Articulo de referencia

Evitación constitucional

La evitación constitucional es una doctrina jurídica de revisión judicial en el derecho constitucional de los Estados Unidos que establece que los tribunales federales de los Es...

La evitación constitucional es una doctrina jurídica de revisión judicial en el derecho constitucional de los Estados Unidos que establece que los tribunales federales de los Estados Unidos deben negarse a pronunciarse sobre una cuestión constitucional si el caso puede resolverse sin involucrar la constitucionalidad. En Ashwander v. Tennessee Valley Authority (1936), el juez Louis D. Brandeis estableció una prueba de siete reglas para la justiciabilidad de controversias que plantean cuestiones constitucionales:

  1. Regla sobre demandas colusorias : El Tribunal no se pronunciará sobre la constitucionalidad de la legislación en un procedimiento amistoso y no contencioso, pues decidir tales cuestiones «solo es legítimo como último recurso y como una necesidad para la resolución de controversias reales, serias y vitales entre particulares. Nunca se pensó que, mediante una demanda amistosa, una parte derrotada en el poder legislativo pudiera trasladar a los tribunales una investigación sobre la constitucionalidad del acto legislativo».
  2. Madurez : El Tribunal no "anticipará una cuestión de derecho constitucional antes de que sea necesario decidirla".
  3. Minimalismo : El Tribunal no formulará una norma de derecho constitucional más amplia de lo que exigen los hechos concretos a los que se va a aplicar.
  4. Regla de último recurso : El Tribunal no se pronunciará sobre una cuestión constitucional, aunque esté debidamente presentada en el expediente, si también existe algún otro fundamento sobre el cual pueda resolverse el caso. ... Si un caso puede resolverse sobre la base de dos fundamentos, uno que involucre una cuestión constitucional y otro una cuestión de interpretación legal o de derecho general, el Tribunal solo decidirá sobre este último.
  5. Legitimación procesal ; Improcedencia : El Tribunal no se pronunciará sobre la validez de una ley basándose en la queja de quien no demuestre que ha sufrido daños por su aplicación.
  6. Impedimento constitucional : El Tribunal no se pronunciará sobre la constitucionalidad de una ley a instancia de quien se haya beneficiado de ella.
  7. Principio de evitación constitucional : «Cuando se cuestiona la validez de una ley del Congreso, e incluso si surge una seria duda sobre su constitucionalidad , es un principio fundamental que este Tribunal determine primero si es razonablemente posible una interpretación de la ley que permita evitar la cuestión». [ 1 ] [ 2 ]

La Corte Suprema se ha referido a la doctrina de evitación constitucional de "importancia primordial de la adjudicación constitucional en nuestro sistema". [ 3 ] Enmarcada como moderación judicial , esta doctrina alienta a los jueces a abordar primero la legalidad de la ley estatutaria y reglamentaria porque las legislaturas y los organismos administrativos pueden modificarlas fácilmente, en comparación con la dificultad de promulgar una enmienda constitucional. [ 4 ]

Historia

Juez Louis D. Brandeis

Si bien la opinión concurrente del Juez Asociado Louis Brandeis en Ashwander es la fuente principal de la doctrina de evitación constitucional, el Presidente del Tribunal Supremo John Marshall había defendido el concepto en Ex parte Randolph , 20 F. Cas. 242, 254 (CCD Va. 1833) (No. 11,558). [ 5 ] Marshall instruyó que si tales cuestiones "se vuelven indispensables para el caso", deben decidirse, pero "si el caso puede resolverse en otros puntos, un justo respeto por la legislatura exige que la obligación de sus leyes no sea atacada innecesaria y arbitrariamente". En Ex parte Randolph , Marshall estaba de gira judicial cuando consideró una impugnación a una ley del Congreso que permitía a los agentes del Tesoro emitir órdenes de arresto para oficiales militares que no pagaban y liquidaban sus cuentas de fondos públicos. El tribunal concluyó que la ley no se aplicaba a un oficial que actuaba temporalmente como sobrecargo del barco debido a la muerte del sobrecargo titular, y concedió su petición de hábeas corpus . [ 6 ]

La opinión concurrente del juez Brandeis en Ashwander proporciona la formulación más significativa de la doctrina de la evitación, pero su formulación no tuvo efecto en el resultado del caso porque el juez concurrió con la opinión mayoritaria , que consideró y decidió las cuestiones constitucionales debidamente presentadas. En Ashwander , el juez Brandeis identificó siete componentes de la doctrina de la evitación. [ 7 ] La Corte Suprema amplió este concepto en Railroad Commission v. Pullman Co. (1941), sosteniendo que los tribunales federales de los Estados Unidos deberían abstenerse de conocer un caso para permitir que los tribunales estatales decidan cuestiones constitucionales que afectan áreas sensibles de la política social estatal. [ 8 ]

En el caso NLRB v. Catholic Bishop of Chicago de 1979 , el juez William J. Brennan Jr. emitió un voto disidente, argumentando que si la cuestión constitucional no es claramente evidente en el argumento, los tribunales deberían evitar basar la decisión en cuestiones constitucionales. En tales casos, sostuvo que los tribunales deberían decidir si una interpretación particular es "razonablemente posible". [ 9 ]

