párrafo 106.
  7. ^ Slonim, Shlomo (1998). Jerusalén en la política exterior de Estados Unidos, 1947-1997 . Editores Martinus Nijhoff . pag. 246.ISBN  978-90-411-1039-8.
  8. Véase, por ejemplo, S/PV.2245(OR) párrafo 19 y 77 .
  9. La resolución 686 (VII) de la Asamblea General, «Medidas para facilitar la disponibilidad de las pruebas del derecho internacional consuetudinario», dispuso que las unidades de la Secretaría pertinentes elaboraran un informe sobre la práctica de los órganos de las Naciones Unidas.
  10. 1 2 Por ejemplo, el Repertorio de Prácticas de los Órganos de las Naciones Unidas, Artículo 24, Suplemento N° 6 (1979–1984), volumen 3, indica que el Consejo actuaba en nombre de los miembros cuando declaró formalmente inválidas las medidas legislativas y administrativas ilegales en la resolución 478. Véase la Nota 2 en la página 1 y los listados de las páginas 12, 19, 24, 25, 26, 29 y 30.
  11. Véase la respuesta de la jueza Higgins a la pregunta contenida en la resolución ES-10/14 de la Asamblea General en su Opinión Consultiva Separada, párrafos 22 y 38: «Copia archivada» (PDF) . Archivado del original (PDF) el 12 de enero de 2011. Recuperado el 7 de febrero de 2010 .{{cite web}}: CS1 maint: copia archivada como título ( enlace ) ; y De Waart, Paul JIM, "La Corte Internacional de Justicia firmemente amurallada en el derecho de poder en el proceso de paz israelí-palestino", Leiden Journal of International Law, 18 (2005), págs. 467-487, especialmente 474 y 485-486.
  12. Consecuencias legales de la construcción de un muro en el territorio palestino ocupado. Archivado el 6 de julio de 2010 en Wayback Machine . Corte Internacional de Justicia.
  13. "Estados Unidos abre una nueva embajada en Jerusalén mientras decenas de personas mueren en Gaza" . 14 de mayo de 2018.
  • Logotipo de WikisourceObras relacionadas con la Resolución 478 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en Wikisource.
  • Texto de la Resolución 478 en undocs.org
  • Ley Fundamental: Jerusalén, Capital de Israel (Traducción al inglés)