Una categoría de vehículo clasifica un vehículo terrestre o remolque a efectos reglamentarios.
Categorías de la CEPE
Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas Información de la Resolución Consolidada sobre la Construcción de Vehículos (RE3) , [ 1 ] Revisión 6. [ 2 ]
Algunas categorías tienen subclases adicionales. Consulte la Resolución consolidada sobre la construcción de vehículos (RE3) [ 2 ] para obtener más información.
Los vehículos que aparecen en la tabla entre paréntesis son ejemplos de vehículos de esa categoría, por ejemplo ( Autobús ).
Notas de categoría
- ↑ Un vehículo de categoría M, N u O para el transporte de pasajeros o mercancías y para el desempeño de una función especial para la cual se requieren arreglos de carrocería y/o equipos especiales.
- ↑ Un vehículo de categoría M1 de propósito especial construido para incluir espacio habitable.
- ↑ Vehículo destinado a la protección de pasajeros y/o mercancías transportadas y que cumple con los requisitos de blindaje antibalas.
- ↑ Vehículo de motor de categoría M destinado al transporte de personas enfermas o lesionadas y que cuenta con equipamiento especial para tal fin.
- ↑ Vehículo de motor destinado al transporte de personas fallecidas y que cuenta con equipamiento especial para tal fin.
- ↑ Vehículo motorizado, ya sea de ruedas o de orugas, con al menos dos ejes, cuya función depende esencialmente de su fuerza de tracción y que está especialmente diseñado para tirar, empujar, transportar o accionar ciertos implementos, máquinas o remolques destinados a la agricultura o la silvicultura . Dicho tractor puede estar equipado para transportar una carga (por ejemplo, un autocargador ) y operarios.
- ↑ Cualquier máquina móvil, equipo industrial transportable o vehículo con o sin carrocería, no destinado al transporte de pasajeros o mercancías por carretera, en el que esté instalado un motor de combustión interna.
- ↑ Se consideran vehículos todoterreno los vehículos de las categorías M y N.
- ↑ Los símbolos M y N pueden combinarse con el símbolo G. Por ejemplo, un vehículo de categoría N1 apto para uso todoterreno puede designarse como N1G.
Clasificación de la UE
En la Unión Europea , las clasificaciones de la categoría de vehículos se basan en las normas de la UNECE y se definen por: [ 3 ]
- Reglamento (UE) n.º 168/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de enero de 2013, relativo a la homologación y la vigilancia del mercado de vehículos de dos o tres ruedas y de cuadriciclos. [ 4 ]
- Directiva 2007/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de septiembre de 2007, por la que se establece un marco para la homologación de los vehículos de motor y sus remolques, así como de los sistemas, componentes y unidades técnicas independientes destinados a dichos vehículos. [ 5 ]
La clasificación general de categorías de vehículos de la UE es: [ 6 ]
- Vehículos de dos o tres ruedas y cuadriciclos :
- Categoría L1e: vehículo ligero de dos ruedas motrices
- Categoría L1e-A: ciclo motorizado
- Categoría L1e-B: ciclomotor de dos ruedas
- Categoría L2e: ciclomotor de tres ruedas
- Categoría L2e-P: ciclomotor de tres ruedas diseñado para el transporte de pasajeros.
- Categoría L2e-U: ciclomotor de tres ruedas diseñado para uso utilitario.
