Articulo de referencia

Ley de Monedas de 1696

La Ley de Monedas de 1696 ( 8 y 9 Will. 3 . c. 26) fue una ley del Parlamento de Inglaterra que tipificó como alta traición fabricar o poseer equipo útil para falsificar monedas...

La Ley de Monedas de 1696 ( 8 y 9 Will. 3 . c. 26) fue una ley del Parlamento de Inglaterra que tipificó como alta traición fabricar o poseer equipo útil para falsificar monedas. Su título era "Ley para prevenir mejor la falsificación de la moneda corriente de este Reino". Se amplió para abarcar Escocia mediante la Ley de Traición de 1708 .

Provisiones

La Ley entró en vigor el 15 de mayo de 1697. El artículo 1 tipificaba como traición "fabricar o reparar deliberadamente, o comenzar o proceder a fabricar o reparar, o ayudar a fabricar o reparar" cualquier sello, molde o similar que pudiera utilizarse para hacer monedas de oro o plata que circulaban en el reino, o cualquier herramienta que pudiera utilizarse para estampar letras o marcas en el lado de una moneda. También era traición comprar, ocultar u ocultar deliberadamente, o tener posesión de tales artículos "sin autoridad legal o excusa suficiente para ese propósito". Ayudar o instigar tal conducta también era traición.

El artículo 2 tipificaba como traición el hecho de "transferir o ayudar a transferir, a sabiendas o con conocimiento de causa", cualquiera de los objetos descritos en el artículo 1 fuera de la Casa de la Moneda Real sin autorización legal. "Recibir, ocultar u ocultar a sabiendas los mismos" sin autorización legal también era traición. Este artículo se diferenciaba del artículo 1 en que la "excusa suficiente" no era una defensa.

La Sección 3 convirtió en traición marcar los bordes de cualquier moneda, ya sea corriente o no, o incluso una moneda falsa (excepto si lo hacía una persona que trabajaba en la Real Casa de la Moneda).

El artículo 4 convirtió en traición colorear o dorar una moneda, o cualquier cosa que se parezca a una moneda, de modo que parezca oro o plata.

La sección 5 preveía la destrucción de maquinaria para producir monedas que se encontrara en posesión de cualquier persona que no fuera empleado de la Real Casa de la Moneda .

El artículo 6 tipificaba como delito aceptar dinero falso o mezclar cobre con plata. La pena por este delito era la muerte.

El artículo 7 establece que la corrupción de sangre no se aplicará a ninguno de los delitos contemplados en esta Ley.

La sección 8 disponía que los juicios realizados conforme a la ley se llevarían a cabo en el Tribunal del Banco del Rey o ante los jueces de oyer y terminer , los jueces de lo penal o el Tribunal de Entrega de Cárceles Generales .

El artículo 9 exigía que todo proceso penal por delitos tipificados en la Ley comenzara en un plazo de tres meses a partir de la comisión del delito. Este plazo se modificó posteriormente a seis meses para los delitos tipificados en los artículos 1 y 3 (por la Ley de Ensayo de la Placa de 1702 ( 1 Ann. c. 3) y por la Ley de Perpetuación, etc., de las Leyes de 1708 ( 7 Ann. c. 25)).

La ley fue originalmente temporal y estaba por expirar, pero se hizo perpetua mediante la Perpetuación, etc., de las Leyes de 1708 ( 7 Ann. c. 25).

Véase también

  • Texto de la Ley
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