La resolución 787 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas , aprobada el 16 de noviembre de 1992, tras reafirmar la Resolución 713 (1991) y todas las resoluciones posteriores sobre el tema, el Consejo instó a las partes en Bosnia y Herzegovina a considerar el proyecto de constitución general como base para negociar una solución política del conflicto en el país, y procedió a imponer nuevas sanciones internacionales a la República Federativa de Yugoslavia (Serbia y Montenegro).
El Consejo reafirmó que la toma de territorio por la fuerza, en particular la práctica de la depuración étnica , es inaceptable, exhortó a todas las partes a que respeten la integridad territorial de Bosnia y Herzegovina y afirmó que no se aceptarán entidades declaradas unilateralmente ni acuerdos impuestos en contravención de esa integridad. También condenó a todas las partes en Bosnia y Herzegovina, en particular a las fuerzas paramilitares serbias de Bosnia , por su negativa a cumplir con resoluciones anteriores del Consejo de Seguridad. El Consejo también exigió que cesara toda injerencia externa en Bosnia y Herzegovina, incluida la exigencia de que todas las fuerzas, en particular elementos del ejército croata , se retiraran, disolvieran o desarmaran, exhortando a todas las partes a que cumplieran sus compromisos de poner en vigor un cese inmediato de las hostilidades y negociar en el Grupo de Trabajo Militar Mixto y poner fin al bloqueo de Sarajevo y otras ciudades.
La resolución condenó nuevamente las violaciones del derecho internacional , incluidas las de limpieza étnica y la obstaculización de la ayuda humanitaria , y acogió con beneplácito el establecimiento de la Comisión de Expertos en virtud de la Resolución 780 (1992), solicitándole que investigara activamente las violaciones de los Convenios de Ginebra . Luego, el Consejo, en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas , decidió ampliar el alcance de las sanciones internacionales contra la República Federativa de Yugoslavia para que se aplicaran a los buques en los que tiene un interés o que operan desde la República Federativa, y pidió a los Estados que garantizaran que las exportaciones no se desviaran al país en violación de la Resolución 757 (1992). También pidió medidas proporcionales a las circunstancias actuales para detener el transporte marítimo entrante y saliente a fin de inspeccionar y verificar sus cargamentos y destinos y garantizar la estricta aplicación de las resoluciones anteriores. [1] A este respecto, el Consejo elogió a los Estados ribereños que estaban actuando en cumplimiento de las resoluciones del Consejo de Seguridad.
En la resolución 787 se pidió a los Estados interesados que coordinaran con el Secretario General Boutros Boutros-Ghali la facilitación de la vigilancia del cumplimiento de la resolución vigente y prestaran la asistencia que fuera necesaria. En lo que respecta a la situación humanitaria, el Consejo instó a los donantes y a las organizaciones internacionales a que contribuyeran a las actividades de socorro en la ex Yugoslavia y pidió que se cooperara plenamente con la Fuerza de Protección de las Naciones Unidas para garantizar la entrega segura de la ayuda humanitaria a la población afectada. También invitó al Secretario General a que, en consulta con el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados y otros organismos, considerara la posibilidad de promover "zonas seguras" con fines humanitarios. Por último, la resolución valoró el informe de los copresidentes del Comité Directivo de la Conferencia Internacional sobre la ex Yugoslavia y pidió que se le mantuviera informado sobre la situación.
La resolución fue adoptada por 13 votos a favor y ninguno en contra, con dos abstenciones de China y Zimbabwe . [2] La resolución actual fue reforzada por la Resolución 820. [ 3]
Véase también
- Desintegración de Yugoslavia
- Genocidio bosnio
- Guerra de Bosnia
- Guerra de Independencia de Croacia
- Lista de resoluciones 701 a 800 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (1991-1993)
- Guerras yugoslavas
Referencias
- ^ Sociedad Americana de Derecho Internacional, Nederlandse Vereniging voor Internationaal Recht (1994). Cuestiones de derecho internacional contemporáneo: oportunidades en una época de cambios trascendentales : actas de la segunda conferencia conjunta celebrada en La Haya, Países Bajos, del 22 al 24 de julio de 1993 . Martinus Nijhoff Publishers. pág. 340. ISBN 978-0-7923-2831-5.
- ^ Boulesbaa, Ahcene (1999). La Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura y las perspectivas de su aplicación . Martinus Nijhoff Publishers. pág. 94. ISBN 978-90-411-0457-1.
- ^ Sarooshi, Danesh (2000). Las Naciones Unidas y el desarrollo de la seguridad colectiva: la delegación por parte del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas de sus poderes en virtud del capítulo VII . Oxford University Press. pág. 265. ISBN 978-0-19-829934-9.