- Categoría L3e: motocicleta de dos ruedas
- Subcategorizados por rendimiento:
- Categoría L3e-A1: motocicleta de bajas prestaciones
- Categoría L3e-A2: motocicleta de prestaciones medias
- Categoría L3e-A3: motocicleta de alto rendimiento
- Subcategorizados por uso especial:
- Categoría L3e-A1E, L3e-A2E o L3e-A3E: motocicleta enduro
- Categoría L3e-A1T, L3e-A2T o L3e-A3T: motocicleta de trial
- Subcategorizados por rendimiento:
- Categoría L4e: motocicleta de dos ruedas con sidecar
- Categoría L5e: triciclo motorizado
- Categoría L5e-A: triciclo (diseñado principalmente para el transporte de pasajeros)
- Categoría L5e-B: triciclo comercial (triciclo utilitario diseñado exclusivamente para el transporte de mercancías)
- Categoría L6e: cuadriciclo ligero
- Categoría L6e-A: quad ligero para carretera
- Categoría L6e-B: cuadrimóvil ligero
- Categoría L6e-BU: cuadrimóvil ligero de uso utilitario (vehículo utilitario diseñado exclusivamente para el transporte de mercancías)
- Categoría L6e-BP: cuadrimóvil ligero para el transporte de pasajeros (vehículo diseñado principalmente para el transporte de pasajeros)
- Categoría L7e: cuadriciclos pesados
- Categoría L7e-A: quad pesado para carretera
- Categoría L7e-A1: Quad A1 para uso en carretera
- Categoría L7e-A2: Quad A2 para uso en carretera
- Categoría L7e-B: quad todoterreno pesado
- Categoría L7e-B1: quad todoterreno
- Categoría L7e-B2: buggy side-by-side
- Categoría L7e-C: cuadrimóvil pesado
- Categoría L7e-CU: cuadrimóvil pesado para uso utilitario (vehículo utilitario diseñado exclusivamente para el transporte de mercancías)
- Categoría L7e-CP: cuadrimóvil pesado para transporte de pasajeros (vehículo diseñado principalmente para el transporte de pasajeros)
- Categoría L7e-A: quad pesado para carretera
- Categoría L1e: vehículo ligero de dos ruedas motrices
- Vehículos de motor con al menos cuatro ruedas:
- Categoría M: utilizada para el transporte de pasajeros
- Categoría M1: no más de ocho asientos además del asiento del conductor (principalmente, automóviles ).
- más de ocho asientos además del asiento del conductor ( autobuses ):
- Categoría M2: con una masa máxima que no exceda las 5 toneladas (11.000 lb)
- Categoría M3: con una masa máxima superior a 5 toneladas.
- Categoría N: utilizada para el transporte de mercancías ( camiones ):
- Categoría N1 : con una masa máxima que no exceda las 3,5 toneladas (7700 lb)
- Categoría N2 : con una masa máxima superior a 3,5 toneladas pero no superior a 12 toneladas (26.000 lb)
- Categoría N3 : con una masa máxima superior a 12 toneladas.
- Categoría M: utilizada para el transporte de pasajeros
- Categoría O: remolques (incluidos semirremolques )
- Categoría O1: masa máxima que no exceda las 0,75 toneladas (1700 lb)
- Categoría O2: superior a 0,75 toneladas pero no superior a 3,5 toneladas (7700 lb)
- Categoría O3: superior a 3,5 toneladas pero no superior a 10 toneladas (22.000 lb)
- Categoría O4: superior a 10 toneladas
- Símbolo G: vehículos todoterreno
- vehículos de uso especial
Permisos de conducir europeos
También existe una clasificación por categorías diferente a efectos de la obtención del permiso de conducir .
La tabla que aparece a continuación muestra la correspondencia entre las categorías de vehículos y las categorías del permiso de conducir europeo , indicando qué clase de vehículo se puede conducir con cada categoría de permiso.
Clasificaciones específicas por país
República Checa
En la República Checa, las categorías de vehículos terrestres se definen mediante la Ley n.º 56/2001 Sb. y la Ordenanza n.º 341/2002 Sb. Las categorías M (que incluyen M1, M2, M3), N (que incluyen N1, N2, N3), el símbolo G para uso fuera de carretera de los vehículos M y N (M1G, M2G, M3G, N1G, N2G, N3G) y la categoría O (que incluye O1, O2, O3 y O4) se definen de acuerdo con la directiva de la UE. Además, existen las siguientes categorías definidas:
- Categoría L: vehículos de motor ligeros
- Categoría LM: bicicletas con motor auxiliar (cilindrada no superior a 50 cm³, velocidad máxima de diseño no superior a 25 km/h)
- Categoría LA: ciclomotores de dos ruedas (generalmente, con un volumen de cilindro que no supere los 50 cm³ y una velocidad máxima de diseño de 45 km/h).
- Categoría LB: ciclomotores de tres ruedas y vehículos ligeros de cuatro ruedas (generalmente, volumen del cilindro no superior a 50 cm³ o potencia del motor no superior a 4 kW, velocidad de diseño no superior a 45 km/h, masa del vehículo vacío no superior a 350 kg).
- Categoría LC: motocicletas (de dos ruedas, con uno o más parámetros que superan la categoría LA)
- Categoría LD: motocicletas con sidecar (con uno o más parámetros que superan la categoría LB)
- Categoría LE: triciclos y vehículos de cuatro ruedas (con uno o más parámetros que superen la categoría LB), vehículos de cuatro ruedas con una masa no superior a 400 kg (o 550 kg en el caso de vehículos de carga) y una potencia del motor del vehículo de cuatro ruedas no superior a 15 kW.