El juez John Paul Stevens calificó la opinión concurrente de Ashwander como "una de las opiniones más respetadas jamás escritas por un miembro de este Tribunal". [ 10 ] Brandeis, líder del movimiento progresista antes de su nombramiento judicial, ofreció un marco amplio de la doctrina de la evitación. La doctrina fue adoptada con entusiasmo por el juez Felix Frankfurter , quien fue atacado por ser demasiado "liberal" mientras era académico de Harvard y apoyaba activamente los programas del New Deal . [ 11 ] [ 12 ] Esa herramienta de moderación judicial defendida por los "liberales" se inspiró en gran medida en la respuesta de Brandeis y Frankfurter al " activismo judicial " conservador en la Corte Suprema en la década de 1930, que anuló leyes por infringir la libertad contractual y el debido proceso sustantivo . [ 13 ] En los últimos años, los juristas conservadores han sido más propensos a citar doctrinas de moderación judicial. [ 14 ]

Véase también

Referencias

  1. Nolan, Andrew (2 de septiembre de 2014). La doctrina de la evitación constitucional: una visión general jurídica (Informe). Servicio de Investigación del Congreso. pág.  9. Archivado del original el 30 de diciembre de 2023. Recuperado el 27 de diciembre de 2023 .
  2. Ashwander contra Autoridad del Valle de Tennessee , 297 U.S. 288, 346–348 (1936)
  3. Rescue Army v. Municipal Court of LA, 331 US 549, 571 (1947) (que cita una lista no exhaustiva de fundamentos que respaldan la doctrina de la anulación); véase también Paul A. Freund (1957). «Introducción». En Alexander M. Bickel (ed.). The Unpublished Opinions of Mr. Justice Brandeis . University of Chicago Press. pág. xvii. ISBN  978-0226046020.{{cite book}}: Incompatibilidad de ISBN/Fecha ( ayuda ) (La autodisciplina judicial se basa en la "conciencia de los límites de la capacidad humana, la falibilidad del juicio, la necesidad de difundir el poder y la responsabilidad, la indispensabilidad de administrar con cuidado los poderes que uno posee, de mantenerse dentro de los límites para que la acción no supere la sabiduría").
  4. Breyer, Stephen (2021). La autoridad de la corte y el peligro de la política . Cambridge, Massachusetts : Harvard University Press . págs. 73–74 . ISBN  9780674269361.
  5. ^ Ex parte Randolph , 20 F. Cas. 242, 254 (CCD Va. 1833) (Nº 11.558).
  6. ^ Ex parte Randolph , 20 F. Cas. 242 (CCD Va. 1833) (Nº 11.558).
  7. Ashwander v. Tennessee Valley Authority , 297 US 298, 346–48 (1936).
  8. Comisión Ferroviaria v. Pullman Co. , 312 U.S. 496 (S.Ct. 1941).
  9. Washington University Law Review (enero de 1980). "Washington University Law Review: NLRB no tiene jurisdicción sobre los maestros laicos en las escuelas parroquiales, NLRB v. Catholic Bishop of Chicago, 440 US 490 (1979)" . Archivado del original el 22 de febrero de 2015.
  10. Delaware v. Van Arsdall , 475 US 673, 693 (1986) (Stevens, J., disidente).
  11. Thomas, Helen Shirley (1960). Felix Frankfurter: Académico en el estrado . The Johns Hopkins University Press. págs. 19–20 . ISBN  978-0801806285.{{cite book}}: Incompatibilidad de ISBN/Fecha ( ayuda )
  12. Urofsky, Melvin I. (1991). Felix Frankfurter: Restricción judicial y libertades individuales . Serie de biografías estadounidenses del siglo XX de Twayne. Twayne. págs. 20-22 . ISBN  978-0805777741.
  13. Lash, Joseph P. (1975). «Introducción» . De los diarios de Felix Frankfurter . WW Norton & Co., págs. 57-58 . ISBN  978-0393074888.
  14. Véase, por ejemplo:
    • Gerald M. Gallivan (1985). "Jurisdicción de la Corte Suprema y la Constitución de Wyoming: Justicia vs. Restricción Judicial". Revista de Derecho de Tierras y Aguas . 20 : 159.
    • Steven M. Kahaner (1988). "Separación de poderes y la doctrina de la legitimación procesal: el uso injustificado de la moderación judicial". George Washington Law Review . 56 : 104.
    • Christopher A. Crain (1990). "Nota, moderación judicial y la falta de decisión en Webster v. Reprod. Health Servs". Harvard Journal of Law & Public Policy . 13 : 263.
    • Linda Greenhouse (22 de julio de 1993). "La Corte Suprema: una percepción de los límites judiciales" . The New York Times . pág.  A1.(en referencia a la nominación de Ginsburg y señalando la sorpresa ante el hecho de que una jurista "liberal" defienda técnicas de moderación judicial).