- Categoría T: tractores forestales y agrícolas
- Categoría T1: tractores estándar (barro superior a 1150 mm, masa del vehículo vacío superior a 600 kg, altura de conducción no superior a 1000 mm)
- Categoría T2: masa del vehículo vacío superior a 600 kg, ancho de vía inferior a 1150 mm, altura libre al suelo inferior a 600 mm.
- Categoría T3: masa del vehículo inferior a 600 kg
- Categoría T4.1: altura libre al suelo superior a 1000 mm
- Categoría T4.2: tractores extra anchos
- Categoría OT1: tractor-remolque, masa máxima no superior a 1,5 toneladas
- Categoría OT2: tractor-remolque, masa máxima superior a 1,5 toneladas pero no superior a 3,5 toneladas.
- Categoría OT3: tractor-remolque, masa máxima superior a 3,5 toneladas pero no superior a 6 toneladas.
- Categoría OT4: tractor-remolque, masa máxima superior a 6 toneladas
- Categoría S: máquinas industriales móviles
- Categoría SS: máquinas industriales autopropulsadas
- Categoría SP: maquinaria industrial remolcable (SP1 hasta 3 toneladas, SP2 hasta 6 toneladas, SP3 más de 6 toneladas)
- Categoría SPT: maquinaria industrial para tractocamiones (SPT1, SPT2...)
- Categoría R: otros vehículos (contiene vehículos impulsados por personas y animales, como bicicletas y carros, sillas de ruedas, vehículos de motor sin carrocería, vehículos de orugas, tractores de un eje, etc.)
Filipinas
Los vehículos de motor en Filipinas siguen las normas de la UNECE y están definidos en la Orden Departamental N.° 2010-32 del Departamento de Transporte y Comunicaciones (DOTC), emitida el 8 de septiembre de 2010. [ 8 ] Inicialmente adoptadas solo para vehículos de motor de gasolina y diésel, las clasificaciones para vehículos eléctricos se agregaron a través de la Orden Administrativa N.° 2021-039 de la Oficina de Transporte Terrestre (LTO), emitida el 11 de mayo de 2021, que también agregó subcategorías para vehículos eléctricos L1 y L2 que cubren bicicletas eléctricas y ciclomotores . [ 9 ]
A partir de 2024, las clasificaciones de la Categoría L se simplificaron mediante la emisión de la Orden Administrativa LTO No. VDM-2024-044, que eliminó las categorías de Patinete de Movilidad Personal y Patinete Eléctrico y las subclasificaciones L1a, L1b, L2a y L2b. [ 10 ]
- Scooter eléctrico de movilidad: vehículo eléctrico de dos, tres o cuatro ruedas, con una velocidad máxima que no supera los 12,5 km/h (7,8 mph) y una potencia inferior a 300 W.
- Categoría L
- Categoría L1: vehículo eléctrico, diésel o de gasolina de dos ruedas, velocidad máxima no superior a 50 km/h (31 mph).
- Categoría L2: vehículo de tres ruedas eléctrico, diésel o de gasolina, velocidad máxima no superior a 50 km/h (31 mph).
- Categoría L3: vehículo eléctrico, diésel o de gasolina de dos ruedas, con una velocidad máxima superior a 50 km/h (31 mph).
- Categoría L4: vehículo asimétrico de tres ruedas eléctrico, diésel o gasolina, velocidad máxima superior a 50 km/h (31 mph) , variantes eléctricas con un peso máximo en vacío superior a 600 kilogramos (1300 lb) y alimentado por al menos 1000 W.
- Categoría L5: vehículo eléctrico, de gasolina o diésel simétrico de tres ruedas, con una velocidad máxima superior a 50 km/h (31 mph) , variantes eléctricas con un peso máximo en vacío superior a 600 kilogramos (1300 lb) y alimentado por al menos 1000 W.
- Categoría L6: vehículo eléctrico, de gasolina o diésel de cuatro ruedas, velocidad máxima no superior a 45 km/h (28 mph) , variantes eléctricas con un peso máximo en vacío superior a 350 kilogramos (770 lb) y con una potencia de hasta 4000 W.
- Categoría L7: vehículo eléctrico, de gasolina o diésel de cuatro ruedas, velocidad máxima no superior a 45 km/h (28 mph) , variantes eléctricas con un peso en vacío máximo superior a 350 a 550 kilogramos (770 a 1210 lb) y alimentado por hasta 15000 W
- Categoría M
- Categoría M1: vehículo eléctrico, de gasolina o diésel con no más de 8 plazas para pasajeros, variantes de gasolina y diésel con un peso bruto vehicular que no exceda los 5.000 kilogramos (5,0 t) , variantes eléctricas con un peso bruto vehicular que no exceda los 3.500 kilogramos (3,5 t).
- Categoría M2: vehículo eléctrico, de gasolina o diésel con más de 8 plazas para pasajeros, variantes de gasolina y diésel con un peso bruto vehicular que no exceda los 5.000 kilogramos (5,0 t) , variantes eléctricas con un peso bruto vehicular que no exceda los 3.500 a 5.000 kilogramos (3,5 a 5,0 t)
- Categoría M3: vehículo eléctrico, de gasolina o diésel con más de 8 plazas para pasajeros y un peso bruto vehicular superior a 5000 kilogramos (5,0 t).
- Categoría N:
- Categoría N1: vehículo eléctrico, de gasolina o diésel que transporte mercancías con un peso bruto vehicular que no exceda los 3.500 kilogramos (3,5 t).
- Categoría N2: vehículo eléctrico, de gasolina o diésel que transporta mercancías con un peso bruto vehicular de 3.500 a 12.000 kilogramos (3,5 a 12,0 t).
- Categoría N3: vehículo eléctrico, de gasolina o diésel que transporte mercancías con un peso bruto vehicular superior a 12.000 kilogramos (12 t).
- Categoría O:
- Categoría O1: vehículo articulado de gasolina o diésel con un peso bruto vehicular que no exceda los 750 kilogramos (0,75 t)
- Categoría O2: vehículo articulado de gasolina o diésel con un peso bruto vehicular de 750 a 3.500 kilogramos (0,75 a 3,50 t)
- Categoría O3: vehículo articulado de gasolina o diésel con un peso bruto vehicular superior a 3.500 kilogramos (3,5 t)
Véase también
Referencias
- ↑ "Resolución consolidada sobre la construcción de vehículos (RE3)" .
- 1 2 "ECE/TRANS/WP.29/78/Rev.6: Resolución consolidada sobre la construcción de vehículos (RE3)" (PDF) .
- ↑ "Armonización técnica en la UE" . Comisión Europea . Consultado el 21 de marzo de 2019 .
- ↑ «Texto consolidado: Reglamento (UE) n.º 168/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de enero de 2013, relativo a la homologación y la vigilancia del mercado de vehículos de dos o tres ruedas y cuadriciclos (Texto pertinente a efectos del EEE)» . Diario Oficial de la Unión Europea. Archivado del original el 19 de octubre de 2023. Consultado el 20 de enero de 2024 .
- ↑ «DIRECTIVA 2007/46/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, de 5 de septiembre de 2007, por la que se establece un marco para la homologación de los vehículos de motor y sus remolques, así como de los sistemas, componentes y unidades técnicas independientes destinados a dichos vehículos» . Diario Oficial de la Unión Europea. 5 de septiembre de 2007. Consultado el 23 de marzo de 2019 .
- ↑ "UE: Definiciones de vehículos" . Política de transporte .
- 1 2 3 4 5 6 7 8 Normativa sobre la categoría de vehículos
- ↑ Orden Departamental N.° 2010-32 del DOTC (8 de septiembre de 2010), Armonización de las clasificaciones de vehículos de motor (MV) de la LTO y la LTFRB (PDF)
- ↑ Orden Administrativa N.° 39 de la Oficina de Transporte Terrestre (11 de mayo de 2021), Directrices consolidadas para la clasificación, registro y operación de todo tipo de vehículos eléctricos de motor , consultada el 15 de octubre de 2024.
- ↑ Orden Administrativa N.º VDM-2024-044 de la Oficina de Transporte Terrestre (21 de febrero de 2024), Directrices consolidadas modificadas para la clasificación, registro y operación de todo tipo de vehículos eléctricos , consultada el 15 de octubre de 2024.
Enlaces externos
- 49 CFR 571.3 , Normas Federales de Seguridad de Vehículos Automotores de EE. UU., Definiciones
- Ley de vehículos
- vehículos terrestres
- Vehículos por tipo